Imagen: Público / Patrick |
Los tribunales niegan a una familia el derecho a corregir en el Registro Civil el sexo de su hijo, que ya ha sido normalizado en el carnet de identidad.
Eduardo Bayona | Público, 2015-10-14
http://www.publico.es/sociedad/patrick-dni-patricia-registro.html
Patrick es un mozo pirenaico de trece años que sigue llamándose Patricia en el Registro Civil de Benasque. Allí figura como niña porque nació con órganos genitales femeninos. Aunque él se siente chico. Su DNI da fe desde hace unas semanas de su identidad sexual masculina. Pero solo a medias: el Juzgado número 5 de Huesca y la Audiencia Provincial han denegado a sus padres el derecho a rectificar la anotación de su sexo como femenino. Antes había hecho lo mismo el juez de Boltaña en un expediente gubernativo.
Ambos tribunales interpretan, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que la modificación de la inscripción registral sobre el sexo solo puede pedirla “un mayor de edad, aparte de tener capacidad suficiente para ello". Se trata, dicen, “de una decisión del legislador adoptada conscientemente para dar cobertura y seguridad jurídica a la transexualidad con una legislación específica, al igual que los ‘países de nuestro entorno".
Con ese argumento formalista, añaden, “no se niega la rectificación de la mención registral del sexo, sino la legitimación de los padres del menor en su representación y del propio interesado antes de alcanzar la mayoría de edad” para modificar esa inscripción. La Audiencia añade que ninguna sentencia dictada tras la entrada en vigor de la Ley de Identidad de Género de 2007 avala que un menor de 18 años pueda reclamar esa rectificación de sus propios datos, ni tampoco que sus progenitores puedan hacerlo por él. Tampoco en Aragón, el único lugar de Europa donde es posible acceder a la mayoría de edad con 14 años.
El Supremo admite un recurso extraordinario
Los jueces admiten que exigir la mayoría de edad para poder efectuar ese trámite es “discutible”, aunque anotan que “el legislador ha zanjado” cualquier interpretación de la ley y “los tribunales no tienen más opción que cumplir el mandato”. En el caso de Patrick, añaden que no cumple el requisito de haber recibido “tratamiento médico durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”.
La Sala I del Tribunal Supremo, sin embargo, no ve tan clara la situación, por lo que ha admitido a trámite el recurso extraordinario por infracción procesal que han presentado los padres de Patrick. Será la primera vez que se pronuncie sobre el derecho de un menor a la rectificación de la inscripción registral sobre su sexo. Antes de la ley de Igualdad de Género avaló el cambio de la inscripción registral en dos casos de adultos; en ambos, para avalar el ejercicio del derecho a desarrollar la propia personalidad.
“Hay una vulneración sistemática de los derechos de las personas transexuales”, explica Natalia Aventín, madre de Patrick y presidenta de la asociación de familias de menores transexuales Crysallis, que cuenta con 200 miembros y por la que ha pasado otro centenar. “Ninguno ha conseguido el cambio de la inscripción registral sobre el sexo”, explica. Sí los ha habido, unos 25 en toda España, que han obtenido el cambio de nombre por uso habitual. El nuevo DNI de Patrick fue expedido el pasado 28 de septiembre en la comisaría de Policía de Les (Lleida), la más cercana a su pueblo.
“Obligados a cumplir una expectativa social”
“La ley obliga a las personas transexuales a recibir un tratamiento hormonal para defender los derechos de terceros, pero no los de ellos. Lo hacen para que parezcan a ojos de otros lo que ellos se sienten”, explica Aventín. “Les asignan un sexo en función de los órganos genitales”, anota, “y después les imponen una obligación para cumplir una expectativa social”.
El muchacho recibe desde hace unos meses un tratamiento de bloqueadores puberales –una especie de inhibidores hormonales que impiden el desarrollo de caracteres como los botones mamarios- del que, finalmente, se ha hecho cargo la sanidad pública. “En Aragón no nos ayudaron” inicialmente, explica Aventín, que anota que, tras meses de insistencia, el caso de su hijo fue formalmente derivado a un hospital catalán. Lo habían iniciado por la vía privada.
La segunda fase del proceso incluirá un tratamiento hormonal cuyo objetivo es que los caracteres secundarios “se desarrollen de forma que se perciba como se siente. Se trata de facilitarle la vida cotidiana sin que tenga que ir dando explicaciones”, señala su madre.
Avances en Aragón
El tratamiento institucional de la transexualidad ha cambiado en Aragón en los últimos meses. Los cinco grupos parlamentarios (PP, PSOE, PAR, Cha e IU) apoyaron en las Cortes a finales de la pasada legislatura una resolución en la que abogaban por aplicar medidas integradoras, incluir el tratamiento hormonal en la cartera de servicios de la sanidad pública y tramitar una ley que regule “la no discriminación de las personas por razón de su identidad sexual o de género y los derechos de las personas transexuales”. Y un hospital público zaragozano ha comenzado a tratar con inhibidores a una adolescente.
“La gente me pregunta a veces cómo está mi hijo –recuerda Natalia-; está bien, es así desde que nació. No es un niño estereotipado”. Practica varios deportes –baloncesto, skate, snowboard- y disfruta de su afición a la música mientras crece con su grupo de amigos en su pueblo del Pirineo oscense, en el que está completamente integrado.
En las calles de Benasque, todo es normal y normalizado. En su Registro Civil, no del todo. Al menos, hasta que se pronuncie el Supremo.
Ambos tribunales interpretan, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que la modificación de la inscripción registral sobre el sexo solo puede pedirla “un mayor de edad, aparte de tener capacidad suficiente para ello". Se trata, dicen, “de una decisión del legislador adoptada conscientemente para dar cobertura y seguridad jurídica a la transexualidad con una legislación específica, al igual que los ‘países de nuestro entorno".
Con ese argumento formalista, añaden, “no se niega la rectificación de la mención registral del sexo, sino la legitimación de los padres del menor en su representación y del propio interesado antes de alcanzar la mayoría de edad” para modificar esa inscripción. La Audiencia añade que ninguna sentencia dictada tras la entrada en vigor de la Ley de Identidad de Género de 2007 avala que un menor de 18 años pueda reclamar esa rectificación de sus propios datos, ni tampoco que sus progenitores puedan hacerlo por él. Tampoco en Aragón, el único lugar de Europa donde es posible acceder a la mayoría de edad con 14 años.
El Supremo admite un recurso extraordinario
Los jueces admiten que exigir la mayoría de edad para poder efectuar ese trámite es “discutible”, aunque anotan que “el legislador ha zanjado” cualquier interpretación de la ley y “los tribunales no tienen más opción que cumplir el mandato”. En el caso de Patrick, añaden que no cumple el requisito de haber recibido “tratamiento médico durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”.
La Sala I del Tribunal Supremo, sin embargo, no ve tan clara la situación, por lo que ha admitido a trámite el recurso extraordinario por infracción procesal que han presentado los padres de Patrick. Será la primera vez que se pronuncie sobre el derecho de un menor a la rectificación de la inscripción registral sobre su sexo. Antes de la ley de Igualdad de Género avaló el cambio de la inscripción registral en dos casos de adultos; en ambos, para avalar el ejercicio del derecho a desarrollar la propia personalidad.
“Hay una vulneración sistemática de los derechos de las personas transexuales”, explica Natalia Aventín, madre de Patrick y presidenta de la asociación de familias de menores transexuales Crysallis, que cuenta con 200 miembros y por la que ha pasado otro centenar. “Ninguno ha conseguido el cambio de la inscripción registral sobre el sexo”, explica. Sí los ha habido, unos 25 en toda España, que han obtenido el cambio de nombre por uso habitual. El nuevo DNI de Patrick fue expedido el pasado 28 de septiembre en la comisaría de Policía de Les (Lleida), la más cercana a su pueblo.
“Obligados a cumplir una expectativa social”
“La ley obliga a las personas transexuales a recibir un tratamiento hormonal para defender los derechos de terceros, pero no los de ellos. Lo hacen para que parezcan a ojos de otros lo que ellos se sienten”, explica Aventín. “Les asignan un sexo en función de los órganos genitales”, anota, “y después les imponen una obligación para cumplir una expectativa social”.
El muchacho recibe desde hace unos meses un tratamiento de bloqueadores puberales –una especie de inhibidores hormonales que impiden el desarrollo de caracteres como los botones mamarios- del que, finalmente, se ha hecho cargo la sanidad pública. “En Aragón no nos ayudaron” inicialmente, explica Aventín, que anota que, tras meses de insistencia, el caso de su hijo fue formalmente derivado a un hospital catalán. Lo habían iniciado por la vía privada.
La segunda fase del proceso incluirá un tratamiento hormonal cuyo objetivo es que los caracteres secundarios “se desarrollen de forma que se perciba como se siente. Se trata de facilitarle la vida cotidiana sin que tenga que ir dando explicaciones”, señala su madre.
Avances en Aragón
El tratamiento institucional de la transexualidad ha cambiado en Aragón en los últimos meses. Los cinco grupos parlamentarios (PP, PSOE, PAR, Cha e IU) apoyaron en las Cortes a finales de la pasada legislatura una resolución en la que abogaban por aplicar medidas integradoras, incluir el tratamiento hormonal en la cartera de servicios de la sanidad pública y tramitar una ley que regule “la no discriminación de las personas por razón de su identidad sexual o de género y los derechos de las personas transexuales”. Y un hospital público zaragozano ha comenzado a tratar con inhibidores a una adolescente.
“La gente me pregunta a veces cómo está mi hijo –recuerda Natalia-; está bien, es así desde que nació. No es un niño estereotipado”. Practica varios deportes –baloncesto, skate, snowboard- y disfruta de su afición a la música mientras crece con su grupo de amigos en su pueblo del Pirineo oscense, en el que está completamente integrado.
En las calles de Benasque, todo es normal y normalizado. En su Registro Civil, no del todo. Al menos, hasta que se pronuncie el Supremo.
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