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domingo, 25 de julio de 2021

#hemeroteca #trans #generonobinario #deportes | La historia de Quinn, primer atleta transgénero en competir en unos Juegos Olímpicos

Imagen: El Diario / Quinn (d) //

La historia de Quinn, primer atleta transgénero en competir en unos Juegos Olímpicos.

El mediocampista canadiense, quien se declaró persona no binaria y transgénero en 2020, es jugador del OL Reign en Washington y es uno de los dos deportistas trangéneros que participa por primera vez en unos JJ OO.
Jackelin D. | El Diario [Venezuela], 2021-07-25
https://eldiario.com/2021/07/25/quinn-primer-atleta-transgenero-competir-juegos-olimpicos/ 

Su nombre es Rebecca Quinn. Tiene 25 años de edad y fue el primer atleta abiertamente transgénero en competir en unos Juegos Olímpicos. Lo hizo con la selección femenina de Canadá, en donde juega en la posición de mediocampista.

Quinn se identifica como una persona no binaria y anunció su transición de mujer a hombre en septiembre de 2020. Esta es su tercera participación en unos JJ OO luego de que en el 2016 ganara la medalla de bronce con su selección.

El defensa también juega profesionalmente para el OL Reign, un equipo de la Liga Nacional de Fútbol Femenino con sede en Tacoma, Washington, y es compañero de equipo de la estrella estadounidense Megan Rapinoe.

“El primer atleta olímpico abiertamente trans en competir”, escribió Quinn en su cuenta de Instagram. “No sé cómo sentirme. Me siento orgulloso de ver a ‘Quinn’ en la alineación y en mi acreditación. Me entristece saber que hubo personas antes que yo que no fueron capaces de vivir su verdad debido al mundo. Me siento optimista por el cambio. Cambio de legislatura. Cambios en las reglas, estructuras y mentalidades”, agregó.

Legislación sobre la participación de atletas trans en JJ OO
En 2004, el Comité Olímpico Internacional (COI) aprobó un primer consenso sobre la participación de atletas trans en los Juegos Olímpicos. En ese entonces se determinó que los deportistas que habían hecho su transición a otro género antes de la pubertad podrían competir en cualquier categoría sin restricciones.

No fue hasta 2015 que el COI emitió unas nuevas directrices que permitían a los deportistas transgénero competir siempre que su participación se adaptase a la normativa establecida por el organismo.

A pesar de la normativa vigente, las federaciones pueden imponer sus propias restricciones y reglas en algunos circuitos internacionales.

Por ejemplo, la disciplina de rugby femenino no permite a las deportistas trans su participación en los torneos. El mismo ejemplo lo adoptan algunas federaciones internacionales que requieren niveles de testosterona más exigentes que los que establece el COI, como es el caso del atletismo, el tenis y el ciclismo para poder participar en la categoría femenina.

Esta exigencia es debido a que algunas mujeres, por causas genéticas, producen la misma cantidad de testosterona que los hombres. Ante esta situación, varias federaciones obligan a las mujeres con esta condición a someterse a tratamientos que reduzcan la producción de dicha hormona masculina.

El ente regulatorio anunció en marzo que esperaría hasta después de los Juegos Olímpicos de Tokio 2020, donde al menos tres mujeres trans van a competir, para entregar nuevas pautas sobre los atletas transgénero.

El último reglamento del COI, que elimina ya la necesidad de operaciones quirúrgicas, establece que quien quiera participar como mujer tiene que declararse mujer, y que no puede cambiar de género al menos durante cuatro años para la práctica deportiva.

Además, fija en un tope de 10 nanogramos de testosterona por mililitro de sangre el máximo que puede tener una mujer para poder participar en pruebas femeninas. Eso les exigirá la toma de medicación para bloquear la llamada hormona masculina, la de la fuerza y la barba. Por otra parte, para las mujeres que hagan la transición a hombres no hay ninguna exigencia.

Los atletas también esperan que cuando se anuncien las nuevas directrices del COI, los demás órganos rectores del deporte podrán decidir y actualizar las reglas.

Más de 120 atletas
El número de atletas LGBTIQ+ que compiten en Tokio es el más alto en la historia de JJ OO. Este año, 121 atletas abiertamente LGBTIQ+ están compitiendo, según un informe compilado por Outsports publicado a principios de julio.

El número es un precedente significativo desde su recuento de 56 en Río de 2016 y el total de 23 en Londres de 2012.

Igualmente, de los 121 atletas, EE UU representa el mayor número de atletas olímpicos con 30 personas que se identifican como miembros de la comunidad LGBTIQ+.

Así como Quinn, la neozelandesa Laurel Hubbard participará en Tokio como la segunda deportista trans. Lo hará en la disciplina de halterofilia femenina y en la categoría de peso superpesado de 87 kg el próximo 2 de agosto.

Hubbard podría hacer aún más historia si consigue alzarse con la medalla, un triunfo que ha dicho que no solo será individual sino también colectivo. La atleta, de 43 años, también es una de las participantes de mayor edad dentro de su categoría deportiva.

La neozelandesa inició su transición en 2013, participando hasta entonces en competiciones de halterofilia masculina, aunque no a nivel internacional.

A pesar de los venideros avances, los atletas trans no solo se enfrentan a restricciones institucionales, sino también al debate público por su condición de cambio de identidad. Es un tema abierto y que se espera, luego de que concluyan los Juegos Olímpicos, que se establezcan más medidas que puedan garantizar mayor inclusión en todo el mundo.

A lo largo de este artículo, se hace referencia a Quinn como “él” en lugar de “ella” para respetar sus deseos sobre el uso de pronombres y su identidad de género.

miércoles, 21 de julio de 2021

#hemeroteca #nobinario #identidades | Argentina, el primer país de Latinoamérica en incluir el género no binario en los documentos de identidad

El Diario / Argentina aprueba la X para las personas no binarias //

Argentina, el primer país de Latinoamérica en incluir el género no binario en los documentos de identidad.

En los pasaportes y DNI se incluirá la nomenclatura X para las personas que no se identifiquen con los géneros femenino o masculino.
Sarahi G. | El Diario [Venezuela], 2021-07-21
https://eldiario.com/2021/07/21/argentina-genero-no-binario-documentos-de-identidad/ 

Argentina marcó un precedente en cuanto al derecho a la identidad para miembros de la comunidad LGTBIQ+. Este miércoles 21 de julio se convirtió en el primer país de Latinoamérica en aprobar la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) y del pasaporte con la incorporación del género no binario.

El presidente de ese país, Alberto Fernández, realizó el anuncio oficial desde la Casa Rosada, en compañía de los ministros del Interior, Eduardo de Pedro; y de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

El decreto establece la inclusión de la nomenclatura X para las personas no binarias, es decir, que no se identifican ni con el género masculino ni femenino.

El documento señala que el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la identidad como ciudadano, por lo que forma parte de los derechos humanos.

El derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida. Se constituye como un concepto genérico que ensambla otros derechos que tutelan diversos aspectos de la persona», indica parte del texto.

Esta normativa hace énfasis en el derecho que tiene toda persona a que sea reconocida su identidad de género legalmente en los documentos de identidad. Esta se ha convertido en una de las principales exigencias de la comunidad LGTBIQ+.

El gobierno argentino adecuará el Registro Nacional de Personas a la Ley de Identidad de Género, la cual reconoce el derecho a la identidad de género como una vivencia interna y subjetiva que no depende ni de las características biológicas ni de las categorías impuestas de varón y mujer.

Antes del anuncio, decenas de personas de ese país obtuvieron una rectificación de sus partidas de nacimiento, por vía judicial o administrativa, para no consignar el género o registrar otra identidad por fuera de la norma binaria de masculino o femenino. Sin embargo, a pesar de tener dictámenes firmes, la administración anterior se negó a emitir nuevos DNI.

Este decreto abarca la inclusión de todas las identidades en los DNI emitidos en Argentina sin importar la nacionalidad o estatus migrante, refugiado o apátrida.

Países con leyes inclusivas de identificación
Desde 2019, Alemania incluyó el tercer género en los registros y documentos de identificación. Se convirtió en el primer país de la Unión Europea en añadir una casilla de “tercer género” en el certificado de nacimiento. Además, desde el año 2013 permite a los padres dejar en blanco la casilla de identificación de género en la partida de nacimiento.

11 entidades de Estados Unidos reconocen la identidad de las personas no binarias en documentos legales. En Australia se incluyó la determinación “no específico” en los documentos legales. Nueva Zelanda incluyó el “género diverso” en los documentos administrativos desde el año 2015.

En 2007, el Tribunal Supremo de Nepal introdujo un recurso para incluir formalmente un tercer género. Desde 2015, los ciudadanos pueden seleccionar un tercer género en sus documentos de identificación.

En Bangladesh se aprobó en el año 2013 una ley que introduce la categoría «hijra» (término para agrupar a las personas intersexuales y transexuales) en documentos de identificación. El gobierno de la India aprobó en 2009 la opción “otro” en trámites de identificación.

En el noroeste de Canadá las autoridades emiten documentos de identidad con la nomenclatura X en lugar de masculino o femenino.

Género no binario
Es un concepto utilizado para describir a una persona cuya identidad de género no corresponde en su totalidad con la identificación de hombre o mujer. Este término corresponde con la identidad de género, por lo que no implica una variación en la orientación sexual. Una persona no binaria no necesariamente tiene que identificarse como homosexual, bisexual o heterosexual, lo cual corresponde a la orientación sexual.