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viernes, 13 de febrero de 2026

#hemeroteca #lgtbifobia #justicia | Asociaciones LGTBI piden tipificar como delito propio la LGTBI+fobia "incluyendo amenazas y expresiones basadas en odio"

Campaña LGTBI+ Points Sarea de Ortzadar LGTBI+ //

Asociaciones LGTBI piden tipificar como delito propio la LGTBI+fobia "incluyendo amenazas y expresiones basadas en odio"

Las asociaciones Ortzadar LGBTI+ elkartea y Madrid Orgullo (MADO) exigen llevar a cabo una "reforma legal urgente" para que el Código Penal recoja la LGTBI+fobia como un delito propio "incluyendo de forma expresa las amenazas y expresiones intimidatorias basadas en odio".
Europa Press | Teleprensa, 2026-02-13
https://www.teleprensa.com/articulo/nacional-3/asociaciones-lgtbi-piden-tipificar-como-delito-propio-lgtbi-fobia-incluyendo-amenazas-expresiones-basadas-odio/202602131622332342094.html

Las asociaciones Ortzadar LGBTI+ Elkartea y Madrid Orgullo (MADO) exigen llevar a cabo una "reforma legal urgente" para que el Código Penal recoja la LGTBI+fobia como un delito propio "incluyendo de forma expresa las amenazas y expresiones intimidatorias basadas en odio".

En un comunicado conjunto, las asociaciones se han hecho eco de la ratificación de la absolución del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya respecto del caso "de las amenazas homófobas producidas en 2019 contra un joven increpado por su expresión de género en un establecimiento hostelero, hechos grabados y difundidos públicamente".

Según han explicado, en el vídeo "se escuchan expresiones literales como: '¿Te vuelvo heterosexual a hostias?' y 'te vuelvo heterosexual a hostias'", lo que constituyen, en su opinión, "amenazas directas con motivación de odio hacia la diversidad sexual y de género", por lo que "no pueden ser tratadas como simples expresiones airadas o discusiones puntuales".

En ese sentido, muestran su "preocupación y rechazo" ante sentencias "que debilitan la protección frente al odio", apuntan a que el "odio verbal amenazante también es violencia" que genera "miedo real y limita la libertad de las personas", apoyan la decisión de la Fiscalía de presentar un recurso al TSJ de Catalunya y exigen "una reforma legal urgente" que "recoja la LGTBI+fobia como un delito propio, incluyendo de forma expresa las amenazas y expresiones intimidatorias basadas en odio".

martes, 21 de mayo de 2024

#hemeroteca #trabajosexual | El Congreso deja caer la ley del PSOE para regular la prostitución

Ana Redondo, ministra de Igualdad, asiste a la sesión plenaria en soledad //

El Congreso deja caer la ley del PSOE para regular la prostitución

Asier Martiarena | La Vanguardia, 2024-05-21

https://www.lavanguardia.com/politica/20240521/9664094/congreso-rechazo-tumba-ley-proxenetismo-prostitucion-psoe.html

“Nos hemos quedado solas”. Eran las 18 horas y aún faltaban cerca de tres horas para su votación. Pero, viendo los rechazos que se iban acumulando, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, tiraba la toalla antes, incluso, de finalizar el pleno en el que ayer se votaba la proposición de ley presentada por el PSOE “para prohibir el proxenetismo en todas sus formas”.

El descalabro socialista fue total. No contó con el apoyo de ninguno de sus socios –Sumar, Junts, ERC, PNV o EH Bildu–. Y concitó críticas por sus formas –“no se ha consensuado con ningún socio ni de coalición ni de investidura”; “es puramente electoralista”; “busca un gran titular”–. Pero también por su fondo –“pone en peligro a las mujeres”; “no dota de seguridad, sino que va a añadir más riesgos”; “ahonda en el racismo estructural”–.

El varapalo final, en forma de votación, quedó grabado en el diario de sesiones con 122 votos a favor, 184 en contra y 36 abstenciones. Destacando la fractura del Gobierno de coalición. La primera de la legislatura en una ley con sello del partido del puño y la rosa si bien la vicepresidenta segunda y coordinadora general de Sumar, Yolanda Díaz, ha desvelado a posteriori que pactó con el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, el rechazo a esta ley porque “no estaba en el acuerdo de Gobierno” que firmaron los dos líderes políticos. “La norma del PSOE es prohibicionista” y no se arreglan los problemas sociales “prohibiendo", declaró en una entrevista en el canal 24 horas de RTVE.

Tras decaer después de ser presentada en la legislatura anterior, y con la única presencia de Redondo en los sillones azules reservados para los miembros del Gobierno –algo que ya invitaba a adivinar la posterior derrota–, la diputada socialista Andrea Fernández presentó desde la tribuna de oradores una iniciativa de la que destacó su carácter “profundamente punitivista”.

“Con esta ley, lo que pretendemos es castigar el lucro de la prostitución y la tercería locativa, es decir, la cesión de inmuebles para ejercer la prostitución”, defendió Fernández sumando ese castigo al ya contemplado tanto para los clientes como para los proxenetas. Una suerte de adaptación del modelo vigente en otros países como Noruega, Francia o el Reino Unido, en el que se “equipara a la persona prostituida con la víctima de un delito”.

Pero sus argumentos fueron rechazados uno por uno por el conjunto de grupos parlamentarios. Incluido el PP, que en junio del 2022 apoyó la tramitación de un texto casi idéntico. El rechazo actual de los populares fue expuesto por la diputada Ana Isabel Alós, quien incluso llegó a plantear a Redondo la retirada de la proposición de ley para, a cambio, trabajar desde la subcomisión del Pacto de Estado contra la Violencia de Género en la confección de una ley integral de consenso. Sugerencia, por cierto, suscrita por buena parte del arco parlamentario.

Una propuesta más punitiva
El caos que ha ocasionado la iniciativa que el PSOE llevó al pleno sin consensuar previamente con ningún otro grupo quedó plasmado en la votación. Porque la propuesta socialista que empezó dividiendo al feminismo entre abolicionistas y regulacionistas ha terminado uniendo a fuerzas de ideologías antagónicas. Basta repasar el sentido del voto de unos y otros. Al PSOE solamente le apoyó Coalición Canaria, el BNG, UPN y José Luis Ábalos; en la abstención coincidieron Podemos y Vox, mientras que Sumar y PP, junto a las fuerzas nacionalistas, se alinearon en su rechazo a la norma.

Un mosaico ante el que el PSOE simplemente señaló haber sido “un orgullo intentarlo”. “Somos las únicas que nos hemos mantenido firmes en la defensa de los derechos de las mujeres, mientras que muchos grupos parlamentarios han optado por hablar haciendo campaña”, se lamentó Redondo como justificación.

Segundo intento del PSOE
El PSOE ha vuelto a someter esta tarde a debate la reforma del Código Penal para castigar el proxenetismo en todas sus formas. Ya lo hizo la pasada legislatura, cuando se aceptó su toma en consideración gracias a los votos del Partido Popular, pero no se culminó su tramitación.

​La iniciativa que llegaba ahora al Congreso amplía el artículo 187 del Código Penal para castigar con cárcel a todo aquel que “promueva, favorezca o facilite” la prostitución de otra persona “con ánimo de lucro”: con penas de 3 a 6 años de cárcel y multas de 18 a 24 meses si se emplea violencia, intimidación o engaño y penas de dos a cuatro años y multas de 12 a 24 meses si el proxenetismo no implica violencia, aun con el consentimiento de la persona prostituida.

También se incluye en ese artículo el castigo de la tercería locativa, es decir, ganar dinero por destinar un inmueble o cualquier otro espacio de manera habitual para que otra persona ejerza la prostitución, aun con su consentimiento. Aquí la pena sería de dos a cuatro años de prisión y multa de 18 a 24 meses.

Se quiere añadir asimismo un tercer punto al artículo 187 para que quienes pagan por sexo tengan un reproche penal: se castiga con multa de 12 a 24 meses a quien convenga “la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico”.

Si la persona prostituida fuera menor de edad o se encontrase en situación de vulnerabilidad, quien pague por acceder a su cuerpo se enfrentará a una pena de prisión de uno a tres años y multa de 24 a 48 meses.

En el artículo se precisa que “en ningún caso será sancionada la persona que esté en situación de prostitución”.

Y TAMBIÉN…
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La ley contra el proxenetismo divide al Gobierno y Sumar rechaza la propuesta del PSOE

El grupo confederal denuncia que la iniciativa “ahonda en la división” y divide al feminismo
Asier Martiarena | La Vanguardia, 2024-05-21
https://www.lavanguardia.com/politica/20240521/9661610/ley-prostitucion-proxenetismo-divide-gobierno-sumar-voto-contra-psoe.html

#hemeroteca #trabajosexual | Multas a puteros y cárcel para quien alquile pisos para prostitución: claves de la ley abolicionista

Manifestación abolicionista en Madrid //

Multas a puteros y cárcel para quien alquile pisos para prostitución: claves de la ley abolicionista

La normativa prevé castigar con cárcel a todo aquel que "promueva, favorezca o facilite" la prostitución de otra persona "con ánimo de lucro"
EFE | Deia, 2024-05-21
https://www.deia.eus/actualidad/sociedad/2024/05/21/multas-puteros-carcel-alquile-pisos-8263133.html

El Congreso de los Diputados ha rechazado tramitar la proposición de ley contra el proxenetismo. El PSOE se ha quedado solo este martes y su iniciativa abolicionista no ha cosechado los apoyos ni de su socio de Gobierno ni de sus aliados parlamentarios ni del Partido Popular.

El PSOE volvía a someter a debate la reforma del Código Penal para castigar el proxenetismo en todas sus formas. Ya lo hizo la pasada legislatura, cuando se aceptó su toma en consideración gracias a los votos del Partido Popular, pero no se culminó su tramitación.

Legislar sobre prostitución es complejo debido a las muy diversas sensibilidades de los grupos parlamentarios que cohabitan en el Congreso (tampoco existe consenso en el seno del movimiento feminista).

Ya se comprobó la pasada legislatura (cuando ERC y los comunes votaron en contra y PNV y Bildu se abstuvieron) y todo parece indicar que volverá a suceder este martes.

Fuentes de ERC han avanzado a EFE que mantendrán su voto en contra, mientras que Sumar aún no ha consensuado ni el sentido del voto ni si votarán en bloque.

Por su parte, ni PNV, ni Junts ni Podemos quieren aclarar el sentido de su voto, algo que tampoco ha hecho el PP, pese a que comparte con el PSOE una postura abolicionista y resultará clave para el futuro de la iniciativa.

Mientras tanto, fuentes de Bildu han explicado a EFE que son "críticos" con la propuesta y que aún no han decidido el sentido del voto, que se abstuvieron en la pasada legislatura "en aras de favorecer un debate" que consideran necesario, pero han lamentado que en todo este tiempo ese debate haya "quedado en el olvido": "Parece más un intento de aparecer en la campaña de las europeas como abanderados del abolicionismo", han enfatizado.

Castigar todo tipo de proxenetismo
La intención del Partido Socialista con esta proposición de ley es castigar todo tipo de proxenetismo, esto es, el lucro de la prostitución ajena. Actualmente sólo está penado aquel que se ejerce con intimidación y violencia, pero el grupo socialista considera que la redacción actual del Código Penal ha llevado a una "impunidad total del proxenetismo".

Su iniciativa amplía el artículo 187 del Código Penal para castigar con cárcel a todo aquel que "promueva, favorezca o facilite" la prostitución de otra persona "con ánimo de lucro": con penas de 3 a 6 años de cárcel y multas de 18 a 24 meses si se emplea violencia, intimidación o engaño y penas de dos a cuatro años y multas de 12 a 24 meses si el proxenetismo no implica violencia, aun con el consentimiento de la persona prostituida.

También se incluye en ese artículo el castigo de la tercería locativa, es decir, ganar dinero por destinar un inmueble o cualquier otro espacio de manera habitual para que otra persona ejerza la prostitución, aun con su consentimiento. Aquí la pena sería de dos a cuatro años de prisión y multa de 18 a 24 meses.

Se quiere añadir asimismo un tercer punto al artículo 187 para que quienes pagan por sexo tengan un reproche penal: se castiga con multa de 12 a 24 meses a quien convenga "la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico".

Si la persona prostituida fuera menor de edad o se encontrase en situación de vulnerabilidad, quien pague por acceder a su cuerpo se enfrentará a una pena de prisión de uno a tres años y multa de 24 a 48 meses.

En el artículo se precisa que "en ningún caso será sancionada la persona que esté en situación de prostitución".

En la exposición de motivos, el PSOE indica que "las personas que recurren a las mujeres en situación de prostitución participan directamente del entramado que sostiene esta grave vulneración de los derechos humanos" y "representan la condición de posibilidad para que se produzca la prostitución".

Por último, la iniciativa otorga a las personas prostituidas los derechos recogido por el Estatuto de la víctima del delito y garantiza que puedan acceder a la atención que presta la ley del sólo sí es sí.

sábado, 29 de julio de 2023

#hemeroteca #delitosdeodio #punitivismo | Prisión solo para los delitos de odio más graves

Deia / Participante en una marcha LGTBI //

Prisión solo para los delitos de odio más graves

El fiscal contra los Delitos de Odio y Discriminación, Miguel Ángel Aguilar, considera necesario revisar la legislación
L. López / M. Ortuño Lizarán | Deia, 2023-07-29
https://www.deia.eus/actualidad/sociedad/2023/07/29/prision-delitos-odio-graves-7101663.html

El fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y Discriminación, Miguel Ángel Aguilar, considera necesario revisar la legislación para reservar la prisión solo a los delitos más graves y graduar las penas con medidas alternativas, como los trabajos en beneficio de la comunidad, para los más leves. En la actualidad, el artículo 510 del Código Penal establece penas de uno a cuatro años de prisión para todos los casos y fija que se imponga esta condena en su mitad superior –de tres a cuatro– cuando los hechos se lleven a cabo a través de internet, recuerda el fiscal.

Miguel Ángel Aguilar (Remscheid, Alemania, 1965) es, desde el pasado mes de junio, el primer fiscal de Sala contra los Delitos de Odio y Discriminación, un cargo de nueva creación desde el que coordina todas las fiscalías provinciales especializadas en este tipo de infracciones. En su opinión, el “armazón jurídico” del que dispone el Estado para perseguir este tipo de delitos es “válido”, pero se debería “establecer un principio de proporcionalidad de la pena” en función de cada caso, tal y como recoge la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

“No es lo mismo el discurso de odio más industrializado que el discurso de odio que puede hacer una persona concreta, con una publicación concreta, en su cuenta de red social”, argumenta. Por ello, aboga por “establecer penas alternativas a la prisión para los casos que, siendo delictivos, no son tan graves”: inhabilitación, trabajos en beneficio de la comunidad o multas. En este sentido, valora positivamente los “programas de tratamiento” para aquellos condenados a dos años o menos de prisión sin antecedentes que no tienen que ingresar en la cárcel y que están destinados a controlar la agresividad y a concienciar sobre la aceptación de la diversidad.

Aguilar urge también a que se ponga en marcha cuanto antes la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato prevista en la Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación para sancionar por la vía administrativa los comportamientos que no son constitutivos de delito pero que “tienen que tener una respuesta”.

Hacer pedagogía
Hechos como los insultos racistas a los futbolistas Iñaki Williams o Vinicius Júnior tienen una “proyección colectiva importante”, pues no son solo una “ofensa” a su “honor”, sino también una “lesión a la dignidad del colectivo de personas al que pertenecen”, y denunciarlos “contribuye a hacer pedagogía”.

“Tenemos comportamientos racistas, pero no se puede decir que España sea un país racista”, sostiene Aguilar, a quien le preocupa especialmente este tipo de conductas en el deporte infantil y juvenil. Como fórmula para evitar que se lleguen a cometer este tipo de delitos, Aguilar aboga por la “educación” y “las campañas de sensibilización” y también por que cada ciudadano ponga su granito de arena, al “no aceptar determinados chistes o comentarios que son micromachistas, microrracistas o microhomófobos”.

Más delitos
Según el último informe sobre la evolución de los delitos de odio en España del Ministerio del Interior, el año pasado se denunciaron 1.869 delitos de odio, un 3,72 % más que en 2021, lo que para Aguilar “no es un crecimiento alarmante”. De todos modos, pide “prudencia” a la hora de analizar estas cifras, ya que, a falta de un estudio sociológico en profundidad, esta alza puede responder a un aumento de las denuncias en un ámbito en el que, recuerda, ocho de cada diez víctimas no acude a la Policía. “También hay personas que antes, digamos, estaban dentro del armario, que ahora no lo están, que viven su orientación sexual con plena normalidad, que van cogidas de la mano, que muestran su afecto en público, como no puede ser de otra manera”. En contra de lo que “siempre se ha pensado”, por su experiencia de quince años como fiscal especializado en delitos de odio, Aguilar asegura: “Solamente una minoría son cometidos por personas que obedecen a perfiles extremistas. Normalmente, el prototipo de persona que comete delito de odio es una persona que actúa por prejuicios y estereotipos”.

Límites difusos
Línea fina. En el caso de Vox y sus mensajes antimigración, el fiscal Miguel Ángel Aguilar reconoce la dificultad de “establecer una frontera” entre la defensa de “posiciones políticas que son legítimas dentro de la Constitución” y la lesión a la dignidad de la persona: “Quizá es el delito al que nos enfrentamos más difícil de todos”, apunta. Recuerda que ha habido ocasiones en las que el Ministerio Público ya ha tenido una labor “proinvestigación” y ha sido el juez el que no ha visto delito, como en el caso del cartel en el que Vox comparaba el dinero que supuestamente percibía del Estado un joven migrante con la pensión de una anciana y que fue archivado.

lunes, 8 de noviembre de 2021

#hemeroteca #lgtbifobia #legislacion | La CUP y el Observatori contra l'Homofòbia piden en el Parlament modificar la ley sobre LGTBIfobia

EP / Basha Changue y Eugeni Rodríguez //
La CUP y el Observatori contra l'Homofòbia piden en el Parlament modificar la ley sobre LGTBIfobia.

Piden revisar el texto y adecuarlo con la Ley 19/2020, de igualdad de trato y no discriminación, así como con la modificación del Código Penal del 2015.
EP | 20 Minutos, 2021-11-08
https://www.20minutos.es/noticia/4883625/0/la-cup-y-el-observatori-contra-l-homofobia-piden-en-el-parlament-modificar-la-ley-sobre-lgtbifobia/

La CUP y el Observatori contra l'Homofòbia han registrado este lunes en la Mesa del Parlament una proposición de modificación de la Ley 11/2014 contra la LGTBIfobia para revisar el texto y adecuarlo con la Ley 19/2020, de igualdad de trato y no discriminación, así como con la modificación del Código Penal del 2015.

En rueda de prensa en el Parlament este lunes, la diputada de la CUP Basha Changue ha considerado que la Ley 11/2014 estaba en la actualidad "desfasada", tras las modificaciones del Código Penal y la ley del 2020, y exige incluir una visión interseccional para garantizar los derechos fundamentales de este colectivo.

En el texto de la proposición, recogido por Europa Press, se prevé la reparación integral a las víctimas de LTGBIfobia mediante "medidas pecuniarias y simbólicas", y se pide a las administraciones públicas medidas de satisfacción, rehabilitación y no repetición mediante actos de conmemoración, de reconocimiento público y de rechazo.

Asimismo, se promueve la mediación como una vía posible para resolver estos conflictos, mejoras en el régimen sancionador, y promover la visibilidad y reconocimiento institucional con el "uso de la bandera LGTBI, así como cualquier otro símbolo o distintivo de los diferentes colectivos en edificios y espacios públicos".

También se insta a impulsar el reconocimiento de las diferentes formas de concebir la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género de las personas migrantes, refugiadas o "racializadas, con el fin de impulsar programas de atención de acuerdo con sus realidades".

Changue ha dicho que espera que todos los grupos den apoyo a la modificación de la Ley 11/2014 y asegura que no habrá "sorpresas más allá de las típicas, de los partidos de la extrema derecha que hacen una negación constante de las problemáticas de género y LGTBIfóbicas".

Observatori contra l'Homofòbia
En la rueda de prensa también ha participado el presidente del Observatori Contra l'Homofòbia, Eugeni Rodríguez, que ha puesto en valor que la Ley 11/2014 fue "muy importante para que el colectivo LGTBI tuviese una ley que garantizara sus derechos".

Aún así, ha criticado la "falta de voluntad política del Govern" a la hora de desarrollar esta ley que califica de más específica que la 19/2020, por lo que ha urgido que se incluyan las modificaciones que prevé esta proposición y que haya armonía entre ambos textos.

domingo, 8 de agosto de 2021

#hemeroteca #delitosdeodio | La reticencia de las víctimas a denunciar lastra la lucha contra los delitos de odio

Imagen: El País / Orgullo LGTBI en Valencia, 2021 //

La reticencia de las víctimas a denunciar lastra la lucha contra los delitos de odio.

Los expertos reclaman mejorar la atención a quienes los sufren.
Sonia Vizoso / Óscar López-Fonseca | El País, 2021-08-08
https://elpais.com/espana/2021-08-08/la-reticencia-de-las-victimas-a-denunciar-lastra-la-lucha-contra-los-delitos-de-odio.html 

El miedo es el mayor aliado de los delitos de odio. Solo una de cada 10 personas que es victima de uno de ellos acude a la Policía a denunciar, según reveló recientemente una encuesta del Ministerio del Interior. En el estudio, de las 437 personas que admitieron haber sufrido uno de estos delitos en el último lustro, solo 47 (el 10,76%) acudieron a una comisaría o un cuartel de la Guardia Civil a denunciarlo. Los 390 restantes (el 89,24%) optaron por guardar silencio. El porcentaje es superior al que arrojan otros estudios similares realizados en la UE por la Agencia de los Derechos Fundamentales (FRA), que sitúa este porcentaje en el 80%.

Integrantes de la Oficina Nacional de la Lucha contra los Delitos de Odio, dependiente de Interior, admiten que una de los principales objetivos de este órgano es, hacer aflorar el mayor porcentaje posible de la cifra sumergida de delitos de odio. No obstante, desde Interior creen que esta tendencia puede haber empezado a cambiar, según los datos estadísticos de los seis primeros meses de este año, que reflejan un incremento de las denuncias de un 9,3% respecto al mismo periodo de 2019, que hasta ahora era el semestre con más infracciones conocidas. Un aumento que, en parte, se explica por la mayor conciencia social que ha llevado a más víctimas a denunciar. “Hasta ahora, muchas personas no eran conscientes de que habían sufrido un delito. Pasó algo similar con la violencia de género”, señala un miembro de dicha oficina.

Un factor que también explica el aumento del número de denuncias, según otros expertos, es que las víctimas disponen de más recursos para denunciar, aunque estos, en su opinión, siguen siendo insuficientes. Además de la mayor concienciación de la sociedad en general, en los últimos años las organizaciones que apoyan a colectivos vulnerables se han dotado de protocolos y registros para acompañar a los afectados y detectar si han sufrido agresiones, apunta la psicóloga Maribel Ramos, subdirectora de la Fundación Hogar Sí, que asiste a personas que viven en la calle. Según sus datos, casi la mitad de estos ciudadanos han sufrido delitos de odio. “Tenemos más capacidad para acompañar a estas personas en los procesos de denuncia y la gente se siente más segura”, señala Ramos, promotora del observatorio de delitos de odio contra personas sin hogar Hatento, que también cifra en un 50% el porcentaje de quienes viven en la calle que han sufrido agresiones. Añade, sin embargo, que “la desconfianza sigue siendo importante, especialmente entre las personas sin hogar. ¿Cómo van a confiar en que el sistema las proteja cuando ese mismo sistema las ha empujado a la situación en la que están?”

La aporofobia, es decir, el odio al pobre, acaba de ser introducida en España en el Código Penal a través de la Ley de Protección Integral a la Infancia y Adolescencia. Ramos celebra esta inclusión, pero pide mejoras en “la primera atención que recibe una víctima al llegar a una comisaría”. Reclama que se extienda la formación entre los agentes para que recojan bien las denuncias y haya más probabilidades de que prosperen, orienten a los afectados hacia asociaciones que puedan ayudarles y den credibilidad a sus testimonios. Subraya que tanto la policía como el sistema judicial deben adaptarse a las necesidades y complejas circunstancias de las víctimas ya que, en el caso de los ciudadanos que viven en la calle, suelen sufrir dificultades añadidas como discapacidades, adicciones o enfermedades mentales.

Los vulnerables desconfían
El sociólogo Ignacio Paredero coincide en que, entre los colectivos vulnerables, “hay desconfianza y percepción de que denunciar no va a servir para nada”. El también secretario de Organización de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales observa que, pese a las dificultades, el aumento de denuncias de delitos de odio es una “tendencia clara” desde 2016 y, al menos, hasta 2019, teniendo en cuenta que 2020 es un año distinto por los efectos distorsionadores de la pandemia y el confinamiento.

Paredero considera “complejo” determinar los motivos de este aumento, pero hay un factor que ve claro. “Los discursos de odio de grupos como Vox legitiman violencias y señalan culpables”, afirma, para añadir también que “las redes sociales generan discursos muy polarizantes”. Pese a la existencia de protocolos policiales para abordar este tipo de delitos, el sociólogo cree que “a la policía y a la judicatura les cuesta percibir la homofobia” y “es más fácil” que las personas LGTBI que sufren agresiones “se acerquen a una asociación”.

jueves, 31 de octubre de 2019

#hemeroteca #violenciasexual #politica | El cambio para revisar los delitos sexuales, atascado un año y medio

Imagen: El País
El cambio para revisar los delitos sexuales, atascado un año y medio.
El Gobierno del PP prometió en abril de 2018 analizar el Código Penal tras la polémica sentencia que condenaba a La Manada por abuso. El caso sigue pendiente.
Pilar Álvarez | El País, 2019-10-31
https://elpais.com/sociedad/2019/10/31/actualidad/1572536359_232784.html

Todo empezó en abril de 2018, tras la polémica primera sentencia del caso de La Manada en la que la Audiencia Provincial de Navarra condenaba a los cinco hombres por abuso sexual continuado, no por violación. El 27 de abril, apenas un día después de que se conociera el fallo, el entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá (PP), anunció que el Gobierno estudiaría una reforma sobre los delitos sexuales en España y que reuniría con urgencia a la comisión general de codificación. Prometió una primera propuesta "en semanas". Un año y medio después, la revisión aún no se ha materializado y la misma polémica que hubo con la primera sentencia por la violación múltiple de una joven durante los Sanfermines de 2016 —considerar un abuso sexual el ataque en grupo a una mujer— se repite con la violación múltiple de Manresa, en este caso con una víctima menor de edad.

Tras el cambio de Gobierno, el Ejecutivo del PSOE —con Dolores Delgado al frente de Justicia— tomó el relevo para esa revisión. A finales de 2018, el Gobierno recibió una propuesta de la citada comisión, cuyo contenido aún no ha sido trasladado al Código Penal. Fuentes de Justicia señalan que el texto estaba bastante avanzado cuando se disolvieron las Cortes y se convocaron elecciones el pasado abril. No se puede aprobar, añaden, con un Gobierno en funciones.

El trabajo del grupo de expertos comenzó de forma accidentada. La llamada sección 4, de lo Penal, de la comisión general de codificación, estaba compuesta en un principio por 20 hombres. Ante las protestas de especialistas y juristas, se acabó modificando para reunir a 15 mujeres y 13 hombres. Las principales recomendaciones que enviaron al Gobierno fueron: la desaparición del término abuso sexual del Código Penal, delito por el que fueron condenados inicialmente los integrantes de La Manada de Pamplona y ahora los de Manresa; que todos los delitos contra la libertad sexual estén bajo el epígrafe de agresiones sexuales (con una distinción que separa entre aquellas "violentas e intimidatorias"). También señalaron que la actuación conjunta "de dos o más personas" se equipare con la violencia y la intimidación. Mantuvieron una decena de reuniones, según fuentes de la comisión. Hubo encuentros de todo el pleno, con los 28 integrantes y, sobre todo, encuentros de un grupo más reducido, formado por seis personas.

El Gobierno ha mantenido en su propuesta, que deberá pasar una tramitación parlamentaria al tratarse de una ley orgánica, la supresión de los abusos sexuales del Código Penal y la equiparación de la violencia o intimidación con la actuación de dos o más personas. Entre las líneas principales del documento que ha trabajado Justicia con otros departamentos (entre ellos, Igualdad) incluye eliminar las conductas que con la regulación actual se castigan con multa, según explican fuentes de Justicia. Se recupera la violación como un delito autónomo, que pasaría a convertirse en el delito más grave contra la libertad sexual, tal como también recomendó la comisión de expertos. Se incluye un agravante de género en caso de que el violador sea pareja o expareja de la víctima, un aspecto que responde al mandato de incluir la perspectiva de género en la normativa y a lo que dicta el Convenio de Estambul, según fuentes de la comisión consultadas durante la negociación del documento.

El Ejecutivo estudia además un posible aumento de las penas. En las últimas reuniones de la comisión de expertos, los juristas consideraron que la violación no superase la pena máxima de los homicidios, que son 15 años de cárcel, salvo que sean delitos acumulados. En el documento enviado a Justicia por el presidente de la comisión, el abogado Esteban Mestre, fijaron esos 15 años solo en los casos más graves, con dos o más agravantes.

Cómo recoger el 'solo sí es sí' en la ley
El Gobierno en funciones estudia también un posible endurecimiento de las condiciones de cumplimiento de las penas de los agresores para dificultar el acceso a beneficios penitenciarios. Estos dos aspectos no están decididos aún. Tampoco está aún cerrado, según Justicia, cómo formular dentro del Código Penal el "solo sí es sí" que defiende el Gobierno para que el delito gire entorno al consentimiento.

La propuesta de los juristas, y también el texto que maneja el Gobierno, mantiene agravantes que ya recoge la ley: si los hechos son "particularmente degradantes o vejatorios", "cuando la víctima sea especialmente vulnerable", cuando el agresor se haya aprovechado de una "relación de superioridad o parentesco con la víctima", cuando haya "armas u otros medios igualmente peligrosos".

La idea de los expertos en Derecho Penal al trabajar el texto era “aclarar” al máximo los conceptos para que fuese fácil de entender por los ciudadanos sin perder rigor técnico. La intención del Ministerio de Justicia es también que el Código Penal sea más fácil de entender para los ciudadanos.

miércoles, 9 de octubre de 2019

#hemeroteca #violenciamachista #justicia | El Supremo niega la patria potestad a un padre que intentó matar a su pareja

Imagen: El País / Concentración contra las violencias machistas, Madrid, 2019-09-20
El Supremo niega la patria potestad a un padre que intentó matar a su pareja.
El tribunal reabre el debate sobre la capacidad del agresor machista de decidir sobre sus hijos y refuerza que no tiene derecho a reclamarla. La ley no prevé la retirada automática.
Pilar Álvarez | El País, 2019-10-09
https://elpais.com/sociedad/2019/10/08/actualidad/1570559156_683139.html

El Tribunal Supremo se hace esta pregunta en una de sus últimas sentencias: “¿Cómo puede reclamarse el derecho a mantener una patria potestad sobre unos hijos a los que se ha intentado dejar sin madre de forma cruel al intentar matarla delante de ellos mismos?”. La respuesta, también del Supremo, es que no, teniendo en cuenta que existe “un contexto de agresividad grave” y que ver cómo su padre intenta matar a su madre es “una de las experiencias más traumáticas que puede sufrir un ser humano”. Y con este pronunciamiento —el quinto en la misma línea del alto tribunal en cuatro años— el Supremo ahonda en el debate de si un maltratador puede, o no, ser un buen padre y si la retirada de la patria potestad debería ser automática o quedar en manos de los jueces para su revisión caso a caso. Los hechos juzgados se remontan a 2017.

“La tengo que matar”. Cuando ya lo habían reducido, Fernando M. volvió a gritarlo con el cuchillo de abrir ostras todavía en la mano: “La tengo que matar”. Era el 4 de marzo de 2017. Su exesposa había acudió a entregarle a sus dos hijos, de seis y un año de edad, para cumplir el régimen de visitas. Llevaba varios días amenazándola por el móvil. Cuando aparcó, se abalanzó encima del coche, la sacó del vehículo y le pinchó cinco veces en los costados, las axilas y en el omóplato derecho. Fueron heridas leves por las dimensiones del cuchillo (5,6 centímetros de longitud). Lo paró un extraño que salió del bar. Y comenzó a autolesionarse con el mismo cuchillo. Los niños estuvieron delante durante toda la escena.

El menor “por su corta edad, no tuvo consciencia de los sucedido”, recogen los hechos probados. El mayor sí. Tras el episodio, sufrió un bloqueo cognitivo. Cuando intentaban hablarle del asunto, cambiaba de tema.

Fernando M. fue condenado a una suma de 10 años y dos meses de cárcel y a no acercarse a menos de 200 metros de sus hijos durante una década como autor de un delito de amenazas y otro de homicidio en grado de tentativa. Pero seguía teniendo la patria potestad que, en la práctica, significa voz y voto en las decisiones sobre el colegio al que van sus hijos, sus viajes escolares, los médicos que les atienden y otras cuestiones del día a día.

El Tribunal Supremo le acaba de retirar la patria potestad durante el tiempo que dure la condena, como había pedido la Fiscalía, corrigiendo las decisiones previas de la Audiencia Provincial de Palencia y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El Código Penal prevé que sea el juez o la juez quien determine si se debe retirar la patria potestad en los casos en los que no se produce homicidio o asesinato. El pacto de Estado contra la violencia de género, aprobado en 2017 y cuyas medidas, en su mayoría, aún no han sido aplicadas, prevé la suspensión del régimen de visitas pero no aborda este asunto.

La juez Pilar Llop, exdelegada del Gobierno para la Violencia de Género y actualmente senadora, considera que en estos casos debería haber también una retirada automática, para lo que sería necesario modificar el artículo 55 del Código Penal, el que prevé que en casos de penas de prisión de diez años o más corresponde a los jueces disponer la inhabilitación de la patria potestad. “Quien atenta gravemente contra la vida o la integridad de la madre de sus hijos no puede considerarse en ningún caso un buen progenitor porque es imposible que pueda transmitir valores de igualdad, tolerancia y respeto”, señala Llop.

Fuentes judiciales admiten que los casos en los que los jueces no retiran la patria potestad son excepcionales cuando se demuestra el intento de homicidio. La cuestión, según otras voces, es qué pasa en el resto. La abogada Amparo Díaz, experta en violencia de género, considera “tremendo que haya audiencias que no se lo planteen” y le parece “un ejemplo más de hasta qué punto el conocimiento sobre la violencia de género no cala en el sistema judicial”. Pero abre más el foco: “Es casi imposible conseguir esa retirada en los casos en los que se ha demostrado violencia habitual, lesiones físicas o psíquicas. En esos casos hay un cierto automatismo para dar la patria potestad compartida y lo que deberían hacer es analizar caso a caso”.

El Defensor del Pueblo va un paso más allá y reclama suspender la patria potestad y el régimen de visitas a presuntos maltratadores. Es “imprescindible” abordar una modificación normativa “que propicie la suspensión temporal de la patria potestad”, solicitó en junio en su último informe anual, en el que volvió a insistir en que “un maltratador nunca puede ser un buen padre”.

“No lo va a olvidar”
La sentencia de la Sala Segunda del Supremo, cuyo ponente ha sido el magistrado Vicente Magro, está impregnada de esta misma filosofía: considerar que un hombre que atenta contra su pareja y madre de sus hijos difícilmente puede ejercer como padre. “No es posible mantener la patria potestad en un contexto de agresividad grave que pueda comprometer a los menores. Y ello puede venir motivado por actos delictivos graves contra ellos, o contra su propia madre, que es lo que en este caso ha ocurrido”, ahonda el Supremo.

En la sentencia recoge y recuerda los otros cinco fallos previos —del 30 de septiembre de 2015 a mayo de 2018— en los que los padres de otros menores intentaron acabar con la vida de sus parejas delante de ellos. Y cita como en cada uno de esos casos se consideró que habría un efecto negativo en el desarrollo de los menores. Una niña, por ejemplo, vio cómo su propio padre arrastró a su madre a la cocina para darle “nada menos, que hasta ocho puñaladas”, “una escena que no va a olvidar en su vida”, recoge la sentencia.
  • Agresión delante de los hijos
  • “No es posible mantener la patria potestad en un contexto de agresividad grave que pueda comprometer a los menores. Y ello puede venir motivado por actos delictivos graves contra ellos, o contra su propia madre, que es lo que en este caso ha ocurrido”.
  • “El condenado por estos hechos no puede reclamar el derecho a la patria potestad cuando su intención era dejar a los niños sin su madre, a sabiendas de que es y será una de las experiencias más traumáticas que puede sufrir un ser humano”.
  • “Resulta, pues, incontestable que no puede haber acto más cruel para un niño que el ver cómo su padre intenta matar a su madre y a presencia suya con un absoluto desprecio del padre hacia su propio hijo o hija de que este sufra por ver tal escena imborrable en su memoria”.

La protección de los niños, según el Pacto de Estado
El Pacto de Estado contra la Violencia de Género prevé una veintena de medidas específicas dirigidas a los menores, aunque ninguna aborda la patria potestad. El acuerdo prevé realizar estudios sobre la situación de los menores (custodia, régimen de visitas, relaciones con el padre maltratador...). Y solicita que se establezca “el carácter imperativo” de la suspensión del régimen de visitas en los casos en los que el menor “hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia”. También recoge “adoptar medidas” que permitan que no se imponga la custodia compartida cuando el maltratador está incurso en un procedimiento penal y hay orden de protección. O prohibir las visitas de los menores al padre en prisión condenado por violencia de género. En caso de que queden huérfanos, se establece garantizarles una prestación, algo que dos años después de la aprobación del pacto aún no está garantizado.

miércoles, 18 de septiembre de 2019

#hemeroteca #abolicionismo #proxenetismo | La impunidad de proxenetas y puteros

Imagen: Público / Un local de 'dance show' en Palma
La impunidad de proxenetas y puteros.
Rosario Carracedo Bullido | Público, 2019-09-18

https://blogs.publico.es/otrasmiradas/23324/la-impunidad-de-proxenetas-y-puteros/

El pasado mes de julio los medios de comunicación se hacían eco de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 24 de julio de 2019, que ratificaba casi en su totalidad la condena a 39 años de prisión para cinco integrantes de una red de trata que captaba mujeres y menores en Nigeria, que eran ofertadas para uso sexual en locales de alterne; mejor dicho, en “zulos”, como los designaba la presidenta de la extinta Asociación de Mujeres de la Noche buscando el día, organización alicantina integrada por supervivientes de la prostitución.

La noticia, acogida con satisfacción, resaltaba que: “...el delito de trata con fines de explotación sexual se comete en diversos clubs de alterne donde se obliga a mujeres extranjeras a prostituirse como si fueran “seres cosificados”... No hace falta irse a lejanos países para observar la esclavitud del siglo XXI de cerca, en donde la dignidad humana carece de la más mínima significación”.

¿Y qué esconde la sentencia?

Para dar respuesta a la cuestión hay que echar la mirada atrás. La causa investigada por un juzgado de instrucción de Madrid se había dirigido también contra una trama local: el dueño del negocio y los tres gerentes que gestionaban los zulos ubicados en las localidades cordobesas de Lucena, Carlota y Villanueva del Duque, entre los que circulaban las mujeres y en los que, casualmente, el día de la intervención policial se alojaban, respectivamente, 13, 15 y 19 mujeres, todas extranjeras. Todos los implicados de la trama local resultaron “felizmente” absueltos.

La explotación económica de mujeres, motor de las tramas de prostitución, goza en nuestro país de impunidad, gracias al Código Penal de 1995, que derogó importantes tipos penales que actuaban como eficaces muros de contención de la actividad del proxenetismo.

Los efectos de la despenalización que trajo el Código Penal de 1995 pudieron constatarse de forma inmediata. Pasamos, en un brevísimo espacio de tiempo, de ser un país de tránsito a ser un país de destino de mujeres prostituidas; incluso hoy somos una plaza de turismo sexual, especialmente, Cataluña, al tiempo que asistimos a un crecimiento vertiginoso de una industria del sexo que tiene el control de más del 95 % de la oferta de mujeres prostituidas que se desarrolla, mayoritariamente, en locales, pisos y otros espacios cerrados y organizados por proxenetas. También la prostitución de calle está sujeta, en la mayoría de los casos, a formas de control.

La expansión de la industria proxeneta solo requiere, como modelo regulativo, que se despenalice la conducta de los que la organizan, promueven y facilitan por mero lucro.

Mientras antaño la mera habilitación de espacios para el ejercicio de la prostitución estaba configurada como una modalidad de proxenetismo (figura penal conocida como tercería locativa), tras el Código Penal de 1995, tal actividad, entre otras, devino impune, lo que facilitó su crecimiento al tiempo que se entró en una espiral imparable: más negocio, más demanda y más mujeres y niñas ofertadas para uso sexual. Además, dado que la oferta local es escasa y hay que tener abastecido el mercado, ello requiere la captación de mujeres que viven en países en los que la desigualdad, la subordinación y la miseria son absolutos para ellas.

Richard Poulin, profesor emérito de la Universidad de Ottawa, señalaba a su paso por Madrid, en el año 2017, que: “España era el país con mayor demanda de mujeres que ejercen la prostitución en toda Europa”. Según datos de la Encuesta Nacional de Salud Sexual del año 2009, el 32 % de los hombres en nuestro país reconoce haber pagado por sexo. La demanda de sexo de pago forma parte, hoy, de las actividades de ocio masculino; devastar mujeres mediante la invasión sexual se ha convertido en una forma inicua de diversión de los varones. En los chats, los puteros intercambian información de los lugares más económicos para las felaciones, de la llegada de carne fresca a zulos, rotondas o pisos, o sobre la procedencia de las mujeres: orientales, africanas, eslavas o latinas; datos que, por lo que se aprecia, despiertan gran interés para ellos.

Nuestro sistema legal no salvaguarda a las mujeres y niñas de la explotación sexual; los dueños, gerentes, arrendadores de zulos, pisos o saunas salen sistemáticamente absueltos, en las pocas ocasiones en que son procesados. A los puteros ni se les llama, ni se les menciona.

Las testigos protegidas 4 y 5, menores de edad, 24 y 25, a las que alude la sentencia del Supremo, fueron violadas “remuneradamente” a diario durante 3 años y 1 mes, 1 año y 7 meses, y 2 años, respectivamente, no por extraterrestres, sino por nuestros puteros locales: vecinos, hermanos, amigos, padres, novios o colegas de trabajo. Sin el dinero que sale de sus bolsillos no habría actividad, ni negocio ni mujeres y niñas damnificadas por la prostitución.

No es una ley contra la trata lo que demanda el feminismo; contamos con suficientes datos y experiencia para saber los limitados efectos y los enormes nichos de impunidad que proporciona la normativa actual.

Lo que exigimos es reamar el muro de contención contra el proxenetismo que derogó el Código Penal de Belloch para que se penalice el proxenetismo en todas sus formas y se sancione conforme al principio de proporcionalidad de la pena a todos los que, con ánimo de lucro, con violencia o sin violencia, con coacción o sin coacción, con abuso o sin abuso de posición dominante, organizan, promueven o facilitan el consumo sexual de mujeres.

Y lo que pedimos es la sanción punitiva de los puteros que, con sus prácticas, se ejercitan impunemente en actos de violencia y subordinación contra, precisamente, las mujeres más vulnerables.

Rosario Carracedo Bullido. Portavoz de la Plataforma de Organizaciones de Mujeres por la Abolición de la Prostitución.


Y TAMBIÉN…
La Policía Local de Palma montó una unidad para dirigir a las prostitutas de Playa y Arenal.

La mafia policial mallorquina destapada con el caso Cursach puso en marcha un servicio de espionaje llamado SIAP que se dedicó a controlar el negocio de la trata y prostitución en la Playa de Palma y S'Arenal, elaborando una base de datos de las prostitutas y los sicarios rumanos que les hacían de proxenetas, con el fin de disponer de la información necesaria para los fines de la organización criminal que se enriquecía con los puticlubs, la explotación de mujeres inmigrantes y el narcotráfico.
Carlos Enrique Bayo | Público, 2019-06-23

viernes, 2 de agosto de 2019

#hemeroteca #violenciasexual | El número de presos por delitos sexuales aumenta un 10% cada año desde 1998

Imagen: El País / Protesta feminista en Sevilla contra una Manada de Manresa
El número de presos por delitos sexuales se ha doblado en 20 años.
Las cárceles han pasado de albergar 1.570 reos a 3.290 desde 1998 debido al incremento de la concienciación y de las denuncias, según dos especialistas
Pilar Álvarez / Óscar López-Fonseca | El País, 2019-08-2
https://elpais.com/sociedad/2019/07/30/actualidad/1564512955_876807.html

Hay un antes y un después. La crudeza de una violación, la credibilidad que se otorga a las mujeres cuando denuncian o la importancia de su consentimiento para considerar que ha habido agresión son debates que han estallado en los tres últimos años como nunca antes con el caso que puso la violencia sexual ante el espejo: el de La Manada de Pamplona. Sus cinco integrantes están entre los últimos presos que han ingresado en las cárceles españolas por delitos sexuales. A finales del pasado junio, 3.290 hombres estaban en prisión condenados por este tipo de crímenes. Son algo más del doble de los internos que había por agresiones o abusos sexuales en las prisiones españolas hace poco más de dos décadas, en 1998 cuando eran 1.570.

El dato está incluido en la respuesta a una pregunta parlamentaria del diputado de EH-Bildu Jon Iñarritu. Distintas especialistas en agresiones sexuales explican este aumento por tres razones: las penas a este tipo de reos pueden superar los 15 ó 20 años, hay mayor concienciación y se conocen más casos. Subrayan, no obstante, que se sigue denunciando poco, aún es un delito sobre el que pesa el tabú y el miedo a no ser creídas.

Una macroencuesta que el Gobierno publicó en 2015 revelaba que un 7,2% de mujeres aseguraron que habían sufrido violencia sexual en algún momento de su vida, lo que equivale a más de 1,4 millones de niñas y mujeres en España.

“Con los datos de esa macroencuesta se ve que queda mucho por hacer. Han aumentado las condenas, pero es importante ver de dónde partimos”, plantea Virginia Álvarez, responsable de investigación en Amnistía Internacional y una de las autoras del informe Ya es hora de que me creas. Un sistema que cuestiona y desprotege a las víctimas. El estudio, de 2018, alertaba de que faltan datos, respaldo y sensibilidad para atender a las víctimas que sufren violencia sexual en España y destacaba la persistencia de “prejuicios discriminatorios”. “Comprobamos todos los cuestionamientos que siguen existiendo cuando una mujer quiere denunciar”, prosigue Álvarez. Explica que socialmente se entienden “las agresiones sexuales que están en el imaginario sobre una violación: la que ocurre en un portal o en un callejón por un extraño”. Pero se sigue cuestionando a aquellas que tienen un agresor “que es una persona conocida y sin que haya mediado una violencia manifiesta”. O que “sigue existiendo la idea de si ella se ha defendido o no, o si iba provocando”.

La responsable de relaciones institucionales de la federación de asistencia a víctima de violencia sexual FAMUVI, Mariti Pereira, coincide en que falta camino por recorrer pero que el caso de La Manada “ha permitido que se empiece a tener una conciencia del grave problema de las agresiones sexuales. Hasta entonces era como clamar en el desierto”. Pereira subraya además que la policía ahora está “más concienciada y preparada” en la atención a las víctimas: “Creen más en las mujeres”.

Virginia Álvarez reclama también más especialización judicial: “A diferencia del ámbito de la pareja o expareja [violencia de género], quienes tratan las agresiones sexuales no siempre son especialistas”. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Ministerio de Justicia han creado un grupo de trabajo para evaluar la gestión procesal de las distintas comunidades y ver la posibilidad de iniciar algún cambio en los tribunales, como ya se hizo con la especialización en los casos de violencia machista. Ellas son las que más lo sufren. Según datos del Ministerio del Interior, las mujeres suponen el 84% de las víctimas de delitos sexuales.

El cambio pendiente en el Código Penal
La reforma de los delitos sexuales en el Código Penal está pendiente. Cuando se conoció el caso de La Manada —cuyos integrantes fueron inicialmente condenados por abuso sexual en un fallo que acabó enmendando el Supremo— el PP en el Gobierno creó una comisión de especialistas para revisar el Código. La retomó el PSOE al llegar al Ejecutivo. Recomendaron eliminar el término abuso sexual o que las agresiones en grupo se equiparen a actuar con violencia. El cambio está a la espera de que haya Ejecutivo.

miércoles, 24 de abril de 2019

#hemeroteca #consentimientosexual | Casado utiliza una referencia incorrecta al Código Penal de 1822 para defender que no hace falta cambiar el consentimiento sexual

Imagen: El Diario / Pablo Casado, en 'El Debate Decisivo'
Casado utiliza una referencia incorrecta al Código Penal de 1822 para defender que no hace falta cambiar el consentimiento sexual.
"La libertad sexual no ha estado reconocida en el Código Penal hasta 1989. Antes se consideraban atentados contra la honestidad", explica la catedrática de Derecho Penal María Acale. En el Código Penal de 1822 la palabra consentimiento aparece mencionada tres veces y ninguna para hablar de delitos contra la libertad sexual. El 'solo sí es sí' busca que jurídicamente no pueda exigirse a las mujeres la mención de un 'no' expreso para considerar unos hechos como agresión sexual.
Ana Requena Aguilar | El Diario, 2019-04-24
https://www.eldiario.es/politica/Casado-referencia-Codigo-Penal-consentimiento_0_891711749.html

"¿En una relación sexual un silencio es un sí?" La pregunta de la periodista y moderadora del segundo debate electoral Ana Pastor buscaba que el líder del Partido Popular, Pablo Casado, se pronunciara sobre las polémicas palabras de su candidata por Barcelona. Cayetana Álvarez de Toledo dijo la semana pasada : "¿Si no es sí, también es no? ¿El silencio también es no?". Casado ha negado que un silencio equivalga a un sí en una relación sexual: "No, ni para mí ni para el Código Penal, eso tiene que ser explícito y figura en el Código Penal desde 1822".

La referencia a esa norma de comienzos del siglo XIX no ya obsoleta, sino incorrecta. La catedrática de Derecho Penal María Acale señala que el consentimiento está regulado en los delitos de lesiones pero no en los delitos contra la libertad sexual. "La libertad sexual no ha estado reconocida en el Código Penal hasta 1989. Antes se consideraban atentados contra la honestidad", explica.

Es el artículo 155 del actual Código Penal el que habla del consentimiento en las lesiones: "En los delitos de lesiones, si ha mediado el consentimiento válida, libre, espontánea y expresamente emitido del ofendido, se impondrá la pena inferior en uno o dos grados. No será válido el consentimiento otorgado por un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección".

En los delitos contra la libertad sexual también aparece mencionado el consentimiento, pero no está definido. Se menciona "sin que medie consentimiento" o bien "cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima". En ningún momento el Código explica si el consentimiento tiene que ser expreso o si un silencio o la ausencia de 'sí' se entiende o no como consentimiento.

Las reformas del Código Penal que proponen tanto el PSOE como Unidas Podemos buscan precisamente poner en el centro de los delitos sexuales el consentimiento. El 'solo sí es sí' busca que jurídicamente no pueda exigirse a las mujeres la mención de un 'no' expreso para considerar unos hechos como agresión sexual.

De vuelta al Código Penal de 1822, la palabra consentimiento aparece mencionada tres veces y ninguna para hablar de delitos contra la libertad sexual. En una ocasión aparece ligada a los indultos, en la segunda ocasión, al aborto, y en la tercera ocasión, a los delitos de robo.

La norma también hablaba de los "raptos contra las personas". "El que sorprendiendo de cualquier otro modo á una persona, y forzándola con igual violencia ó amenazas ó intimidándola de una manera suficiente para impedirle la resistencia, intente abusar deshonestamente de ella, sufrirá la pena del raptor, y ocho años mas de obras públicas, con igual destierro si consumare el abuso". La pena se agravaba si el rapto era de una mujer casada y quedaba reducida a la mitad si era una "mujer pública".

miércoles, 23 de enero de 2019

#hemeroteca #violenciasexual | El Gobierno propondrá eliminar la opción de castigar delitos sexuales solo con multa

Imagen: El País / Protesta feminista contra la sentencia a La Manada
El Gobierno propondrá eliminar la opción de castigar delitos sexuales solo con multa.
La ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha anunciado que propondrá penas de prisión para todos, recuperar la violación y eliminar el concepto de abuso.
El País, 2019-01-23
https://elpais.com/sociedad/2019/01/23/actualidad/1548250642_719715.html

El Gobierno planteará la desaparición de las penas de multa para los condenados por delitos contra la libertad e indemnidad sexual y propondrá penas de prisión para todos, quiere suprimir el delito de abuso sexual para que todos sean delitos de agresión sexual al no existir consentimiento de la víctimas y pretende recuperar el delito de violación en los casos en los que exista penetración sin consentimiento de la víctima.

Estas propuestas, anunciadas por la ministra de Justicia Dolores Delgado después de una reunión con varias asociaciones de mujeres, estarán dentro del anteproyecto de ley que el Gobierno llevará el próximo mes de febrero al Consejo de Ministros, en el que incluirá su proposición de reforma de tipificación de los delitos sexuales en el Código Penal.

Fuentes de Justicia han apuntado que, a juicio de la ministra, ese tipo de penas de multa "banalizan" las conductas violentas hacia las mujeres, y así se lo ha manifestado a las representantes de las organizaciones con las que conversó durante más de dos horas. Una afirmación que también hizo en referencia al delito de abuso, cree que "rebaja la percepción que se tiene" de los delitos sexuales.

Actualmente, el delito de abuso sexual en los casos más leves aplica una pena de prisión de 1 a 3 años o bien una pena de multa de 18 a 24 meses, según se recoge en el Código Penal. Con todo, ha precisado que el Gobierno asumirá las "líneas generales" de la propuesta de los expertos de la sección Penal de la Comisión de Codificación, que llevan varios meses revisando la normativa para hacer una propuesta de modificación que enviaron el pasado diciembre al Ministerio de Justicia y que coincide con el planteamiento anunciado por la ministra Delgado.

Incorpora al texto el consentimiento de la víctima como eje y la violación a la pareja o expareja como agravante, además se deja fuera el término "abuso", se considera "agresión" cualquier atentando contra la libertad sexual y se recuperan el delito de "violación" para los casos más graves.