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viernes, 8 de febrero de 2019

#hemeroteca #iglesia #patrimonio | Los obispos han inmatriculado en Navarra el doble de propiedades de las conocidas hasta ahora

Imagen: El País / Catedral de Pamplona
Los obispos han inmatriculado en Navarra el doble de propiedades de las conocidas hasta ahora.
Los datos aportados por los registros a instancias del Parlamento foral elevan la cifra a 2.518 y eso solo hasta 1998.
Carmen Morán Breña | El País, 2019-02-08
https://elpais.com/sociedad/2019/02/07/actualidad/1549562650_980736.html

Navarra ya tiene su listado completo de inmatriculaciones efectuadas por los obispos desde 1931 hasta 1998 y suman un total de 2.518 bienes de toda clase, huertos, jardines, casas, iglesias, catedrales, incluso ruinas. Los datos los han entregado los registradores de la propiedad a instancias del Parlamento foral, que así lo pidió al Gobierno de la comunidad. El documento es confuso, porque algunos registros incluyen más de una propiedad, otros mencionan un solar pero no se especifica que sobre él hay una casa construida y algunas dependencias anexas, por ejemplo.

No todas las oficinas de la propiedad han entregado notas simples, en las que se detallan estos elementos. En muchos casos solo se menciona un huerto en el pueblo de Araiz o un casa en Baztán, pero sin especificar dónde. Como buscar una aguja en un pajar. A partir de todo esto, cabe inferir que el enorme listado que maneja el Gobierno con datos de toda España será un galimatías similar.

Pero algo de luz arroja todo esto, si Navarra puede servir como muestra. Antes de 1998, la Iglesia puso a su nombre, sobre todo, bienes rústicos (49,8%) o urbanos (43,7%). Pero llama la atención que un 5% corresponde a lugares de culto, algo ilegal porque en el franquismo y parte de la democracia estuvo prohibido inmatricular templos. A pesar de eso, los obispos lo hicieron. Aznar quiso que, a partir de 1998 lo siguieran haciendo pero dentro de la legalidad y amplió el privilegio de la Iglesia: los obispos podían ya poner a su nombre cualquier propiedad que nunca antes hubiera estado registrada sin entregar un solo papel. Bastaba con su palabra.

Así era en el nacionalcatolicismo y así ha seguido siendo hasta 2015, cuando se derogó esa norma. Ya era tarde para miles de Ayuntamientos y particulares que un día y otro, por casualidad en muchos casos, descubrían como una plaza, una fuente, un campo de cereal, un frontón o un cementerio que sabían de propiedad pública había pasado a manos de la Iglesia por arte de birlibirloque. “Y desconocemos, quizá para siempre, cuántos bienes de los que se apropiaron se han vendido ya”, dice el portavoz de la plataforma ciudadana de Navarra, pionera en la denuncia de este “expolio”, Andrés Valentín.

Carrera por los templos
En fin, que tras 1998, empezó la gran carrera por hacerse con los templos de culto. Hasta 2007, cuando se para la información recopilada en Navarra, el 79,6% de los registros que los obispos solicitaron fueron ermitas, iglesias, catedrales, atrios. Así en Navarra como en el resto de España, donde aún se desconocen las cifras completas. Entre esas fechas, el cómputo de la comunidad foral arroja las siguientes cifras: 1.560 bienes civiles y 938 templos. Las asociaciones ciudadanas que luchan por la recuperación de este inmenso patrimonio repiten siempre que una cosa es destinar a uso religioso un edificio y otra muy diferente es hacerse con la propiedad del mismo. Pero aunque los obispos pretenden que las iglesias son suyas, además se han inmatriculado miles de propiedades que nada tienen que ver con la religión. Ni con donaciones, que ese es otro capítulo.

“En Navarra nos queda ahora por conocer lo inmatriculado entre 2007 y 2015. Pero hemos de recordar que esto no es un problema de esta comunidad, sino a nivel estatal y que se trata de un asunto jurídico y patrimonial, que nada tiene que ver con motivaciones religiosas”, dice Valentín. Sospechan, además, que buena parte de los bienes rústicos inmatriculados pueden ser fincas comunales, por tanto “inalienables, imprescriptibles e inembargables”, pero saben que el camino para revertir “la voracidad inmobiliaria” de la jerarquía católica será largo y difícil. “Por eso nuestra petición al Gobierno es que todo lo inmatriculado a partir de 1978 se declare, en bloque, nulo por inconstitucionalidad sobrevenida”. Además, solicitan que el Estado les proporcione el listado completo desde el origen hasta la derogación de la ley en 2015. “Y que lo hagan con notas simples, para conocer cada propiedad y su ubicación”, añade Valentín.

“La coordinadora Recuperando [que agrupa a todas las plataformas del país] solicita, de nuevo, una entrevista con la vicepresidenta del Gobierno. Ya se la pedimos tras su reunión en el Vaticano y nos respondieron amablemente que nuestros planteamientos se tomarían en consideración. Pero qué mejor forma de hacerlo que conociéndolos de primera mano mediante una reunión”, sugiere el portavoz navarro.

La iglesia devuelve algunas propiedades
San Juan de los Panetes, una iglesia monumental de Zaragoza, ha sido uno de los casos emblemáticos en el litigio entre la diócesis zaragozana y los vecinos a cuenta de las inmatriculaciones. Porque este templo ya pertenecía al Ministerio de Cultura en 1933, cuando se declaró bien de interés cultural y a pesar de ello, un registrador de la propiedad, en 1989, consintió en ponerla a nombre del obispado, algo doblemente ilegal: no se puede inmatricular lo que ya está registrado y además, los obispos no podían utilizar ese privilegio franquista sobre los templos de culto hasta 1998 en que se les autorizó por ley. Después de muchos tiras y aflojas por parte del Movimiento hacia un Estado Laico (MHUEL) contra la jerarquía eclesiástica, el registro ha sido anulado y el conjunto monumental vuelve a estar a nombre del Ministerio de Cultura.

No es el único caso. En Cataluña, Joan Casajoana confirma que la pequeña ermita de Sant Jaume del Clot del Grau ha sido devuelta a la familia que es su propietaria desde hace siglos. "Hemos encontrado papeles de 1688 en los que la Iglesia requiere a los dueños, bajo amenaza de excomunión, que adecenten la ermita con todos sus ornamentos. Otro documento de 1808 les reclama algo parecido, para que puedan dar misa, y esta vez no se dirige a ellos como protectores del templo, sino directamente como dueños". Estas pequeñas iglesias eran muy comunes en las casas de labor de Cataluña siglos atrás, explica Casajoana, que se dedica a revisar lo inmatriculado, porque él mismo es uno de los afectados por un caso similar a este de la familia Grau.

Jorge García, de la plataforma aragonesa MHUEL, también integrada en la Coodinadora Recuperando, dice que es posible que la Iglesia devuelva algunos de los casos más sangrantes, aquellos de los que se tiene documentación fidedigna sobre la propiedad, por ejemplo. La vicepresidenta, Carmen Calvo, nos ha dicho que están manteniendo reuniones bilaterales con la Iglesia. No sabemos qué se está negociando. Con nosotros no se ha reunido, a pesar de que se lo hemos pedido", dice.

miércoles, 22 de agosto de 2018

#hemeroteca #iglesia #patrimonio | Sacar a la luz la opaca lista de bienes de la Iglesia

Imagen: El Páis / Mezquita de Córdoba
Sacar a la luz la opaca lista de bienes de la Iglesia.
El Gobierno espera un informe jurídico para hacer pública la relación de las inmatriculaciones realizadas desde 1998.
Elena G. Sevillano | El País, 2018-08-22
https://elpais.com/politica/2018/08/21/actualidad/1534875157_580573.html

El de la Mezquita de Córdoba es el caso más llamativo: patrimonio de la Humanidad desde 1984, la Iglesia la puso a su nombre en 2006 por 30 euros gracias a una ley franquista que ha permitido hasta hace apenas tres años que los obispos registraran inmuebles sin tener que demostrar su propiedad. Hoy uno de los monumentos más visitados de España lo gestiona la diócesis de Córdoba, que cobra cada entrada a 10 euros. Catedrales, iglesias, ermitas, pero también casas parroquiales, viñedos, casas de maestro, fuentes, plazas públicas y hasta la cima de un monte, el de Oiz, en Bizkaia. La Iglesia ha inmatriculado (en la jerga administrativa, registrado un bien por primera vez) miles de propiedades. ¿Cuántas? No se sabe. Pero se va a saber, según ha confirmado el Gobierno, que afirma que está decidido a elaborar un listado y a hacerlo público.

El Ejecutivo está cumpliendo con una proposición no de ley que presentó el PSOE cuando estaba en la oposición y que se aprobó —con los votos en contra de PP y Ciudadanos— en abril del año pasado. El texto instaba al Gobierno a elaborar una relación de todos los bienes inmatriculados desde 1998, fecha en la que el Ejecutivo de José María Aznar reformó la Ley Hipotecaria para facilitar aún más estas anotaciones registrales. Y a hacerlo en seis meses. El anterior Gobierno obviamente no cumplió el plazo, pero sí llegó a poner el encargo en marcha y a hacer algunas peticiones a los registros de la propiedad, según fuentes conocedoras del estudio.

El listado “está pendiente de completar”, respondió en julio pasado el Ministerio de Justicia tras una petición de información de El País amparada en la Ley de Transparencia. La respuesta añadía que, una vez terminado, se le daría publicidad. Fuentes de Justicia aseguran que han encargado un informe jurídico para ver de qué manera se puede hacer pública la lista. “Hay voluntad de hacerlo, pero hay que vigilar que no se incumpla ninguna ley”, añadieron.

Con el cambio de Gobierno, también ha habido un cambio de criterio en el ministerio. El anterior director general de los Registros y el Notariado alertaba de que Justicia no podía hacer pública esta información porque esa competencia es exclusiva de los Registradores de la Propiedad. Ahora Justicia va un paso más allá y se plantea también investigar los casos de dominios públicos que se hayan registrado como bien de propiedad privada y “depurar” esas situaciones.

Listado parcial
La Conferencia Episcopal mantiene que no dispone de los datos. Algo que pone en duda Jorge García, portavoz de la Coordinadora Recuperando, que agrupa a varias asociaciones de toda España que luchan por el patrimonio público. “Fue la Conferencia la que dio la orden, que no fue seguida igual por todos los obispos. Saben perfectamente lo que han inmatriculado”, asegura. García lamenta que el listado sea “parcial” y que no incluya los bienes registrados antes de 1998, entre los que hay “lugares de culto de dominio público que fueron inmatriculados en posible fraude de ley”.

La Ley Hipotecaria de 1946 y su posterior reglamento permitía a los obispos inscribir cualquier bien, excepto los templos destinados al culto. Pese a ello, en los años ochenta se inscribieron muchas iglesias y ermitas, según han podido averiguar Ayuntamientos y asociaciones. La reforma de 1998 permitió que también se inscribieran los templos, es decir, legalizó la práctica. “Aznar hizo lo que no se atrevió a hacer Franco”, resume García. Este privilegio estuvo en vigor hasta 2015. Un año más tarde una sentencia del Tribunal de Estrasburgo calificó de arbitrario el procedimiento de inmatriculación de la Iglesia y condenó al Estado a indemnizar a unos propietarios.

La publicación de la lista permitirá al fin conocer el alcance de estas prácticas. Según afirmó el año pasado un representante de la Conferencia Episcopal a la cadena SER, incluirá entre 30.000 y 40.000 propiedades. García cree que, a la vista de los pocos listados que ya existen, pueden ser muchas más. El Gobierno de Aragón hizo un estudio el año pasado que mostró con datos de 22 de los 43 registros de la propiedad, que los obispos inscribieron a su nombre al menos 1.751 propiedades en apenas dos décadas.

La Conferencia Episcopal rechazó ayer hacer valoraciones sobre la publicación, pero su vicesecretario para asuntos económicos, Fernando Giménez Barriocanal, alertó de que debe hacerse “conforme a la legislación vigente y siempre que opere el principio de no discriminación”.

El templo de Zaragoza que no encontraba el registrador
A la iglesia de San Pablo, un monumental templo con torre mudéjar, la llaman la tercera catedral de Zaragoza. Está en la plaza del mismo nombre, y es un icono de la ciudad. Pese a ello, el Registro de la Propiedad número 2 de la ciudad comunicó a la asociación laicista Mhuel (Movimiento hacia un Estado Laico) que “no resulta inscrito el bien inmueble identificado” cuando esta preguntó, aportando ficha catastral y fotografías, por la situación del templo. Poco después fue el Ayuntamiento de Zaragoza el que preguntó, y esta vez el registro sí la localizó. Como sospechaban, llevaba inscrita a nombre de la Iglesia desde 1987.

El Defensor del Pueblo acaba de afear al Ministerio de Justicia la respuesta que dio a Mhuel cuando esta denunció al registrador. No solo no inició expediente disciplinario sino que afirmó que su actuación había sido impecable. El Defensor ha abierto una investigación y asegura que el registrador suministró información “contradictoria en una cuestión no irrelevante”. Para Jorge García, presidente de la organización en Aragón, el caso ejemplifica las dificultades que han tenido hasta ahora para investigar qué bienes se ha apropiado la Iglesia.

Y TAMBIÉN…
El Gobierno sólo publicará una mínima parte de los bienes que la Iglesia puso a su nombre sin control desde 1946.

El censo de inmatriculaciones que está elaborando el Ministerio de Justicia solo comprende las llevadas a cabo desde 1998, cuando una reforma de Aznar amplió el privilegio del que ya disponía la Iglesia desde la época franquista. Ya en 1946 la dictadura introdujo en la Ley Hipotecaria la posibilidad de que los obispos actuaran como una especie de notarios para inscribir los bienes. Una vez se conozca el listado, particulares o ayuntamientos podrán recurrir la titularidad, aunque en muchos casos la batalla tendrá difícil solución porque la mayoría de bienes nunca estuvieron inscritos oficialmente.
Jesús Bastante | El Diario, 2018-08-21
https://www.eldiario.es/sociedad/Gobierno-publicara-minima-Iglesia-control_0_805969920.html

jueves, 22 de febrero de 2018

#hemeroteca #laicismo | El Supremo avala la medalla policial a la Virgen del Amor y zanja un pleito de cuatro años

Imagen: El País / Jorge Martínez Díaz
El Supremo avala la medalla policial a la Virgen del Amor y zanja un pleito de cuatro años.
El tribunal rechaza el recurso de revisión que plantearon la Asociación Europa Laica y Movimiento Hacia un Estado Laico.
Óscar López-Fonseca | El País, 2018-02-22
https://politica.elpais.com/politica/2018/02/22/actualidad/1519312909_549795.html

La polémica concesión en 2014 de la medalla policial a Nuestra Señora Santísima del Amor por parte del Ministerio del Interior ha llegado este jueves a su fin cuatro años después de iniciarse. El Tribunal Supremo ha hecho público este jueves su decisión de desestimar el recurso de revisión interpuesto por la Asociación Europa Laica contra la sentencia de la Audiencia Nacional que en noviembre de 2015 avaló, por tres votos contra dos, la orden del departamento que entonces dirigía Jorge Fernández Díaz de condecorar a la imagen religiosa. En el fallo, el Supremo acusa a los recurrentes de intentar "convertir el proceso de revisión en una nueva o tercera instancia, reiniciando el debate ya concluido mediante una sentencia firme".

La Asociación Europa Laica y el Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL) plantearon en su recurso que, una vez que se había producido el fallo de la Audiencia Nacional, salieron a la luz documentos que, en su opinión, hubieran modificado el sentido de aquel fallo. En concreto, citaban una sentencia del juzgado Central de lo Contencioso-administrativo 10 de la Audiencia Nacional por la que se permitía al Sindicato Unificado de Policía (SUP) acceder a la información contenida en las propuestas para conceder la medallas y una circular interna de mayo 2012 de la Dirección General de la Policía en el que se detallaban los criterios para otorgar las condecoraciones tanto a agentes como a personas ajenas a la institución. En su escrito, las asociaciones destacaban que ninguno de estos documentos se incorporaron en su día a la causa porque los denunciantes desconocían su existencia y porque Interior no los mencionó en sus escritos de defensa ni los aportó a la causa.

Ahora el Supremo rechaza dicho argumento y respalda la posición de la fiscalía, para quien ni la sentencia ni el documento interno de Interior "pueden ser admitidos ni considerados como documentos decisivos recobrados, no aportados por causa de fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se dictó la sentencia, por lo que no pueden conceptuarse como tales documentos a efectos de revisión” de la sentencia. Los seis magistrados de la Sala de lo Contencioso-administrativo recuerdan que el fallo aportada por los recurrentes es posterior al fallo que avaló la concesión de la medalla y, por tanto, consideran que "no a lugar a la revisión solicitada". También condena a las asociaciones laicas a pagar las costas del proceso.

Largo proceso judicial
La decisión del Supremo de rechazar el recurso de revisión pone punto final a un proceso judicial que dura ya casi cuatro años. Iniciado en abril de 2014, la primera magistrada que lo asumió, la titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7, Ana María Jimena, llegó a poner fecha para la vista: el 11 de junio de aquel año. Sin embargo, un escrito de Interior obligó a suspender la misma poco antes de celebrarse al alegar entonces que la Virgen no era "funcionaria" y que, por lo tanto, era obligatorio que la causa fuera tramitada y fallada por una sala compuesta por cinco jueces. Ese escrito obligó a la magistrada a plantear un "incidente de competencia" en el que finalmente acordó remitir la causa a sus compañeros de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

Estos también tuvieron que demorar su decisión durante varios meses por diversas incidencias procesales planteadas por la Abogacía del Estado en representación del departamento de Fernández Díaz, hasta que finalmente en noviembre de 2015 dictó la sentencia que avaló la concesión de la medalla a la Virgen del Amor por tres votos contra dos. Parecía que entonces el pleito llegaba a su fin. Sin embargo, Europa Lacia y MHUEL decidieron en marzo de 2016 recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, que en cuatro meses dictaba una providencia para rechazar la admisión del mismo al no apreciar “especial trascendencia constitucional” al caso. Ahora, el Tribunal Supremo ha dicho la última palabra.