martes, 16 de enero de 2018

#hemeroteca #generoneutro | El Ministerio de Justicia responde a Euskaltzaindia que los nombres neutros no están prohibidos sino los claramente opuestos al género

Imagen: Deia
El Ministerio de Justicia responde a Euskaltzaindia que los nombres neutros no están prohibidos sino los claramente opuestos al género.
Los académicos vascos solicitaron a Madrid que fueran más flexibles con el nomenclátor vasco ya que reúne sus propias características.
Orain, 2018-01-16
http://www.orain.eus/ministerio-justicia-responde-euskaltzaindia-los-nombres-neutros-no-estan-prohibidos-sino-los-claramente-opuestos-al-genero/

El Ministerio de Justicia ha recordado a la Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia que por ley están “prohibidos los nombres que induzcan a error en cuanto al sexo”, es decir, aquellos que designan inequívocamente al opuesto al nacido –como Juan para mujer o Juana para el varón– pero no algunos nombres neutros como ‘Elur’ o ‘Alex’.

Así, aclara que la legislación del Registro Civil no exige asociar cada nombre a un género concreto, sino que lo que establece es la prohibición de inscribir a un bebé con un nombre que indica claramente al sexo opuesto al del nacido.

Según la Dirección General de Registros y del Notariado, en el Área de Estado Civil, cuando existen dudas sobre si un nombre es masculino o femenino, se realizan las consultas correspondientes a través de INFOREG, del INE, de los Registros Civiles o de las propias academias de las lenguas cooficiales. Estas actuaciones se realizan con todos aquellos nombres que suscitan este tipo de dudas.

“Desde la Dirección General de Registros y del Notariado se hacen los esfuerzos necesarios, a través de la consulta a varias instancias, incluidas las academias de las lenguas cooficiales, para adaptar las inscripciones a las características de las distintas lenguas cooficiales del Estado español”, subrayan.

En este sentido, puntualizan que no es la normativa la que imprime un carácter inflexible a las inscripciones, sino, en todo caso, la interpretación que en cada registro civil se dé al artículo en cuestión.

Así se ha pronunciado después de que este pasado lunes la Academia de la Lengua Vasca pidiera al Ministerio de Justicia que sea “más flexible” con el nomenclátor vasco. Según manifestó el presidente de Euskaltzaindia, Andres Urrutia, el nomenclátor vasco, que la Comisión de Onomástica revisa con cierta periodicidad, “reúne sus propias características” en cuanto a diferenciación de géneros.

Euskaltzaindia pide mayor flexibilidad en el registro de nombres en euskera.
En euskera algunos nombres pueden designar tanto al género masculino como al femenino
EFE | Deia, 2018-01-15
http://www.deia.com/2018/01/15/sociedad/euskadi/euskaltzaindia-pide-mayor-flexibilidad-en-el-registro-de-nombres-en-euskera

La Real Academia de la Lengua Vasca, Euskaltzaindia, va a pedir al Ministerio de Justicia español mayor flexibilidad en el Registro Civil a la hora de aceptar los nombres en euskera incluidos en el nomenclátor vasco de la institución académica.

La Academia vasca ha decidido realizar esta petición, explica hoy en un comunicado, ante el hecho de que la actual legislación del Registro Civil exige asociar cada nombre a un género concreto, bien masculino, bien femenino.

Euskaltzaindia precisa que, por contra, el nomenclator vasco, que la Comisión de Onomástica de la institución revisa periódicamente, reúne sus propias características en cuanto a diferenciación de géneros, ya que algunos de ellos pueden designar tanto al varón como a la fémina.

Por ello, la institución académica considera que "sería conveniente implantar un sistema más transigente" en la inscripción de nombres euskericos en el Registro Civil, "con la finalidad de facilitar las inscripciones, adaptando las exigencias del Registro Civil a las nuevas realidades sociales".

"De lo contrario, estaríamos aplicando al euskera criterios propios de los idiomas románicos, y eso carece de toda lógica", ha advertido el presidente de Euskaltzaindia, Andrés Urrutia, en el mismo comunicado.

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