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domingo, 15 de junio de 2025

#hemeroteca #nobinarie | La lucha de Ed Rojas para ser una persona no binaria en su título universitario: "Es discriminación institucional"

Concentración en EHU apoyando a Ed Rojas //

La lucha de Ed Rojas para ser una persona no binaria en su título universitario: "Es discriminación institucional"

La emisión del título de máster de Ed Rojas en la Universidad del País vasco (UPV/EHU) se encuentra bloqueada, debido a que desde la Universidad argumentan que el Ministerio de Universidades de España no reconoce la categoría. “Desde entonces mi vida y mi carrera se encuentran paralizadas”, lamenta
Maialen Ferreira | El Diario, 2025-06-15
https://www.eldiario.es/euskadi/lucha-ed-rojas-persona-no-binaria-titulos-universitarios-discriminacion-institucional_1_12384197.html

Ed Rojas responde a la videollamada con este periódico pasadas sus 09.00 horas. Se encuentra en Colombia tras pasar una estancia académica en Euskadi en el año 2022, cuando cursó el máster en Estudios Feministas y de Género en la Universidad del País Vasco (UPV/EHU) gracias a la beca de la Fundación Carolina. Cuando regresó a su país, actualizó su cédula de ciudadanía y pasaporte, ejerciendo un derecho reconocido legalmente en Colombia desde 2022: el de registrar el marcador “NB” (no binarie) en los documentos de identificación oficiales. Sin embargo, cuando trató de actualizar su título universitario en la UPV/EHU para que constara que era una persona no binaria, le sorprendió la negativa. “Muchas veces consideramos que España o Europa están más adelantadas en cuestión de derechos que América Latina, pero en este caso no es así”, reconoce Ed, persona travesti no binaria.

El derecho a ser reconocide como persona no binaria en Colombia, es un derecho reafirmado por la Sentencia T-033 de 2022 de la Corte Constitucional, la cual reconoce que las identidades no binarias existen y deben ser protegidas. La Corte dejó claro que el desconocimiento de estas identidades por parte del Estado o sus instituciones constituye una forma de “violencia y trato indigno, que atenta contra el principio de dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y la igualdad real y efectiva”.

Para defender esta cuestión, la semana pasada asociaciones LGTBIQ+, feministas y de migrantes, además de estudiantes y profesores de la UPV/EHU denunciaron el caso de Ed Rojas. “El pronunciamiento de la Corte Constitucional en la Sentencia T-033 no es solo una recomendación local: es un recordatorio de que la identidad de género no puede seguir siendo tratada como una excepción, ni como un problema administrativo. Es un mandato para todos los Estados, especialmente cuando existe cooperación internacional, movilidad académica o vinculación de estudiantes de otros países. Desconocer un derecho reconocido por otro Estado —en este caso, el colombiano— implica una afectación directa a la persona y puede constituir una forma de transfobia institucional”, argumentaron.

Aunque Ed notificó a la Universidad, valiéndose de la ley de su país, el cambio de nombre y marcador de género para actualizar su título de máster, la emisión del título y su correspondiente certificación suplementaria se encuentra bloqueada, debido a que el Ministerio de Universidades de España no reconoce la categoría NB y mantiene un sistema binario de registro que obliga a clasificar a las personas únicamente como “masculino” o “femenino”. “Desde entonces mi vida y mi carrera se encuentran paralizadas. Si quiero solicitar un empleo público o estudiar un doctorado debo mostrar mi título de máster y a día de hoy no lo tengo. Cuando me preguntan por esta cuestión no sé cómo explicarlo. Está siendo un proceso muy duro y frustrante”, reconoce.

Si quiero solicitar un empleo público o estudiar un doctorado debo mostrar mi título de máster y a día de hoy no lo tengo. Está siendo un proceso muy duro y frustrante
“Esta negativa ha tenido graves consecuencias en la vida personal, profesional y académica de Ed, al impedirle el acceso a documentos fundamentales para ejercer su carrera, postularse a oportunidades laborales o académicas, y hacer valer su formación en contextos nacionales e internacionales. Se trata, además, de una forma de discriminación institucional que no puede justificarse por meras limitaciones técnicas o normativas. Negar el derecho a titularse por el hecho de ser una persona no binaria es una forma de exclusión y violencia cisnormativa. Es importante recalcar que la negación de un marcador no binario en documentos oficiales o registros académicos no es una falla técnica: es una expresión del cisexismo estructural que sigue rigiendo las instituciones. Y este cisexismo opera en clave de exclusión, pero también en clave de desigualdad”, denunciaron en la protesta a favor de los derechos de Ed en la que exigieron “la inmediata emisión del título de máster de Ed Rojas, respetando los datos legales reconocidos por el Estado colombiano y que el Ministerio de Universidades de España reconozca los documentos oficiales extranjeros que contemplen identidades no binarias”.

Desde la Universidad del País Vasco (UPV/EHU) alegan que se trata de una decisión del Ministerio de Universidades y que es un paso que legalmente debe dar dicha institución. “Hay que diferenciar entre el cambio de nombre en un título oficial o que aparezca sin género o con género no binario. Nosotros queremos posibilitar también esa opción, pero a nivel Estatal no está permitido. Nuestro protocolo nos permite cambiar el nombre de una persona trans en los documentos administrativos y a nivel informático también estamos dando pasos para que no sea obligatoria la casilla de nombre en las inscripciones”, explica a este periódico Maggie Bullen, la directora de Igualdad de la Universidad pública vasca.

No obstante, para Ed estas palabras no son suficientes y se ha puesto en contacto con un abogado para tomar medidas legales si la solución no se resuelve. “Desde la Universidad aseguran que no pueden hacer nada, pero son ellos quienes han tenido interlocución con el Ministerio de Universidades. A día de hoy no he recibido ningún documento del Ministerio que justifique por qué no es posible que se me reconozca mi derecho a ser una persona no binaria. Me ha dicho que existen precedentes de casos de personas con una problemática similar y que desde ahí podemos conseguir lo que es justo. Es muy complicado poner el cuerpo y está siendo bastante agotador, peor soy consciente de que tengo muchos apoyos, incluso en la distancia y tengo esperanza para lograrlo”, concluye Ed.

Existen antecedentes en España en relación con los derechos de las personas no binarias, como el caso de Andrea Speck, que tras una batalla judicial cinco años en 2024 consiguió que en el Registro Central de Extranjeros, donde se recopilan todo tipo de datos de personas extranjeras que residan o hayan residido en España, le registraran como 'sexo indefinido'. A partir de ahí, el género X o indefinido aparece en las tarjetas de identificación de extranjeros que expide Interior. 

Al ofrecer una opción específica como «no binario» o similar, se facilita un trato más inclusivo y personalizado, respetando la identidad y/o expresión de género de cada individuo
El pasado mayo Sumar presentó una Proposición de Ley en el Congreso que busca el reconocimiento de los derechos de las personas intersexuales y no binarias con la posibilidad de contar con una tercera casilla en los documentos oficiales. “El reconocimiento de la identidad y/o expresión sexual o de género en el Registro Civil, con base en la inclusión de una tercera casilla de sexo que se denomine no binaria o similar, permitiría a las personas no binarias tener una opción formal para identificarse legal y administrativamente. Actualmente, la falta de esta opción puede dar lugar a discriminación y situaciones de abuso, ya que los documentos oficiales que no reflejan la identidad y/o expresión sexual o de género de estos colectivos dificultan el acceso a servicios públicos, la denuncia de violencias y la protección efectiva frente a situaciones de vulnerabilidad”, sostiene la propuesta.

“La inclusión de una tercera casilla es crucial para garantizar que las personas no binarias puedan acceder a servicios médicos, educativos, laborales y sociales de manera adecuada. En algunos casos, la falta de esta tercera casilla provoca dificultades significativas al interactuar con instituciones oficiales, especialmente en áreas esenciales como la salud, la educación o los trámites legales. Al ofrecer una opción específica como «no binario» o similar, se facilita un trato más inclusivo y personalizado, respetando la identidad y/o expresión de género de cada individuo y promoviendo un entorno más justo e igualitario para todos”, detalla el documento, que incluye la modificación de 15 artículos de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, la conocida como Ley trans, para que tenga en cuenta los derechos de las personas no binarias e intersexuales.

La ley propuesta por Sumar introduce además una disposición que establece un plazo de un año para que todas las administraciones públicas implementen las medidas que contempla el texto, que deberá contar con al menos la mayoría simple de la cámara para empezar a tramitarse en el Congreso.

domingo, 25 de agosto de 2024

#hemeroteca #nobinario | Radiografía del reconocimiento de las personas no binarias a nivel mundial

Asistente a la mani del Orgullo LGTBI+ en Valencia, 2023-06-24 //

Radiografía del reconocimiento de las personas no binarias a nivel mundial

Al menos 19 países en el mundo tienen disponibles los marcadores de género no binarios. En España, esta opción no se incorporó en la ley trans estatal por el voto en contra del PSOE.
Candela Barro | Público, 2024-08-25
https://www.publico.es/sociedad/radiografia-reconocimiento-personas-no-binarias-nivel-mundial.html

Imagina que cada vez que tienes que rellenar un documento y señalar tu género falta algo. Para los y las que se identifican como hombre o mujer, este paso rutinario no genera ningún problema. Su casilla siempre está disponible. Sin embargo, las personas no binarias no tienen opción donde ubicarse. Lo que significa que, a nivel legal, no pueden existir tal y como desean. Esta cuestión, que parece tan sencilla de resolver, solo es posible en 19 países del mundo y, además, con garantías muy distintas en cada caso.

En este mapa extraído de la base de datos de la organización Ilga World, una de las más importantes en derechos LGTBI+ en el mundo, se pueden consultar los países que cuentan con marcador de género no binario. El color amarillo indica que está disponible, el morado explica las distintas variaciones en las que esta posibilidad existe, el negro representa que solo está disponible para personas intersex y el gris oscuro que no está claro si hay posibilidad de autodeterminarse como persona no binaria (a partir de ahora, personas NB). El resto de países aparecen en gris claro, en ellos el marcador de género no está disponible o no hay datos.

Las identidades no binarias más allá de Occidente

Visto el mapa, se observa que una gran parte de los países que reconocen la identidad no binaria no pertenecen al norte global. Es el caso de India, Nepal, Pakistán, Kenia o Argentina, en donde varía mucho el tipo de reconocimiento que existe. En Kenia, por ejemplo, solo está disponible para las personas intersexuales, aquellas que tienen características sexuales que no se enmarcan en "hombre o mujer".

Curro Peña, investigador, jurista y autor del informe Reconocimiento legal de identidades no binarias, ha estudiado de manera pormenorizada el reconocimiento legal y administrativo de las personas NB alrededor del mundo. "No todos los estados que reconocen la identidad de género no binaria lo hacen de la misma forma o lo hacen bien. En Pakistán, se permite legalmente una categoría de género no binaria, pero no que hombres y mujeres trans modifiquen sus documentos legales. En India, se reconoce una identidad de género no binaria mediante autodeterminación, pero las personas trans necesitan someterse a cirugía", remarca.

La religión hindú tiene representaciones de dioses con atributos femeninos y masculinos. Bajo esta influencia, países como la India, Bangladesh, Nepal o Pakistán reconocen un "tercer género". El mapa muestra estos países en amarillo porque reconocen el no binarismo, pero de una forma concreta que no termina de ofrecer unos derechos equiparables para la comunidad trans. En la India, por ejemplo, han existido históricamente comunidades como las hijras, kothis, aravanis, jogappas o shiv-shakthis que no se adaptan al rol binario y que, aunque están reconocidas, sufren una gran discriminación.

Al otro lado del globo, en América Latina, países como Colombia y Argentina "están avanzando" en el reconocimiento de la identidad de género no binaria y son, para el investigador, dos buenos ejemplos lejos de la mirada occidental. Sin embargo, el machismo y la lgtbifobia del presidente argentino Javier Milei pueden impactar en la garantía de este derecho que se consolidó por decreto en 2021.

Nueva Zelanda, Islandia y Malta a la cabeza
Algunos de los estados con mayor aval de los derechos de las personas no binarias son Nueva Zelanda, Islandia o Malta. Peña, que ha hecho un análisis comparado por países, considera que existe "relativa sencillez" para la autodeterminación en estos tres. Pero reconoce que el reglamento varía tanto de un país a otro que es complicado hacer una comparación fidedigna de quién está mejor y peor.

"En algunos países, solo se reconoce a las personas intersex, lo cual no es ideal porque no todas las personas intersex son NB y viceversa. En otros, se permite modificar la partida de nacimiento, el pasaporte o simplemente se eliminan los marcadores de género", explica el investigador. Su estudio y el mapa que incluye esta información reflejan la diversidad de fórmulas para asegurar este derecho y también los límites de cada país.

Algunos están mejorando poco a poco. "Alemania recientemente aprobó una ley que permite acceder a una identidad de género no binaria a través de la autodeterminación, corrigiendo su anterior limitación a personas intersex", explica el investigador.

El freno del PSOE al avance en derechos NB en España
En España, la situación está estancada. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha asegurado que la autodeterminación de las personas no binarias "no es una prioridad" para su ministerio. Aunque, recientemente, en una entrevista con ‘Público’ no dejó la puerta totalmente cerrada: "Es verdad que la casilla del no binarismo no está tampoco en los acuerdos con Sumar, los acuerdos de Gobierno. He respondido también a un par de preguntas en el Parlamento sobre este asunto, pero puede llegar el momento", dijo.

Con la aprobación de la ley trans en la pasada legislatura, este asunto pasó al debate público. Se llegaron a incorporar enmiendas a la norma para poder materializar los marcadores de las personas NB pero el PSOE votó en contra. "En España ha habido mucha resistencia. Se intentó con la ley trans estatal, pero el PSOE lo frenó. Primero se propuso permitir borrar el género del DNI y luego, se sugirió que el Gobierno estudiara cómo implementarlo", explica Peña. Las dos fórmulas decayeron por la negativa de los socialistas.

La situación para las personas NB nacionales contrasta con la realidad jurídica para las extranjeras. Tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se reconoció la identidad NB a una persona de nacionalidad alemana, Alana [Andrea] Speck, que cambió su nombre recientemente. Con esta sentencia, 24 personas no binarias extranjeras cambiaron a sexo "X" o "indeterminado" en sus formularios del registro. Pero las personas NB españolas no pueden acceder al mismo derecho. Darko Decimavilla, de No Binaries España, fue le primere en intentar determinarse en el registro después de este cambio y se lo denegaron. Ahora, continúa su lucha en instancias superiores.

Solo Canarias y La Rioja permiten la autodeterminación
Solo Canarias y La Rioja tienen leyes que permiten la autodeterminación no binaria. En junio de 2021, Canarias aprobó una norma que obliga a las administraciones a dirigirse a las personas por su identidad de género manifestada, incluyendo identidades no binarias. En febrero de 2022, La Rioja aprobó una ley similar que permitía modificar documentación administrativa para reflejar una identidad no binaria. Decimavilla, sin embargo, mantiene que "no hay garantías reales" en las comunidades que sí les reconocen. Por ejemplo, en Canarias, la Agencia de Protección de Datos recurrió el texto por ir en contra de su campo de amparo. Algo que Decimavilla asegura que "no es cierto".

Otras regiones como Aragón, el País Valencià, Euskadi y Navarra también mencionan a personas no binarias en sus leyes, aunque sin especificar la modificación de documentos oficiales. En Andalucía, se anunciaron planes para adaptar formularios administrativos a identidades no binarias, y en 2024, Catalunya propuso una ley para incluir una opción no binaria en toda la documentación administrativa. Con todo, la autodeterminación de género para las personas no binarias no está reconocida a nivel estatal ni garantizada en la mayor parte de comunidades.


sábado, 6 de abril de 2024

#hemeroteca #nobinario | Andalucía incluirá nuevas variables de género en sus formularios: "masculino", "femenino", "otros" y "no me representa"

Andrea Speck (i) en el 8M de 2022 con una pancarta de Disidencias del Sur //

Andalucía incluirá nuevas variables de género en sus formularios: "masculino", "femenino", "otros" y "no me representa"

Su cumplimentación será de carácter voluntario para aquellas personas que no se sientan identificadas con la variable sexo que se recoge en el DNI
Javier Ramajo | El Diario, 2024-04-06
https://www.eldiario.es/andalucia/andalucia-incluira-nuevas-variables-genero-formularios-masculino-femenino-no-representa_1_11249234.html

La Junta de Andalucía va a empezar a incluir en sus formularios administrativos una nueva variable relativa al género, la denominada 'tercera casilla'. Pero no serán tres sino cuatro ya que, además de género “femenino” y “masculino”, se incluirá una casilla “otros” y otra que indique “no me representa ninguna opción recogida en el campo sexo”, cuya cumplimentación será de carácter voluntario para aquellas personas que no se sientan identificadas con la variable sexo que se recoge en el DNI.

Según avanzan a elDiario.es Andalucía fuentes de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía, los formularios mantendrán la casilla de la variable sexo (“Hombre” / “Mujer”) puesto que “la Administración debe dar cuenta de ello estadísticamente y cumplir la normativa al respecto”, dicen las fuentes, que aclaran que “en el propio Plan de Igualdad Estatal se recoge que las administraciones tienen la obligación” de recopilar esa información técnica.

Cabe recordar a ese respecto que hace unas fechas este periódico informó de que el Gobierno España habilitaría la tercera casilla de sexo indefinido para personas no binarias en la documentación de extranjeros. La decisión rompió con el binarismo en la administración del Estado, que hasta ahora solo contempla las opciones 'hombre' o 'mujer', tras la victoria judicial de Andrea Speck, la primera persona migrante inscrita en España con género 'indeterminado'.

Campos de carácter general comunes a todos los formularios
Desde la administración de la Junta, consultada por este periódico respecto a las consecuencias de estas novedades en los formularios a cumplimentar en Andalucía, aseguran ser “conscientes” de los mandatos legales en la materia. Por ejemplo, el artículo 47 de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía, que recoge obligaciones específicas para la administración andaluza: “La Administración de la Junta de Andalucía, en el ámbito de sus competencias, deberá adoptar las medidas necesarias para que los documentos administrativos sean adecuados a la diversidad sexogenérica de las personas LGTBI y a la heterogeneidad del hecho familiar”.

Por otra parte, las fuentes explican que, para cumplir con los requisitos exigidos por la Agencia de Protección de Datos cuando se rellene esa 'tercera casilla', “la persona tendrá que dar su consentimiento expreso para que la Administración pueda procesar estos datos”. El regulador de la privacidad, recientemente, vetaba esa casilla en formularios públicos donde no fuera necesaria al considerar que recabar esa información “puede ser incluso contraproducente” para las personas no binarias por “riesgos de discriminación” y terminó sancionando al Gobierno de Canarias. “Lo que no se ve o no se nombra no existe”, dice desde las islas un integrante de la asociación Libertrans.

Desde la Consejería explican que ya tienen el visto bueno del Delegado de Protección de Datos y que ya están aplicando las nuevas directrices en los formularios que se vayan tramitando, asegurando que la inclusión de las nuevas casillas se hará extensiva a todos los formularios administrativos de la Junta de Andalucía. “Los requerimientos específicos lógicamente los establece el órgano directivo competente en ese procedimiento y que es quien confecciona el formulario, pero los campos de carácter general son comunes a todos los formularios que aprueben todos los órganos directivos de la Junta de Andalucía”, indican las fuentes.

Nuevo criterio
La Junta de Andalucía ya había estudiado la posibilidad de modificar los formularios de la Administración para incluir a personas no binarias e intersexuales, haciendo así que la variable sexo no se ciñera al binomio hombre/mujer, como informó este periódico. El pasado verano, de hecho, la administración autonómica se escudaba en dos leyes de igualdad derogadas para no generalizar la tercera casilla del sexo en sus formularios, según una información facilitada a este periódico por el Portal de Transparencia.

Pero parece que, tras su estudio, la Junta abordará de lleno el cambio en los formularios. El empeño de Andrea Peck, una persona no binaria residente en Sevilla que llevaba desde 2019 en litigio con la administración porque su pasaporte alemán constaba ya con sexo indefinido, no así en España, no solo hizo que se resolviera su caso concreto sino que provocó una transformación administrativa para todo el país cuyo guante recoge ahora la Junta de Andalucía con este novedoso anuncio. El Ministerio de Migraciones, a raíz de la sentencia, decidió modificar los 24 modelos oficiales para que los procedimientos incorporen esa tercera opción.

“Va a ser un camino largo romper el binarismo de todas las administraciones”, reflexionaba Speck al respecto. “Esto nunca ha sido solo sobre mí. Nosotres, las personas no binarias, existimos, y tenemos derecho a ser reconocides legalmente”, dijo Speck, de 58 años, que celebraba que su caso sirviera para empezar a “romper el sistema binario de género” en nuestro país.

viernes, 26 de mayo de 2023

#hemeroteca #nobinario | Las personas no binarias como problema

El País / Andrea Speck //

Las personas no binarias como problema

Los paradigmas tradicionales que nos habían servido para definirnos se hallan en descomposición y, como en cualquier época de transición, las tensiones, las dudas y los disensos son inevitables
Octavio Salazar | El País, 2023-05-26
https://elpais.com/opinion/2023-05-26/las-personas-no-binarias-como-problema.html 

Tal y como bien explica en su último e imprescindible libro Paul B. Preciado, vivimos en un mundo “disfórico”, en el que buena parte de los paradigmas tradicionales que nos habían servido para definirnos se hallan en descomposición o, como mínimo, sometidos a una paulatina erosión. En este contexto incierto y complejo, muchas de las referencias que nos servían como espejo y como sostén están saltando por los aires. Estamos viviendo una fase que Almudena Hernando califica como “poshistoria”, un nuevo escenario en el que se están modificando las maneras de definirnos y de relacionarnos. No es solo que el suelo que pisamos se haya ido volviendo líquido, sino que los trajes que durante siglos nos sirvieron para revestir nuestra identidad se nos han ido quedando pequeños. Como en cualquier época de transición, las tensiones, las dudas y los disensos son inevitables. Ahí está como peligro evidente la reacción conservadora que postula el mantenimiento del orden tradicional, de las categorías biológicas y de las esencias que avalen que quienes tienen posiciones de poder no se vean cuestionados por los cuerpos disidentes. En este sentido, el agravio no es solo cosa de hombres.

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha abierto una singular brecha que, con suerte, podría ser el punto de partida para que nuestro ordenamiento revise las categorías que siguen siendo prisioneras del sistema sexo/género. Un reto al que, por cierto, no ha respondido la reciente y discutida ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, en cuya tramitación fueron rechazadas las enmiendas que proponían el reconocimiento de las personas no binarias. El tribunal andaluz ha dado la razón a Andrea Speck, una persona alemana afincada en Sevilla, cuya identidad no binaria habrá de figurar en el registro central de extranjería, tal y como consta en su pasaporte alemán. De esta manera, la sentencia abre la puerta para que el Ministerio del Interior amplíe con una tercera casilla la identificación de los sujetos más allá del binomio hombre/mujer. Una opción que ya es posible en varios países europeos, como Alemania, Países Bajos o Austria, así como en Argentina, India o Canadá. La rompedora decisión judicial deja claro que “la Administración, cualquiera que sea su ámbito territorial (local, autonómica o estatal)” ha de disponer “de datos personales de los ciudadanos, incluidos los de países de la Unión Europea, que se correspondan en el presente caso, con los reales de la identidad sexual (o si prefiere la expresión “identidad de género”, emancipada de la realidad meramente biológica de las personas)”.

El caso de Andrea Speck, al que seguramente se sumarán próximamente otras resoluciones judiciales gracias a sujetos que han iniciado esta batalla por el reconocimiento ante los tribunales, nos enfrenta, en cuanto juristas y en cuanto ciudadanos, a una de esas fronteras en las que hoy se mueven los derechos humanos. Me refiero a la relativa a los procesos de identificación con unos esquemas normativos que durante siglos estuvieron petrificados de acuerdo con un orden heterosexista y por supuesto patriarcal, y en virtud de los cuales todas y todos nos hemos sentido obligados a seguir los mandatos de una determinada casilla (que era de salida, pero también a veces trágicamente de llegada). La apuesta revolucionaria que supone hacer saltar por los aires el dualismo que todavía hoy nos encierra en identidades asfixiantes lo es también porque supone cuestionar toda una estructura de pensamiento, y por lo tanto de poder, edificada en torno a lo binario, a los ejes que nos dividen y que dividen la realidad en pares de opuestos, obviando la aplastante realidad de las múltiples aristas, grises y conversaciones que nos definen y que ojalá definieran el universo que habitamos. Tan simple, y tan complejo, como tender puentes en lugar de bombardearlos.

Un mundo de seres andróginos, en tránsito, nómadas, en permanente construcción y diálogo con las contradicciones, fugas y (des)aprendizajes que nos habitan es el horizonte de posibilidad que ahora se abre. Un ecosistema en el que no tengamos miedo a reconocer el monstruo que cada cual lleva dentro y en el que no haya cuerpos equivocados sino imperfectos y plurales, atravesados todos por las heridas que genera la desigualdad de recursos y de potencias. Emancipados al fin del género y sus mandatos. Un reto que nos obligará, pues, a revisar los presupuestos de la subjetividad jurídica, pero también los éticos y epistemológicos. Sin olvidar, claro, que el desigual reparto de recursos atraviesa siempre nuestros cuerpos frágiles. Todo un desafío para el ensanchamiento del principio de igualdad como reconocimiento de las diferencias, y también para un feminismo que sea capaz de pasar de la rebelión a la revolución, lo cual exige, como bien nos enseñó bell hooks, “destruir el dualismo y erradicar los sistemas de dominación”.

Octavio Salazar Benítez es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba y miembro del Comité de Expertos del Instituto Europeo de Igualdad de Género.

martes, 2 de mayo de 2023

#hemeroteca #nobinarie | Extranjero “indeterminado”: un tribunal obliga a Interior a reconocer en el registro a una persona no binaria

Andrea en una performance 25N en 2021 //
Extranjero “indeterminado”: un tribunal obliga a Interior a reconocer en el registro a una persona no binaria

Andrea Speck consigue no figurar como “hombre” sino como “indeterminado”, “X” o expresión equivalente en el Registro Central de Extranjeros, al igual que en la documentación oficial extendida por las autoridades de Alemania, su país natal
Javier Ramajo | El Diario, 2023-05-02
https://www.eldiario.es/andalucia/extranjero-indeterminado-tribunal-obliga-interior-modificar-sexo-persona-no-binaria-registro_1_10168659.html

Andrea Speck, de 58 años, se identifica como una persona no binaria, ni hombre ni mujer. En uno de sus estados en redes sociales asume el pronombre neutro “elle/they/them”. Fluctuando entre ambos sexos en una sociedad que aún lo divide todo entre lo masculino y lo femenino, y que también es objeto de debate incluso en el movimiento feminista, acaba de cantar victoria de una batalla judicial de unos cinco años y que viene librando desde que se dio cuenta de que aparecía como “hombre” en el Registro Central de Extranjeros, donde se recopilan todo tipo de datos de personas extranjeras que residan o hayan residido en España. De origen alemán, Speck lleva más de diez años viviendo en Sevilla y ha conseguido que dicho registro, dependiente del Ministerio del Interior, acuerde que se modifique su sexo en el mismo y conste como “indeterminado”, “X” o una expresión equivalente.

Una pretensión “legítima” y “plenamente asumible” por la Administración, dice la sentencia que le da ahora la razón, y que así figuraba ya en su pasaporte o, desde 2019, en el registro del Servicio Andaluz de Salud, en virtud de ley trans andaluza, aprobada cinco años antes. La “ausencia de regulación legal” del caso a nivel estatal había hecho que un juzgado de Sevilla desestimara su recurso en primera instancia, en julio de 2019. Previos y en vano fueron sus intentos contra la resolución del Director General de la Policía de diciembre de 2018, que desestimó el recurso de alzada formulado contra el acuerdo de desestimación presunta por silencio administrativo de su solicitud. Tampoco le sirvió “dibujar” de modo reivindicativo una tercera casilla con la “X” cuando cumplimentó su petición, que fue “ignorada por completo”, bromea Speck. Pero ahora, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Sevilla, ha atendido su pretensión en una sentencia “pionera” en Europa, según su abogada, Olga Burgos, que tiene fecha de 23 de enero, inmediatamente anterior a la aprobación de la ley trans (16 de febrero).

Speck asegura que su caso “abre una brecha” en este sentido pero que también siente “el peso de la responsabilidad de sentar un precedente”, siendo consciente también de que “aún queda camino” por recorrer en la materia pero satisfecho por haber “ganado una batalla jurídica” pero “quedan otras muchas y también desde el punto de vista social y política”. Para su abogada, “Andrea será quien es cada vez que se mueva por toda la UE y es puede sentar precedentes para otros estados miembros que no tengan un reconocimiento a la ciudadanía no binaria”, explican ambos a elDiario.es Andalucía.

La Abogacía del Estado había sostenido que el dato relativo al sexo no forma parte del contenido necesario de los que deben figurar en el Registro Central de Extranjeros, que se circunscribe a las situaciones del ciudadano comunitario en España con incidencia en el ámbito de la libre circulación, laboral etc., y donde se hace constar el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad y fecha de registro del extranjero, pero sin mención alguna al sexo. Al igual que el juzgado, subsidiariamente la Abogacía del Estado señalaba que si lo que se pretendía era modificar en un registro español el género o la identidad sexual de una persona, debería estarse a lo regulado en la normativa española, que no posibilita la mención a sexo distinto del de hombre o mujer.

Argumenta ahora el TSJA que, sin embargo, si se examina el modelo de solicitud para la inscripción en el Registro Central de Extranjeros, disponible en la página web del Ministerio del Interior, se advierte que figura una casilla relativa al sexo (“H” o “M”), y en las instrucciones de cumplimentación de la solicitud se indica que se marque la opción que proceda “Hombre/Mujer”. “Por tanto, si bien el sexo no es un dato que figure en la certificación que se expide tras cumplimentar la solicitud de inscripción, sí figura en la solicitud (modelo normalizado) y consiguientemente se encuentra entre los que conoce y dispone la autoridad administrativa en sus archivos. La modificación de un dato que, en un primer momento le fue exigido, es una pretensión en principio legítima para el solicitante e incluso aconsejable para la propia Administración a fin de disponer de información real”, relatan los jueces.

Según documental aportada por Speck y su abogada, la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía había accedido a su petición de que en la base de datos de usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía en lugar de sexo “hombre” figurara el de “indeterminado”, máxime cuando el dato del sexo no figura en la tarjeta sanitaria del usuario, e incluso cita en apoyo de tal decisión la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía.

Por eso la sentencia considera “plenamente asumible” que la Administración, cualquiera que sea su ámbito territorial (local, autonómica o estatal) disponga de “datos personales de los ciudadanos, incluidos los de países de la Unión Europea, que se correspondan, en el presente caso, con los reales de la identidad sexual (o si prefiere la expresión ”identidad de género“, emancipada de la realidad meramente biológica de las personas)”. Ante ello se entiende “de todo punto aconsejable la uniformidad en la información extraída de los datos personales y de otra naturaleza que se soliciten al extranjero, de tal modo que no exista discrepancia entre los que dispone la autoridad del país de origen y los suministrados y a disposición de las autoridades españolas”.

Por todo ello dice el TSJA que “resultaría entonces distorsionador”, como sucede en este supuesto, que en el pasaporte de Speck figure como sexo “indeterminado” y que sin embargo en un registro español como es el Registro Central de Extranjeros figure como sexo el de “hombre”. “No se trata de que a los efectos del Registro Civil español conste como sexo una mención no admitida por la legislación reguladora del mismo como es el de 'indeterminado' sino, exclusivamente, de que los datos de que disponga la Administración a los efectos de un registro como es el central de extranjeros, sean idénticos a los propios del nacional extranjero solicitante de la inscripción, ciudadano de un Estado de la Unión Europea, y que figura en los registros del país de origen”.

“Evitar la disparidad de datos personales, acogiendo los que figuran como propios del interesado según su legislación nacional y que sean estos los que consten en los registros españoles, creemos que supone una respuesta acorde con la finalidad de la inscripción, por lo demás obligatoria, y que, si se quiere trasladar al ámbito del derecho internacional privado podríamos decir que equivale a tomar en consideración la ley nacional del interesado como punto de conexión”, concluye el TSJA en la “estimación sustancial” del recurso de apelación.

Así las cosas, el TSJA acoge la pretensión de Speck de que entre los datos suministrados al llevar a cabo la cumplimentación de la solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros “se modifique” en el sentido de que “en lugar de figurar como sexo el de hombre, conste como tal el de ”indeterminado“, ”X“ o expresión equivalente al ser la que figura en la documentación oficial extendida por las autoridades de Alemania.