martes, 20 de julio de 2021

#hemeroteca #lgtbi #franquismo #memoria | El sello de Bolaños a la Ley de Memoria: reconocer como víctimas a las personas LGTBI represaliadas

El Independiente / Acto contra la impunidad del franquismo //

El sello de Bolaños a la Ley de Memoria: reconocer como víctimas a las personas LGTBI represaliadas.

El ministro de Presidencia eleva este martes al Consejo de Ministros el anteproyecto incorporando ligeras modificaciones al texto de Carmen Calvo. Cierra la puerta a que la reparación personal pueda conllevar responsabilidad patrimonial del Estado.
Antonio Salvador | El Independiente, 2021-07-20
https://www.elindependiente.com/espana/2021/07/20/el-sello-de-bolanos-a-la-ley-de-memoria-reconocer-como-victimas-a-las-personas-lgtbi-represaliadas/ 

El anteproyecto de Ley de Memoria Democrática que Félix Bolaños eleva este martes a la mesa del Consejo de Ministros para su aprobación mantiene la esencia del texto redactado en la etapa de Carmen Calvo al frente del Ministerio de la Presidencia y Relaciones con las Cortes pero incorpora ligeras modificaciones y añade algunos aspectos no recogidos en las dos versiones anteriores.

Una de las novedades es el reconocimiento expreso como víctima a todas las personas LGTBI [lesbianas, gays, transgéneros, transexuales, bisexuales, intersexuales] que «sufrieron represión por razón de su orientación o identidad sexual», según se detalla en el artículo 3. Este colectivo se suma así a los fallecidos y desaparecidos como consecuencia de la Guerra Civil y la posterior dictadura, a los que fueron detenidos de forma arbitraria o sufrieron torturas, los deportados u obligados a realizar trabajos forzosos, los exiliados, a los que se les incautaron bienes, los represaliados laboralmente, los que participaron en la guerrilla antifranquista o los perseguidos por razón de conciencia o creencias religiosas, entre otros.

Bolaños incluye un párrafo adicional en la exposición de motivos para justificar el reconocimiento que, «de manera especial», la ley brinda a «variados colectivos». Uno de ellos es el que integran las personas LGTBI, «que sufrieron formas especiales de represión o violencia sufridas a causa de su orientación o identidad sexual». Esa persecución -añade el texto- se singulariza en normas como la modificación en 1954 de la Ley de vagos y maleantes para incluir «a los homosexuales» y la Ley sobre peligrosidad y rehabilitación social (1970), «que definía como peligrosos sociales a “los que realicen actos de homosexualidad».

Desarrollado en 76 páginas en lugar de las 73 de la versión que el Gobierno redactó tras incorporar las observaciones formuladas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la exposición de motivos que se enviará ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria incluye un mayor desarrollado que el texto anterior.

En concreto, se añaden cinco párrafos antes del desarrollo del articulado para proclamar que la norma «se adecúa a los principios de buena regulación de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia» previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que da cumplimiento a los «principios de necesidad y eficacia debido a las razones de interés general» y que ha sido respetuosa con las exigencias en materia de transparencia al haber sido sometido el texto a consulta previa e información pública.

El nuevo titular de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, igualmente, modifica la redacción del artículo que regula la declaración de reconocimiento y reparación personal (el 6) a fin de cerrar la puerta de forma tajante a que las acciones que se ejerzan en los tribunales pudieran producir efectos «para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, de cualquier administración pública o de particulares, ni dar lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional».

También retoca Félix Bolaños el artículo referente a los ‘Símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática’, al incluir un séptimo apartado por el que se dispone que los elementos retirados de los edificios de titularidad pública por exaltar la sublevación militar y la dictadura -como escudos, insignias o placas- deberán depositarse en «dependencias» que tendrán que ser conocidas por el departamento competente en materia de memoria democrática. Igualmente, será obligatorio elaborar y mantener actualizado un registro de los mismos.

Respecto al procedimiento de retirada o eliminación de elementos contrarios a la memoria democrática (desarrollado en el artículo 37), el anteproyecto que validará hoy el Consejo de Ministros reserva la potestad a la «administración competente» no sólo de imponer multas sino de llevar a cabo la retirada «subsidiariamente» como describe la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La utilización del término ‘revocación’ en lugar de ‘retirada’, la desaparición de la expresión «conocimiento de la verdad» que aparecía en la exposición de motivo y el cambio parcial de algunos de los títulos de las disposiciones adicionales son otras de las novedades que presenta la última versión respecto a las anteriores, según ha podido comprobar este diario.

Informe del CGPJ

Lo que mantiene el flamante ministro de Presidencia es la corrección que ya introdujo su predecesora en el cargo tras emitir recibir el informe del CGPJ. El órgano de gobierno de los jueces llamó la atención sobre la nueva causa de extinción de fundaciones que pretendía introducir el anteproyecto, concretamente en la disposición adicional quinta: «La apología del franquismo o la incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, por su condición de tales».

«La apología del franquismo, sin el requisito adicional de menosprecio o humillación de las víctimas, supone la expresión de ideas respecto de un régimen político contrario a los valores democráticos proclamados en nuestra Constitución, pero, como dice el Tribunal Constitucional, ‘al resguardo de la libertad de opinión cabe cualquiera, por equivocada o peligrosa que pueda parecer al lector, incluso las que ataquen al propio sistema democrático. La Constitución -se ha dicho- protege también a quienes la niegan’ [sentencia 176/1995, de 11 de diciembre]», expresaron los ponentes Wenceslao Francisco Olea Godoy y Roser Bach Fabregó en el informe.

A la luz de esas consideraciones, Carmen Calvo modificó ligeramente la redacción de la disposición adicional quinta, a fin de que quedara claro que se considera contrario al interés general la apología del franquismo «que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo». Y así lo ha mantenido Bolaños.

También se mantiene inalterable el precepto correspondiente al futuro del Valle de los Caídos, que el Gobierno quiere convertir en un «lugar de memoria democrática» para dar a conocer «las circunstancias de su construcción, el periodo histórico en el que se inserta y su significado, con el fin de fortalecer los valores constitucionales y democráticos» tras la exhumación de los restos del dictador Franco el 24 de octubre de 2019.

De forma explícita, el anteproyecto no establece la expulsión de la comunidad benedictina de Cuelgamuros, pero abre la puerta a la salida de los frailes después de casi 63 años o al menos a limitar su acción en el recinto. «Se declara extinguida la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos por resultar incompatibles sus fines con los principios y valores constitucionales», prevé el artículo 54.5. El Gobierno aprobaría un real decreto parta establecer un nuevo marco jurídico para la organización, el funcionamiento y el régimen patrimonial.

El futuro de los monjes

El 23 de agosto de 1957, Franco acordó crear la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos -a la que atribuyó la titularidad y administración del conjunto- para «rogar a Dios por las almas de los muertos en la Cruzada Nacional, impetrar las bendiciones del Altísimo para España y laborar por el conocimiento e implantación de la paz entre los hombres sobre la base de la justicia social cristiana».

Dichas tareas fueron confiadas a la abadía benedictina de la Santa Cruz en virtud del convenio que Luis Carrero Blanco -en representación del Estado- y el abad de Silos, Isaac María Toribios, firmaron el 29 de mayo de 1958. Justo 49 días después llegaron veinte monjes del monasterio burgalés para establecerse en el Valle de los Caídos -al menos cuatro continúan, entre ellos el abad emérito Anselmo Álvarez Navarrete- y cumplir los fines fundacionales. Éstos eran «mantener el culto con todo el esplendor que la Iglesia recomienda»; «dirigir y adiestrar una escolanía que contribuya a la mayor solemnidad de las funciones litúrgicas», «dirigir el Centro de Estudios Sociales», «seguir al día la evolución del pensamiento social en el mundo, su legislación y realizaciones»; «recopilar la doctrina de los pontífices y pensadores católicos sobre la materia» y «mantener al día una biblioteca especializada en materia religiosa y católico-social».

En el voto particular formulado contra el acuerdo por el que el pleno del CGPJ respaldó el informe sobre el anteproyecto de Ley de Memoria Histórica, los vocales Nuria Díaz Abad, Juan Manuel Fernández Martínez y Juan Martínez Moya advirtieron de que la eventual expulsión de los monjes benedictinos del Valle de los Caídos supondría una vulneración del acuerdo que regula las relaciones Iglesia-Estado desde enero de 1979.

Y TAMBIÉN…
Colectivos de Memoria histórica reclaman una ley "que ponga fin a la impunidad del franquismo".
Madridiario, 2021-07-18

https://www.madridiario.es/colectivos-memoria-historica-reclaman-ley-ponga-fin-impunidad-franquismo

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