sábado, 5 de enero de 2019

#hemeroteca #conciliacion | Defensa reconoce la conciliación familiar como un “derecho” de los militares

Imagen: El País
Defensa reconoce la conciliación familiar como un “derecho” de los militares.
Los uniformados con hijos menores de 4 años y reducción de jornada quedan eximidos de guardias.
Miguel González | El País, 2019-01-05
https://elpais.com/politica/2019/01/04/actualidad/1546632065_134749.html

La legionaria que fue sacionada por no acudir al desfile conmemorativo de la Inmaculada, patrona de la Infantería, el 8 de diciembre de 2017 en la base de Viator (Almería), porque no tenía con quien dejar a su hija de dos años, no habría podido ser castigada de estar ya en vigor la nueva normativa que prepara la ministra de Defensa, Margarita Robles, y que reconoce la conciliación de la vida familiar y militar como un “derecho” de los miembros de las Fuerzas Armadas.

La principal diferencia entre la nueva orden y la aprobada en 2015 por el Gobierno del PP, que se modificará parcialmente, está en su filosofía. Mientras que la normativa aún vigente fija “el régimen de permisos, vacaciones, reducciones de jornada y licencias” de los militares, basándose en el de los funcionarios civiles con las “adaptaciones” propias de los cuarteles, la nueva orden reconoce “el derecho al descanso y la conciliación de la vida profesional, personal y familiar” como “un derecho de carácter profesional” de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Por tanto, aunque las “necesidades del servicio” pueden condicionar el ejercicio de estos derechos, no prevalecen siempre sobre los mismos, y el mando no podrá esgrimirlas, como ahora, sin justificarlas. “Las necesidades del servicio deberán estar sometidas a los criterios de oportunidad, proporcionalidad y excepcionalidad”, subraya la orden.

Estas son las principales novedades de la nueva norma:

Cuidado de hijos. El militar que tenga reducción de horario (entre una hora y media jornada, con el consiguiente recorte de sueldo) para el cuidado de un hijo menor de cuatro años no podrá ser obligado en ningún caso a hacer guardias, servicios o actividades análogas que interfieran con dicha reducción. Hasta ahora, este derecho estaba subordinado a las necesidades del servicio. Así seguirá siendo con los menores de entre cuatro y 12 años.

Progenitores militares. Ante la proliferación de matrimonios entre militares, se prevé que, cuando uno sea destinado fozosamente fuera del domicilio familiar, el otro pueda reducir su jornada y ser exonerado de guardias durante un año para cuidar a un hijo menor de 12 años. Además, mientras el cónyuge esté destinado en una operación militar, el que quede a cargo del menor tendrá derecho a reducción de jornada sin guardias. Finalmente, las parejas de militares con hijos menores de 12 años tendrán derecho a disfrutar al menos de cinco días de vacaciones en las mismas fechas, durante las vacaciones escolares, “teniendo en cuenta las necesidades del servicio”.

Familia monoparental. El militar que viva con su hijo menor de 12 años y sea responsable único de su cuidado, tendrá derecho a la reducción de jornada y exención de guardias. Hasta ahora no se consideraba familia monoparental si el otro progenitor contribuía económicamente a la manutención del hijo. Además, en caso de separación se podrá pedir la reducción de jornada solo durante los periodos en que se tenga el hijo a cargo.

Acompañamiento al parto. Se favorece la corresponsabilidad en la paternidad con la creación de un nuevo permiso para que el militar pueda acompañar a su pareja a los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Como se ha pactado con los funcionarios civiles, el permiso de paternidad (intransferible) se ampliará de seis a ocho semanas este año, a 12 en 2020 y a 16 en 2021. Cuatro semanas se tomarán inmediatamente después del parto o adopción y 12 más antes o después que el otro progenitor.

Cuidado de discapacitados. Quienes tengan reducción de jornada por cuidar a un discapacitado estarán eximidos de guardias y podrá pedirse anualmente la licencia por asuntos propios para el cuidado de familiares con enfermedad grave.

Como el personal civil. Se aplican a los militares medidas ya reguladas para el personal civil, como los permisos de gestación, la reducción de jornada para víctimas del terrorismo, o la guarda legal con fines de adopción. Se crea un permiso para los deportistas de alto nivel y se amplía en dos días el permiso por fallecimento, accidente o enfermedad grave de familiar cuando el militar deba desplazarse entre la Península y los archipiélagos o Ceuta y Melilla.

Silencio positivo. Se establecn plazos taxativos para contestar las solicitudes de permisos, aplicándose el silencio administrativo positivo. Van desde un día hábil para el fallecimiento de un familiar a 10 por el matrimonio.

Fiestas y patronas. El recorte de sueldo por reducción de jornada no se aplicará durante guardias y permisos. Y la exoneración de guardias y servicios estará vigente los días festivos “y afectará a actos institucionales y a las patronas”. Es decir, la legionaria que tenía que cuidar a su hija de dos años no podría ser obligada a participar en el desfile de la Inmaculada.

Una asociación reservada solo para oficiales
El Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, órgano asesor del Ministerio de Defensa en el que se sientan las asociaciones profesionales de militares, tendrá en 2019 un nuevo miembro: la Asociación Profesional de Oficiales de Carrera de las Fuerzas Armadas (APROFAS), la primera reservada estatutariamente solo para los oficiales. En la carta que su presidente, el coronel Ángel Descalzo Pino, ligado al Mando de Personal del Ejército de Tierra, remitió a sus compañeros animándoles a afiliarse aseguraba que su objetivo es “solventar agravios a la categoría de oficiales, defender sus intereses o permitir el exaltamiento y reconocimiento de las virtudes y valores del militar y de su compromiso con las Fuerzas Armadas”.

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