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jueves, 28 de julio de 2022

#hemeroteca #lgtbi #poblacionrefugiada | En Ucrania, los refugios LGBT+ se adaptan a los tiempos de guerra: “Llegan devastados y los ayudamos a superar el shock”

Infobae / Un refugio LGTBI de Alliance Global en Ucrania //

En Ucrania, los refugios LGBT+ se adaptan a los tiempos de guerra: “Llegan devastados y los ayudamos a superar el shock”.

Vladyslav Fomin, de la ONG Alliance Global, habló con Infobae sobre cómo están funcionando los albergues para la comunidad LGBT+ tras la invasión rusa y cómo afrontan una realidad todavía más dramática y peligrosa.
Kirvin Larios | Infobae, 2022-07-28
https://www.infobae.com/lgbt/2022/07/28/en-ucrania-los-refugios-lgbt-se-adaptan-a-los-tiempos-de-guerra-llegan-devastados-y-los-ayudamos-a-superar-el-shock/

Oleksandra, una sobreviviente LGBT+ de la sangrienta invasión rusa en Ucrania que ya cumple cinco meses, no pudo salir de su país por problemas con su pasaporte y sus finanzas. Perdió su trabajo como editora en medios de comunicación a principios de marzo debido a la destrucción causada por los ataques militares ordenados por Vladimir Putin. Su novia sí pudo salir, pero ella empezó a buscar un refugio de personas LGBT+ para protegerse física y psicológicamente en medio de las agresiones. Quería evitar el riesgo de ser violentada como en otros albergues, además de alejarse de cuestionamientos habituales hacia la orientación o la identidad sexual de los inquilinos.

En el refugio LGBT+ donde ahora se encuentra, en la ciudad de Chernivtsi, al suroeste de Ucrania, Oleksandra dice estar preparada para dos escenarios: en el mejor de los casos, rehacer su vida en una región distinta del país o el extranjero; en el peor, sabe que podría morir en cualquier momento durante un bombardeo.

Al igual que a Oleksandra, otras decenas de personas han sido acogidas en uno de los tres albergues que Alliance Global, una de las organizaciones de derechos humanos más antiguas de Ucrania, tiene abiertos en las ciudades de Kiev, Dnipro y Chernivtsi. En los últimos meses han ayudado a más de 300 personas de la comunidad LGBT+ que acuden a ellos gracias al voz a voz y la difusión a través de las redes sociales. En sus sedes, con capacidad de 10 a 15 personas, brindan alojamiento hasta por tres meses, alimentación, atención médica y grupos de apoyo psicológico, todo de manera gratuita.

“Nuestro objetivo es ayudar a nuestros huéspedes a superar el shock, recuperarse, encontrar un trabajo y finalmente un nuevo hogar”, dice Vladyslsv Fomin, gerente de comunicaciones de Alliance Global, en entrevista por correo electrónico con Infobae. Fomin describe el estado en que llegan los huéspedes a sus refugios. “La mayoría vienen a nosotros completamente destrozados y devastados. No son solo víctimas de la guerra. Son personas que lo han perdido casi todo. Nuestro objetivo es ayudarlos a salir de un estado de devastación total y encontrar la fuerza para luchar por ellos mismos y por su vida”.

En su mayoría, los inquilinos son chicos homosexuales o bisexuales que van allí con sus madres o familiares. Sin entrar en detalles, Fomin dice que han sobrevivido a disparos, han huido de sus territorios ocupados por las tropas rusas, han sido conmocionados por el estallido de un cohete o han sido objeto de torturas. “Desafortunadamente, muchas personas LGBT+ todavía se encuentran en territorios temporalmente ocupados, y no sabemos el destino de la mayoría de ellos. Sin embargo, tratamos de mantener el contacto con los que todavía están allí”, comenta.

En una entrevista con la propia organización, su coordinadora Oksana Dobroskok dice que la idea de abrir el albergue nació para crear un “contrapeso” en los casos en que personas de la comunidad LGBT+ perdían sus hogares a causa del rechazo por su orientación sexual o de género. “Intentamos crear un espacio que ayudaría a las víctimas de homofobia o transfobia a ‘esperar a que pase la tormenta’, a resocializar y comenzar una nueva vida”, dice. Antes de marzo, añade, la mayoría de personas que acudían lo hacían huyendo de la guerra. Hoy día son personas que han perdido sus hogares y medios para subsistir.

La organización sobrevive gracias al dinero que aportan entidades como Life 100%, su mayor donante desde 2022. Cuando comenzó la guerra lograron sumar ayudas internacionales de parte de organizaciones como Coalition PLUS, Outright Action International, Aidsfonds, ONUSIDA o la organización ucraniana KyivPride, además de aportes privados procedentes de todo el mundo.

Un logro que celebra la coordinadora es la apertura del refugio de Chernivtsi, donde se aloja Oleksandra. Gracias a uno de sus activistas en la ciudad y la ayuda de los socios donantes, lo tuvieron listo en tres semanas. “Transformamos un espacio completamente vacío con paredes desnudas en un área acogedora con todo lo que necesitábamos, reconstruimos el baño desde cero e hicimos renovaciones. Después de mudarme a Chernivtsi, nuestro activista se fue a servir en las fuerzas armadas de Ucrania”, cuenta Oksana.

Cuando nació oficialmente en 2002, Alliance Global se llamaba Gay Alliance. En 2016 cambiaron a su nombre actual debido a que sus actividades trascendieron más allá de Kiev, la capital ucraniana, donde empezaron. Sus operaciones se concentran también en servicios relacionados con VIH. Fomin destaca que han trabajado estrechamente con el gobierno ucraniano en materia legislativa influyendo en decisiones favorables a la comunidad LGBT+. Como ejemplo, pone el levantamiento de una prohibición discriminatoria de que los hombres gays pudieran ser donantes de sangre, un logro sustancial en un país donde la homosexualidad es legal desde 1991, pero las parejas homosexuales no son reconocidas legalmente.

“Las necesidades de las personas LGBT+ no han desaparecido y seguimos trabajando en este ámbito. Pero en la guerra, los derechos de todos los ucranianos, independientemente de su orientación sexual o identidad de género, se ven amenazados. El derecho a la vida está amenazado”, puntualiza Fomin.

Según el vocero de la organización, antes de la guerra la comunidad LGBT+ ya estaba en una “guerra prolongada” con las élites conservadoras y eclesiásticas. Sin embargo, dice, “la guerra contribuyó mucho a mejorar la situación de las personas LGBT+ en Ucrania, lo cual es paradójico”. En cuanto se detuvo la influencia rusa en su país, “la mayoría de la población ucraniana” se ha mostrado “al menos neutral hacia las personas LGBT+”

Y a las personas LGBT+, sostiene Fomin, no les ha tocado ocupar un rol “diferente” en esta guerra, ya que también han salido con las armas en mano al campo de batalla a defender los intereses de la nación. “Hubo solo un cambio en el campo de batalla”, precisa.

Fomin considera que el final de la guerra no sucederá en el corto plazo. “Será una guerra prolongada porque algunos países de la Unión Europea están bloqueando el suministro de armas pesadas a Ucrania o continúan comprando gas y petróleo rusos. Pero de lo que estamos seguros es de que ganaremos, y nuestra victoria traerá un cambio positivo a la comunidad LGBT+ de Ucrania”, afirma.

Actualmente desde la organización ayudan al Parlamento a redactar una futura ley sobre uniones civiles registradas, que esperan tener implementada a finales de 2023. Adicionalmente, presionan para que se ratifique el Convenio de Estambul, contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica.

Los refugios de Alliance Global (@AllianceGlobalKyiv en Facebook) no han ayudado solo a personas LGBT+ y sus familias, sino a cualquier persona en necesidad de alimentos y suministros médicos. También trabajan en colaboración con militares LGBT+, proporcionándoles alimentos y kits de higiene cuando lo piden.

sábado, 15 de febrero de 2020

#hemeroteca #violenciasexual #politica | La nueva ley de libertad sexual prevé rebajar las penas por agresiones

Imagen: El País / Concentración feminista contra la sentencia a La Manada
La nueva ley de libertad sexual prevé rebajar las penas por agresiones.
Igualdad planea incluir como agravantes la violación en pareja o el uso de fármacos para anular la voluntad de la víctima y estudia cómo castigar el acoso callejero.
Pilar Álvarez | El País, 2020-02-15
https://elpais.com/sociedad/2020/02/14/actualidad/1581704814_345657.html

Es la primera gran medida del Ministerio de Igualdad y uno de los compromisos que anunció el presidente del Gobierno: una ley sobre la libertad sexual que prevé cambios transversales que van desde la formación de quienes atienden a las víctimas, a la educación, la prevención o la respuesta institucional. La propuesta, que el ministerio que encabeza Irene Montero ultima en estas semanas porque quiere presentar el texto en fechas cercanas al 8 de Marzo, planea eliminar del Código Penal el concepto de abuso y reducir las penas por agresión. Además, contempla añadir como agravantes tanto las violaciones dentro de la pareja como aquellas que se producen cuando la víctima tiene anulada su voluntad por haber ingerido fármacos o drogas.

La nueva norma se basa principalmente en la proposición de ley que Unidas Podemos presentó en julio de 2018 —que se denominó Ley de protección integral de la libertad sexual y para la erradicación de las violencias sexuales, aunque ese no será el nombre definitivo— y, en menor medida, en las recomendaciones que un grupo de especialistas (la llamada comisión general de codificación) envió al anterior Gobierno del PSOE después de la conmoción social que produjo el caso de La Manada, la violación de una joven en Pamplona en 2016 por cinco hombres.

La iniciativa, en fase de borrador, puede sufrir modificaciones desde ahora a su entrada en el Consejo de Ministros. Y también en la posterior fase de tramitación en el Congreso, donde la coalición PSOE-Unidas Podemos está en minoría.

El consentimiento
En el eje de la nueva ley estará el consentimiento de las mujeres, un consentimiento “libre, revocable y para unas prácticas concretas” en las que prima el mutuo acuerdo y el derecho a decidir sobre el propio cuerpo, como recogía la proposición de 2018 y recomienda el convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, el llamado Convenio de Estambul que España ratificó en 2014.

La futura ley planea eliminar el concepto de abuso y considerar todos los casos como agresiones sexuales, una idea que se ha mantenido desde que se empezó a plantear la revisión del Código Penal con el escándalo de La Manada. Ese cambio de filosofía, no obstante, no conlleva penas más altas. De hecho, los castigos que se barajan se reducen respecto a los que prevé el Código Penal.

La pena mínima por agresión sexual en la nueva propuesta, según fuentes de la negociación, es de uno a cuatro años frente a la horquilla de uno a cinco años que recoge el Código Penal en su artículo 178. La agresión con penetración o asimilados (vía vaginal, anal o bucal o introducción de objetos) irá de cuatro a 10 años frente a los seis a 12 que contempla el Código en el artículo 179.

La intención, según explican desde el equipo de trabajo, es desterrar la idea de que se pedían cambios “punitivistas”. Argumentan que el movimiento feminista, las mujeres que protestaron en las calles contra las dos primeras sentencias de La Manada que condenaron por abuso y no por violación, no se movilizó por los años de condena o para que los castigos fueran más altos. Pedían que no se cuestione a las víctimas y defendían que si cinco hombres acorralan y violan a una mujer en un portal de dimensiones reducidas sí que existe violencia e intimidación, como finalmente reconoció el Tribunal Supremo en ese caso.

El debate sobre las penas también se planteó en la comisión de expertos previa. Los juristas barajaron que la violación no superase la pena máxima de los homicidios, que suponen 15 años de cárcel, salvo en delitos acumulados. Así quedan otros aspectos:

Agresiones en grupo. El plan es recoger las agresiones en grupo como un nuevo agravante y no como un tipo específico como salía en la propuesta de Unidas Podemos de 2018. El Supremo señaló un camino en la sentencia de La Manada que se puede aplicar sin necesidad de cambios: no fue una sola violación y todos los implicados actuaron como “cooperadores necesarios” del resto, lo que podría haber multiplicado exponencialmente las penas. Es lo que ocurrió el pasado diciembre con la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos a tres exfutbolistas de la Arandina por agresión sexual a una adolescente de 15 años. La pena para cada uno de ellos, aún no firme, es de 38 años de cárcel —14 por su agresión y 24 como cooperadores necesarios—.

Si viola la pareja. Cuando la víctima es o ha sido esposa o novia de su agresor sexual se considerará un agravante, aunque no hubieran tenido convivencia. Igual que pasa con el consentimiento, es un cambio que responde a lo dictado por el citado acuerdo europeo, el Convenio de Estambul y que supone incluir la perspectiva de género en la normativa. Es una modificación que también recogía la propuesta de la comisión de codificación.

Víctimas drogadas. Otro de los agravantes que se añadirán es el relacionado con que el agresor anule la voluntad de la víctima suministrándole fármacos, drogas o cualquier otra sustancia que sirva para ello.

Acoso callejero.
Es uno de los aspectos que ha generado más debate y cuya inclusión aún se está ultimando. La propuesta inicial de Unidas Podemos recoge castigar con multas o trabajo a la comunidad para quien dirija en la vía pública a una persona “proposiciones, comportamientos o presiones de carácter sexual o sexista” que supongan una situación intimidatoria. Ese apartado está en revisión, explican fuentes del Ejecutivo, y se está reajustando porque ha habido jurisprudencia desde que se presentó la proposición de ley de Unidas Podemos hasta hoy.

“Se trata de convertir el ‘yo sí te creo’ en política pública”
La propuesta de ley con la que trabaja el Gobierno, la que presentó Unidas Podemos en 2018, va mucho más allá de cambiar el Código Penal. Considera la violencia sexual como una vulneración de los derechos humanos y prevé combatirla con medidas transversales que ayuden a prevenir los casos.

La nueva normativa recogerá entre sus aspectos esenciales la formación de todos los profesionales implicados en el proceso de prevención de los casos y de atención a las víctimas cuando las agresiones se produzcan. Eso supone revisar, por ejemplo, la formación de sanitarios que atienden a una mujer, para que puedan detectar, asistir y ayudar a rehabilitar a las víctimas. O la de las fuerzas de seguridad del Estado que recogen su denuncia, a los que también se instruirá en temas con perspectiva de género y en medidas de protección integral contra la violencia sexual, igual que en la judicatura. “Se trata de convertir el ‘yo sí te creo’ en una política pública”, resumen fuentes del Gobierno. Entre otras razones, para evitar la revictimización de quienes, en muchos casos, sufren primero por la agresión y, en segundo lugar, porque quienes las atienden no están preparados para ello.

El proyecto prevé ampliar las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y de la Fiscalía especializada para que también traten causas relacionadas con violencia sexual. E incluir la prevención y la sensibilización en el ámbito educativo, con la implantación de contenidos sobre educación sexual para el alumnado en todos los niveles a partir de primaria. Todos estos aspectos requieren fondos económicos específicos que deberán incluirse en la memoria de impacto presupuestario.

jueves, 9 de enero de 2020

#hemeroteca #violenciamachista #violenciavicaria | El Defensor del Pueblo pide a Interior un plan de seguimiento a menores víctimas de violencia machista


Imagen: El País / Itziar Prats
El Defensor del Pueblo pide a Interior un plan de seguimiento a menores víctimas de violencia machista.
Marugan solicita también revisar la custodia y las visitas. Responde a la queja de Itziar Prats, que perdió a sus hijas pese a denunciar las amenazas de su exmarido.
Pilar Álvarez | El País, 2020-01-09
https://elpais.com/sociedad/2020/01/08/actualidad/1578506583_350201.html

La última tenía tres años y esperaba a los Reyes Magos cuando fue asesinada. Se llamaba Ciara. Su padre, Rubén Darío, la mató a ella y a su madre, Mónica Linde, el 6 de Enero. 35 niños y niñas han sido asesinados por sus padres o las parejas de sus madres en los últimos siete años, cuando empezaron a ser contabilizados en la estadística oficial de violencia de género. El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, reclama para ellos un sistema específico de seguimiento integral al margen del que ya existe para las mujeres. Pide que integre las actuaciones de las distintas administraciones que les atienden, desde la policía a los servicios sociales de comunidades autónomas o ayuntamientos. También pide revisar la custodia o permitir el empadronamiento de las mujeres y los niños en los lugares a los que se trasladan para protegerse aunque no den una dirección por motivos de seguridad.

En marzo de 2019, se incluyeron preguntas específicas sobre el potencial riesgo de los menores en los protocolos policiales que se aplican a las mujeres cuando van a denunciar, el sistema viogen. El Ministerio de Interior aprobó este cambio seis meses después de que Itziar Prats perdiera a sus hijas, Nerea y Martina (de seis y dos años), a las que mató su padre, Ricardo Carrascosa, en septiembre de 2018. Y cinco años después de que España firmara en 2104 el Convenio de Estambul, un acuerdo europeo sobre violencia contra las mujeres que incluye entre sus medidas la protección y el apoyo a sus hijos e hijas.

La carta del Defensor del Pueblo en la que desgrana nuevas recomendaciones para mejorar la lucha contra la violencia de género -cuya ley acaba de cumplir 15 años de vigencia- está dirigida precisamente a Prats. Marugán le escribe: "Gracias a testimonios como el tuyo hoy somos más conscietnes de la gravedad del problema y de la necesidad de buscar soluciones que permitan una mejor y mayor protección de estos niños y niñas que conviven en entornos de violencia". Itziar Prats encabeza una movilización tejiendo mariposas que reparte para concienciar de que hace falta un cambio para frenar la violencia machista que empiece desde la educación de los más pequeños. Le han llegado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a distintos miembros de su gabinete. En la sesión de investidura, las llevaba la diputada de Unidas Podemos, Victoria Rosell.

La familia de las niñas, Prats y también los abuelos maternos, reclamaron la responsabilidad patrimonial del Gobierno por no protegerlas, en un escrito en el que señalan los ministerios de Justicia e Interior y que es el paso previo al juzgado. En paralelo, acudieron también al Defensor del Pueblo, que ha revisado el caso con las Administraciones.

Una cadena de errores
El caso de esta madre muestra una cadena de errores que desembocó en el asesinato de las niñas. Itziar Prats denunció el riesgo que corrían sus hijas tras las amenazas que recibió del padre: “Me voy a cargar lo que más quieres”, había advertido él. Ella acudió al Centro de la Mujer de Castellón, lo dijo en una comisaría, en un juzgado de guardia y en el Juzgado de Violencia número 1 de Castellón. Un médico que la atendió alertó de que podía tratarse de un caso de violencia de género. El padre se suicidó tras matarlas.

El abogado de Prats, Gabriel Rubio, considera que las recomendaciones del Defensor "recogen los fallos del sistema que denunciamos desde un principio y del que Itziar y sus hijas fueron víctimas". Recuerda que algunas de esas medidas deberían estar en marcha desde hace años. "Es preocupante que sea el Defensor quien tenga que recordárselo a los órganos competentes. Al menos nos queda el consuelo de que la pérdida de las niñas Nerea y Martina sirva para que todas las administraciones implicadas sean conscientes de la obligación que tienen de cumplir y hacer cumplir los convenios internacionales de los que España es parte".

Informes obligatorios
Marugán también reclama otras medidas que ya están aprobadas pero aún no desarrolladas, como la revisión del régimen de visitas y custodia. El Pacto de Estado contra la Violencia de Género, un texto apenas desarrollado desde su aprobación en 2017, prevé suspender el régimen de visitas y la custodia compartida a los maltratadores.

El Defensor solicita que los puntos de encuentro familiar, que dependen de las comunidades autónomas, hagan informes obligatorios de los casos en los que detecten cualquier situación de riesgo para los menores. Reclama más policías en las unidades de famila y mujer para que "en esos primeros momentos de la denuncia la víctima se sienta escuchada y se reduzca de forma efectiva la duración media del tiempo de tramitación de los expedientes".

En las recomendaciones repara en la doble victimización de las mujeres, a menudo obligadas a un periplo por oficinas y administraciones que el Defensor propone evitar con protocolos de intervención integral y catálogos con todos los recursos a disposición de las víctimas. "Uno de los principales problemas a los que nos enfrentamos es la dispersión de los servicios y los recursos qu ese ofrecen a las víctimas y la falta de coordinación", advierte.

La lucha contra la violencia de género es una de los ejes del programa conjunto de Gobierno PSOE/ Unidas Podemos en un escenario político en el que la tercera fuerza en apoyos, el partido ultraderechista Vox, pide la derogación de las leyes específicas de violencia de género y niegan que exista. Entre las propuestas de ese acuerdo de Gobierno está la puesta en marcha de las medidas pendientes del pacto de Estado y el desarrollo de un Plan Integral de Compesanción, Reparación y Recuperación para mujeres que padecen esta violencia, que incluye impulsar la autonomía económica de las víctimas.

miércoles, 1 de enero de 2020

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | Pamplona, Manresa y Arandina: tres sentencias que marcan la pauta en violencia sexual para 2020

Imagen: Público
Pamplona, Manresa y Arandina: tres sentencias que marcan la pauta en violencia sexual para 2020.
El nuevo año arranca con un compromiso entre PSOE y UP para desterrar el machismo de los tribunales reforzando la formación de jueces y modificando las leyes para que 'solo un sí sea un sí' y lo demás se considere una violación. Tres sentencias emitidas en 2019 por diversos tribunales han sido claves para impulsar dichos cambios.
Marisa Kohan | Público, 2020-01-01
https://www.publico.es/sociedad/pamplona-manresa-y-arandina-tres.html

El nuevo año arranca con un compromiso claro y explícito entre el PSOE y Unidas Podemos para avanzar en temas clave sobre feminismo cuando se forme Gobierno. Entre ellos dos que la sociedad viene reclamando con fuerza desde que se iniciara el juicio contra los cinco integrantes de ‘La Manada’ de Pamplona y que han sido largamente postergados, entre otros motivos por las reiteradas convocatorias electorales: una reforma del código penal que aclare los delitos contra la libertad sexual, y la obligada pero aplazada formación en perspectiva de género de todos los integrantes del sistema judicial.

Si 2018 terminaba con una propuesta legislativa para que cualquier comportamiento sexual sin consentimiento por parte de una mujer fuera considerado violación y tuviera pena de cárcel (lo que no llegó a aprobarse ni debatirse), este 2019 acaba con miles de mujeres pidiendo en las plazas de todo el mundo que se deje de poner el foco en el comportamiento de las mujeres a la hora de juzgar su comportamiento en las violencias sexuales con el canto de "El violador eres tú, iniciado por las mujeres chilenas.

"Que la culpa no era mía, ni en dónde estaba, ni cómo vestía", resumió con tanta fuerza y precisión lo que millones de mujeres sufren a diario en todo el mundo, que su grito resonó en calles, plazas, avenidas y parlamentos de los cinco continentes. Pero también, y especialmente, ante los tribunales de justicia, una de las instituciones en donde la persistencia de estereotipos de género, prejuicios y mitos acaban revictimizando a las mujeres y poniendo sobre ellas el escrutinio de las acciones y los comportamientos, en lugar de hacerlo sobre el de los agresores.

En nuestro país, en tan sólo seis meses de 2019, los que van de junio y noviembre, tres sentencias sobre agresiones sexuales en grupo de tres tribunales distintos han copado la actualidad informativa y el debate público. Tres sentencias muy diferentes que volvieron activar la petición por parte de juristas y expertos, pero sobre todo de la ciudadanía, sobre la necesidad conseguir una justicia menos machista y que esté formada en perspectiva de género. También la urgencia de acometer cambios legislativos que aclaren la tipificación de los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal, para que se tenga en cuenta el consentimiento explícito de la víctima y no se basen, como en la actualidad, en la violencia o la intimidación que se ejerce contra ellas.

Este lunes, el acuerdo de Gobierno alcanzado entre PSOE y Unidas Podemos, se vuelve a comprometer con el impulso de muchas de estas medidas: reformar las leyes para blindar que sólo un "sí sea sí", y para garantizar que la falta de consentimiento se entienda literalmente "que, si una mujer no dice SÍ, todo lo demás es NO". Esta interpretación está contenida en el Convenio de Estambul, un tratado fundamental de derechos humanos ratificado por España en 2014 y que por tanto es parte de nuestro ordenamiento jurídico, pero que no se aplica en la práctica. Esta medida también está recogida en el Pacto de Estado contra la violencia machista que aprobó el Congreso de los Diputados en septiembre de 2017.

El Supremo corrige la sentencia de 'La Manada'
En abril de 2018, la sentencia de la Audiencia de Navarra que condenó por abuso sexual y no por violación a los cinco integrantes de la conocida como ‘La Mandada’ de Pamplona, disparó movilizaciones sociales sin precedentes en nuestro país y en el mundo entero. Éstas ya habían arrancado cuando la Audiencia aceptó como prueba un informe elaborado por un detective privado pagado por uno de los acusados, que hurgando en la vida posterior de la víctima, intentaba demostrar que ésta no se comportaba como una víctima de violencia sexual ni tenía las secuelas esperadas. La sentencia dictada por la Audiencia generó tal malestar social, que el entonces ministro de justicia del PP, Rafael Catalá, pidió a un grupo de expertos una propuesta de modificación de los delitos contra la libertad sexual en el Código Penal.

En junio pasado el Tribunal Supremo cerraba el caso de ‘La Manada’ de Pamplona. Tras dos sentencias de instancias inferiores que sólo vieron abuso sexual, el alto Tribunal entendió que los hechos probados en la sentencia relataba una violación en toda regla, en la que existieron dos componentes básicos que los tribunales inferiores no habían tenido en cuenta: la "intimidación ambiental" y la "cooperación necesaria", es decir, que no se debieron juzgar los hechos como un único delito continuado, sino como una pluralidad de agresiones, lo que hubiera obligado a considerar a ‘La Manada’ como autores y partícipes de múltiples delitos de agresión sexual. Esto, que hubiera incrementado las penas de forma considerable, no podía ser corregido por el Supremo en el recurso de casación, por lo que el alto Tribunal se limitó a incrementar la penas de cárcel de nueve a 15 años por violación.

No hubo grandes novedades. El Supremo ya había sentado jurisprudencia sobre estos aspectos, por lo que la sentencia, para diversas expertas consultadas por Público a lo largo de esos días, "puso las cosas en su sitio". Esta sentencia confirmó, según dichas fuentes, dos cosas: que se es imprescindible una amplia formación en perspectiva de género para jueces, juezas y demás actores de sistema de justicia, y que es imprescindible una reforma legal que clarifique el concepto de violación y que éste se acerque a lo que la ciudadanía entiende por dichos delitos.

'La Manada de Manresa' vuelve a encender las alarmas
Sólo cuatro meses después de esta sentencia del Supremo, otra de la Audiencia de Barcelona volvió a poner el tema del consentimiento en el debate público. En su sentencia sobre la conocida como Manada de Manresa, estableció que la violación por turnos a una niña de 14 años no constituyó un delito de agresión sexual sino de abusos, y condenó a penas de entre 10 y 12 años de cárcel a cinco de los seis procesados.

El tribunal descartó en la sentencia la tesis de la Fiscalía de que los procesados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para intimidarla y agredirla sexualmente. En cambio, concluye que se trata inequívocamente de un delito de abusos sexuales no consentidos al "quedar demostrado" que la víctima estaba inconsciente y "sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales", por lo que descarta el delito de agresión sexual (violación) al no apreciar violencia o intimidación en esos hechos.

A pesar de que los hechos probados recogen que existieron quejas por parte de la víctima en diversos momentos de la agresión, éstos no fueron tenidos en cuenta a la hora de determinar que se trató de una violación que no contó con el consentimiento expreso de la menor. Diversos expertos y juristas consultados por Público sobre la sentencia, resaltan el hecho de que en los juicios por violencias sexuales se tiene más en cuenta el comportamiento y el estado de las víctimas, que las acciones de los agresores.

"El delito contra la libertad sexual es uno de los pocos en donde el examen que se hace de la conducta de la víctima es más intenso y extenso que el que se hace de los acusados. Parece que para la calificación del delito diera igual lo aberrante que haya sido la conducta de los delincuentes, pero si la actuación de la víctima no intachable o prototípica se puede poner en entredicho toda la construcción del delito. Esto sigue pasando. Se sigue valorando de forma distinta a determinadas víctimas ante distintos delitos y es lo que tenemos que empezar a cambiar, porque se trata de puros prejuicios y estereotipos de género", afirma Carla Vallejo, penalista y portavoz de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE).

Para algunas expertas, el simple hecho de cambiar el Código Penal, no es suficiente. Así lo afirma la jurista Tania Sordo para la que "un cambio legislativo como el que se ha propuesto por el Gobierno en la pasada legislatura para clarificar los delitos contra la libertad sexual es importante pero no suficiente. "Es imprescindible que estos cambios vayan acompañados de una formación en profundidad en perspectiva de género, en estándares internacionales y en una formación específica sobre violencia sexual a todos los operadores jurídicos. Si el cambio legislativo no va a acompañado de esta formación, la experiencia de otros países nos muestra que la interpretación que se haga de las leyes va a continuar estando basada en estereotipos y prejuicios, que lo que hacen es juzgar a las víctimas, reducir las condenas o absolver a los presuntos violadores".

'La Arandina' aplica la jurisprudencia
Este mes de diciembre, la sentencia de la conocida como "Manada de la Arandina" marcó una línea muy distinta a la sentencia de Manresa. En ella, la Audiencia de Burgos aplica a pies juntillas las principales jurisprudencias emitidas por el Tribunal Supremo en los últimos años, y que recordó en la sentencia de La Manda de Pamplona. Así el tribunal condena a los tres acusados a penas que suman en total 114 años de prisión por considerar que violaron a una menor de 15 años utilizando la "intimidación ambiental" y entender que cada uno de ellos es responsable de sus propias penetraciones, así como cooperadores necesarios de las de todos sus compañeros.

Por estos delitos, la Audiencia los condenó a 14 años de prisión por sus propios delitos y a 24 por la participación en los delitos de los demás, lo que supuso una condena para cada uno de 38 años de prisión.

Para diversas expertas consultadas, esta sentencia supone, por fin, la aplicación en tribunales inferiores al Supremo de la jurisprudencia que éste ha venido reflejando en los últimos años en diversas sentencias y supone un mensaje contundente "que servirá para prevenir futuras violaciones grupales".

"Durante años, muchas juristas veníamos reivindicando la aplicación de este concepto como una forma de valorar las agresiones sexuales, porque no se estaba aplicando en tribunales inferiores al Supremo. Esta intimidación ambiental supone una manera de explicar aquellas situaciones en las que por el mero hecho de estar, un grupo de personas genera una situación de indefensión a la víctima que ve mermada su capacidad de defensa, hasta el punto de imposibilitar su capacidad de defenderse", Lucía Avilés, portavoz de la Asociación de Mujeres Juezas de España.

Sin embargo la sentencia de La Arandina vuelve mostrar la necesidad para algunas juristas, de revisar no sólo la tipificación de los delitos penales en el Código Penal, sino además, revisar si las penas están lo suficientemente ajustadas.

"Esto es lo que se venía pidiendo en la reforma del Código Penal: que se revisaran tanto los tipos como las penas en las agresiones sexuales. No para que se aumentaran o se disminuyeran, sino para que fueran proporcionadas. Porque a veces puede haber deficiencias en un sentido y en otro. Es tan negativo el exceso como el defecto para prevención. No estoy diciendo que ésta [la de Arandina] sea excesiva, tenemos que mirar con calma la sentencia, pero entiendo que llame la atención", comentó Esther Erice, coordinadora de la Comisión de Violencia de Género de Jueces y Juezas para la Democracia (JJPD).

Juzgar sobre el consentimiento, no sobre la violencia
Los principales tratados internacionales que firmados por España en materia de derechos de las mujeres establecen la necesidad de juzgar los delitos sexuales en función de la existencia o no de consentimiento explícito de la víctima y no en función de la intimidación o la violencia que se ejerce sobre ésta. Así lo hace el Convenio de Estambul, ratificado por nuestro país hace ahora cinco años y el Convenio de antidiscriminación de Naciones Unidas (CEDAW por sus siglas en inglés). Dos convenios internacionales que al ser ratificados por nuestro país son parte de la jurisdicción de nuestro país, aunque raramente se apliquen.

También el Pacto de Estado contra la violencia de género aprobado por mayoría de todos los grupos de Congreso en septiembre de 2017 establece este cambio de perspectiva.

La realidad es que sólo una decena de países europeos definen la violación en relación al consentimiento de la víctima, y España no se encuentra aún entre ellos. Esto supone que la víctima necesita poder demostrar que durante la agresión existió intimidación o violencia, requisito indispensable para que se aplique el tipa penal de agresión sexual (violación). Este proceso, tal como han repetido hasta la saciedad diversos expertos juristas, acaba poniendo el foco en el comportamiento de la víctima y no en el de los agresores.

Tal como recordó un grupo de expertos formado por varios relatores especiales y miembros del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas el pasado 25 de noviembre, con motivo de la celebración del Día Internacional de la Violencia contra la mujer, "los sistemas de justicia penal que definen la violación basada en el uso de la fuerza a menudo requieren evidencia de que el perpetrador usó la coerción y la víctima no pudo defenderse. Esto obliga a la mujer a demostrar que se resistió al abuso, y si no puede hacerlo, el violador sale libre mientras la víctima queda estigmatizada".

viernes, 5 de julio de 2019

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | La pornografía como un mal socia

Imagen: El País / Protesta en Barcelona contra la puesta en libertad de La Manada
La pornografía como un mal social.
El mensajes del Supremo es claro: aquí no cabe la impunidad de los que querían proyectar su “triunfo”.
Pilar Llop Cuenca | El País, 2019-07-05
https://elpais.com/sociedad/2019/07/05/actualidad/1562345658_761721.html

Acabamos de conocer la sentencia del Supremo que corrige una calificación jurídica de unos hechos interpretados por los tribunales previos como abuso sexual continuado y no como lo que son, al menos diez violaciones en grupo. La resolución salda una deuda histórica con las víctimas de los atentados sexuales por el trato que tradicionalmente se les había dado en estas causas y actúa como calmante de la “ira de las mujeres”, una sensación que Rebecca Traister en su libro ‘Buenas & Enfadadas’ concibe como una reacción contra el machismo y la falsa y supuesta superioridad masculina que lleva a la cosificación de la mujer.

Un sentimiento de repulsa que nos ha movido a muchas, de modo pacífico pero contundente, a significarnos en este caso que trasciende a toda una concepción sobre la libertad sexual de la mujer en nuestro país. Los mensajes del Supremo son claros: aquí no cabe la impunidad de los que querían proyectar su “triunfo”, como dice la sentencia; avisa sobre la gravedad de las penas para los violadores, particularmente en grupo y restaña un principio jurídico que parecía roto, el de la seguridad jurídica, deshaciendo el nudo judicial que había estrangulado el bien protegido que no es otro que la libertad sexual.

La sentencia explica qué se debe entender por intimidación en un caso en el que la mujer “estaba agazapada, acorralada contra la pared por dos de los agresores y gritando”, volcando así las interpretaciones de las instancias. Pero también menciona una cuestión de mayor calado en estos asuntos: el consentimiento explícito. Si bien sabemos que nuestro Código Penal no lo contempla, la sentencia deja una ventana abierta a este cambio de paradigma, como un guiño al legislador, señalando que conforme al Convenio de Estambul —ratificado por España en 2014 y de aplicación directa— “el consentimiento debe prestarse voluntariamente como manifestación del libre arbitrio de la persona considerado en el contexto de las condiciones circundantes”. Así, la aquiescencia, ya sea expresa o tácita pero siempre explícita, es exigible en toda relación íntima de carácter sexual. Esto es la libertad sexual, entender otra cosa es poner cortapisas y limitar este bien intrínseco a la persona.

Lo más preocupante es el afloramiento de las violaciones “en manada”. Estas conductas repugnantes se han reproducido y debemos buscar las causas para lograr su erradicación. Byung-Chul Han, catedrático de Filosofía en la Universidad de Berlín, habla de la pornografía como un mal de la sociedad, que hace desaparecer la seducción, la comunicación y se convierte en algo obsceno donde los cuerpos se cosifican y las mujeres aparecen vejadas, humilladas y violentadas. Que esto se normalice es alarmante. En este caso, además, los hechos se grabaron y difundieron construyendo un Arco del Triunfo virtual, y varios vitorearon lo que es atroz. A esta manada el Arco del Triunfo les ha salido muy caro.

Pilar Llop es jueza, diputada autonómica y exdelegada del Gobierno para la Violencia de Género.

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | ‘Solo sí es sí’ y otras cuestiones que zanja el Supremo sobre La Manada

Imagen: El País / Protesta feminista contra la sentencia a La Manada en Valencia
‘Solo sí es sí’ y otras cuestiones que zanja el Supremo sobre La Manada.
El alto tribunal cierra el debate sobre el consentimiento y la intimidación, refuerza la credibilidad de la víctima y acaba definitivamente con el 'jolgorio',
Isabel Valdés / Pilar Álvarez | El País, 2019-07-05
https://elpais.com/sociedad/2019/07/05/actualidad/1562324808_484789.html

Se cuestionó el relato de la víctima, si era normal que sonriese, que saliera con sus amigos y siguiera con su vida, como acreditó un detective que la siguió. Se debatió si en aquel portal de la calle de Paulino Caballero número 5 hubo "juerga" —el voto particular del juez Ricardo González definió aquella noche como "un ambiente de jolgorio y regocijo"—; se discutió si el hecho de no decir "no" significaba sí. Si ellos eran conscientes de lo que estaban haciendo. Si ella sabía lo que iba a pasar. Si la presión social y mediática estaba formando parte del juicio dentro del propio tribunal.

Durante tres años, el caso de La Manada ha despertado varios debates que se han discutido dentro y fuera de las salas de la Audiencia Provincial de Navarra, del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad y del Supremo. Ahora, al filo de que se cumplan tres años, el alto tribunal los apuntala con una sentencia de 133 páginas en torno a los delitos sexuales y condena a los cinco hombres a 15 años por un delito continuado de violación. Esto es lo que concluyen los magistrados Andrés Martínez, Andrés Palomo, Ana María Ferrer, Vicente Magro y Susana Polo, la ponente, sobre las polémicas.

Una clara intimidación
Desde el principio, la clave para determinar si fue un abuso o una agresión sexual estuvo en la intimidación, que es, junto a la violencia, el acto que determina uno u otro tipo penal. Fuentes jurídicas señalan que, mientras que la violencia es fácil de discernir, no lo es tanto la intimidación. Tanto en la primera sentencia, de la Audiencia Provincial, como en la segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), las salas determinaron abuso sexual con prevalimiento porque entendieron que no existía intimidación. Ahora, el Supremo sienta lo contrario.

“De los hechos probados se deduce la consideración de que no estamos ante una intimidación menor que permita aplicar la figura del prevalimiento, sino ante una intimidación grave que debe determinar la calificación jurídica de tales hechos como agresión sexual”, dice la sentencia. Y recuerda que “el efecto intimidatorio puede producirse por la simple presencia o concurrencia de varias personas”. Desde el ámbito jurídico, explican que no hay tanta doctrina sobre la intimidación, por lo que este fallo ayuda a sentar jurisprudencia sobre un hecho en el que “puede haber una frontera muy fina, pero no era este el caso”. “Aquí, el relato de los hechos describe con claridad una situación intimidatoria”.

La necesidad de un consentimiento expreso
“En el contexto que se describe en los hechos probados, el silencio de la víctima solo se puede interpretar como una negativa”, señala de forma contundente la sentencia. No se trata de que la víctima diga que no, los magistrados se alinean de esta forma con el “Solo sí es sí” que también se coreaba en las manifestaciones y que forma parte de la filosofía que el Gobierno quiere impregnar en el anunciado cambio del Código Penal en el que prevén eliminar definitivamente la tipificación de abuso.

La sentencia hace mención expresa del convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, el llamado Convenio de Estambul. España lo ratificó en 2014: “El consentimiento debe prestarse voluntariamente como manifestación del libre arbitrio de la persona considerado en el contexto de las condiciones circundantes”. Esta referencia, a juicio del tribunal “deja clara la imposibilidad de interpretar una ausencia de resistencia física como tal voluntad, la misma debe manifestarse de forma expresa o deducirse claramente de las circunstancias que rodean al hecho.

Los cinco condenados actuaron “con pleno conocimiento” de que atentaban contra la libertad sexual de la víctima “sin que en ningún momento esta prestara su consentimiento”. Y prosigue: “Acceder significa consentir en lo que alguien solicita o quiere. No consta en los hechos probados que la víctima consintiera o accediera a mantener tales relaciones, ni tan siquiera de manera subliminal”.

No hay que resistirse
Una de las ideas que inspiró al alto tribunal para esta sentencia es que “una mujer no tiene la obligación de decidir entre que la violen o la maten”. Por eso, apuntan expertos jurídicos, la existencia de una violación no debe venir determinada por cuánto se resiste la víctima. En la sentencia se alega que si un agresor ejerce una intimidación clara y suficiente, como ocurrió en el caso de La Manada, “la resistencia de la víctima es innecesaria, pues lo que determina el tipo es la actividad o la actitud de aquél, no la de ésta”. E incide, como ya se ha apuntado en diversas ocasiones a lo largo del proceso por parte de las fiscales Elena Sarasate (TSJN) e Isabel Rodríguez (Supremo), que no es admisible “forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores”.

La credibilidad de la víctima
La defensa de los integrantes de La Manada llegó a contratar a un detective privado para seguir los pasos de la víctima en los días posteriores a las agresiones sexuales. La sentencia del Supremo recuerda este hecho y lo relaciona con “una intromisión en su intimidad [la de la joven] que la tenía preocupada, incluso temía por su propia seguridad”. El Supremo despeja así otra vía: el hecho de que una mujer intente hacer vida normal en los días posteriores a ser agredida no supone en ningún caso una prueba de que lo que denuncia no haya pasado.

Frente a la imagen de un “jolgorio” que describió el magistrado discrepante de la primera sentencia, el Supremo replica: “Difícilmente, el modo en que los acusados abandonaron el portal, dejando a la víctima desnuda y sola, y sustrayendo uno de ellos su teléfono móvil, son indicativos de una “juerga” pactada con ella”.

El riesgo de la doble victimización
Las víctimas de violencia sexual, o de otras formas de violencia contra las mujeres, sufren la agresión y después un segundo proceso por el tabú que envuelve estas situaciones, el trato de los tribunales o la presión pueden convertirlas en dobles víctimas. El Supremo repara en ello en su revisión de la indemnización, que dobla de 50.000 a 100.000 euros y señala los daños morales vividos por ella. Alude a la trascendencia e impacto social del procedimiento, como apuntaban los abogados de la víctima o su revictimización en redes sociales que le ha supuesto “incluso, mayor dolor y sufrimiento, si cabe, al verse juzgada y maltratada”.

viernes, 3 de agosto de 2018

#hemeroteca #violenciamachista #politica | Las víctimas de violencia machista recibirán protección sin tener que declarar contra su agresor

Imagen: El País / Protesta contra la violencia machista en Tenerife
Las víctimas de violencia machista recibirán protección sin tener que declarar contra su agresor.
El Gobierno aprueba varias medidas urgentes para ampliar y desarrollar el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Isabel Valdés | El País, 2018-08-03
https://elpais.com/politica/2018/08/03/actualidad/1533298389_388241.html

Hasta ahora, las mujeres que sufrían violencia de género tenían que denunciar para poder recibir protección por parte del Estado, era la única forma de acreditar la condición de víctima. Ya no. Este viernes 3 de agosto, el Consejo de Ministros ha aprobado varias medidas urgentes para ampliar y desarrollar el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, entre ellas la modificación de la Ley integral para que las víctimas no tengan que declarar contra su maltratador para recibir protección social y jurídica; un informe del Ministerio Fiscal, los servicios sociales, los servicios especializados o los servicios de acogida bastará para dar fe de la situación a través de un procedimiento que será diseñado por el Gobierno y las Comunidades Autónomas.

Hace unos días, en la presentación de algunos altos cargos del Ministerio de Igualdad, Carmen Calvo, vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, recordaba la urgente necesidad de acercarse al cumplimiento del Convenio de Estambul, aprobado en 2011; entre sus muchas medidas, y en relación a este cambio, está la de tener servicios de protección que no dependan de la voluntad de las víctimas de emprender acciones legales contra su agresor. Y es hacia ahí hacia donde caminan todas estas modificaciones que, según Calvo apuntó, debían estar en funcionamiento "con todos los recursos activos" y cuanto antes con los Ayuntamientos como "puntos focales".

Devolución de competencias y distribución finalista y directa de fondos. A los consistorios, pilares fundamentales para la prevención por ser los más cercanos a la ciudadanía, se les han devuelto las competencias en cuanto a promoción de la igualdad y lucha contra la violencia de género a través de la modificación de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local; y sus fondos para esta materia —20 millones de euros para 2018 y 40 millones para 2019— serán transferidos de forma directa y finalista o a través de otras Entidades Locales.

Protección de los menores. El Real Decreto incluye la modificación del artículo 156 del Código Civil sobre la patria potestad para que la atención y la asistencia psicológica de los hijos e hijas no sea algo sobre lo que pueda decidir un progenitor si ha maltratado, agredido o abusado física o sexualmente de ellos o de su pareja y tenga condena por ello.

Apoyo inmediato. Habrá abogados y procuradores de oficio para asegurar la defensa y representación inmediata de las víctimas, que además podrán personarse como acusación particular en cualquier fase del procedimiento.

Ampliación de la compatibilidad en las ayudas. Las ayudas recogidas en la legislación sobre medidas de protección integral contra la violencia de género —que ya eran compatibles con las de la Ley de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual— lo serán también ahora con otras autonómicas y locales.

Y TAMBIÉN…
Las víctimas de violencia machista no tendrán que declarar contra el maltratador para recibir protección.

El Gobierno hará efectiva una trasferencia de 120 millones de euros a las comunidades y ayuntamientos.
EFE | Público, 2018-08-03
https://www.publico.es/politica/victimas-violencia-machista-no-tendran-declarar-maltratador-recibir-proteccion.html

viernes, 13 de julio de 2018

#hemeroteca #violenciasexual | Andalucía equipara a las víctimas de violencia sexual con las de género

IMagen: El País / Protesta feminista contra la sentencia a la Manada
Andalucía equipara a las víctimas de violencia sexual con las de género.
Andalucía da un paso adelante con este cambio en la adaptación del llamado convenio de Estambul.
Ángeles Lucas | El País, 2018-07-13
https://politica.elpais.com/politica/2018/07/13/actualidad/1531509768_356635.html

Por ley. La víctima de violencia sexual será considerada víctima de violencia de género en Andalucía, con independencia de si su agresor era o no su pareja o expareja. Es una de las medidas que aprobará el miércoles el Parlamento andaluz en la revisión de su normativa autonómica contra violencia de género, aprobada en 2007. La equiparación permitirá a estas otras víctimas asistencia letrada durante 24 horas, acceder a servicios sociales o a recursos y ayudas públicas de educación, de vivienda o de salud, entre otras novedades.

Andalucía da un paso adelante con este cambio en la adaptación del llamado convenio de Estambul, un tratado europeo que España ratificó en 2014 pero cuyo contenido aún no ha trasladado a la normativa nacional. El convenio recopila todas las formas de violencia que pueden ejercerse contra la mujer por el mero hecho de serlo, tanto dentro como fuera de la pareja. Castilla-La Mancha es otra de las comunidades que tramita una adaptación a la normativa europea, aunque su proyecto está aún pendiente de aprobación.

La propuesta andaluza, a cuyos principales cambios ha tenido acceso este periódico, no va acompañada de memoria económica. Fuentes de la Consejería de Justicia aseguran, no obstante, que tiene garantizada la financiación en los Presupuestos. “Andalucía da un paso adelante. Fortalecemos nuestra lucha y damos mejor respuesta a las mujeres víctimas y a sus familias”, señaló Rosa Aguilar, consejera de Justicia, tras la inclusión de las enmiendas. Estas son otras novedades:

Sin atestado policial
. Hasta ahora, para ser considerada como víctima y tener acceso a la atención y las ayudas era necesario acreditarlo por resolución judicial, mediante un informe fiscal o un atestado policial. Con este nuevo texto, se pueden gestionar también a través de certificados de los servicios sociales, sanitarios o de centros públicos de atención a víctimas. Además, valdrán informes de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.

Más familiares. El concepto de víctima de violencia de género incluirá también a otros miembros del entorno familiar: personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia que estén sujetas a la tutela, guardia o custodia de la mujer agredida. Queda reglamentado también que las madres cuyos hijos hayan sido asesinados con la intención de dañarla, ya sea su pareja o expareja, sean también víctimas, un supuesto previsto en el nuevo pacto de Estado contra la violencia de género, aprobado en septiembre y para el que se acaban de librar los primeros 200 millones de euros anuales.

Prostitución y acoso. El nuevo texto detalla y amplía las cuatro formas de la violencia reconocidas; física, psicológica, económica y sexual. Se identifican así las agresiones y abusos sexuales contra las mujeres, la violencia contra sus derechos sexuales y reproductivos, la trata, el matrimonio precoz o forzado y las violencias originadas por la aplicación de tradiciones culturales que atenten contra sus derechos. También contempla en su normativa actos violentos como los feminicidios, el asesinato ejercido en el ámbito de la prostitución y la trata; el acoso sexual, “cualquiera que sea el ámbito en el que se produzca, incluido el laboral”, o la explotación sexual de mujeres y niñas y la mutilación genital femenina, “aún con consentimiento de la víctima”, avanza la consejería.

Formación especializada.
“Queremos incidir fuertemente en la formación. Y que el personal de la Administración pública que preste atención a las víctimas esté formado en violencia de género de forma obligatoria”, señala la viceconsejera de Justicia, Isabel Mayo, que destaca que la ley promueve el rechazo de la sociedad hacia el agresor “para eliminar la posible sensación de impunidad”, así como protege la dignidad de las mujeres supervivientes. También se dispondrán cursos de formación para quienes prestan atención a los agresores y para el personal que pudiera formar parte de las comisiones de investigación y tratamiento de acoso sexual y acoso por razón de sexo.

Ciberviolencia. La ciberviolencia, la pornografía no consentida, los insultos y el acoso por motivos de género, la extorsión sexual, la difusión de imágenes de la víctima y las amenazas de violación y muerte son otros de los actos sobre los que legisla la normativa, que también contempla en sus disposiciones la violencia ejercida a través de los medios de comunicación o la publicidad.

Más investigación. La norma también tiene como objetivo potenciar la investigación, en la línea del ya publicado ‘Estudio de los casos de víctimas mortales por violencia de género en Andalucía (2005-2015)’, que concluía que el maltratador mata en casa, a traición y con alevosía. Se incorporan también actuaciones dirigidas a la población masculina, con especial atención a los jóvenes, destinadas a reforzar la sensibilización y prevención de la violencia de género.

lunes, 9 de julio de 2018

#hemeroteca #violenciasexual | Solo once países de Europa reconocen que el sexo sin consentimiento es violación

Imagen: Público
Solo once países de Europa reconocen que el sexo sin consentimiento es violación.
Suecia acaba de aprobar una ley que reconoce la figura penal de la "violación negligente". La mayoría de los países de la UE no cumplen con el Convenio de Estambul que obliga a penalizar todo acto de carácter sexual realizado sin consentimiento.
A. Tena | Público, 2018-07-09
http://www.publico.es/sociedad/once-paises-europa-reconocen-sexo-consentimiento-violacion.html

El sexo sin consentimiento es violación. Esta premisa tan básica se ha convertido en objeto de ley en Suecia hace unos días y ha corregido la legislación anterior que determinaba que para que se reconociera una violación se debía demostrar que el agresor había utilizado la fuerza . De esta forma, la legislación sueca introduce una figura penal necesaria a nivel internacional: la violación negligente.

La medida, que ha sido recogida por la mayoría de los medios internacionales, nos lleva a preguntarnos qué ocurre en Europa y cuántos países ofrecen normas jurídicas similares a la aprobada por el Gobierno sueco. La respuesta: pocos, por no decir insuficientes.

En España sabemos bien como de desprotegidas están las mujeres jurídicamente ante un caso de violación. Y es que, el caso de 'La Manada' ha revelado las deficiencias que la legislación tiene en casos de violencia machista. Sin embargo, y por desgracia, no estamos muy lejos de la norma general europea, en tanto que en la actualidad sólo encontramos once países que reconozcan que el sexo sin consentimiento es violación. Tanto es así, que en la mayoría de las naciones del viejo continente los casos de violación sólo son reconocidos cuando llevan tras de sí violencia y amenazas físicas.

A Suecia debemos sumar Islandia, Alemania, Luxemburgo, Inglaterra, Irlanda del Norte, República de Irlanda, Gales, Escocia, Bélgica y Chipre, cómo únicos países en haber aprobado legislaciones sobre sexo con consentimiento explícito. Si bien es cierto que en los países del norte el debate está vivo y parece que terminará en nuevas legislaciones, por el momento el contraste es bastante pobre: 11 países de 33 cumplen con el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), que obliga a los países firmantes a penalizar todo acto de carácter sexual realizado sin consentimiento.

Y es que, a pesar de que este tratado internacional fue ratificado por más de veinte países europeos, ni tan siquiera la mitad ha procedido a adaptar su ordenamiento jurídico a las realidades del convenio, tal y como denuncia Amnistía Internacional.

"Un número excesivo de sistemas de justicia penal también hacen recaer la carga en que las mujeres luchen en vez de hacerlo en que los autores de tales actos no violen", denunciaba la ONG.

El cambio de la legislación sueca es el camino correcto para cumplir con los compromisos internacionales en materia de género. De hecho, con la nueva ley el país nórdico se sitúa "en línea con el Convenio de Estambul", explica a ‘Público’ Anna Blus, experta en investigaciones sobre derechos de las mujeres.

El Grupo de Expertos en Acción contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (GREVIO) o el Comité de las Partes del Convenio se encargan de que los estados firmantes cumplan con las medidas acordadas en Estambul, las cifras muestran que queda mucho por hacer.

"La firma y ratificación de la Convención son voluntarias, por lo que al convertirse en Estado Parte, el Estado se compromete a cumplir con las obligaciones impuestas por la Convención. Esto, por supuesto, a veces puede llevar tiempo y el proceso de monitoreo de GREVIO es la vía para hacer que los estados rindan cuentas e instándolos a hacer cambios si es necesario", declara Blus.