Imagen: El Diario / Gabriel Delgado |
Le denegaron el cambio de nombre por elegir uno “inequívocamente masculino”. Presentaron recurso el 10 de octubre de 2018 y este jueves han recogido la resolución favorable. El próximo miércoles, Gabriel recibirá su DNI con el nombre por el que todos y todas le conocen. “Estoy eufórico, estaba seguro de que me lo iban a conceder, porque ya hubiera sido el colmo que no lo hicieran”.
Óscar F. Civieta | El Diario, 2019-02-14
https://www.eldiario.es/aragon/sociedad/Gabriel-autorizan-transexual-denegaron-masculino_0_867913536.html
Por fin llegó la alegría. Con cinco meses de retraso. De desesperación y lucha. Gabriel ya se llama Gabriel. El chico transexual de Calatayud al que denegaron el cambio de nombre, por elegir uno inequívocamente masculino, tendrá el próximo miércoles su DNI con el nombre por el que es conocido en su familia, en el colegio, entre sus amigos y amigas... El nombre que él quería.
Este jueves, acompañado de su madre y de su padre, ha recogido la resolución favorable al cambio. Menos de dos horas después tenía cita para conseguir lo que para él es un bien muy preciado: su carnet de identidad.
Hablando con eldiario_es, Gabriel ha asegurado que está “eufórico”. “Estaba seguro al 100% de que me lo iban a conceder, porque ya hubiera sido el colmo que no lo hicieran. Era muy injusto que no me lo concedieran por presentarlo un poco antes de que saliera la instrucción que lo permite”. “Aliviada” se encuentra su madre, Pilar Suárez, que ha reconocido que hasta que no ha leído el papel no se lo creía: “Incluso le he preguntado al funcionario para asegurarme”.
8 meses de espera
Todo comenzó el 12 de junio de 2018, cuando los padres de Gabriel solicitaron el cambio de nombre de su hijo en el Registro Civil de Calatayud, adjuntando dos informes médicos que argumentan su condición de transexual y certificado del centro escolar en el que se afirma que el menor “tiene un comportamiento masculino, asumido por la comunidad escolar, y que es conocido por Gabriel”.
Tres meses después, el 12 de septiembre, llegó el auto rechazando la petición. En él se denegaba el cambio de nombre, “aun admitiendo que es una persona transexual y que el nombre que se solicita es el que ya utiliza habitualmente, porque el nombre de Gabriel remite, única y exclusivamente, al sexo masculino y no es un nombre neutro”.
El 10 de octubre del pasado año, los padres presentaron un recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado alegando que su hijo llevaba “varios meses de tratamiento hormonal con resultado satisfactorio y que la discordancia entre el nombre que figura en sus documentos sanitarios y escolares y el que sigue constando en su DNI genera problemas administrativos y supone un menoscabo de la intimidad del menor, al tener que aclarar su condición de transexual cando tiene que identificarse con el pasaporte o el DNI”. Además, se referían, y adjuntaban, varios autos de otros registros “favorables al cambio de nombre en casos similares”. Nueve días después, el 19 de octubre, presentaron 129.000 firmas en el Ministerio de Justicia.
Y este jueves, 14 de febrero, por fin llegó la resolución favorable. En la misma, a la que ha tenido acceso eldiario_es, se hace referencia a la Instrucción de 23 de octubre de 2018 y se señala que, con base en esta, “cuando los progenitores de un menor de edad, actuando conjuntamente, declaren ante el órgano competente que su hijo siente como propio el sexo correspondiente al nombre solicitado de forma clara e incontestable y previa audiencia al menor interesado en todo caso, la solicitud debe ser atendida”.
Este jueves, acompañado de su madre y de su padre, ha recogido la resolución favorable al cambio. Menos de dos horas después tenía cita para conseguir lo que para él es un bien muy preciado: su carnet de identidad.
Hablando con eldiario_es, Gabriel ha asegurado que está “eufórico”. “Estaba seguro al 100% de que me lo iban a conceder, porque ya hubiera sido el colmo que no lo hicieran. Era muy injusto que no me lo concedieran por presentarlo un poco antes de que saliera la instrucción que lo permite”. “Aliviada” se encuentra su madre, Pilar Suárez, que ha reconocido que hasta que no ha leído el papel no se lo creía: “Incluso le he preguntado al funcionario para asegurarme”.
8 meses de espera
Todo comenzó el 12 de junio de 2018, cuando los padres de Gabriel solicitaron el cambio de nombre de su hijo en el Registro Civil de Calatayud, adjuntando dos informes médicos que argumentan su condición de transexual y certificado del centro escolar en el que se afirma que el menor “tiene un comportamiento masculino, asumido por la comunidad escolar, y que es conocido por Gabriel”.
Tres meses después, el 12 de septiembre, llegó el auto rechazando la petición. En él se denegaba el cambio de nombre, “aun admitiendo que es una persona transexual y que el nombre que se solicita es el que ya utiliza habitualmente, porque el nombre de Gabriel remite, única y exclusivamente, al sexo masculino y no es un nombre neutro”.
El 10 de octubre del pasado año, los padres presentaron un recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado alegando que su hijo llevaba “varios meses de tratamiento hormonal con resultado satisfactorio y que la discordancia entre el nombre que figura en sus documentos sanitarios y escolares y el que sigue constando en su DNI genera problemas administrativos y supone un menoscabo de la intimidad del menor, al tener que aclarar su condición de transexual cando tiene que identificarse con el pasaporte o el DNI”. Además, se referían, y adjuntaban, varios autos de otros registros “favorables al cambio de nombre en casos similares”. Nueve días después, el 19 de octubre, presentaron 129.000 firmas en el Ministerio de Justicia.
Y este jueves, 14 de febrero, por fin llegó la resolución favorable. En la misma, a la que ha tenido acceso eldiario_es, se hace referencia a la Instrucción de 23 de octubre de 2018 y se señala que, con base en esta, “cuando los progenitores de un menor de edad, actuando conjuntamente, declaren ante el órgano competente que su hijo siente como propio el sexo correspondiente al nombre solicitado de forma clara e incontestable y previa audiencia al menor interesado en todo caso, la solicitud debe ser atendida”.
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