viernes, 20 de diciembre de 2019

#hemeroteca #trans #justicia | El Supremo va por delante de la ley y avala que las personas trans cambien su sexo en el DNI sin el requisito de hormonarse

Imagen: El Diario / Bloque no binario en el Orgullo Crítico de Madrid en 2019
El Supremo va por delante de la ley y avala que las personas trans cambien su sexo en el DNI sin el requisito de hormonarse.
Una reciente sentencia señala en su argumentación que "no puede condicionarse el reconocimiento de la identidad de género" al sometimiento a una terapia hormonal. La ley actual obliga a ello, pero su eliminación es una demanda histórica del colectivo trans y ya el Congreso tramitó una reforma que se ha quedado atascada. La argumentación del Supremo es pionera, según fuentes jurídicas, y en ella reclama que se abandone la consideración de la transexualidad como una patología y exige "procedimientos rápidos y eficaces" para el cambio de nombre y sexo legal.
Marta Borraz | El Diario, 2019-12-20
https://www.eldiario.es/sociedad/Tribunal-Supremo-desvincula-DNI-hormonacion_0_975702970.html

Las personas trans tienen derecho a modificar su nombre y sexo legal sin necesidad de cumplir con el requisito de haber recibido una terapia hormonal. Es lo que se deduce de una sentencia dictada esta semana por el Tribunal Supremo, que señala en su argumentación que "no puede condicionarse el reconocimiento de la identidad de género" al sometimiento de la persona "a una operación quirúrgica de reasignación de sexo, esterilización o terapia hormonal". Esta última es la obligación que, a día de hoy, contempla la legislación vigente y su eliminación es una de las reivindicaciones históricas del colectivo trans.

La Sala de lo Civil del Alto Tribunal se expresa así en un fallo, que, según fuentes jurídicas consultadas, es pionero en sus aseveraciones y que aplica el reciente pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Su dictamen del pasado mes de julio concluyó que la exclusión de los menores trans de la ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral, es inconstitucional. Así, avaló el derecho de Patrick, un joven que inició una batalla legal hace cinco años –hoy tiene 17– a cambiar su nombre y sexo por el que es acorde a su verdadera identidad.

Ahora, debe ser la Audiencia Provincial de Huesca, que en su día se lo denegó, la que vuelva a evaluar al joven para determinar si posee el suficiente "grado de madurez" y una "situación estable de transexualidad", que son los requisitos que estableció el Constitucional. Pero, además de referirse al caso concreto de Patrick, el Tribunal Supremo despliega toda una argumentación que, en la práctica, allana el camino para la reforma de la ley que permite el cambio en el Registro Civil, algo que ya estuvo tramitando el Congreso la pasada legislatura –con la abstención del PP–, pero que se ha quedado en stand by con la situación política actual.

La norma sigue exigiendo a las personas que quieren cambiar su nombre y sexo legal que sean diagnosticadas de disforia de género y que se hormonen durante, al menos, dos años. Dos criterios que los colectivos trans consideran patologizantes y que algunas comunidades autónomas como Madrid, Extremadura o País Vasco, ya han revertido para los documentos que dependen de sus competencias, como es la tarjeta sanitaria. El cambio en los carnets y documentos oficiales es algo más que una cuestión simbólica. Ser nombrada en público por un nombre que no te corresponde es "una vergüenza social", decía Vicky, una mujer trans que aún no ha podido modificarlo, en esta entrevista.

"Son dos años de transición sin amparo legal. No todo el mundo puede hormonarse ni todo el mundo quiere. E independientemente de que lo quisiéramos, ¿por qué tiene que condicionar nuestro ejercicio de los derechos? ¿Para que parezcamos más femeninas o masculinos? Cada persona vivirá eso según lo sienta y decidirá cuando da el paso. No es fácil, pero ese plazo no aporta nada", explica la abogada especializada en derechos trans, Marina Saez.

Reclama procedimientos rápidos y eficaces
El Tribunal Supremo se vale de la jurisprudencia y de resoluciones de organismos internacionales para afirmar, entre otras cosas, que en el reconocimiento de la identidad de género "debe primar el aspecto psicológico y psicosocial sobre el puramente cromosomático, gonadal e incluso morfológico" y apunta a que se debe "abandonar" la "consideración de la transexualidad como una patología psiquiátrica necesitada de curación".

"Lo que está haciendo el Supremo es reafirmar el derecho a la identidad de género. Ha habido otros pronunciamientos contra la discriminación, pero esto es un auténtico rejonazo a la ley", ilustra Saez. La reforma de la norma que se ha quedado atascada en el Congreso incluía, precisamente, el enfoque de la libre autodeterminación del género sin hacer depender de terceros el cambio registral –ni informes médicos ni terapia hormonal–. Además, acababa con la exclusión de los menores de edad y a las personas extranjeras con residencia en España.

El Tribunal Supremo prosigue con su alegato señalando que "ha de asegurarse" que las personas trans puedan cambiar su nombre y sexo legal mediante "procedimientos rápidos y eficaces" y reclama protección para su intimidad y dignidad. Así, insta a evitar que las personas trans "se vean sometidas a situaciones humillantes, de modo que cuando tengan que identificarse en ámbitos como el escolar, el laboral, en sus relaciones con las autoridades públicas etc. no quede de manifiesto su condición" y sean ellas mismas las que decidan sobre el conocimiento que los demás puedan tener, minimizando "que pueda ser víctima de reacciones hostiles en su entorno".

Para Charo Alises, abogada especializada en derechos LGTBI, se trata de una sentencia "muy importante" que viene a "dejar abierta la puerta a la necesaria reforma de la ley" y que, asegura, sigue la jurisprudencia que ya ha emanado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Ya el Consejo de Europa adoptó en abril de 2015 una resolución que insta a los Estados a "garantizar que las personas transexuales, incluidos las menores, no sean considerados como enfermos mentales" y Amnistía Internacional también ha solicitado que "el reconocimiento de la identidad de género" no se haga depender de diagnósticos psiquiátricos, apunta en su informe 'El Estado decide quién soy'.

Natalia Aventín, presidenta de Euforia, una organización de familias trans, y madre de Patrick, el joven que ha motivado los pronunciamientos del Supremo y del Constitucional lamenta que, como familia, sientan "cansancio y la sensación de tomadura de pelo" ahora que el joven tiene que volver a ser evaluado por la Audiencia Provincial de Huesca. "Desde 2014 defendiendo ante el Estado que tu hijo es hijo y se llama como todo el mundo lo conoce, cansa. ¿Dónde queda el interés superior de persona menor?", se pregunta.

Sin embargo, el colectivo celebra que el reciente fallo apunte "hacia donde debe dirigirse la ley que los colectivos siguen reclamando al Gobierno". Previsiblemente, la reforma regresará al Congreso en la próxima legislatura –lo llevan en su programa PSOE y Unidas Podemos– y, tras más de dos años desde que se iniciara el trámite, los colectivos trans solo esperan que, esta vez, no se quede en un cajón.

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