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sábado, 5 de agosto de 2017

#hemeroteca #justicia | María Naredo, jurista: "El caso de Juana Rivas muestra cómo la justicia prioriza el derecho de los padres sobre el de los menores"

Imagen: El Diario
María Naredo, jurista: "El caso de Juana Rivas muestra cómo la justicia prioriza el derecho de los padres sobre el de los menores".
María Naredo, jurista especializada en violencia machista, analiza los fallos del sistema en la protección de los hijos e hijas de las mujeres víctimas. "La presunción de que él es una mala influencia es errónea, pero también lo es la contraria, que es exactamente la que se está dando". "El grueso de la batalla de la violencia machista se está trasladando de los juzgados de lo penal a los de lo civil, donde se deciden las medidas de visitas y custodias".
Marta Borraz | El Diario, 2017-08-05
http://www.eldiario.es/sociedad/Juana-Rivas-refleja-justicia-prioriza_0_672282898.html

Juana Rivas sigue en paradero desconocido en medio de un periplo judicial con el anuncio de la Fiscalía como último capítulo. El Ministerio Público se opone a la cuestión que quiere anular la sentencia que devuelve a los menores con su padre, condenado en 2009. Un fallo que, para la jurista experta en violencia machista y derechos humanos, María Naredo, entronca con "una ideología intocable para el patriarcado según la cual la violencia machista no impacta en los menores".

Desde 2015 la ley dice lo contrario y considera a los niños y niñas víctimas directas, pero "aunque en los últimos años la normativa ha avanzado mucho, su aplicación práctica no ha variado tanto como debería", prosigue Naredo, que ha sido nombrada recientemente directora de prevención y atención frente a la violencia de género del Área de Gobierno de políticas de género y diversidad del Ayuntamiento de Madrid.

¿Qué ha fallado con Juana Rivas?

Lo que ha fallado es que una vez que el condenado cumple la pena, la justicia vuelve a la ficción de que es un buen padre. El sistema falla en tomar este precepto como punto de partida, cuando debe serlo la escucha de los menores y la investigación. Partimos de una base ideológica según la cual, en la gran mayoría de casos, la justicia sigue entendiendo de forma casi automática que se puede ser un maltratador y un buen padre a la vez.

Un hombre que ya ha cumplido condena, ¿nunca puede volver a ser una figura de referencia para sus hijos e hijas? ¿No es un principio contrario a la justicia restaurativa?

Precisamente al tener esta base ideológica de la que hablamos, la justicia no entiende que se tenga que poner la lupa en la transformación de estas personas. Y es indispensable porque, si no, una vez que se rompe la pareja continúa el maltrato a través de los hijos e hijas.

Para que vuelva a convertirse en una figura de referencia hay dos elementos fundamentales que no se están dando: por un lado, que los padres decidan cambiar, que reconozcan la culpa, que la justicia siente las bases de la reinserción. Por otro lado, es fundamental la escucha de los menores. Qué opinan. Cómo se sienten y qué quieren. Un punto en el que, de nuevo, la justicia falla de manera importante.

¿Qué revela el caso?

Refleja que la justicia suele priorizar el derecho de los padres sobre el de los menores, que sigue siendo un derecho intocable aunque los niños y niñas corran riesgo. Revela que el sistema está ciego a los impactos de la violencia machista. La respuesta no puede ser "cumplida la condena, las relaciones paternofiliales vuelven a su punto de partida". No es así. El sistema debe ser capaz de acreditar cuál ha sido el daño que ha provocado ese hombre en la mujer y en los menores y, a partir de ahí, decidir.

¿Deben estar con Juana?

Nadie dice que esos niños tengan que estar con Juana porque es Juana. No es esa la cuestión. No debe haber una presunción a favor de ella, pero tampoco en contra. La presunción de que él es una mala influencia es errónea, pero también lo es la contraria, que es exactamente la que se está dando porque no se investiga. Si estamos hablando de que esos niños pueden estar expuestos a un riesgo, se debe investigar hasta el último detalle, con rigor, formación y las debidas metodologías.

¿Por qué suele darse esa presunción?

En primer lugar porque la aplicación de las normas está viciada por la ideología que contempla como absoluto el derecho de los padres con sus hijos e hijas. Un presupuesto que hay que poner patas arriba y cuestionar desde el principio cuando hablamos de violencia machista. Sin embargo, el derecho de este hombre y de los niños y niñas a la relación paternofilial es un derecho relativo que se deberá ejercer solo si beneficia a los niños y a las niñas. El que sí es absoluto y debe ejercerse siempre es el derecho a que los menores sean protegidos.

¿Cómo lograr que este sea el precepto inicial?

Teniendo en cuenta que cuando se habla de interés superior del menor, no nos estamos refiriendo solo a que es un principio más o menos teórico, si no una regla de procedimiento. Los menores no son meros objetos de protección de los adultos, son titulares de derechos. ¿Cómo es posible que la justicia siga obligando a un modelo de relación que a los niños o niñas no les beneficia? ¿Por qué ahora resulta que, sin ningún tipo de prueba, se convierte en un buen padre?

Se logra reflejando en las resoluciones judiciales cuáles son los intereses y derechos que pondera el juzgador y en base a qué decide una cosa u otra ante situaciones de menores que no quieren relacionarse con su padre, que fue maltratador y el juzgado les está obligando. Algo que no se ha hecho con Juana Rivas.

¿Se suele tener en cuenta el derecho de los menores a ser escuchados?

No, tampoco a considerar importante lo que dicen. En el caso de Juana Rivas, la psicóloga no escuchó al más pequeño por su corta edad, pero este derecho no tiene un límite por debajo, lo ha dicho el Comité de los Derechos del Niño. Los Estados tienen la misma obligación de escuchar a unos que a otros y cuando un tribunal no lo hace, está contraviniendo la normativa. Aunque no hablen el lenguaje adulto, deben aplicarse las herramientas y metodologías adecuadas. De hecho, España fue condenada en 2016 por Estrasburgo por no haber escuchado a una menor en un proceso similar.

Una vez escuchados, entra el cómo se interpreta la información obtenida. Y ahí está la regla del interés superior del menor: ¿qué se ha puesto en la balanza en el caso de Juana para decidir lo contrario frente a estas declaraciones? Se debe argumentar.

¿Por qué vemos últimamente tantos casos en los que más allá del propio maltrato, la clave está en las medidas paternofiliales?

Porque ahora mismo el grueso de la batalla de la violencia machista se está trasladando de los juzgados de lo penal a los juzgados de lo civil, donde se deciden estas medidas con los hijos. Esto está haciendo que sean más instrumentalizados y mantiene a las mujeres enfangadas en procesos que son violencia judicial contra ellas. Lo civil permite de manera indefinida litigar para cambiar las medidas y eso hacen los agresores. Y lo hacen, además, en un tipo de juzgados donde no tienen para nada perdida la batalla porque no hay formación en violencia machista.

viernes, 13 de noviembre de 2015

#hemeroteca #mujeres | 'Violadas y expulsadas', la doble condena de las mujeres migrantes víctimas de violencia sexual

Imagen: El Diario / María Naredo
'Violadas y expulsadas', la doble condena de las mujeres migrantes víctimas de violencia sexual.
Un informe realizado por la Fundación Aspacia alerta de los obstáculos a los que las mujeres en situación irregular se enfrentan a la hora de denunciar una agresión sexual, como son el miedo a ser expulsadas y la desatención sanitaria. María Naredo, una de las participantes en el informe y experta en violencia de género, asegura que "la violencia sexual es una de las violencias machistas más desatendidas por parte de las instituciones", y las mujeres migrantes son víctimas ademas de una "discriminación múltiple".
Patricia Burgo Muñoz | El Diario, 2015-11-13
http://www.eldiario.es/norte/euskadi/Violadas-expulsadas-migrantes-victimas-violencia_0_451805074.html

“Yo estoy aquí, no tengo tarjeta sanitaria, no tengo cuenta, no tengo nada. Solo padrón, nada más, no pago seguro, no tengo trabajo,… tengo trabajo pero no me pagan, entiendes, sin derechos y sin nada. Como, no sé cómo explicarlo, como un animal salvaje.” Es el testimonio de una mujer rusa víctima de violencia sexual que reside en España en situación irregular desde 2006. Su experiencia forma parte del informe 'Violadas y expulsadas' elaborado por la Fundación Aspacia para visibilizar un drama que persigue a estas mujeres: el miedo a denunciar y enfrentarse a un expediente de expulsión.

"La violencia sexual contra las mujeres es una de las violencias machistas más desatendida por las instituciones". María Naredo, abogada defensora de los derechos de las mujeres y colaboradora en distintas investigaciones sobre violencia de género, discriminación y derechos humanos, ha colaborado en el informe, e insiste en la necesidad de incorporar a la agenda institucional una de las manifestaciones más extendidas de la violencia contra las mujeres, las agresiones sexuales.

En el caso de las mujeres migrantes en situación irregular, estas agresiones son doblemente perjudiciales, porque a esa invisibilidad se une "que es un sector ante el cual la respuesta ha venido por el lado más sancionador", advierte Naredo. El miedo a presentar una denuncia, la aplicación del decreto de la exclusión sanitaria o la falta de apoyo institucional son algunos obstáculos a los que deben hacer frente después de haber sufrido un episodio de abuso sexual.

Para la elaboración del informe la Fundación se ha enfrentado a la falta de datos que hay sobre las víctimas de violencia sexual en situación irregular, ¿cómo se ha abordado esta investigación?
En el informe hemos abordado una realidad doblemente invisible: por un lado la violencia sexual como una de las violencias machistas más desatendidas por parte de las instituciones, y en segundo lugar la situación de un sector como es el de las mujeres migrantes en situación irregular, que también es invisible pero que está marcado porque es un sector ante el cual la respuesta ha venido por el lado más sancionador. El lado sancionador de la persecución por la situación irregular o de la apertura de expedientes de expulsión. Entonces, a la vez que sufren esa situación de inseguridad por la situación de control migratorio, se enfrentan a esa invisibilización por las violencias que sufren. Además no hay datos, hay escasos datos de violencia sexual, en muchos casos desactualizados, pero menos aun cuando los cruzas por nacionalidad y menos digamos si intentas ver el perfil relacionado con la irregularidad administrativa. Esta investigación es eminentemente cualitativa. Hemos recibido los testimonios de en torno a 20 mujeres y a raíz de esos testimonios, hemos ido encontrando esos obstáculos. Y por otro lado también hemos hecho entrevistas con profesionales dentro de la administración que se dedican específicamente a la atención, protección y justicia de las víctimas.

Uno de los epígrafes se refiere a las trabajadoras del servicio doméstico, ¿son estas mujeres las más vulnerables?
Efectivamente la normalización de la violencias sexuales es una cuestión muy importante a tener en cuenta, y nos hemos querido fijar en el servicio doméstico como un lugar donde los derechos laborales y sexuales, en general los derecho de las mujeres quedan muy desprotegidos. Muchas veces se encuentran inmersas en relaciones de trabajos informales y relaciones muy opacas. En estos entornos, lo que pase allí entre la mujer y su agresor, no trasciende, y además esa mujer sabe que en esa situación estructural en la que se encuentra, de falta de poder, hace que ella relegue los abusos o la violencia sufrida a una segunda o tercera prioridad. Como diciendo “yo aquí tengo cosas más urgentes a las que enfrentarme, un trabajo, tengo que alimentar a mi familia…” Toda una serie de prioridades y de urgencias que se hacen muy difíciles de gestionar en esa situación de falta de poder.

¿Cuáles son los principales obstáculos que encuentran esta mujeres?
Hay dos normas directamente discriminatorias por el factor de irregularidad que son el decreto ley de exclusión sanitaria, que coloca a estas víctimas en una posición muy difícil para ejercer su derecho como víctimas de violencia sexual a la atención sanitaria, y no solo a la de urgencia, sino también en el medio y largo plazo que es lo que las guía de la OMS aconseja. Y por otro lado, el derecho a la justicia y a la protección se ve obstaculizado también por la falta de protección en la propia Ley de Extranjería para las mujeres víctimas de violencia sexual, que si bien se avanzó un poco en términos de protección de violencia de pareja, expareja, o en víctimas de trata, en el caso de la violencia sexual se produce un miedo fundado a que la denuncia se cruce con la expulsión, porque la Ley de Extranjería en absoluto protege a estas víctimas. Esoso nos parece una discriminación de primerísima magnitud, y evidentemente esto atraviesa la impunidad de la que se valen los agresores, que saben que a estas mujeres les va a costar mucho más ir a denunciar que a cualquier otra mujer. También es paradigmático que sobre las que acaban denunciando pesa la creencia de que pueden llegar a denunciar para obtener los papeles, lo cual es un poco kafkiano, porque no hay protección legal, pero lo que existe es el prejuicio de que se aprovechan de la denuncia para conseguir los papeles.

¿Qué deficiencias hay entonces en materia normativa?
Lo que existe es un vació en términos de diagnóstico de las desventajas añadidas que estas mujeres tienen, es necesario realizar una detección y una prevención. Los centros sanitarios, por ejemplo, antes del decreto ley de expulsión sanitaria eran un punto muy importante al que acudían casi el 100% de las mujeres que podían estar sufriendo violencia de género o sexual. Y hoy ese escenario tan importante de detección de casos ha mermado. Incluso en la Comunidades Autónomas donde han flexibilizado el decreto, o directamente no lo aplican, las inmigrantes muchas veces tienen miedo por esa creencia de que no tienen los mismos derechos.

En este sentido ¿qué cambios plantea el informe?
En el ámbito estatal, las diferentes comunidades, e incluso algunos municipios, tienen diferentes protocolos. Por ejemplo en el caso de la ciudad de Madrid, detectamos que se prioriza que haya una única puerta de entrada de las víctimas sexual, que es la denuncia, y después ya interviene los sanitario. Sin embargo por ejemplo en el País Vasco existe otro protocolo que incluye una triple entrada: centro de salud, hospital y policía. Nos parece fundamental plantear esa triple entrada, porque hemos detectado algún caso donde las mujeres no quieren ir a denunciar. No solo para la prueba médico forense sobre la agresión sexual, sino también para el ejercicio del derecho a la salud. Porque este derecho no es solo para la prueba, tiene también que ver con los reconocimientos médicos que tienen que garantizar el derecho a la salud de las mujeres. Esa triple entrada es clave, porque estas mujeres con el obstáculo que encuentran en la denuncia pueden ser totalmente perjudicadas con esa práctica.