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lunes, 10 de mayo de 2021

#hemeroteca #mujeres #feminismo | De Huelva a Marruecos: las feministas marroquíes alzan la voz

El País / Cuatro temporeras de la fresa defendidas por Women's Link

De Huelva a Marruecos: las feministas marroquíes alzan la voz.

Las mujeres originarias del país magrebí están en pie de guerra para lograr una igualdad efectiva dentro y fuera de sus fronteras. Este es un repaso a su situación y sus luchas, desde las laborales, como la de las temporeras de la fresa en Huelva, hasta las sexuales, reproductivas o políticas.
Carmen Blanco Grigelmo | Planeta Futuro, El País, 2021-05-10
https://elpais.com/planeta-futuro/2021-05-10/de-huelva-a-marruecos-las-feministas-marroquies-alzan-la-voz.html 

“Fuimos seis mil mujeres a Mohammedia. Hacíamos cola, nos empujábamos. Era todo un espectáculo, impresionante. Si te daban la hoja verde es que lo habías conseguido. Nos reímos mucho. Y si lo piensas, luchamos por trabajar en la miseria. Y era la miseria la que hacía que nos fuéramos”. Así expresa Saida —nombre ficticio— su experiencia como jornalera del ‘oro rojo’ en uno de los testimonios recogidos por la investigadora Chadia Arab en su obra ‘Señoras de la Fresa’.

La miseria de la que habla Saida es lo que buscan los que emplean a estas jornaleras que acuden cada año a trabajar en los campos onubenses. El perfil es claro: divorciada o viuda y con hijos a cargo, rural y pobre. “Buscan mujeres vulnerables para poder explotarlas fácilmente. Se aprovechan de la enorme necesidad que tienen”, argumenta Ana Pinto, portavoz del grupo 'Jornaleras de Huelva en Lucha', que tienen en marcha varias iniciativas de mejora de las condiciones laborales en el campo. El sesgo de este proceso de selección tiene como objetivo garantizar el retorno de las trabajadoras tras la temporada: “Se busca que sean los sostenes de sus familias para que no se queden en España”, añade Pinto.

Como señala Arab en su investigación, estas migraciones circulares se inscriben dentro del programa Aenas, financiado por la UE. El objetivo del mismo es reducir las migraciones irregulares, pero también mejorar la situación económica de España y el país de origen. En cambio, tal y como apuntan los testimonios, investigaciones y colectivos que hacen trabajo directo, todos ganan menos las propias trabajadoras. “La explotación y los abusos son intrínsecos al trabajo aquí. Además, con la covid ha aumentado el miedo y las medidas de seguridad han sido insuficientes”, subraya Pinto.

En los campos de Huelva trabajan mujeres de distintas procedencias: Marruecos, Polonia, Rumanía y otros países de África. Sin embargo, las marroquíes están sometidas a unas condiciones de aislamiento específico: “Una de nuestras principales reivindicaciones es que se abran las cancelas de los tajos para que podamos entrar y comprobar que se respetan sus derechos o poner las denuncias correspondientes”, cuenta la portavoz. Además, a mediados de abril de este año, las temporeras se manifestaban en Casablanca porque, a pesar de tener contrato en origen y haber pagado su visado no pudieron trabajar en la fresa, siendo un ingreso esencial para cubrir sus necesidades más básicas.

Sobrevivir a la violencia sexual
En los últimos años, han hecho visibles varios casos de violencia sexual que han sufrido en el contexto laboral y que ha tenido graves consecuencias sobre sus vidas. En febrero se produjo uno de los juicios por la vulneración de derechos de cuatro temporeras marroquíes contra la empresa Agrícola El Bosque. De la defensa se ha encargado la organización Women’s Link desde 2018. Aintzane Márquez, una de las abogadas del caso, lamenta la decisión de la jueza al inadmitir la demanda laboral, un hecho que conoció la primera semana de marzo. “No se analizó con una perspectiva de género el contexto que permitió y propició las vulneraciones de derechos que sufrieron nuestras representadas”, denuncia Márquez. Especialmente le preocupa que a las denunciantes no se les haya vuelto a contratar los años siguientes y creen que no es casual: “Es un mensaje muy grave a otras: si denuncias, te quedas sin trabajo”, sentencia. Con otros procedimientos abiertos por acoso y abuso sexual y una petición de investigación ante la ONU, esta organización se mantiene optimista. “Creemos que tarde o temprano la justicia se impondrá y se producirá el cambio estructural que las organizaciones venimos demandando desde hace años”, concluye.

El impulso de la Primavera Árabe
Estas migraciones circulares también están íntimamente relacionadas con la situación de las mujeres en este país norteafricano. Rajae El Khamsi, socióloga e investigadora en el Instituto de Estudios Hispano-Lusos de la Universidad Mohammed V de Rabat, es experta en el movimiento feminista en Marruecos. El movimiento ha conseguido grandes logros en las últimas décadas, según detalla esta experta, aunque todavía queda camino para alcanzar la igualdad. “Se han puesto en marcha muchísimas políticas institucionales para fomentar el desarrollo local, apoyando el cooperativismo y el asociacionismo para mejorar la situación de las mujeres, pero queda mucho por hacer”, asegura.

El punto de inflexión en Marruecos tuvo lugar en 2011, después de las movilizaciones de la ‘Primavera Democrática’, como se suele conocer en el país magrebí. Fue un año marcado, como dice El Khamsi, por la promulgación de la nueva Constitución de 2011, que introdujo la paridad y la creación de instituciones encargadas de garantizarla.

El movimiento de mujeres en Marruecos, según El Khamsi, ha registrado muchos avances en las dos últimas décadas en materia de estatuto personal, participación política de las mujeres, etc. y aún sigue planteando varias reivindicaciones en relación con la lucha contra la violencia machista. En 2018 se aprobó la ley de violencia contra las mujeres: un logro que no ha sido fácil. La socióloga cuenta que ha costado seis años de negociación entre las instituciones públicas y las asociaciones de mujeres, pero la ley está lejos de recoger las demandas de las feministas. Como aclara la experta, la preocupación por el problema data de mucho antes de que saltara al debate público: “Las organizaciones de mujeres ya trabajaban antes con las víctimas haciendo acompañamiento y creando centros de acogida”, afirma.

Esta ley esperada desde hace años, como explica la investigadora, fue calificada como insuficiente por organizaciones como la Red de Primavera de la Dignidad o Human Rights Watch entre otras. Por eso, tras su aprobación multitud de organizaciones pidieron que retiraran el proyecto y exigieron una ley que aborde el problema de manera integral. “Las feministas consideran que siempre será insuficiente mientras no se base en una aproximación global de la violencia contra las mujeres en el espacio público y el privado, y en una definición completa de todas las formas de violencia conforme a los estándares internacionales”, expone El Khamsi.

Derechos sexuales y reproductivos
El derecho al aborto ha saltado a la escena internacional con las grandes movilizaciones que han recorrido parte de América Latina con el ejemplo victorioso de Argentina, pero también países de Europa como Polonia. En Marruecos también ha sido una de las prioridades del movimiento, aunque por ahora no se ha logrado la legalización en los términos que proponen las asociaciones. Este debate tuvo gran importancia en 2015, donde organizaciones como la Asociación Marroquí de Lucha contra los Abortos Clandestinos (AMLAC) denunciaron que en Marruecos se producen entre 600 y 800 abortos clandestinos diarios que ponen en riesgo la salud y la vida de las mujeres. Desde Primavera de la Dignidad están proponiendo mejoras en la ley del aborto actual, que solo contempla el supuesto en el que la vida de la mujer esté en riesgo. La detención de Hajar Raissouni, una periodista arrestada por interrumpir su embarazo en 2019, activó al movimiento para exigir modificar esta ley. A pesar de haber un proyecto sobre la mesa desde 2016, todavía no ha sido votado ni aprobado, por lo que no tiene ninguna vigencia.

Las feministas del norte de Marruecos también se unieron al clamor internacional de 'El violador eres tú', con su versión, Mi cuerpo mi libertad, en la que pedían mayor protección de los derechos sexuales. Asimismo, otras organizaciones como 'Fuera de la ley' han lanzado la campaña #STOP490. Su fin es lograr la derogación del artículo 490 del Código Penal que penaliza las relaciones extramatrimoniales, llegando incluso a sentenciar penas iguales o superiores a las que se imponen a violadores, tal y como expresan en sus redes sociales.

El último repunte
Para El Khamsi, el movimiento feminista atraviesa una oportunidad única en el país: “Es un buen escenario porque la Constitución del 2011 las ampara”, celebra. Además, este momento clave, ha tenido un nuevo repunte en las últimas semanas. La coalición de organizaciones 'Paridad Ahora' presentó a principios de febrero el resultado de una recogida de firmas de la campaña en la que piden paridad plena en el ámbito político e institucional, que dista mucho del panorama actual. La iniciativa surge meses antes de las elecciones que se celebrarán en septiembre de 2021. “Espero que el próximo gobierno las escuche y tenga a más mujeres en sus filas”, desea El Khamsi.

A pesar de la pandemia, el movimiento feminista sigue avanzando hacia la sociedad a la que aspira. Aunque las victorias tardan en llegar, ellas se han mostrado imparables y han comprobado que su lucha tiene resultados logrando cambios históricos que mejoran la vida de millones de mujeres.

miércoles, 5 de diciembre de 2018

#hemeroteca #justicia | La sentencia de 'la Manada', entre las peores del año, según la oenegé Women's Link

Imagen: El Periódico / Protesta feminista contra la sentencia a la Manada, Valencia
La sentencia de 'la Manada', entre las peores del año, según la oenegé Women's Link.
España comparte el podio de los fallos más nefastos para los derechos de las mujeres junto a El Salvador, México y Sudán.
Europa Press | El Periódico, 2018-12-05
https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20181205/sentencia-manada-peores-para-derechos-mujeres-segun-womens-link-7185359

Unas horas antes de conocer la confirmación de la sentencia que condenó a los cinco miembros de 'la Manada' por un delito de abuso sexual a una joven de 18 años y les absolvió del de agresión, la organización internacional Women's Link la colocó ayer martes entre las peores del año en todo el mundo sobre igualdad de género.

Aparte de esta resolución de la Audiencia de Navarra, otras tres sentencias de tribunales de El Salvador, México y Sudán forman parte de las que más discriminan a mujeres y niñas, según se ha decidido en la décima edición de los premios 'Género y Justicia' creados por esta oenegé.

Con estos galardones se pretende reconocer las mejores y las peores sentencias para los derechos de las mujeres y las niñas. Delibera un jurado internacional y miles de personas de todo el mundo.

La peor, en Sudán
La peor sentencia, premiada con el 'Garrote de Oro', ha sido para el Tribunal Penal Central de Omdurmán, en Sudán, que condenó a una mujer de 19 años a la pena de muerte por haber matado a su marido a puñaladas cuando intentaba violarla.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha recibido el 'Garrote de Plata', por elaborar la que es considerada como la segunda peor sentencia. El tribunal alegó que los cinco acusados no ejercieron violencia ni intimidación y por eso les condenó por abuso y no por agresión sexual.

El 'Garrote de Bronce' es para la Cámara de la Segunda Sección del Centro de Cojutepeque, El Salvador, donde una mujer fue víctima de una violación y quedó embarazada sin saberlo, sufrió un aborto espontáneo por el que el tribunal la condenó a 30 años de cárcel por homicidio agravado.

Por último, el público ha decidido que el 'Garrote del Público' sea para el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, donde el tribunal condenó a una mujer por haber roto la armonía y la dignidad del matrimonio, usando estereotipos discriminatorios. Se trataba de una madre que quería que el padre de su hijo pagara la pensión de alimentos que le correspondía y, ante su negativa, le contó a la esposa del progenitor la situación. La actual esposa la demandó por daño moral.

Las mejores decisiones judiciales
También se otorgan premios a las decisiones judiciales con impacto positivo sobre la vida y derechos de mujeres y niñas. El 'Mallete de Oro' ha sido para la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que reconoció que Mali vulnera los derechos de las mujeres en cuestiones como la edad mínima para contraer matrimonio, y le insta a modificar su Código de Familia para garantizar los derechos de las mujeres y las niñas.

El 'Mallete de Plata' ha sido para la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que afirmó que Nicaragua no solo no protegió a una niña de 10 años víctima de agresión sexual, sino que además la traumatizó y revictimizó. Por ello, ordenó al Estado a adoptar protocolos para la atención a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual.

El 'Mallete de Bronce' ha sido otorgado al Tribunal Supremo de España por en el caso Ángela González al obliga al Estado español a cumplir con las recomendaciones de los Comités de Naciones Unidas e indemnizar a Ángela González por el asesinato de su hija a manos de su padre maltratador en un régimen de visitas sin supervisión ordenado por un juzgado.

Por otro lado, un total de 3.115 votos a través de internet han dado el 'Mallete del Público' a la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional número 4 de la Capital Federal en Argentina. Por primera vez un tribunal argentino consideró como agravante el delito de odio de género y lo calificó como "travesticidio", en el caso del asesinato de la reconocida activista trans Diana Sacayán.

Coixet, en el jurado
El jurado internacional conformado por la directora, guionista y directora de cine, Isabel Coixet; el expresidente de la Corte Suprema de Justicia de Kenia Willy Mutunga; y la periodista y escritora argentina especializada en temas de género, Luciana Peker, ha sido el encargado de otorgar los seis Premios Mallete y Garrote de Oro, Plata y Bronce.

Además, miles de personas de todo el mundo han votado a través de la web de los Premios Género y Justicia para elegir los dos premios Mallete y Garrote del Público. En total se han otorgado ocho premios. En esta edición han sido nominadas 30 sentencias de 18 países, 15 a mejor decisión judicial en la categoría Mallete, y otras 15 a peor decisión judicial en la categoría Garrote.

"En todo el mundo, las mujeres están uniendo sus voces para acabar con la discriminación que sufren. Mientras la lucha avanza en la calle, en los tribunales las mujeres y las niñas se siguen enfrentando a graves obstáculos", ha explicado la abogada de Women's Link y coordinadora de los Premios, Blakeley Decktor.

viernes, 5 de octubre de 2018

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | Mujeres juristas denuncian a un magistrado de La Manada por injurias

Imagen: El País / Ricardo González
Mujeres juristas denuncian a un magistrado de La Manada por injurias.
El escrito ante el Poder Judicial se centra en los contenidos "vejatorios y ofensivos" del voto particular que emitió Ricardo González.
Pilar Álvarez / Reyes Rincón | El País, 2018-10-05
https://elpais.com/sociedad/2018/10/05/actualidad/1538733793_866732.html

La asociación de mujeres juristas Themis ha presentado una denuncia por "responsabilidad disciplinaria" contra el magistrado de la Audiencia Provincial de Navarra Ricardo González. El escrito, según explica la organización en una nota, solicita la "responsabilidad disciplinaria" por el voto particular que este juez emitió en el caso de La Manada, el juicio por abuso sexual contra una joven de 18 años en las fiestas de San Fermín en 2016. González se pronunció de forma particular, distinto del criterio de sus colegas de sala, tras ver los vídeos que se aportaron a la causa, en los que, dijo, él veía "sexo en un ambiente de jolgorio".

Themis ha formalizado esta denuncia ante la Comisión Disciplinaria y el Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial "por los contenidos injuriosos y vejatorios existentes" en aquel voto particular, que a su parecer son "innecesarios e improcedentes desde el punto de vista del razonamiento jurídico". Aquí se puede consultar la sentencia íntegra.

La Audiencia Provincial de Navarra condenó a los cinco acusados a nueve años de cárcel por abuso sexual continuado y no por violación. Los magistrados consideraron que los hechos se produjeron sin violencia ni intimidación. La decisión rebajó la petición de la fiscalía que pedía 22 años de prisión por cinco delitos continuados de agresión sexual, contra la intimidad y por robo con intimidación.

Ricardo González solicitó la absolución de los cinco acusados, una cuestión que "no es objeto" de la queja de Themis, centrada en las expresiones contenidos en el voto particular que, a su juicio, vulneran el artículo 418.5 y 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dos epígrafes referidos a la falta de consideración o el uso de expresiones "innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas e irrespetuosas" en un razonamiento jurídico. La asociación recoge algunas de las expresiones del voto particular que consideran que podrían ser constitutivas de delito.

"[Tampoco la mujer] muestra el más mínimo pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y aptitudes que van adoptando", expuso el magistrado. "La expresión de su rostro es en todo momento relajada y distendida y, precisamente por eso, incompatible a mi juicio con cualquier sentimiento de miedo, temor, rechazo o negativa". "Gesto que me sugiere una despreocupación impropia de quien está agrediendo sexualmente a una mujer con conciencia de hacerlo o prevaliéndose de la situación para abusar de ella con conciencia de estar sometiendo su voluntad en un lugar como el de autos", recogen las juristas como ejemplo de las frases que consideran injuriosas del voto particular. Y también: "Por el contrario, lo que me sugieren sus gestos, expresiones y los sonidos que emite es excitación sexual" o "Pues no es descartable que durante una relación sexual no consentida pueda llegar a sentirse y expresarse una excitación sexual meramente física en algún momento".

El Poder Judicial ya archivó en mayo una denuncia muy similar presentada por la organización Women’s Link Worlwide contra el magistrado González por el contenido de ese voto particular. Igual que Themis, Women´s Link apeló a dos artículos de la LOPJ. El primero (418.6) es también uno de los que figura en la denuncia presentada este viernes, por lo que la autoridad disciplinaria del Poder Judicial, previsiblemente, desestimará ahora este apartado de la denuncia como ya hizo entonces.

Las denunciantes pedían que se sancionara al magistrado por la falta grave consistente en la utilización de “expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas”, pero el CGPJ recordó que ese precepto establece expresamente que el órgano de gobierno de los jueces “solo procederá previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución y que conozca de la misma en vía de recurso”. Es decir, que el Poder Judicial no puede actuar de oficio ni a partir de una denuncia externa para exigir esa responsabilidad. Sería el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que está estudiando el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial, el que podría promover una queja para que se sancionara al juez por este motivo.

Women’s Link también solicitaba que el magistrado fuera sancionado por una falta muy grave de ignorancia inexcusable en el ejercicio de los deberes judiciales, prevista en el artículo 417.14 de la LOPJ. En este punto, el la autoridad disciplinaria se basó en la jurisprudencia que viene dictando el Tribunal Supremo para decir que ese artículo castiga comportamientos realizados por los jueces y magistrados en su faceta de empleados públicos, pero no cuando ejercen funciones jurisdiccionales. Y una sentencia o un voto particular constituye “la principal manifestación del ejercicio de su función jurisdiccional”.

El artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial en el que apoyan su denuncia
La denuncia de Themis, formalizada este viernes ante el Consejo general del Poder Judicial, se basa en el Artículo 418. puntos 5 y 6 que señalan lo siguiente:

Son faltas graves:

5. El exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial.

6. La utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico. En este caso, el Consejo General del Poder Judicial solo procederá previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución, y que conozca de la misma en vía de recurso.

jueves, 20 de septiembre de 2018

#hemeroteca #mujeres #violencia | Viviana Waisman: “El consentimiento para el sexo no solo lo da decir sí o no”

Imagen: El País / Viviana Waisman
Viviana Waisman: “El consentimiento para el sexo no solo lo da decir sí o no”.
La presidenta de Women's Link Viviana Waisman apuesta por un futuro judicial que aborde los delitos sexuales sin prejuicios, con perspectiva de género y una educación transversal.
Isabel Valdés | El País, 2018-09-20
https://elpais.com/sociedad/2018/09/18/actualidad/1537283018_462814.html

No hay resquicio para la duda, la respuesta es rápida y tajante. ¿La justicia necesita adaptarse a los cambios sociales recientes? "Es totalmente urgente". Lo dice Viviana Waisman, la fundadora y presidenta de la organización internacional Women’s Link, que trabaja desde el Derecho para mejorar la vida de niñas y mujeres. Esas que, puntualiza en algún momento de la conversación, no son un colectivo, sino la mitad de la población. Mujeres que sufren violencia física, psicológica y sexual cada día —la OMS define esta lacra como un grave problema de salud pública y la ONU cifra en el 35% la cantidad de mujeres que están sometidas a estas vejaciones—, que siguen siendo asesinadas, vendidas y compradas, mutiladas y explotadas, que tienen prohibido abortar, salir a la calle, mostrar el rostro, divorciarse, conducir, decidir.

Esa realidad cambia según las regiones, la cultura, la religión o la educación: “La discriminación y la violencia no conocen frontera ni clase social ni etnia ni raza ni nada”. Y la única manera de erradicarla, según Waisman, es darse cuenta de que es algo que ocurre en cualquier parte, en cualquier momento. En España, donde el pasado 8 de marzo fue espejo y reflejo internacional del crecimiento del movimiento feminista y la lucha social, también hay flecos, sigue habiéndolos: se produce una violación cada ocho horas, el debate sobre la prostitución está abierto, los vientres de alquiler dividen a la opinión pública, la cifra de denuncias por violencia machista alcanzó el pasado año su máximo histórico (166.620) desde que el Consejo General del Poder Judicial las contabiliza, y una comisión de expertos estudia una reforma del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal relacionada con los delitos sexuales; este último un tema clave para el avance en la lucha contra la violencia sexual.

"Está claro que cuando no hay consentimiento, hay una violación; y no solamente el decir sí o no es lo que da el consentimiento", apunta la abogada especializada en derecho internacional de los derechos humanos y género, en referencia al anuncio del Gobierno el pasado julio en el que propuso que cualquier acto sexual sin un ‘sí’ expreso sea delito, una modificación en la línea de Suecia para que existan garantías de que los tipos no dependen de la interpretación de los jueces. "Pase lo que pase, las situaciones siempre hay que interpretarlas, porque las situaciones y las palabras siempre son interpretables. Hay que intentar que no sean discriminatorios en sus demandas —no pedir que haya un testigo cuando no lo hay o no asumir que las personas están mintiendo, que es lo que pasa mucho ahora cuando se denuncia—, pero no creo que la solución esté en escribir un Código Penal que pretende que no haya una interpretación de las situaciones, eso no nos va a llevar a una justicia para nadie".

Mientras esa transformación social termina de extenderse y llega a todos los ámbitos, Women’s Link sigue trabajando desde el análisis de las decisiones y buscando los huecos legales para empujar ese nuevo camino. "Sin duda, cómo se gestiona la justicia, lo que hacen los jueces y las juezas para hacer realidad los derechos, afecta directamente a la vida de las mujeres, las niñas, sus familias y toda la comunidad y la sociedad", repite Waisman como un mantra de vez en cuando, entre varias claves para el cambio que ha de producirse en el ámbito judicial.

Y una de las primeras es definir qué es violencia: "Es la forma más extrema de la discriminación contra las mujeres. En España, cuando se empezó a hablar de violencia de género, estaba limitado solamente a violencia entre personas de diferentes sexos en una relación de pareja". Sin embargo, añade, la violencia de género es algo mucho más amplio que eso, y puede venir de muchas partes: "Hay violencia de género que es estructural y por parte de las instituciones, por ejemplo". La falta de especialistas en el trato con las víctimas o el hecho de cuestionarlas cuando denuncian son ejemplos de esta última, algo que tiene que cambiar y que, según Waisman, pasa por dos cosas que tienen que darse a la vez: "Por un lado hay que mejorar los marcos legales. Y por otro la sociedad, y en particular el poder judicial, tiene que tomar conciencia de los estereotipos y los prejuicios que está utilizando al aplicar el Código Penal".

Los jueces y juezas, personas como cualquier otra rodeadas de los mismos patrones machistas que cualquier otra, "no son como la estatua que vemos siempre de la justicia, que tiene una venda, eso no es verdad". Está convencida de que, si cuando una mujer denuncia una violación, en vez de poner el foco sobre la persona que puede haber cometido el delito, es sobre qué ha hecho o no ha hecho ella, cuestionando todo [cómo iba vestida, si iba sola o iba acompañada, si había bebido, si había tenido otras relaciones sexuales anteriores y con cuántas personas], no va a producirse ningún avance.

El siguiente paso obvio es la educación. "Hay que educar y hay que educar más allá del poder judicial", alega. Se refiere a una conciencia colectiva que genere una sociedad en la que no solamente se les diga a las niñas que tengan cuidado cuando salgan a la calle, sino que sea una educación extendida a todos, también una educación sexual a todas las personas. "Además, es importantísimo que haya mujeres presentes, en todos los cargos que existen y en todos los ámbitos, pero eso no garantiza una perspectiva de género". Cree que es importante separar los debates: "¿Tiene que haber mujeres presentes? Sí, recordemos que las mujeres no somos una minoría, somos la mitad de la población". Pero, si se le pregunta si eso es suficiente, contesta que no. "Tampoco debemos asumir que no hay hombres que no pueden aplicar la perspectiva de género, porque sabemos que los hay, y también sabemos que hay mujeres juezas que dictan las peores sentencias, las más estereotipadas que hemos visto".

Para ir encauzando el camino, Waisman propone un diálogo que vaya más allá de lo que ocurre en los tribunales. "No es suficiente crear la jurisprudencia si cuando uno lleva un caso legal como el de La Manada no se crea también un debate público sobre lo que está ocurriendo y lo que pensamos que debe ocurrir. A veces fortalece a movimientos sociales existentes y a veces los crea". Algo que sucedió en el caso sobre los abusos en San Fermín en 2016: había un momento social ya existente, el del feminismo, que se retroalimentó de lo sucedido e hizo que muchas mujeres, y hombres, jóvenes, salieran a la calle para pedir que la justicia se imparta de forma diferente".

Este caso, apunta la abogada, da también buen ejemplo entre otra conversación que tiene que tener lugar, la del poder judicial y otros poderes —las manifestaciones y las protestas sobre cómo se impartió la justicia, causaron que el Ejecutivo se decidiese a formar una comisión para revisar el Código Penal—. "Y también del rol tan importante de la sociedad civil para que los derechos se implementen de la manera que nosotros y nosotras queremos para vivir en un mundo más justo".

Los derechos recogidos en nuestros códigos y también en los que vienen de fuera: "Hay mucha dificultad para incorporar estándares que se pueden crear en otros países, por convenios o por jurisprudencia, y entender que son un beneficio para la sociedad". Waisman pone el ejemplo del caso de Ángela González, con la que Women’s Link litigó hace un par de años: "Acompañamos a Ángela en su lucha por justicia, por la negligencia del poder judicial en España, su hija de seis años fue asesinada por su maltratador. Ella buscaba la responsabilidad del Estado en la negligencia que causó la muerte de su niña". Cuando el comité de Naciones Unidas condenó a España en este caso, España no aceptó que aquellas decisiones eran vinculantes: "Les estaban dando una hoja de ruta para mejorar la situación; pero tuvo que venir el Tribunal Supremo a decirlo, cuando en realidad era una oportunidad de mejora".

En todas estas idas y venidas de pasos hacia delante y trastabilleos hacia atrás, Viviana Waisman ve luz, algo que también apuntó durante la conferencia que dio este pasado lunes en Caixaforum, en Madrid, sobre la capacidad del Derecho para ayudar a alcanzar la igualdad: "Las cosas van y vienen en diferentes partes del mundo, hay decisiones buenísimas en países donde la gente se sorprende, y decisiones malísimas en lo que es el norte global (Europa, EE UU, Reino Unido...), todas las sociedades tienen algo que trabajar. Estamos viviendo un momento que a mí me da muchísima esperanza, porque la fuerza con la cual está saliendo la gente, especialmente la gente joven, las mujeres jóvenes, a demandar sus derechos, es lo que va a producir el cambio".

Premios Género y Justicia al Descubierto
Este pasado lunes comenzó la décima edición de los Premios Género y Justicia, que reconocen las mejores decisiones judiciales y denuncian las peores del último año.

Este año, España cuenta con un caso nominado al Premio Garrote (para decisiones que hacen retroceder la equidad de género), el de La Manada, ahora recurrido por todas las partes después de que la Audiencia Provincial de Navarra decidiese condenar por abuso sexual —ahora en libertad provisional— a cinco hombres que vejaron a una mujer de 18 años en un portal en Pamplona durante los Sanfermines de 2016.

Puedes consultar los nominados de este año a Premio Garrote y Premio Mallete (para las decisiones que ayudan a promover la equidad de género) haciendo click en este enlace.

lunes, 14 de mayo de 2018

#hemeroteca #justicia #genero | "Sin perspectiva de género, la justicia se convierte en un arma de discriminación institucional"

Imagen: Público / Protesta feminista contra la sentencia a la Manada
"Sin perspectiva de género, la justicia se convierte en un arma de discriminación institucional".
La sentencia a La Manada despertó duras críticas hacia el tribunal y la forma en que se interpretan los delitos sexuales en la justicia. Pero, ¿qué significa juzgar con perspectiva de género? Lo analizamos en este artículo de la mano de dos expertas.
Marisa Kohan | Público, 2018-05-14
http://www.publico.es/sociedad/manada-perspectiva-genero-justicia-convierte-arma-discriminacion-institucional.html

Pocas decisiones judiciales han sido tan contestadas y han levantado tanta indignación social como la que emitió el pasado 26 de abril la Audiencia de Navarra en el caso de La Manada. El hecho de que los jueces no encontraran indicio de violencia o intimidación suficiente para considerarlo una violación, ha sido el detonante de una fuerte contestación social de la que nadie ha quedado al margen. Las protestas en la calle se han repetido desde el mismo momento de conocerse la sentencia, pero también se han extendido a la política y dentro mismo del estamento judicial. El Gobierno ha propuesto, incluso, realizar un informe para una posible modificación del Código Penal.

Sin embargo, lo que más se ha oído a lo largo de estas últimas dos semanas es la necesidad de que se juzgue con perspectiva de género, un concepto que está dentro de nuestras leyes y en los tratados internacionales que ha firmado España en las últimas décadas, pero que pocas veces parece aplicarse.

Pero, ¿qué significa juzgar con perspectiva de género exactamente y porqué no se hace?

“El objetivo de juzgar con perspectiva de género es garantizar que las mujeres y las niñas puedan acceder a la justicia en condiciones de igualdad. Para que esto sea posible, lo que hay que reconocer previamente es el hecho de que mujeres y niñas, por el hecho de serlo, han sufrido históricamente y siguen sufriendo toda una serie de discriminaciones”, cosa que en general no se tiene en cuenta en los juzgados, afirma Elena Laporta, abogada de Women´s Link, una organización que defiende los derechos de las mujeres desde el derecho.

“Juzgar con perspectiva de género es buscar soluciones justas a situaciones desiguales. Y eso se hace evitando una aplicación mimética o formalista del derecho. Si se aplican la ley tal cual está, incluso las leyes potentes sobre género, no vamos a avanzar”, afirma Gloria Poyatos, magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

De lo que se trata es de realizar un análisis caso por caso (independientemente de que sea penal o civil o laboral, porque no hay que perder la perspectiva de que no se aplica sólo a los casos penales) y tener muy en cuenta el impacto diferenciado que puede tener la aplicación de una ley, un hecho o un delito, sobre hombres y sobe mujeres, para identificar las situaciones que pueden haber de desigualdad. “Para esto, la interpretación y aplicación de las normas no se pueden basar en estereotipos de género, es decir ideas preconcebidas de cómo tendríamos que ser o cómo nos tendríamos que comportar las mujeres”, afirma Laporta.

Para entender el concepto de juzgar con perspectiva de género, advierten las expertas, es necesario entender dos conceptos clave: qué son los estereotipos y los prejuicios, que todos, de una forma y otra llevamos incorporados y hemos mamado desde nuestra infancia.

“Los estereotipos y los prejuicios de género son ilusiones cognitivas irracionales que vemos como verdades absolutas y que son muy potentes", explica Poyatos. "El problema es que cuando éstos traspasan nuestro tejido cognitivo ya no tenemos conciencia de ellos y los vemos como nuestra propia forma de pensar y no como un problema que requiera remedio legal o de tipo alguno”, añade. "Si eres juez y no sabes diferenciar cual es tu forma de pensar o cual es el estereotipo, corres el peligro de que transversalmente éstos se integren en tus resoluciones con una naturalidad aplastante, sin ser consciente de ello". El resultado, explica esta magistrada, "es una justicia distorsionada y que las sentencias se conviertan en un arma de discriminación institucional. Es decir, lo que estás haciendo es elevar el estereotipo a la categoría de justicia".

Según Poyatos, la sentencia de La Manada podría haber sido distinta con las leyes que tenemos, "pero han hecho una interpretación muy formal, sustentándola en la jurisprudencia del supremo, pero hay que recodar que esa jurisprudencia ha sido forjada por hombres. Que en ese órgano no ha habido mujeres hasta el 2015, en el que ha entrado una única mujer".

No es una opción, es una obligación
La ley de Igualdad de 2007 establece en sus artículos 4 y 15 la necesidad de integrar transversalmente el principio de igualdad que vincula a todos los poderes públicos, incluido el judicial. "¿Por qué hace esto el legislador?" se pregunta Poyatos. "Porque es consciente de que tenemos un derecho que no es neutro, que se ha diseñado y se ha forjado de espaldas a la perspectiva de género, desde una visión única que es la masculina".

"Lo que hay que tener claro es que esta no es una opción del juez. Esto es una obligación, un mandato imperativo legal. No hacerlo es impartir justicia distorsionada y hacer una justicia parcial, porque estarías tratando igual a los desiguales y con eso se genera más discriminación", insiste Poyatos. Por eso, para esta magistrada, la cura a aplicar es compensar las deficiencias de la ley con perspectiva de género y curar utilizando tres verbos: "detectar, corregir y compensar. Se llama justicia equitativa, que es el fundamento de la justicia".

Tal como reconocen las expertas, no sólo la legislación nacional, sino los convenios internacionales suscritos por nuestro país incorporan esta obligación de compensar los desequilibrios de las leyes con perspectiva de género. "En el caso de la violencia de género, el propio convenio de Estambul [suscrito por España y ratificado en 2014] dice específicamente que todo lo que tiene que ver con la investigación y sanción tiene que tener incorporado el enfoque de derechos humanos y el de género. Esto es vinculante y obligatorio", afirma Laporta.

La formación como vacuna
Juzgar con perspectiva de género es muy difícil, reconoce Poyatos, "porque nos enfrentamos a enemigos muy potentes qué sólo se combaten de dos formas: mediante su vacuna, que es la educación desde la niñez, trabajando desde las escuelas, con una educación igualitaria, que muestre y ayude a los jóvenes cuáles son los estereotipos y les permita franquearlos; y si ya eres adulto estás contaminado, mediante la formación. Para reafirmar la dificultad que supone recuerda una cita de Einstein: "Es más fácil desintegrar un átomo que un prejuicio".

Nuestra legislación incluye la necesidad de formación de los operadores jurídicos en materia de género e igualdad, sin embargo estas normas son muy poco conocidas y estudiadas. En la actualidad tan sólo existe cierta formación para el personal que esté destinado a los juzgados especializados en violencia de género, pero las expertas denuncian que se trata de una formación puntual y escasa. Además, afirman, que no se trata sólo de formar para casos de violencia y penales, sino que es necesaria para todos los operadores jurídicos para asegurar una justicia igualitaria.

"Todos tendrían que recibir formación: jueces, juezas, fiscalía, equipos psicosociales, psicólogos, forenses, abogados… Y no debería ser puntual, tendría que ser continua", afirma Laporta. Esta abogada añade que es tan importante formar en perspectiva de género y estereotipos, como en el conocimiento de las herramientas internacionales, un grupo de normas suscritas por España y que obligan a nuestro país en materia de derechos humanos y género.

"La formación no debería reducirse a la violencia de género ni a penal. Los estereotipos operan en todos los ámbitos, en contencioso y en civil también operan y en laboral y en militar. Debería haber una formación permanente, transversal y obligatoria en todos los ámbitos porque estamos hablando de la mitad de la formación. Esto es muy serio. No es una minoría discriminada. Es la mitad de sociedad. Y cuando entendamos esto podremos empezar a tomar medias serias y no sobre el papel".

¿Para qué sirven los tratados internacionales?
Según las expertas, no se puede juzgar en igualdad sin mirar lo que dicen las herramientas internacionales que como país hemos suscrito. Lo que dice la CEDAW (la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas), por ejemplo. Esta convención de Naciones Unidas tiene un montón de recomendaciones y guías que ayudan a interpretar los principios de igualdad y de no discriminacíon por razón de sexo.

"Es vergonzoso que en el temario para acceder a la carrera judicial y fiscal, no se incluya la CEDAW y en cambio se incluya el Convenio de La Haya, que están al mismo nivel jurídico. Es tan escasa la formación hoy en día, que ni siquiera los jueces tienen conocimiento de la existencia de la CEDAW a pesar de las recomendaciones y la condena a España en relación al caso de Ángela González Carreño en 2014", añade Poyatos.

Entonces, entre otras cosas, el comité de Naciones Unidas recomendó al Estado español que formara a los operadores jurídicos en materia de género y dio pautas concretas para subsanar para llevarlo a cabo. Sin embargo, España no las ha aplicado hasta la fecha. No hace falta ir muy lejos. La propia ley contra la violencia de género de 2004 establece la necesidad de formar a los operadores jurídicos y a todo personal que pueda intervenir en los casos de violencia contra las mujeres. También recoge la necesidad de una educación en igualdad en todas las etapas educativas de niños y jóvenes. Debido al incumplimiento de estos artículos, el pacto de Estado contra la violencia de género que se aprobó hace ya ocho meses en el Congreso, vuelve a incorporar medidas de formación y educación en justicia igualitaria, aunque hasta el momento no ha entrado en vigor. Ni siquiera el Gobierno ha liberado los fondos acordados (200 millones de euros anuales durante un lustro).

Esta magistrada, ha emprendido desde hace años, de la mano de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE), organización que preside, un proyecto de formación tanto a alumnos como a profesionales. El proyecto 'Educando en justicia igualitaria' es un ejemplo de programa reversible, porque no sólo forma a alumnos de colegios, sino también a equipos judiciales. Se trata, según Poyatos, de una educación tranformativa, no teórica tradicional, que crea recuerdos perennes en el alumnado a través de experiencias sociales reales. Lo alumnos aprenden a distinguir los estereotipos y los prejuicios y trabajan en un juicio real.

Otra manera de producir cambios reales en los que trabaja esta magistrada, es en hacer una hoja de ruta de las sentencias con perspectiva de género. "No basta con aplicarla, hay que decirlo, visibilizarlo. Extraer el estereotipo y señalarlo. Porque con eso ayudamos a otros, cuando tenga que juzgar hechos similares". Para Poyatos, desenterrar los estereotipos de género en una sentencia o en un juicio, es una labor similar a la de un cirujano. "Lo que hacemos es identificar cuando hay un patrón estereotípico. Lo identificamos, lo extraemos con un bisturí, lo analizamos y lo visibilizamos. Entonces aplicamos la cura: compensar con la perspectiva de género a la hora de aplicar el derecho".

Women´s Link también trabaja en la visibilización de estereotipos y justicia igualitaria. Su programa 'Premios Género y Justicia', analiza cada año las mejores y las peores sentencias de todas partes del mundo en materia de igualdad de género. Resalta las decisiones que han hecho avanzar el derecho de las mujeres y aquellas que ha supuesto un retroceso. En la edición pasada, una sentencia de la magistrada Gloria Poyatos obtuvo el premio mallete de oro a la mejor sentencia por juzgar con perspectiva de género. Resaltan la labor del Tribunal de Justicia de Canarias por definir jurídicamente por primera vez la técnica de juzgar con perspectiva de género en España.

España no está entre las pioneras
La falta de perspectiva de género en la justicia no es un problema español, sino que afecta de un modo u otro a todas las carreras judiciales de todo el mundo, dependiendo de la andadura que cada una haya efectuado. "Pero España no está entre los más avanzados", afirma Poyatos. A pesar de que nuestro país ha desarrollado algunas de las legislaciones más avanzadas en materia de igualdad (que son referentes en muchos países del mundo) "aún no hemos alcanzado la igualdad real y todavía existen tantas brechas de género en todos los ámbitos sociales donde miremos, debido a la prevalencia de estereotipos y prejuicios", afirma la magistrada.

Según Poyatos, hay tribunales que están muy por delante nuestro en perspectiva de igualdad, incluso tribunales supremos y cortes constitucionales como la de México, que tiene un protocolo para juzgar con perspectiva de género en la carrera judicial. "Además, lo que han hecho en México ha sido formar al tribunal supremo y éste está aplicando el protocolo en sus sentencias, con lo que las hace vinculantes para todos los jueces y juezas". Otro ejemplo es Colombia, cuyo Tribunal Constitucional está emitiendo sentencias en las que hace un análisis desde la cultura social y la posición de las mujeres, como forma de contextualizar las resoluciones y avanza poco a poco hasta el momento en el que tiene que interpretar la ley, comenta Poyatos. "Porque juzgar con perspectiva de género se tiene que hacer siempre que estemos en situaciones asimétricas y patrones estereotípicos de género. Es ahí donde tienes que utilizar estas herramientas como formas de impartición de justicia equitativa. Es como una intervención quirúrgica y aunque no es sencilla, es posible", concluye.

miércoles, 29 de noviembre de 2017

#hemeroteca #violenciamachista #justicia | Abogadas para la Igualdad pide cárcel para el psicólogo forense de Oviedo

Imagen: El Comercio / Abogadas por la Igualdad
Abogadas para la Igualdad pide cárcel para el psicólogo forense de Oviedo.
La entidad, junto a la fundación Women’s Link, acaba de presentar en el juzgado la primera querella del país por delito de odio hacia la mujer.
Chelo Tuya | El Comercio, 2017-11-29
http://www.elcomercio.es/asturias/abogadas-igualdad-pide-20171129081204-nt.html

Se fundamenta en cinco víctimas, pero las firmantes de la querella hablan de «cientos de casos». De hecho, abogados que no han participado en ella consideran «habitual» que el psicólogo forense de Oviedo acuse a las víctimas de violencia de género o a las madres de menores víctimas presuntos abusos sexuales por sus padres de «mentirosas» y de denunciar a sus exparejas «por intereses espurios» Por ese motivo, Abogadas para la Igualdad, la entidad que aglutina a numerosas profesionales asturianas, acaba de presentar en los juzgados de Oviedo la primera querella del país por delito de odio hacia la mujer. Un delito que se pena con hasta dos años de cárcel. Además, también piden su inhabilitación y le imputan otro delito de falsedad documental.

No lo hacen solas letradas asturianas. Cuentan con el respaldo de Women’s Link Worldwide, la fundación sin ánimo de lucro de ámbito internacional que defiende los derechos de las mujeres y las niñas.

Entienden ambas entidades que «de forma habitual, cuando las mujeres denuncian situaciones de violencia de género o violencia sexual corren el riesgo de que sus testimonios no sean creíbles por el hecho de ser mujeres».

Eso es lo que dicen ha ocurrido con las cinco víctimas que fundamentan la querella. Son cinco casos «evaluados y desacreditados por el psicólogo forense de Oviedo». Dos de los casos son mujeres adultas que denunciaron violencia de género por parte de sus parejas. Los otros tres casos son abusos sexuales a menores, dos de ellos por parte del padre y uno, por el abuelo. Se da la circunstancia de que en uno de esos tres casos «el acusado fue, finalmente, condenado por la Audiencia al encontrar creíbles las pruebas. Pero el informe del psicólogo desacreditaba el testimonio de la víctima».

«Las mujeres manipulan»
«Estamos ante un delito de odio en base al género, ya que los informes que emite en juicios por violencia de género y por abusos sexuales desacredita el testimonio de las mujeres y de sus hijos e hijas, basándose en prejuicios y estereotipos de género, como que las mujeres manipulan a sus hijos e hijas para dañar a sus parejas o exparejas».

La presidenta de Abogadas para la Igualdad, la letrada Elena Ocejo, explicó que «en la mayoría de los casos, no da credibilidad a las víctimas, a sus hijos e hijas, entiende que las denuncias son falsas, se presentan por motivos espurios o instrumentales. Esto supone denigrar siempre el testimonio de las mujeres».

Además de denunciar la falta de credibilidad hacia el testimonio de las mujeres, las abogadas encuentran probado el delito de odio de género en que el psicólogo forense «se basa en estereotipos: la mala madre, la mala mujer», lo que supone, a su juicio, «un grave problema». Recordó que «Save the Children habla de la falta la credibilidad del testimonio de menores en delitos sexuales. Es muy grave, porque esos delitos no son ni investigados. Es necesario tener protocolos hechos por profesionales con formación en género y formación en menores».

Por su parte, la abogada de Women’s Link, Elena Laporta, apuntó que «conocemos demasiados casos en los que cuando las mujeres denuncian violencia de género o violencia sexual, no se las cree por el hecho de ser mujeres y se las trata como unas mentirosas que se aprovechan de los procedimientos judiciales. Eso es un delito de odio».

#hemeroteca #violenciamachista #justicia | La primera querella por delitos de odio hacia la mujer acusa a un psicólogo de los juzgados de Asturias

Imagen: Público / Manifestación contra la violencia machista
La primera querella por delitos de odio hacia la mujer acusa a un psicólogo de los juzgados de Asturias.
Women’s Link Worldwide y la asociación Abogadas para la Igualdad consideran que las conclusiones de este profesional “están basadas en prejuicios y estereotipos de género”.
Lucía Villa | Público, 2017-11-29
http://www.publico.es/sociedad/violencia-machista-primera-querella-delitos-odio-mujer-acusa-psicologo-juzgados-asturias.html

La organización internacional Women’s Link Worldwide y la asociación Abogadas para la Igualdad, formada por mujeres juristas asturianas, han presentado en los juzgados de Oviedo una querella por delitos de odio contra el psicólogo forense que redacta la mayoría de los informes periciales para la Administración de Justicia en Asturias, al considerar que sus conclusiones “están basadas en prejuicios y estereotipos de género”.

La querella, la primera que se presenta en España por un delito de odio en base al género, se fundamenta por ahora en los casos de cinco mujeres, aunque el número de víctimas podría ascender a varias decenas, según las asociaciones. Todas ellas son mujeres que denunciaron ante los juzgados asturianos la violencia de género o los abusos sexuales a sus hijos por parte de sus parejas y exparejas, pero fueron desacreditadas por el mismo psicólogo forense, que las consideró como manipuladoras y mentirosas.

“Conocemos demasiados casos en los que cuando las mujeres denuncian violencia de género o violencia sexual no se las cree por el hecho de ser mujeres y se las trata como unas mentirosas que se aprovechan de los procedimientos judiciales. Esto constituye un delito de odio”, apunta Elena Laporta, abogada de Women’s Link.

Las denunciantes coinciden en que esta práctica es “habitual” en el psicólogo acusado. La querella pide además su inhabilitación y le acusa de mala práxis.

Pese a la gravedad de los hechos que se juzgaban (tres casos de abusos sexuales a menores y dos casos de violencia de género por parte de la pareja), los informes del psicólogo no incluyen las técnicas utilizadas, ni los cuestionarios realizados, ni una grabación de las pruebas en las que fundamenta sus conclusiones.

Según ha podido saber ‘Público’, algunos de sus argumentos, extraídos directamente de sus informes, fueron, literalmente, los siguientes: “Se encuentra además el típico perfil de menores manipulados”, “traga saliva, rebelando la ansiedad que le asalta por la mentira”, “sus manifestaciones críticas hacia su padre están instadas por la madre”, “existe una contaminación motivacional evidente con presiones para declarar procedentes de la madre” o “la validez del mismo queda afectada por la evidencia de influencias maternas en su discurso”, entre otras.

“Esto hace muy difícil, por no decir imposible, que otro profesional pueda contrastar sus conclusiones. La falta de regulación nacional sobre los criterios que se deben incluir en los informes periciales permite que se den este tipo de situaciones. Como consecuencia, ni ellas ni sus hijos e hijas pueden acceder a la justicia que demandan”, argumentan desde Women’s Link.

Aunque los informes periciales no tienen a priori carácter vinculante, muchas veces son determinantes para el juicio. Un informe de Save the Children sobre abusos sexuales a menores en el entorno familiar concluía que en el 100% de los casos en los que el acusado ha sido absuelto, el informe pericial concluyó que el niño no era creíble.

Tras las conclusiones del psicólogo acusado en la querella, cuatro de los cinco casos fueron archivados. En un quinto caso, el agresor sí fue condenado, y actualmente cumple condena, gracias a que el resto de pruebas e informes aportados por otros equipos contradecían al acusado, que concluyó que la madre había simulado la violencia contra ella y que las críticas del hijo hacia el padre habían sido instadas por ella.

“Es necesario que se revise el papel tan crucial que juegan los informes periciales en los procesos judiciales. No se pueden seguir admitiendo informes basados en prejuicios contra las mujeres porque obstaculizan la labor de los jueces y juezas para impartir justicia”, afirma Elena Ocejo, letrada de Abogadas para la Igualdad.

Las organizaciones denunciantes han centrado la querella en el caso de Asturias, por la cantidad de casos relacionados con el mismo psicólogo forense, pero aseguran que la situación se repite en toda España.

#hemeroteca #violenciamachista | La ley no reconoce el juicio a 'la manada' por violación como un proceso por violencia machista

Imagen: El Diario
La ley no reconoce el juicio a 'la manada' por violación como un proceso por violencia machista.
La ley de violencia de género solo considera como tal la que se da en el ámbito de la pareja o expareja y excluye otras formas de violencia machista. Esto conlleva la falta de especialización de los juzgados y otros operadores que intervienen en el proceso y la ausencia de un marco integral. "Si no se entiende que las agresiones sexuales son violencia machista, no se entenderá el contexto y que tienen que ver con la desigualdad entre hombres y mujeres", dice la abogada Elena Laporta.
Marta Borraz | El Diario, 2017-11-29
http://www.eldiario.es/sociedad/reconoce-juicio-violacion-violencia-machista_0_713229195.html

Ha quedado visto para sentencia. El juicio a los cinco acusados de violación en los Sanfermines de 2016 puede ser un punto de inflexión a la hora de concebir la violencia sexual. Nunca un proceso por un delito así causó tanta expectación. Queda conocer la sentencia y saber si, a partir de ahora, el discurso público será otro respecto a las agresiones sexuales. Una transformación que tendría que pasar por el cambio de consideración social y legal. Y es que la legislación estatal vigente no considera un acto de violencia sexual –como el que se ha juzgado en Pamplona– fuera de la pareja o expareja como violencia machista.

Esto es así porque la ley de medidas de protección integral contra la violencia de género, aprobada en 2004, solo contempla como tal la que ejercen los hombres contra las mujeres "por parte de quienes hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia". Es decir, incluye la violencia física, psicológica y también contra la libertad sexual pero solo en el marco de la pareja o expareja. Por eso, las expertas demandan que la violencia sexual se legisle con el enfoque de la violencia machista, ya sea reformando la ley de 2004 o mediante nuevas normas.

"Han pasado más de diez años y la ley sigue sin incorporar otras manifestaciones de la violencia. Eso dificulta el reconocimiento que puede darse en todos los ámbitos", explica Montse Pineda, integrante de la ONG de atención a víctimas de violencia sexual Creación Positiva. "Las entidades que trabajamos en este ámbito llevamos mucho tiempo pidiendo que las políticas públicas sobre esto sean integrales y con enfoque de género", prosigue.

Más allá de lo simbólico, esta falta de reconocimiento tiene efectos tangibles para las mujeres. Por un lado, hace que los procedimientos judiciales se den en tribunales que no tienen especialización. La ley de 2004 inició la creación de toda una red de juzgados específicos para la violencia sobre la mujer, de los que hay 461 en toda España –entre exclusivos y aquellos que tienen competencias–. Aunque en la práctica ocurre que en muchos casos se rompe esta especialización, sí existe un marco teórico que lo garantiza.

"Lo que ocurre con las agresiones sexuales es que los operadores jurídicos no cuentan con una formación amplia y continua sobre el tema. Esto hace que, en muchos casos, se reproduzcan estereotipos de género e imposibilita el acceso igualitario a la justicia de las mujeres", explica la abogada de la organización Women's Link Elena Laporta. Para la experta, es indispensable conceptualizar las agresiones sexuales como violencia machista tanto a nivel social como judicial: "Si no se entiende esto, no se entenderá el contexto, no se entenderá como una cuestión estructural ni se concebirá que tienen que ver con los patrones de desigualdad entre hombres y mujeres".

La inequidad territorial
Para taponar en cierta medida esta laguna legislativa, varias comunidades autónomas sí cuentan con leyes en las que se incluye la violencia sexual (y otros tipos fuera del ámbito de la pareja o expareja) como violencia de género. Y algunas, como la de Navarra o Madrid, contemplan la creación de servicios de atención y reparación especializados para las víctimas. Sin embargo, el colectivo Lunes Lilas ha denunciado que, en el caso de la joven que denunció a la manada, ha contado con atención psicológica gratuita "gracias al esfuerzo de su familia, las instituciones feministas y las entidades locales".

Para la violencia en el marco de la pareja o expareja, la ley de 2004 garantiza una asistencia social integral en todo el país con atención psicológica especializada, recuperación, apoyo e información, además de potenciar la coordinación entre las distintas instituciones. "Pero con la violencia sexual no sucede así, depende cada comunidad autónoma y la atención no está garantizada. No hay un marco global que atienda esta realidad", explica Pineda.

Así, el pasado 25 de noviembre varias organizaciones emitieron un comunicado en el que alertaban sobre la falta de recursos y denuncian que "la respuesta gubernamental no está siendo a la altura" de un problema que, que denuciaron 9.000 mujeres en España en 2015, según Eurostat.

Los colectivos llaman la atención sobre una situación que genera inequidad entre comunidades autónomas y "no garantiza estándares mínimos en todo el Estado" porque "en algunas regiones los servicios no están garantizados, sino que son iniciativas privadas dependientes de subvenciones públicas".

Según un informe conjunto de varias organizaciones, entre ellas la Federación de Planificación Familiar Estatal o Médicos del Mundo, solo nueve de las 17 comunidades autónomas cuentan con centros de atención a víctimas de violencia sexual y no existe ningún centro de emergencia especializado que actúe 24 horas al día durante todos los días de la semana de carácter estatal.

Para estas organizaciones, la exclusión de las agresiones sexuales de las medidas establecidas en la ley de 2004 "deja a las supervivientes o potenciales víctimas en una gravísima y peligrosa situación de desprotección" a pesar de que "según todos los estudios e investigaciones científicas, la violencia sexual presenta alarmantes datos de prevalencia en entornos ajenos al de la pareja o expareja (ámbito laboral, familiar o en espacios públicos)".

Amnistía Internacional también lamenta en un comunicado hecho público la semana pasada que este tipo de violencia "sigue siendo invisible y no prioritaria" en las políticas públicas en España. Además llama la atención sobre la falta de campañas institucionales de prevención y el déficit de especialización de todos los operadores que intervienen en el proceso tras la denuncia.

La oportunidad del pacto de Estado
Laporta apunta a que Women's Link no cuenta con una posición sobre si la solución debe de ser modificar la ley orgánica o crear leyes específicas para otras violencias. Algo que se discutió en la subcomisión de violencia machista del Congreso en la que se gestó el pacto de Estado. De hecho, el documento resultante incluyó como medidas por aplicar la ampliación del concepto de violencia de género para cumplir con el Convenio de Estambul –que obliga a los Estados a hacerlo– de cara a, entre otras cosas, caminar hacia un marco regulador que permita realizar un tratamiento integral de las violencias sexuales.

El Congreso consensuó que hasta que se dictaran leyes específicas para regular estas violencias con enfoque de género (agresiones sexuales, mutilación genital, acoso sexual o el matrimonio forzado), "recibirán un tratamiento preventivo y estadístico en el marco de la ley de 2004 contra la violencia de género". No obstante, el pacto de Estado todavía no se ha desarrollado, aún no hay una hoja de ruta y nada garantiza que vaya a aplicarse. De hecho, Amnistía Internacional lo califica de "oportunidad perdida para la protección a las víctimas de la violencia sexual".

Sea lo que sea, la abogada Ester García, integrante de Dones Juristes, alude a que, por ejemplo, que los juzgados de violencia sobre la mujer lleven los procedimientos de agresiones sexuales "ahora no garantiza nada porque estos operadores jurídicos todavía tienen que formarse más de manera especializada y desde una perspectiva de género", explica. La letrada sí considera que sería pertinente la creación de un turno de oficio para violencia sexual, igual que lo hay de la violencia en el ámbito de la pareja, "porque no tiene nada que ver este tipo de delito con otros".

Los estereotipos que victimizan
Son varias las expertas que reivindican, además, que el enfoque de género se incorpore a cómo el Código Penal tipifica la agresión o el abuso sexual y cómo esta conceptualización influye en la justicia. La diferencia entre el primero y el segundo es que en los abusos debe utilizarse la violencia e intimidación "sin que medie el consentimiento" como medio de ataque a la libertad sexual.

El primero se define como el "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal" con violencia, mientras que el segundo alude a que "sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona".

Pineda considera que esta descripción conlleva un tratamiento que puede revictimizar a la denunciante: "Poner el foco en el consentimiento es demostrar que no lo has dado. Esto hace que muchos abogados, y a veces los magistrados, pregunten de qué manera lo hiciste, cómo te resististe, si opusiste fuerza, si gritaste o pediste ayuda... Esto es atroz y no se hace en ningún otro delito. Tu denuncias que te robaron el bolso y nunca te cuestionan así".

Esta es una de las conclusiones principales de la investigación El abordaje de las violencias sexuales en Catalunya, en la que el grupo de investigación Antígona, de la Universidad Autónoma de Barcelona, y Creación Positiva apuntan a que "existe una idea preconcebida de que las agresiones sexuales implican un alto nivel de violencia física, pero por el contrario la mayoría manifiestan que tenían miedo de recibir lesiones o perder la vida durante el ataque y han opuesto poca resistencia". La prevalencia de este estereotipo, prosigue el informe, "provoca que las víctimas que no han ofrecido resistencia sean cuestionadas por la policía y el sistema judicial".