Imagen: El Diario Vasco / Concentración de apoyo a las víctimas de Kote |
El magistrado dicta un auto con el que cierra la fase de instrucción que comenzó hace 6 años. Se le imputan 4 delitos contra la libertad sexual, 13 contra la intimidad y la propia imagen, 17 de estafa, 8 de corrupción de menores y 5 contra la integridad moral.
El Diario Vasco, 2019-07-11
https://www.diariovasco.com/gipuzkoa/procesan-fotografo-kote-cabezudo-20190710154538-nt.html
El Juzgado de Instrucción número 4 de San Sebastián ha procesado al fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo por la posible comisión de 47 delitos, entre ellos cuatro contra la libertad sexual de algunas de las modelos con las que ha trabajado desde los años noventa. El magistrado Julián García Marcos, que investiga la causa principal contra el fotógrafo donostiarra, al que acusan 21 mujeres, ha cerrado la instrucción del caso que se inició en 2013 y ha dictado un auto de procesamiento contra Cabezudo, en el que observa indicios racionales de la comisión de 47 delitos correspondientes a cinco tipos penales.
El auto procesa a Cabezudo por cuatro delitos contra la libertad sexual, 13 contra la intimidad y la propia imagen, 17 de estafa, tres de ellos continuados; ocho de corrupción de menores y cinco contra la integridad moral, informa la Agencia Efe. Además, recoge los testimonios de otros seis casos de presuntos abusos sexuales que ya están prescritos, por los que Cabezudo no será juzgado.
El auto, fechado el 1 de julio, deja fuera de la causa al otro investigado, un informático que diseñó las web de Kote Cabezudo.
Los juzgados donostiarras mantienen abiertas desde el año 2013 varias investigaciones penales contra Cabezudo, que se encuentra en prisión provisional desde mayo de 2018, por presuntos delitos contra la libertad sexual y la intimidad, violación, abuso sexual, estafa, delitos contra el honor, injurias, descubrimiento de secretos, amenazas y asistencia a espectáculos exhibicionistas o pornográficos.
En el auto de procesamiento de la causa principal se describe el modo de actuar de Cabezudo quien, en la mayoría de los casos, hacía firmar a las modelos contratos y posteriormente compartía presuntamente en páginas pornográficas de pago imágenes en las que se las veía desnudas, a pesar de que, según describe el auto, les había asegurado que no se veían sus órganos sexuales o que no serían utilizadas para ese cometido.
En cuatro casos, Cabezudo supuestamente habría aprovechado las sesiones para abusar sexualmente de las modelos, algunas de las cuales le acusan de haberlas violado. El caso más crudo es el de una modelo de 14 años que realizó en 2004 varias sesiones fotográficas con Cabezudo, que subió fotos de la niña desnuda a páginas pornográficas, según los hechos que describe el auto, que detalla que algunos vídeos han permanecido visibles en internet hasta la actualidad.
Más adelante, cuando la modelo aún no había alcanzado la mayoría de edad, Cabezudo «sin consentimiento de la menor, atentó contra su indemnidad sexual». En concreto, cuando tenía 15 años, el fotógrafo «le introduce sus dedos en la vagina tras haberle tocado todo el cuerpo», según indica el juez en su descripción de los hechos.
Los abusos continuaron
El auto manifiesta que el fotógrafo continuó con estos abusos con la amenaza de que, «si no atendía a sus peticiones, publicaría todas las fotografías» que le había tomado desnuda.
En 2006, cuando la chica ya era mayor de edad, Cabezudo presuntamente «penetra vaginalmente» a la modelo, que «lo permite amedrentada por la amenaza de que si no atendía a sus condiciones, publicaría todas las fotografías» que le había tomado desnuda, una agresión que supuestamente se repitió posteriormente.
En ocho ocasiones, las modelos a las que fotografió desnudas y posteriormente difundió sus imágenes en páginas pornográficas eran menores de edad, motivo por el que el instructor observa la posible comisión de otros tantos delitos de corrupción de menores.
Posibles recursos
El auto de procesamiento ahora emitido puede ser recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. En cuanto esta resolución sea firme, se abrirá una nueva fase procesal, previa a la celebración del juicio. En la misma, la Fiscalía y los letrados que representan a las víctimas de Cabezudo y al propio acusado formularán sus respectivos escritos de conclusiones provisionales. En ellos, las acusaciones ofrecerán un detallado relato de los presuntos hechos delictivo cometidos por el investigado y solicitarán las penas a imponer.
Al caso, aun cuando se inició en 2013, le queda todavía un buen camino por recorrer. Salvo que la Audiencia Provincial revoque algún aspecto del auto de procesamiento u ordene la práctica de nuevas pruebas que alguna de las partes le puedan solicitar, la vista oral tendría lugar en el transcurso del próximo año.
Este proceso ha vivido situaciones procesales complejas, especialmente después de que la acusación particular denunciase a la juez que instruyó el caso en los cinco primeros años por presunta prevaricación. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco admitió a trámite la querella de manera parcial, aunque posteriormente la archivó.
A partir de aquel momento, la magistrada quedó apartada y fue su compañero, el titular de Juzgado de Instrucción número 3, quien tomó el relevo en el desarrollo del procedimiento. Una de las primeras medidas que adoptó fue la de enviar a Cabezudo a prisión, ya que se encontraba en libertad provisional. Lo hizo el 4 de mayo del año pasado, al término de una comparecencia del fotógrafo. El magistrado sustentó su decisión por la «reiteración delictiva» del acusado así como por causar «daños a los bienes jurídicos de las víctimas».
Hasta entonces, Cabezudo se había enfrentado en varias ocasiones a la petición de ingreso en la cárcel, aunque ninguna de ellas había prosperado. Todas habían sido rechazadas por la juez que instruía el caso y posteriormente ratificadas en los recursos que se habían interpuesto ante la Audiencia Provincial guipuzcoana.
El investigado podría enfrentarse a una petición de pena de más de 100 años
La larga relación de delitos que el juez instructor atribuye a Kote Cabezudo llevará casi con total seguridad a las acusaciones a solicitar en sus escritos de conclusiones provisionales penas que sumarán más de cien años de prisión. Fuentes jurídicas consultadas por este periódico indicaron que solo la petición del ministerio público podría alcanzar los 120 años y que la de la acusación particular será todavía superior.
A la espera de lo que vaya a suceder en un futuro, el investigado cuenta ya con una condena en su haber. La Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa acaba de confirmar la pena a dos años y tres meses de prisión que le fue impuesta al fotógrafo por el Juzgado de lo Penal número 1 de Donostia como autor de un delito de obstrucción a la justicia, por publicar una fotografía de una mujer desnuda en una red social el día después de que esta decidiera personarse en la causa principal que se sigue contra el imputado. Además de la pena privativa de libertad, el encausado fue sentenciado a catorce meses de multa con una cuota diaria de doce euros y a indemnizar a la víctima con 8.000 euros. Los hechos se produjeron el 14 de octubre de 2016, tan solo un día después de que la perjudicada se personara como acusación particular contra Cabezudo, quien subió «a través de su perfil particular» en una conocida red social una imagen en la que esta mujer «aparecía desnuda, con el cuerpo pixelado pero siendo reconocible su rostro».
La fotografía había sido captada aproximadamente veinte años atrás, cuando la chica comenzaba su carrera de modelo y se puso en contacto con el acusado para hacerse unas pruebas fotográficas. La resolución concretaba que el imputado llevó a cabo estos hechos con la finalidad de intimidar y atemorizar a la joven y, de esta manera, influir en la declaración que iba a presentar» en el caso, ya que Cabezudo conocía su temor y preocupación a que se publicaran otras imágenes suyas de desnudos integrales que le había realizado durante las sesiones fotográficas.
Además de esta condena, la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa le pide en otro procedimiento nueve meses de prisión por intentar borrar imágenes de un servidor informático antes de que la Ertzaintza pudiera acceder a él para obtener pruebas para la investigación principal. Asimismo, el ministerio público le reclama otros nueve meses por incumplir presuntamente otro un mandato judicial que le obligaba a borrar de internet todo rastro de imagen de una de las presuntas víctimas.
El auto procesa a Cabezudo por cuatro delitos contra la libertad sexual, 13 contra la intimidad y la propia imagen, 17 de estafa, tres de ellos continuados; ocho de corrupción de menores y cinco contra la integridad moral, informa la Agencia Efe. Además, recoge los testimonios de otros seis casos de presuntos abusos sexuales que ya están prescritos, por los que Cabezudo no será juzgado.
El auto, fechado el 1 de julio, deja fuera de la causa al otro investigado, un informático que diseñó las web de Kote Cabezudo.
Los juzgados donostiarras mantienen abiertas desde el año 2013 varias investigaciones penales contra Cabezudo, que se encuentra en prisión provisional desde mayo de 2018, por presuntos delitos contra la libertad sexual y la intimidad, violación, abuso sexual, estafa, delitos contra el honor, injurias, descubrimiento de secretos, amenazas y asistencia a espectáculos exhibicionistas o pornográficos.
En el auto de procesamiento de la causa principal se describe el modo de actuar de Cabezudo quien, en la mayoría de los casos, hacía firmar a las modelos contratos y posteriormente compartía presuntamente en páginas pornográficas de pago imágenes en las que se las veía desnudas, a pesar de que, según describe el auto, les había asegurado que no se veían sus órganos sexuales o que no serían utilizadas para ese cometido.
En cuatro casos, Cabezudo supuestamente habría aprovechado las sesiones para abusar sexualmente de las modelos, algunas de las cuales le acusan de haberlas violado. El caso más crudo es el de una modelo de 14 años que realizó en 2004 varias sesiones fotográficas con Cabezudo, que subió fotos de la niña desnuda a páginas pornográficas, según los hechos que describe el auto, que detalla que algunos vídeos han permanecido visibles en internet hasta la actualidad.
Más adelante, cuando la modelo aún no había alcanzado la mayoría de edad, Cabezudo «sin consentimiento de la menor, atentó contra su indemnidad sexual». En concreto, cuando tenía 15 años, el fotógrafo «le introduce sus dedos en la vagina tras haberle tocado todo el cuerpo», según indica el juez en su descripción de los hechos.
Los abusos continuaron
El auto manifiesta que el fotógrafo continuó con estos abusos con la amenaza de que, «si no atendía a sus peticiones, publicaría todas las fotografías» que le había tomado desnuda.
En 2006, cuando la chica ya era mayor de edad, Cabezudo presuntamente «penetra vaginalmente» a la modelo, que «lo permite amedrentada por la amenaza de que si no atendía a sus condiciones, publicaría todas las fotografías» que le había tomado desnuda, una agresión que supuestamente se repitió posteriormente.
En ocho ocasiones, las modelos a las que fotografió desnudas y posteriormente difundió sus imágenes en páginas pornográficas eran menores de edad, motivo por el que el instructor observa la posible comisión de otros tantos delitos de corrupción de menores.
Posibles recursos
El auto de procesamiento ahora emitido puede ser recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. En cuanto esta resolución sea firme, se abrirá una nueva fase procesal, previa a la celebración del juicio. En la misma, la Fiscalía y los letrados que representan a las víctimas de Cabezudo y al propio acusado formularán sus respectivos escritos de conclusiones provisionales. En ellos, las acusaciones ofrecerán un detallado relato de los presuntos hechos delictivo cometidos por el investigado y solicitarán las penas a imponer.
Al caso, aun cuando se inició en 2013, le queda todavía un buen camino por recorrer. Salvo que la Audiencia Provincial revoque algún aspecto del auto de procesamiento u ordene la práctica de nuevas pruebas que alguna de las partes le puedan solicitar, la vista oral tendría lugar en el transcurso del próximo año.
Este proceso ha vivido situaciones procesales complejas, especialmente después de que la acusación particular denunciase a la juez que instruyó el caso en los cinco primeros años por presunta prevaricación. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco admitió a trámite la querella de manera parcial, aunque posteriormente la archivó.
A partir de aquel momento, la magistrada quedó apartada y fue su compañero, el titular de Juzgado de Instrucción número 3, quien tomó el relevo en el desarrollo del procedimiento. Una de las primeras medidas que adoptó fue la de enviar a Cabezudo a prisión, ya que se encontraba en libertad provisional. Lo hizo el 4 de mayo del año pasado, al término de una comparecencia del fotógrafo. El magistrado sustentó su decisión por la «reiteración delictiva» del acusado así como por causar «daños a los bienes jurídicos de las víctimas».
Hasta entonces, Cabezudo se había enfrentado en varias ocasiones a la petición de ingreso en la cárcel, aunque ninguna de ellas había prosperado. Todas habían sido rechazadas por la juez que instruía el caso y posteriormente ratificadas en los recursos que se habían interpuesto ante la Audiencia Provincial guipuzcoana.
El investigado podría enfrentarse a una petición de pena de más de 100 años
La larga relación de delitos que el juez instructor atribuye a Kote Cabezudo llevará casi con total seguridad a las acusaciones a solicitar en sus escritos de conclusiones provisionales penas que sumarán más de cien años de prisión. Fuentes jurídicas consultadas por este periódico indicaron que solo la petición del ministerio público podría alcanzar los 120 años y que la de la acusación particular será todavía superior.
A la espera de lo que vaya a suceder en un futuro, el investigado cuenta ya con una condena en su haber. La Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa acaba de confirmar la pena a dos años y tres meses de prisión que le fue impuesta al fotógrafo por el Juzgado de lo Penal número 1 de Donostia como autor de un delito de obstrucción a la justicia, por publicar una fotografía de una mujer desnuda en una red social el día después de que esta decidiera personarse en la causa principal que se sigue contra el imputado. Además de la pena privativa de libertad, el encausado fue sentenciado a catorce meses de multa con una cuota diaria de doce euros y a indemnizar a la víctima con 8.000 euros. Los hechos se produjeron el 14 de octubre de 2016, tan solo un día después de que la perjudicada se personara como acusación particular contra Cabezudo, quien subió «a través de su perfil particular» en una conocida red social una imagen en la que esta mujer «aparecía desnuda, con el cuerpo pixelado pero siendo reconocible su rostro».
La fotografía había sido captada aproximadamente veinte años atrás, cuando la chica comenzaba su carrera de modelo y se puso en contacto con el acusado para hacerse unas pruebas fotográficas. La resolución concretaba que el imputado llevó a cabo estos hechos con la finalidad de intimidar y atemorizar a la joven y, de esta manera, influir en la declaración que iba a presentar» en el caso, ya que Cabezudo conocía su temor y preocupación a que se publicaran otras imágenes suyas de desnudos integrales que le había realizado durante las sesiones fotográficas.
Además de esta condena, la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa le pide en otro procedimiento nueve meses de prisión por intentar borrar imágenes de un servidor informático antes de que la Ertzaintza pudiera acceder a él para obtener pruebas para la investigación principal. Asimismo, el ministerio público le reclama otros nueve meses por incumplir presuntamente otro un mandato judicial que le obligaba a borrar de internet todo rastro de imagen de una de las presuntas víctimas.
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