miércoles, 30 de mayo de 2018

#hemeroteca #feminicidio #justicia | Una prostituta, una compañera de trabajo o una víctima de violación: los jueces estudian los feminicidios por primera vez

Imagen: El Diario / Manifestación 8M en Madrid
Una prostituta, una compañera de trabajo o una víctima de violación: los jueces estudian los feminicidios por primera vez.
El Consejo General del Poder Judicial incluye por primera vez en su estudio anual de sentencias sobre violencia de género y doméstica nueve fallos sobre mujeres asesinadas por hombres que no eran su pareja o expareja. Se trata de un primer acercamiento que "no pretende ser exhaustivo" e incluye casos en los que el género "era lo que hacía vulnerable" a la mujer. Son situaciones que la ley no contempla como violencia de género, sin embargo el Pacto de Estado obliga a ampliar el concepto e incluir este tipo de situaciones.
Marta Borraz | El Diario, 2018-05-30
https://www.eldiario.es/sociedad/prostituta-companera-violacion-estudian-feminicidios_0_776922665.html

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha estudiado por primera vez algunos asesinatos de mujeres más allá de los cometidos en el seno de la pareja o expareja. Lo hace en su informe anual sobre sentencias de asesinatos publicado este miércoles en el que tradicionalmente ha venido incluyendo los casos de violencia de género (cuando el asesino es la pareja o expareja de la mujer) y violencia doméstica (el resto de asesinatos en el ámbito familiar).

El CGPJ acaba de publicar el informe correspondiente al año 2016, en el que además de todo lo anterior, incluye nueve sentencias sobre asesinatos de mujeres a manos de hombres por el hecho de ser mujeres. La razón es la aprobación del Pacto de Estado contra la violencia machista, que obliga a recoger estadísticas de asesinatos de mujeres más allá de los que reconoce la Ley de Violencia de Género. "Nos obliga a ampliar nuestros estudios e incorporar un marco conceptual más amplio que el de la violencia cometida en el ámbito de la pareja o expareja", explica el Observatorio en el estudio antes de añadir que se trata de un análisis "preliminar" que "no pretende ser exhaustivo, sino un primer avance".

Aunque la legislación española no reconoce el término feminicidio, que se usa en otros países para tipificar específicamente los crímenes contra las mujeres por el hecho de serlo, el CGPJ sí utiliza el concepto en su informe para englobar los nueve casos estudiados en los que el género de la mujer asesinada "era lo que la hacía vulnerable", según cita el estudio, que añade que "ante la dificultad de apreciar la motivación de género en estos casos, se hace necesario profundizar en los patrones de los hechos, las motivaciones y circunstancias concurrentes para poder ofrecer unos indicadores que permitan facilitar la apreciación de la agravante de género".

El objetivo, explica el Observatorio, es "analizar si estamos ante hechos aislados o por el contrario se observa –a base del análisis año a año– una cierta tendencia o patrón similar que nos indiquen que no son hechos aislados" para, en definitiva, "erradicar las cifras de feminicidios".

La relación entre víctima y autor
Las nueve sentencias analizadas por el Consejo General del Poder Judicial son condenatorias e imponen como pena la prisión del condenado. En seis de ellas, el delito imputado es el de asesinato y en tres el de homicidio. Algo más de la mitad fueron dictadas por Tribunales de Jurado y el resto por Audiencias Provinciales repartidas en Madrid, La Rioja, Catalunya, Castilla y León, Aragón y Melilla.

Los casos estudiados presentan una casuística variada. En cuanto a la relación existente entre el autor y la víctima, en uno de ellos no aparece referencia en el fallo, en dos eran compañeros de trabajo, en otros dos tenían una "relación clientelar" –una de ellas era una prostituta asesinada por un cliente y otra una mujer asesinada por el representante de una agencia inmobiliaria que mostró el piso a la futura arrendataria–. También hay "una relación familiar lejana", unos vecinos, una pareja de amigos y en el último no consta que tuvieran relación previa. Este es el caso de una mujer que se negó a mantener relaciones sexuales y fue asesinada por un hombre tras ser violada.

La edad media de los autores es de 31,8 años y la edad media de las víctimas, que se recoge en siete de las nueve sentencias analizadas, es más baja que en los casos enjuiciados en el ámbito de la pareja. En estos últimos, se sitúa en los 40 años, mientras que en los asesinatos fuera del marco sentimental se detiene en los 35,7 años.

En el estudio se han incorporado las motivaciones de algunos de los casos, en concreto de aquellos en los que son las propias sentencias las que señalan las razones que desencadenan el hecho. Eso sin obviar algunos elementos como trastornos psicológicos o consumo de sustancias.

En uno de ellas se especifica que la agresión sexual es la motivación. Es el caso de una mujer que tras pasar parte de la noche con un hombre subió a la vivienda del mismo, situada en San Sebastián de los Reyes (Madrid). Tras negarse la mujer, de 29 años, a mantener relaciones sexuales con él "y para vencer su oposición" la golpeó quedándose intensamente aturdida "sin capacidad de ofrecer resistencia física alguna". Consciente de ello, prosigue el fallo, el hombre la agredió sexualmente y posteriormente la asesinó.

Una prostituta y una mujer con discapacidad
El estudio nombra también el caso de una mujer que ejercía la prostitución y que fue asesinada por un cliente en Melilla después de mantener relaciones sexuales con él. El fallo especifica que tras ello "iniciaron una discusión", cuyo contenido no detalla, que siguió con un forcejeo y finalmente "el acusado golpeó en varias ocasiones la cabeza de Vanesa contra el suelo" y la mató.

Además, se relata el caso de una mujer con discapacidad trabajadora de la ONCE que fue asesinada por un compañero de trabajo que "conocía sus hábitos de vida y su carácter afable y confiado". El hombre se personó en su vivienda de la localidad de Valls (Tarragona) y una vez en el salón mató a la mujer para después robar en su casa. El estudio del CGPJ nombra como motivación el "robo con violencia aprovechándose de la vulnerabilidad de la víctima, mujer que vive sola".

El estudio analiza los factores de vulnerabilidad que los expertos han identificado en los fallos y concluyen que se da una interacción entre varios factores además del género, que incrementan la vulnerabilidad de la víctima: la clase, la nacionalidad y su situación administrativa, si son mujeres racializadas o no o la diversidad funcional. Factores que los expertos califican en el informe como "sistemas de opresión y discriminación" que multiplican "la opresión de las mujeres maltratadas en la intersección" de unos y otros.

Este informe, el primero desde que el Consejo General del Poder Judicial estudia los sentencias de asesinato y homicidio, responde al anuncio hecho el pasado mes de febrero por la presidenta del Observatorio, Ángeles Carmona. En aquel momento, la experta aseguró que ya en el estudio de 2016 se incluirían casos en los que se pudiera observar "una prevalencia de dominación machista".

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