Imagen: El País / Carmen Calvo (i) en la Comisión de Igualdad del Congreso |
Calvo anuncia una reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal similar a la de Suecia para garantizar que los tipos no dependan de la interpretación de los jueces.
Pilar Álvarez | El País, 2018-07-11
https://politica.elpais.com/politica/2018/07/10/actualidad/1531217547_930023.html
“Si una mujer no dice sí expresamente, todo lo demás es no”. Con esa frase, la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ha abierto este martes un debate de gran calado sobre la violencia sexual en España. La vicepresidenta y ministra de Igualdad ha propuesto reformar el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal para acotar la interpretación de los jueces y situar como clave de los delitos sexuales la falta de consentimiento expreso de la víctima.
El Código Penal español ya recoge actualmente que la falta de consentimiento conlleva delito sexual. A partir de ahí, diferencia entre agresión sexual —en la que existe violencia o intimidación y que implica penas de hasta 15 años de prisión— y el delito de abuso sexual, cuando no existe violencia ni intimidación, castigado con penas de hasta 12 años. La ampliación que quiere incluir el Gobierno es que ese consentimiento sea expreso.
El debate partió de la sentencia contra La Manada —los cinco condenados por abusar de una chica en los Sanfermines de 2016—, un fallo que este martes sobrevolaba la primera comparecencia sobre igualdad de Calvo en el Congreso. La sentencia, con condenas de nueve años por abuso sexual con prevalimiento, pero no por violación (recogida como un tipo de agresión sexual en el Código Penal español), despertó una enorme contestación social que aún colea.
La vicepresidenta no avanzó cuándo ni cómo empezará el Gobierno a acometer los cambios a los que hizo referencia. Calvo, que es doctora en Derecho Constitucional, explicó que se hará a través de un grupo de juristas “feministas” y “avezadas en violencia de género” que ayuden a acometer “una revisión solvente” de las leyes. “No podemos volver a pasar por ningún espacio donde, a través de la interpretación, lo que es un gravísimo delito contra las mujeres no se considere como tal”, señaló la vicepresidenta.
Las juristas trabajarán con la comisión de codificación a la que el anterior ministro de Justicia, Rafael Catalá (PP), encargó ya un informe para una posible reforma de los delitos sexuales en abril, tras las primeras protestas por la sentencia de La Manada. Entre los cometidos de esta comisión, cuya composición hubo que modificar porque inicialmente no incluía a mujeres entre los expertos penalistas que la formaban, estaba la revisión de los delitos, pero no se hizo alusión en ese momento al asunto del consentimiento.
El modelo sueco
La actual ministra de Justicia, Dolores Delgado, añadió recientemente tareas a esta comisión y alargó hasta noviembre el plazo para que entregue su informe. Pidió que el grupo revise también si es aconsejable una reforma del Código Penal o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que se incluya la perspectiva de género. Por eso, se decidió incluir a juristas feministas que deben ser nombradas por el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía y el Consejo General de la Abogacía Española, y que son a las que aludía ayer Calvo. Una portavoz del Ministerio de Justicia indicó este martes que su departamento estudiará la propuesta de la vicepresidenta cuando les llegue formalmente.
La vicepresidenta ha señalado que su propuesta se inspira en parte en la ley sueca sobre violencia sexual. Esta normativa, que entró en vigor en ese país el pasado 1 de julio, se centra en que la falta de consentimiento define el delito sexual —algo en lo que no difiere sustancialmente de la española—, pero deja un margen mayor para interpretar si ese consentimiento ha existido: “A la hora de evaluar la voluntariedad, se tendrá en cuenta si esta se expresó con palabras, hechos o de alguna otra manera”, reza la ley sueca. La normativa española no explicita cómo debe ser el consentimiento. La ley sueca establece además que cualquier acto sexual no consentido es violación, aunque no haya habido violencia o amenazas. Tampoco es determinante que la víctima esté en una situación vulnerable —dormida, inconsciente, ebria, drogada, bajo un gran miedo u otras situaciones—. El código sueco, sin embargo, es más laxo que el español en las penas: recoge hasta un máximo de 10 años de cárcel por violación agravada.
El consentimiento es el eje central de las normativas de países como Suecia, Alemania o Reino Unido. Es una figura contemplada en el convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres, el llamado Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014. Ese convenio alude a que el consentimiento debe prestarse “voluntariamente” pero no hace referencia a un sí expreso.
La iniciativa sobre la modificación del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal fue acogida de forma desigual en la Cámara baja. La portavoz de Igualdad del PP, Carmen Dueñas, expresó “dudas desde el punto de vista jurídico”, informa Europa Press. Desde Ciudadanos, la portavoz adjunta Melisa Rodríguez lo consideró una “ocurrencia”.
Iniciativa de Podemos
El grupo de Unidos Podemos ve con buenos ojos la iniciativa del Gobierno, que confluye en parte con sus propias propuestas. Este miércoles presentarán una propuesta de ley en la que llevan trabajando desde el pasado enero con catedráticos y expertos juristas. Es la ‘Ley de protección integral de la libertad sexual y para la erradicación de las violencias sexuales’. A falta de que concreten los detalles, una portavoz de la formación encabezada por Pablo Iglesias explica que es una norma que también pretende mantener el consentimiento en el centro del debate, pero no solo. Además, plantea que no es necesario que exista una denuncia para que las víctimas de violencia sexual tengan acceso a ayudas. Bastaría con un certificado médico o un informe de servicios sociales.
La diputada de En Marea, Ángela Rodríguez, invitó a Carmen Calvo a la presentación de esta propuesta y le pidió que la reforma del Código Penal “no sea la única medida del Gobierno”. La vicepresidenta se comprometió a enviar a alguien de su equipo para estudiar con detalle después la propuesta de Podemos.
La legislación en Europa
Bélgica: Tres categorías: engaño, violencia o coacción
El código penal belga denomina violación a "todo acto de penetración sexual, de la naturaleza que sea y por el medio que sea, cometido sobre una persona sin su consentimiento". El texto legislativo no afirma expresamente que en caso de que la víctima guarde silencio se considera automáticamente que no ha habido consentimiento y que por tanto es violación, pero da un amplio margen de interpretación a los jueces: indica que no existe consentimiento cuando hay violencia, coacción o engaño, tres categorías en las que caben valoraciones subjetivas.
Según la interpretación de la ley que hace la Federación de Centros de Planificación Familiar belga, la falta de consentimiento también incluye el silencio. Por ejemplo, "cuando la persona no es capaz de mostrar rechazo ni desacuerdo porque está ebria, drogada o dormida, o porque sufre una discapacidad mental que le impide hacerlo".
Alemania: Negar con palabras o con lágrimas
El Parlamento federal alemán aprobó en 2017 una ley, bautizada con el nombre de No es No, que endurece las penas para los delitos sexuales. Castiga con prisión a quien fuerce a una persona contra su voluntad manifiesta, aunque no medie violencia o amenaza de ella. Esa falta de voluntad manifiesta podrá haber sido expresada verbalmente o de otro modo, como las lágrimas.
Se fijan penas de hasta cinco años de cárcel (esta pena máxima se aplica cuando el agresor utiliza un arma, causa daños físicos considerables o pone en peligro la vida de la víctima), que incluyen los casos en los que se haya empleado algún medio -como una droga- que impida a la víctima mostrar su voluntad.
La ley también castiga las acciones cometidas contra la voluntad de una persona que no puede defenderse porque su condición física o mental se lo impide, y las que aprovechan el factor sorpresa.
Reino Unido: Sin libertad para elegir no hay consentimiento
Los delitos de agresión sexual o violación en Reino Unido se basan en la falta de consentimiento, tácito o explícito, de la persona agredida, y no exigen que exista violencia física.
La ley (aplicable en Inglaterra y Gales, con leyes equivalentes en Irlanda del Norte y Escocia) distingue entre violación y agresión sexual, en función de con qué se realiza la penetración no consentida. La clave para ambos delitos es la intencionalidad del agresor y la falta de consentimiento de la víctima.
La persona consiente "si acuerda por su propia elección y tiene la libertad y la capacidad para hacer esa elección". Se considera que una persona no ha prestado consentimiento a la relación sexual si está inconsciente, drogada, secuestrada, sometida a amenazas o al miedo de sufrir un daño grave. Es a la fiscalía a la que corresponde probarlo ante el juez.
El Código Penal español ya recoge actualmente que la falta de consentimiento conlleva delito sexual. A partir de ahí, diferencia entre agresión sexual —en la que existe violencia o intimidación y que implica penas de hasta 15 años de prisión— y el delito de abuso sexual, cuando no existe violencia ni intimidación, castigado con penas de hasta 12 años. La ampliación que quiere incluir el Gobierno es que ese consentimiento sea expreso.
El debate partió de la sentencia contra La Manada —los cinco condenados por abusar de una chica en los Sanfermines de 2016—, un fallo que este martes sobrevolaba la primera comparecencia sobre igualdad de Calvo en el Congreso. La sentencia, con condenas de nueve años por abuso sexual con prevalimiento, pero no por violación (recogida como un tipo de agresión sexual en el Código Penal español), despertó una enorme contestación social que aún colea.
La vicepresidenta no avanzó cuándo ni cómo empezará el Gobierno a acometer los cambios a los que hizo referencia. Calvo, que es doctora en Derecho Constitucional, explicó que se hará a través de un grupo de juristas “feministas” y “avezadas en violencia de género” que ayuden a acometer “una revisión solvente” de las leyes. “No podemos volver a pasar por ningún espacio donde, a través de la interpretación, lo que es un gravísimo delito contra las mujeres no se considere como tal”, señaló la vicepresidenta.
Las juristas trabajarán con la comisión de codificación a la que el anterior ministro de Justicia, Rafael Catalá (PP), encargó ya un informe para una posible reforma de los delitos sexuales en abril, tras las primeras protestas por la sentencia de La Manada. Entre los cometidos de esta comisión, cuya composición hubo que modificar porque inicialmente no incluía a mujeres entre los expertos penalistas que la formaban, estaba la revisión de los delitos, pero no se hizo alusión en ese momento al asunto del consentimiento.
El modelo sueco
La actual ministra de Justicia, Dolores Delgado, añadió recientemente tareas a esta comisión y alargó hasta noviembre el plazo para que entregue su informe. Pidió que el grupo revise también si es aconsejable una reforma del Código Penal o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que se incluya la perspectiva de género. Por eso, se decidió incluir a juristas feministas que deben ser nombradas por el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía y el Consejo General de la Abogacía Española, y que son a las que aludía ayer Calvo. Una portavoz del Ministerio de Justicia indicó este martes que su departamento estudiará la propuesta de la vicepresidenta cuando les llegue formalmente.
La vicepresidenta ha señalado que su propuesta se inspira en parte en la ley sueca sobre violencia sexual. Esta normativa, que entró en vigor en ese país el pasado 1 de julio, se centra en que la falta de consentimiento define el delito sexual —algo en lo que no difiere sustancialmente de la española—, pero deja un margen mayor para interpretar si ese consentimiento ha existido: “A la hora de evaluar la voluntariedad, se tendrá en cuenta si esta se expresó con palabras, hechos o de alguna otra manera”, reza la ley sueca. La normativa española no explicita cómo debe ser el consentimiento. La ley sueca establece además que cualquier acto sexual no consentido es violación, aunque no haya habido violencia o amenazas. Tampoco es determinante que la víctima esté en una situación vulnerable —dormida, inconsciente, ebria, drogada, bajo un gran miedo u otras situaciones—. El código sueco, sin embargo, es más laxo que el español en las penas: recoge hasta un máximo de 10 años de cárcel por violación agravada.
El consentimiento es el eje central de las normativas de países como Suecia, Alemania o Reino Unido. Es una figura contemplada en el convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres, el llamado Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014. Ese convenio alude a que el consentimiento debe prestarse “voluntariamente” pero no hace referencia a un sí expreso.
La iniciativa sobre la modificación del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal fue acogida de forma desigual en la Cámara baja. La portavoz de Igualdad del PP, Carmen Dueñas, expresó “dudas desde el punto de vista jurídico”, informa Europa Press. Desde Ciudadanos, la portavoz adjunta Melisa Rodríguez lo consideró una “ocurrencia”.
Iniciativa de Podemos
El grupo de Unidos Podemos ve con buenos ojos la iniciativa del Gobierno, que confluye en parte con sus propias propuestas. Este miércoles presentarán una propuesta de ley en la que llevan trabajando desde el pasado enero con catedráticos y expertos juristas. Es la ‘Ley de protección integral de la libertad sexual y para la erradicación de las violencias sexuales’. A falta de que concreten los detalles, una portavoz de la formación encabezada por Pablo Iglesias explica que es una norma que también pretende mantener el consentimiento en el centro del debate, pero no solo. Además, plantea que no es necesario que exista una denuncia para que las víctimas de violencia sexual tengan acceso a ayudas. Bastaría con un certificado médico o un informe de servicios sociales.
La diputada de En Marea, Ángela Rodríguez, invitó a Carmen Calvo a la presentación de esta propuesta y le pidió que la reforma del Código Penal “no sea la única medida del Gobierno”. La vicepresidenta se comprometió a enviar a alguien de su equipo para estudiar con detalle después la propuesta de Podemos.
La legislación en Europa
Bélgica: Tres categorías: engaño, violencia o coacción
El código penal belga denomina violación a "todo acto de penetración sexual, de la naturaleza que sea y por el medio que sea, cometido sobre una persona sin su consentimiento". El texto legislativo no afirma expresamente que en caso de que la víctima guarde silencio se considera automáticamente que no ha habido consentimiento y que por tanto es violación, pero da un amplio margen de interpretación a los jueces: indica que no existe consentimiento cuando hay violencia, coacción o engaño, tres categorías en las que caben valoraciones subjetivas.
Según la interpretación de la ley que hace la Federación de Centros de Planificación Familiar belga, la falta de consentimiento también incluye el silencio. Por ejemplo, "cuando la persona no es capaz de mostrar rechazo ni desacuerdo porque está ebria, drogada o dormida, o porque sufre una discapacidad mental que le impide hacerlo".
Alemania: Negar con palabras o con lágrimas
El Parlamento federal alemán aprobó en 2017 una ley, bautizada con el nombre de No es No, que endurece las penas para los delitos sexuales. Castiga con prisión a quien fuerce a una persona contra su voluntad manifiesta, aunque no medie violencia o amenaza de ella. Esa falta de voluntad manifiesta podrá haber sido expresada verbalmente o de otro modo, como las lágrimas.
Se fijan penas de hasta cinco años de cárcel (esta pena máxima se aplica cuando el agresor utiliza un arma, causa daños físicos considerables o pone en peligro la vida de la víctima), que incluyen los casos en los que se haya empleado algún medio -como una droga- que impida a la víctima mostrar su voluntad.
La ley también castiga las acciones cometidas contra la voluntad de una persona que no puede defenderse porque su condición física o mental se lo impide, y las que aprovechan el factor sorpresa.
Reino Unido: Sin libertad para elegir no hay consentimiento
Los delitos de agresión sexual o violación en Reino Unido se basan en la falta de consentimiento, tácito o explícito, de la persona agredida, y no exigen que exista violencia física.
La ley (aplicable en Inglaterra y Gales, con leyes equivalentes en Irlanda del Norte y Escocia) distingue entre violación y agresión sexual, en función de con qué se realiza la penetración no consentida. La clave para ambos delitos es la intencionalidad del agresor y la falta de consentimiento de la víctima.
La persona consiente "si acuerda por su propia elección y tiene la libertad y la capacidad para hacer esa elección". Se considera que una persona no ha prestado consentimiento a la relación sexual si está inconsciente, drogada, secuestrada, sometida a amenazas o al miedo de sufrir un daño grave. Es a la fiscalía a la que corresponde probarlo ante el juez.
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