jueves, 7 de mayo de 2015

#hemeroteca #transexualidad #menores | Transexualidad infantil, a la espera de una respuesta

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Transexualidad infantil, a la espera de una respuesta
El autor sostiene que la llamada disforia de género en los niños es una condición compleja y asociada a intenso malestar.
Luis Montero Ezpondaburu | El País, 2015-05-07
http://politica.elpais.com/politica/2015/05/07/actualidad/1430994937_261677.html

La transexualidad no es un fenómeno actual. Se trata de una condición que aparece de manera constante en todas las culturas a través de los tiempos. En algunas épocas se ha idolatrado a estas personas, mientras que en otras se les ha marginado y rechazado. En Grecia, los Phrygiens de Anatolia castraban a los hombres que se sentían mujeres y les permitían llevar el rol social de mujeres. El emperador romano Heliogábalo (218-222 d. C.) afirmaba sentirse mujer, llegando a pedir a sus médicos que le practicasen una cirugía para cambiarse de sexo.

En la actualidad tiende a sustituirse el término transexualidad por el de disforia de género. Así, aunque en el manual de diagnóstico de la Organización Mundial de la Salud (OMS) CIE-10 se sigue manteniendo la nomenclatura, la Asociación Americana de Psiquiatría, en la última revisión del manual DSM V, se utiliza el término Disforia de Género, sustituyendo al Trastorno de Identidad de Género (TIG), para designar a aquellos sujetos que muestran una fuerte identificación con el género contrario e insatisfacción constante con su sexo anatómico.

Actualmente, la World Professional Association Trangender Health (WPATH), establece unas Directrices Asistenciales que revisan periódicamente y sirven de guía asistencial para la transexualidad y variantes de género. Por otra parte, las reivindicaciones de los afectados han creado un movimiento tendente a la despatologización, al igual que ocurrió con la homosexualidad en años previos, reclamando su desaparición de los manuales de diagnóstico psiquiátricos. Las personas que sufren esa disconformidad con su sexo anatómico precisan de acompañamiento psicológico, así como una actuación y control médico para la instauración de tratamientos específicos.

Además, existe actualmente consenso científico en que la intervención ha de realizarse por equipos multidisciplinares especializados y, dadas las consecuencias irreversibles de las terapias hormonales y quirúrgicas, es absolutamente vital realizar un cuidadoso diagnóstico diferencial que solo es posible realizar por profesionales de salud cualificados.

La disforia de género en los niños es una condición compleja y asociada a intenso malestar, siendo por ello de suma importancia la detección precoz y el tratamiento integral, ya que con ello se mejora la calidad de vida, disminuye la comorbilidad mental y la propia disforia de género.

La infancia y la adolescencia son periodos críticos en la vida de una persona, tanto por los cambios físicos que se suceden, como por el desarrollo intelectual y conformación de su propia personalidad. Es un momento en que el sujeto no se reconoce a sí mismo en su cuerpo y la concepción del mundo y su entorno cambia de manera radical, lo que les lleva a sufrir una crisis de identidad. En este punto, deben integrar todos los cambios físicos, cognitivos, emocionales y sociales en un todo significativo, lo que dará lugar, en definitiva, al surgimiento de la propia personalidad de adulto.

Se comprende entonces que cualquier manipulación médica o psicológica sobre el desarrollo normal de la adolescencia, ha de tener consecuencias inevitables en la evolución natural de la propia persona. Estas actuaciones, en ocasiones, se realizan ya desde la infancia, cuando los niños comienzan a manifestar su posible discrepancia de género, los padres o tutores reclaman una intervención activa en el entorno social y educativo, con cambios en su vestimenta, cambio de nombre en el colegio y en el Registro Civil, etc. Parece natural querer evitar el sufrimiento de los niños y adolescentes.

El problema se complica si consideramos que, aunque la mayoría de las personas adultas transexuales refieren el inicio de la identidad cruzada en la infancia, solo el 15-20% niños/niñas con disforia persistirán en la edad adulta, es decir, en un porcentaje no desdeñable del 80-85% la disforia revertirá. Estos porcentajes llaman a la prudencia en las actuaciones.

El problema es acuciante, no solo por el aumento de la demanda que se está registrando en los últimos años de padres que consultan por una posible situación de disforia de género en sus hijos, sino por la situación de alegalidad de las Unidades de Transexualidad e Identidad de Género (UTIG) para la instauración de determinados tratamientos que, en casos seleccionados, consideran necesarios para el restablecimiento de la salud física y mental del niño.

Por otra parte, los propios progenitores o tutores del menor, al sentirse marginados en las instancias públicas, pueden sucumbir a la tentación de ponerse en manos de profesionales u organizaciones no suficientemente formados y acreditados para manejar casos tan complejos como los descritos. Todo ello puede dar lugar a una vulneración grave de los derechos del menor.

Es urgente, por lo tanto, la normalización de estas situaciones tanto desde el punto de vista médico como jurídico. Es necesario establecer unidades multidisciplinares de atención a menores con disforia de género acreditadas, que proporcionen tratamientos adecuados con un respaldo científico indiscutible, así como una normativa legal que provea, por una parte, de las garantías jurídicas a los profesionales que tratan estos casos, y por otra, de una garantía y tutela efectiva de los derechos del niño, que podrían verse afectados tanto por omisión como por acción incontrolada. Para ello creemos imprescindible una normativa nacional que ocupe el vacío actualmente existente y aúne la dispersión autonómica que se está produciendo en los últimos años, así como la creación de una Comisión Nacional de Expertos que se encargue, entre otras tareas, de la acreditación de los centros habilitados para el tratamiento de menores con disforia de género y del asesoramiento legal a las instancias jurídicas competentes, garantes de los derechos de los menores, al objeto de salvaguardar el interés superior del menor en cada caso concreto.

Actualmente, se está tramitando en el Parlamento el Proyecto de Ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, texto que debería incluir una referencia específica de estos casos, independientemente de la publicación de una Ley Integral de la Transexualidad, que reclaman, hace ya bastantes años, los colectivos de afectados.

Luis Montero Ezpondaburu es médico forense, especialista en Medicina Legal y miembro del Grupo de Trabajo de Disforia de Género en Menores que integra a profesionales de UTIG, especialistas en bioética, juristas y educadores.


Transexualidad infantil e infamia médica
Natalia Aventín Ballarín | Chrysallis, 2015-05-09

http://chrysallis.org.es/transexualidad-infantil-e-infamia-medica/

En referencia al artículo del médico forense D. Luis Montero Ezpondaburu, publicado por el periódico El País el 7 de abril, La Plataforma por los Derechos Trans #NadieSinIdentidad, manifiesta su absoluta repulsa e indignación ante las afirmaciones de este Señor:

Señor Montero, cuando usted se refiere a las personas transexuales como personas con disforia de género lo hace única y exclusivamente desde una perspectiva médica, limitando el universo de estas personas a esta única visión. Por encima de la medicina están los Derechos Humanos y la propia voz de las personas transexuales. Disforia de género y transexualidad no son sinónimos, puesto que no todas las personas transexuales tienen disforia de género ni quien la tiene, la tiene en el mismo grado. Referirse así a las personas transexuales induce a error y no deja de ser una categorización desafortunada y estigmatizante que fundamenta la vulneración de los Derechos Humanos de las personas transexuales. En este sentido la Resolución del Consejo de Europa del pasado 22 de abril, en su punto 3, considera una violación de los Derechos Fundamentales, entre otros, el diagnóstico de la transexualidad como enfermedad mental. Al hilo de todo esto, el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Thomas Hammarberg, el verano del 2011 solicitó a la OMS la despatologización de la transexualidad, declarando que la “disforia de género” (como se denomina erróneamente a la transexualidad en ciertos manuales de medicina) debe dejar de considerarse como enfermedad mental en los países del Consejo de Europa y los organismos internacionales de salud. Añade que “mantener este término -que designa a las personas que viven un desacuerdo entre su sexo biológico y su sexo psicológico- en la categoría de trastorno mental, estigmatiza a las personas transexuales y restringe su libertad a la hora de escoger un eventual tratamiento hormonal”. El término “Disforia de género”, por más que se utilice, no deja de ser un término desafortunado en castellano, y que induce a error. Peor aún es el término “Trastorno de identidad de género” que, por fortuna, ya se ha desterrado en las últimas publicaciones que tratan sobre la transexualidad.

Si la homosexualidad fue desclasificada como enfermedad mental y no necesita de acompañamiento psicológico obligatorio, ¿por qué si la transexualidad ha dejado de ser una patología según la APA y la OMS, usted Sr. Montero afirma en su artículo que “las personas que sufren esa disconformidad (refiriéndose a la transexualidad) con su sexo anatómico precisan de acompañamiento psicológico (…)”?.

Sr. Montero, a lo largo de su artículo usted mantiene la necesidad de las UTIG como referente para la atención médica de las personas transexuales. Los tratamientos recibidos por las personas transexuales no son distintos a los que son prescritos al resto de usuarios y usuarias del Sistema público de Salud de nuestro país. Segregar a las personas transexuales en UTIGs es estigmatizarlas. La Resolución del Consejo de Europa del pasado 22 de abril, en lo que concierne a los tratamientos de reasignación y cuidados de la salud la Asamblea llama a los Estados miembros a: “Modificar las clasificaciones de patologías utilizadas a nivel nacional y proponer la modificación de las clasificaciones internacionales con el fin de garantizar que las personas transexuales, incluidos las menores, no sean considerados como enfermos mentales, al mismo tiempo asegurando el acceso a los tratamientos médicos sin estigmatización”

Sr. Montero, lo que usted expresa en su artículo que no es otra cosa que un modelo de atención obsoleto, discriminatorio y patologizante, y que confronta con la nueva realidad social, con la mayor visibilidad de los/as menores trans, el cambio legislativo que han supuesto las Leyes Trans de Andalucía y Extremadura, que abogan por la libre autodeterminación del género como hiciera la ley argentina de 2012, y con la citada Resolución del Consejo de Europa del mes pasado. Esas disposiciones cuenta con gran apoyo social (las leyes autonómicas fueron aprobadas por unaimidad), y con gran consenso de profesionales de la medicina, psicología, antropología, trabajo social, pedagogía etc.; profesionales que usted desautoriza en su artículo otorgándose la potestad y autoridad en la materia de forma única e incluso usurpando la tutela legal de los padres y las madres de los menores trans. Algo tendrán que decir las propias personas transexuales a través de sus organizaciones, las cuales usted desacredita en su artículo. Y no es que lo digamos nosotros, sino que la propia Resolución del Consejo de Europa expresa la necesidad de consultar explícitamente a las personas transexuales y sus organizaciones e implicarlas en la elaboración y puesta en marcha de políticas y disposiciones jurídicas que les conciernen.

Es momento ya de dar un salto cualitativo que nos acerque a la igualdad de trato en todos los ámbitos y esto se concreta en ser atendido de forma normalizada como el resto de la ciudadanía y sin el prejuicio y el paternalismo que usted propone bajo la fórmula segregatoria que han supuesto las UTIGs, insistiendo de forma antagónica en el descarte de patologías mentales. Usted fomenta la implantación y proliferación de “nuevas UTIGs” que quieren tutelar a las personas transexuales y no acompañar, que quieren apartar su libre autodeterminación y marcar la pauta en el desarrollo de nuestras vidas. Es necesario la creación de una Ley estatal, pero no su Ley sino la nuestra.

Por otro lado, Sr. Montero, en su artículo vemos cómo una vez más se repite aquello de que “Solo el 15-20% niños/niñas con disforia persistirán en la edad adulta”. Siempre que lo escuchamos o leemos, preguntamos que de dónde sacan esa estadística, porque entre los colectivos trans no consta que eso sea así. En este colectivo, por más que preguntamos por la existencia de tales remisiones, no encontramos dicho porcentaje. A pesar de ello, esa estadística se repite y repite hasta mil veces, con la intención de que se convierta en la “verdad”, parece que siguiendo la máxima de Joseph Goebbels. Existen rendiciones: personas transexuales que ante el temor a lo que conlleva todavía esa condición, en especial en la adolescencia, tiran la toalla y optan por vivir una vida que no es la que querrían, simulando una identidad sexual que no es la sentida como propia. Pero ni de lejos existe ese porcentaje de remisiones.

La evidencia está en las propias unidades de corte patologista. En el reciente estudio de la Dra. Delamarre - Van de Waal (2014), se concluye que “A día de hoy, no tenemos ningún caso de arrepentimiento en nuestro grupo de pacientes jóvenes”. De manera similar, en el trabajo publicado por el equipo del Hospital Universitario Ramón y Cajal, se afirma que “Respecto a la persistencia del diagnóstico, a pesar de que se ha publicado datos cuantitativos de otros autores resultan contradictorios (…). Nuestros datos hasta la fecha objetivan un número elevado de casos de menores vistos en edades tempranas, en los que se confirma y se mantiene su diagnóstico de disforia de género, después de la mayoría de edad”. También el Hospital Clinic de Barcelona en 2013, en su publicación al respecto, se dice “es preciso realizar nuevos estudios con criterios diagnósticos muy definidos para analizar la gran discrepancia entre estudios.”

Por tanto, la propia clase médica reconoce que las estadísticas no son fiables, y además es importante subrayar que en los casos en lo que no se mantiene el “diagnóstico” no se trata de que algunos menores “diagnosticados” como personas transexuales hayan dejado de serlo con el paso de los años (la condición de persona transexual se tiene desde que se nace hasta que la persona fallece), sino que ha existido un “diagnóstico” erróneo, resultando paradójico que hasta los “errores de diagnóstico” del sistema sanitario se vuelvan en contra de los menores transexuales, tratando de extender la errónea creencia de que lo más probable es que haya remisiones, por lo que mejor no hacerles caso… La conclusión debería ser que esto no hace sino confirmar que nadie, nada más que cada persona, en la única que puede saber cuál es su identidad sexual: el principio de autodeterminación de género.

Desde la Plataforma de los Derechos Trans #NadieSinIdentidad, hacemos un llamamiento a Instituciones, Partidos Políticos, Organizaciones Sociales y Entidades LGTBI, para que se posicionen públicamente al lado de las personas transexuales y no junto a los profesionales de la medicina que contribuyen a la segregación, patologización y estigmatización de las personas transexuales. Los derechos de las personas transexuales también son derechos humanos. 

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