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miércoles, 18 de marzo de 2020

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | Juristas y feministas critican la sentencia de la Arandina y resaltan su carácter machista

Imagen: Público / Uno de los implicados en el 'caso Arandina'
Juristas y feministas critican la sentencia de la Arandina y resaltan su carácter machista.
Afirman que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León conocida este miércoles no tiene en cuenta el Código Penal ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Critican que el cambio de doctrina se basa en dudar de la credibilidad de la víctima y en el uso se estereotipos.
Marisa Kohan | Público, 2020-03-18
https://www.publico.es/sociedad/juristas-y-feministas-critican-sentencia.html

"La sentencia del TSJCyL sobre la Arandina supone una vuelta atrás de 30 años". Con esta rotunda frase valoran responsables de la Asociación Clara Campoamor, personada como acusación popular en esta causa, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León fechada este miércoles, que en un giro radical de interpretación ha decidido absolver a uno de los acusados y rebajar de forma rotunda las penas de los otros dos.

La Audiencia Provincial de Burgos estimó en diciembre pasado que lo que había sucedido en el piso de uno de los acusados el 24 de noviembre de 2017 había sido una violación múltiple con intimidación ambiental y colaboración necesaria de los tres miembros. Por ello condenó a los tres a penas de cárcel que ascendían a los 38 años para cada uno (14 por cada delito individual y 24 por los realizados por los colaboradores).

Este miércoles se ha dado a conocer la sentencia dictada por tres jueces del TSJCyL que admiten parcialmente la apelación de la defensa. En la sentencia estiman que el relato de la menor (entonces tenía 15 años) presenta contradicciones lo que representa "fisuras en la credibilidad de la declaración". Si bien el alto tribunal estima creíble el grueso del testimonio de la menor y lo considera veraz, pone en duda y desestima de los hechos probados todo lo relativo a sus manifestaciones sobre el miedo que sintió y el "bloqueo" que le produjo esa situación.

Para justificar esta aparente "fisura", los tres magistrados utilizan como argumento las actuaciones anteriores y posteriores de la víctima, en lo que diversas juristas y expertas consideran un relato estereotipado de las mujeres y contrario tanto a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, como a los tratados internacionales en materia de derechos de las niñas y mujeres firmados por España.

Una sentencia contraria a la ley
"Indignación", es una de las palabras que más se ha repetido entre las personas consultadas por Público al respecto de la resolución judicial del TSJCyL. Para Luis Antonio Calvo, abogado de la Asociación Clara Compoamor, "no solo el fallo, sino también el contenido de la sentencia, es toda una vuelta atrás. Va en contra a la tendencia del Tribunal Supremo en casos de agresiones sexuales y representa un desconocimiento total de los derechos de las mujeres".

"Estoy indignada" manifestó la presidente de dicha asociación, Blanca Estrella Ruiz poco después de conocerse la sentencia. "¿En manos de quién están nuestras niñas? ¿En manos de quién estamos las mujeres?", preguntaba retóricamente en una conversación telefónica con este diario.

"Lo que vienen a decir la sentencia es que se pueden juntar tres o cuatro bestias, llevar a una casa a una menor de edad, violarla ente todos y que no pasa nada. Y además decir que esto fue consentido por ella, cuando tanto la ley de protección de la infancia, como el Código Penal establecen que no hay consentimiento hasta los 16 años. Si no hay consentimiento, es violación (o abuso sexual)", afirma Ruiz.

Para Altamira Gonzalo, vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, esta sentencia es "el paradigma de la justicia patriarcal". Explica que en su opinión la sentencia se salta el Código Penal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo para absolver a uno de ellos como si no hubiera existido delito alguno. Esta jurista critica también el hecho de que se rebajaran de forma drástica las condenas de los otros dos (a cuatro y tres años) con un atenuante que rebaja la pena en dos grados y que afirma que víctima y agresores están intelectualmente en edades muy cercanos. "Esto no es así, la diferencia que hay entre una niña de 15 años y un hombre de 24 es un abismo a esas edades", afirma Gonzalo.

"La sentencia se pone clarísimamente del lado de los agresores y utiliza argumentaciones prohibidas en el Convenio de Estambul [un tratado firmado y ratificado por España], que prohíbe centrarse en las actuaciones anteriores y posteriores de la víctima, y esto es precisamente lo que hace esta sentencia para desacreditarla". "¿Cómo no van a desconfiar las mujeres del sistema de justicia?".

Para la jueza Lucía Avilés, portavoz de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE), es sorprendente el vuelco que da esta sentencia en relación a la anterior de la Audiencia de Burgos. "Entonces varias expertas habíamos interpretado se había empezado a filtrar a instancias inferiores al jurisprudencia del Tribunal Supremo en perspectiva de género, y por eso vemos ahora con perplejidad cómo este tribunal cambia la calificación jurídica".

Para Avilés, el vuelco de la sentencia del TSJCyL viene de la mano de la credibilidad de la víctima. "Entiende que esta credibilidad está fisurada y esta fisura está basada en valorar las actuaciones que ella lleva a cabo con posterioridad a los hechos (dice que alardea) y las actuaciones anteriores de la menor. Pero llama la atención que obvia todo el razonamiento que hacía la anterior sentencia que afirmaba que la menor daba un relato verídico y que se lo había contado a personas cercanas y en las que más confía (padre, madre, prima, hermana...). Sin embargo esta sentencia no ahonda en cómo suceden los hechos".

Este jurista resalta el hecho de que en diversas ocasiones organismos como Naciones Unidad o le Consejo de Europa ha pedido que no se juzgue la vida de la víctima como forma de dejar atrás el mito de la violación.

"Los magistrados prescinden de un plumazo de toda la doctrina de la intimidación ambiental. Y en este caso el hecho de que ella sea menor y ellos adultos representa una asimetría clave para aplicar ese concepto. El tribunal elimina de los hecho probados el relato en que la víctima afirma que se quedó bloqueada precisamente para no apreciar esa intimidación ambiental. Como ésta no existe, no hay agresión sexual", concluye Avilés.

Una reforma legal ya
"Estamos nuevamente ante un fallo que pone en evidencia que necesitamos una reforma urgente de los delitos contra la libertad sexual. No puede haber un margen tan amplio de interpretación para el arbitrio judicial en aplicación de la misma Ley y la valoración de los mismos hechos, afirma Marisa Soleto, presidenta de Fundación Mujeres.

Para esta experta, el tribunal hace una interpretación sorprendente sobre "la cercanía en las edades" comparando la madurez de una menor (15 años recién cumplidos según la sentencia), con jóvenes que han superado la veintena, aplicando además de forma muy generosa la atenuante (2 grados de la pena).

Yolanda Besteiro, presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas afirma que "se trata de una sentencia que vuelve a reforzar la cultura de la violación. Desplaza el foco hacia la víctima y considera que lo que ocurrió en esa casa no fue nada anormal. Al tribunal le ha parecido que el castigo de la Audiencia era muy alto y que la responsabilidad debía estar en ella por haber subido voluntariamente al piso. El mensaje que lanza la sentencia es terrible".

Y TAMBIÉN…
Cambio de criterio en el caso Arandina: absuelto uno de los condenados y rebaja de pena para los otros dos.

Fueron condenados inicialmente a 38 años de cárcel por agresión sexual a una menor. Ahora, el TSJCyL califica los hechos como un delito de abuso sexual en lugar de agresión sexual. La sentencia, además introduce algunos atenuantes como la cercanía en la edad.
Marisa Kohan | Público, 2020-03-18
https://www.publico.es/sociedad/caso-arandina-cambio-criterio-caso-arandina-absuelto-condenados-rebaja-pena-otros.html

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | El Tribunal Superior de Castilla y León absuelve a un ex jugador de la Arandina y rebaja la pena a los otros dos condenados

Imagen: El Mundo
El Tribunal Superior de Castilla y León absuelve a un ex jugador de la Arandina y rebaja la pena a los otros dos condenados.
Abraham Romero | El Mundo, 2020-03-18
https://www.elmundo.es/deportes/futbol/2020/03/18/5e720265fc6c83cb1f8b45d7.html

El 'Caso Arandina' ha dado un vuelco de 180 grados. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, después de los recursos interpuestos por las defensas de los tres ex futbolistas de la Arandina condenados a 38 años por la Audiencia Provincial de Burgos por delitos de agresión sexual contra una menor de 15 años, ha acordado absolver a Raúl Calvo y ha rebajado las condenas a Carlos Cuadrado 'Lucho' y Víctor Rodríguez 'Viti', que quedan en cuatro y tres años de cárcel, respectivamente.

La Sala ha entendido que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual, cometido sobre una menor, y ha apreciado como atenuantes la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez con la víctima.

Por un lado, la Sala ha excluido totalmente de responsabilidad a Calvo, ya absuelto por la Audiencia Provincial de los hechos sucedidos en su habitación argumentando los mismos motivos, si bien también le absuelve de lo acontecido en el salón de la vivienda.

Por otro, el Tribunal ha rebajado la culpabilidad de Cuadrado y Rodríguez y les ha condenado a cuatro años de prisión al primero y a tres años de prisión al segundo, así como a indemnizar conjunta y solidariamente a la menor con la suma de 10.000 euros, según informaron fuentes del Gabinete de Prensa del TSJCyL.

No considera probada la intimidación
La sentencia señala que la declaración de la menor -valorada conjuntamente con el resto de las pruebas, testificales, periciales y documentales (vídeo, conversaciones y mensajes telefónicos)- goza de plena credibilidad en cuanto a la realidad de los hechos ocurridos en el salón del piso, pero carece de ella en cuanto a la forma en que se produjeron.

En concreto, la Sala no considera probada la existencia de intimidación, al apreciar las contradicciones que se ponen de manifiesto entre su declaración -en la que atribuye lo que hizo con los tres condenados (masturbarles y practicar felaciones a los tres) al bloqueo causado por el miedo-, y la conducta observada tanto en los momentos anteriores -en los que intercambió mensajes de contenido sexual con uno de ellos y aceptó acompañarle a su casa el día siguiente-, como en los inmediatamente posteriores -en los que abandonó el salón, para mantener voluntariamente una relación sexual completa con uno de ellos en una habitación contigua (hecho declarado probado en la sentencia de la Audiencia que no ha sido impugnado) y después de lo ocurrido alardear ante sus amistades-.

Fisuras en la credibilidad
Dichas contradicciones, según dice la resolución, muestran fisuras en la credibilidad de la declaración que tampoco se ve corroborada por los elementos periféricos a la misma, pues ni las declaraciones testificales transmitiendo lo que les relató la propia menor ni los mensajes telefónicos cruzados en un primer momento, permiten afirmar que en el salón de la casa actuara contra su voluntad al estar atenazada por el miedo, versión que transmitió luego a sus padres y a la orientadora que le trataba en Madrid con posterioridad.

Consecuentemente y en uso de sus facultades, el Tribunal ha modificado los hechos probados, suprimiendo la referencia a la intimidación, y los ha calificado como un delito de abuso sexual a menor de 16 años, cuyo consentimiento carece de trascendencia jurídica a partir de la reforma del Código Penal de 2015 que elevó la edad del consentimiento de 13 a 16 años.

En cuanto a la responsabilidad penal de los recurrentes, la sentencia considera que no cabe apreciar que desconocieran la edad de la menor, ni que ignoraran que los actos sexuales con una menor de 16 años se hallan castigados por la Ley.

Cercanía de edad
Lo que sí valora la Sala es la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez con la menor, acreditada mediante prueba pericial psicológica, para absolver a Calvo -que ya había sido absuelto de la relación sexual mantenida en su habitación con la chica inmediatamente después de ocurridos los hechos enjuiciados por entender que ambos tenían edades próximas y un grado de madurez similar-, así como para atenuar la responsabilidad de Cuadrado y Rodríguez al valorar la relativa proximidad de sus edades con la de la víctima y su falta de madurez.

Así pues, el Tribunal ha condenado a las penas de cuatro años de prisión a Cuadrado y de tres años a Rodríguez con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho al sufragio; prohibición de que se comuniquen por cualquier medio o instrumento informático o telemático contacto, escrito, verbal o visual con la menor; prohibición de acercarse a ella, a su domicilio, colegio y a cualquier otro que sea frecuentado por la víctima a una distancia inferior a mil metros y durante un periodo de ocho años; libertad vigilada por un período de cinco años; e inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior a tres años al de la duración de la penas de privación de libertad impuestas respectivamente.

Además, la Sala les ha condenado a abonar de forma conjunta y solidaria la responsabilidad civil, fijada en 10.000 euros, y la parte proporcional de las costas, incluidas las de la acusación particular.

"Han desmontado todo"
Fuentes próximas a las familias de los futbolistas de la Arandina han mostrado su alegría por la importante noticia, que rebaja de 38 a 4, 3 y absolución la pena que había impuesto la Audiencia Provincial de Burgos. "Estamos emocionados, han desmontado todo", señalan a El Mundo.

El coronavirus y los recursos
La Sala también ha anunciado que, "de conformidad con el Real Decreto por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19", todas las actividades del juicio quedan suspendidas y se reanudarán en el momento en el que pierda vigencia el Real Decreto.

jueves, 21 de noviembre de 2019

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | Dos de los tres acusados en el caso Arandina niegan la agresión sexual a la menor

Imagen: Público / Víctor Rodríguez
Dos de los tres acusados en el caso Arandina niegan la agresión sexual a la menor.
Ambos ex jugadores han reconocido que desconocían la edad de la joven a pesar de haber sido informados por un mensaje de móvil de que tenía 15 años.
EFE | Público, 2019-11-21
https://www.publico.es/sociedad/tres-acusados-caso-arandina-niegan.html

Dos de los tres ex jugadores de la Arandina Fútbol Club, que ya han declarado en el juicio en el que están acusados de agresión sexual cometida contra una menor, han negado este jueves haber abusado de la joven y han asegurado que desconocían que tuviera 15 años.

Así lo ha manifestado a los periodistas el letrado de la Asociación Clara Campoamor, personada como acción popular en el caso, Luis Alberto Calvo, durante un receso de la vista oral que se sigue en la Audiencia de Burgos a puerta cerrada.

Dos de los encausados, Carlos Cuadrado, Lucho, de 24 años, y Víctor Rodríguez, Viti, de 22, han prestado declaración durante unas dos horas en total y sólo han respondido a las preguntas formuladas por la Fiscalía y por sus abogados defensores.

Tanto Carlos Cuadrado, Lucho, como Víctor Rodríguez, Viti, han reconocido que la joven estuvo en el piso que compartían el día de los hechos denunciados, el 24 de noviembre de 2017.

También han negado que conocieran la edad de la joven, que tenía 15 años entonces, y ante un mensaje en el móvil de Viti de una persona que le indicaba que tenía esa edad, el encausado ha dicho que no sabía si se refería a ella o a otra persona y que en cualquier caso no se lo creyó, ha expresado el abogado.

Tras el receso, está programado que se reanude el juicio con la declaración del tercer acusado, Raúl Calvo, para el que la Fiscalía reclama 40 años de cárcel, mientras para los otros dos procesados solicita 39 en cada caso.

Para los tres exjugadores de la Arandina, las defensas reclaman la absolución y la Asociación Clara Campoamor solicita 43 años y ocho meses para cada uno de ellos.

miércoles, 17 de julio de 2019

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | Fiscalía aplica a los jugadores del Arandina el criterio del TS con La Manada

Imagen: Público
Fiscalía aplica a los jugadores del Arandina el criterio del TS con La Manada.
EFE | Noticias de Gipuzkoa, 2019-07-17
https://www.noticiasdegipuzkoa.eus/2019/07/17/deportes/futbol/fiscalia-aplica-a-los-jugadores-del-arandina-el-criterio-del-ts-con-la-manada

La Fiscalía de Burgos ha aplicado a los tres exjugadores de la Arandina C.F, para quienes pide penas de entre 39 y 40 años de cárcel, el criterio marcado por el Tribunal Supremo en relación a La Manada de los sanfermines de acusarles no de un delito, sino de una pluralidad de delitos de agresión sexual.

El Ministerio Público imputa a Carlos Cuadrado "Lucho", de 24 años; Víctor Rodríguez "Viti", de 22 y Raúl Calvo, de 19 un delito contra la libertad sexual, dos de agresión sexual a una menor de 16 años y un cuarto de agresión sexual "continuado" a la menor, de manera que no les imputa únicamente un delito continuado, como hicieron la acusaciones en el caso de La Manada.

Pero la novedad no está solo en ampliar los delitos de agresión sexual, sino en considerar como cooperadores necesarios a los acusados cuando estos no estaban participando directamente como autores de cada una de las tres agresiones sexuales, de manera que la pena solicitada es mayor.

Dicho de otro modo, la Fiscalía no circunscribe cada una de las tres agresiones sexuales al autor que corresponde, sino que amplía la responsabilidad criminal a los otros dos al entender que actuaban como partícipes mientras se producían los hechos.

Analizando el caso de los jugadores de la Arandina, la Fiscalía pide 15 años para Raúl Calvo y 14 años para Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez como autores de cada una de las tres agresiones sexuales.

Pero añade 24 más a cada uno de los acusados, 12 por cada una de las agresiones en las que actuaron como partícipes, esto es como cooperadores necesarios para que se consumara el delito.

Se da de esta forma el escenario que planteó el Supremo con La Manada cuando señaló que la "correcta calificación" hubiera sido considerar a los cinco condenados autores de "una pluralidad de delitos de agresión sexual" y no de un delito continuado de agresión sexual, como pidieron las acusaciones.

Lo que sucedió entonces es que el alto tribunal no aplicó el primer supuesto porque este extremo no fue objeto de impugnación ni por la Fiscalía, ni por la acusación particular, ni por el Ayuntamiento de Pamplona ni por el Gobierno Foral, por lo que en base al principio acusatorio, el Supremo no pudo pronunciarse en consonancia.

El Supremo elevó la pena de 9 a 15 años a los cinco miembros de La Manada como autores de un delito de violación y no abuso sexual señalando que cometieron "al menos diez agresiones sexuales".

Pero tachó de "error" la calificación jurídica de la sentencia de la Audiencia de Navarra que consideró concurrente un único delito continuado, "cuando por la pluralidad de intervinientes y de actos agresivos, la correcta calificación de acuerdo a reiterados precedente de la Sala, hubiera sido considerar a los acusados autores y partícipes de una pluralidad de delitos de agresión sexual".

Fuentes jurídicas señalaron que como hubo al menos diez agresiones sexuales, lo correcto hubiera sido condenar por 10 delitos para cada uno de los acusados, por lo que la pena hubiera sido de 75 años de prisión, con un cumplimiento máximo de 20.

#hemeroteca #violenciasexual #justicia | La Fiscalía pide de 39 a 40 años de cárcel para los tres futbolistas de la Arandina acusados de agresión sexual

IMagen: El País
La Fiscalía pide de 39 a 40 años de cárcel para los tres futbolistas de la Arandina acusados de agresión sexual.
Los jugadores del equipo de tercera son procesados por abusar de una menor de edad en 2017.
EFE | El País, 2019-07-17
https://elpais.com/sociedad/2019/07/17/actualidad/1563356301_013081.html

La Fiscalía pide penas que oscilan entre 39 y 40 años de cárcel para cada uno de los tres exjugadores de la Arandina Club de Fútbol a los que se acusa de cuatro delitos en el ‘caso Arandina’. El ministerio público dirige su escrito de calificación provisional contra los procesados Carlos Cuadrado ‘Lucho’, de 24 años; Víctor Rodríguez ‘Viti’, de 22, y Raúl Calvo, de 19, arrestados en 2017 por agredir sexualmente a una menor de edad en el piso que compartían en Aranda de Duero.

En el escrito, la acusación pública considera que los tres procesados mantenían contactos telefónicos y mediante redes sociales, sobre todo por WhatsApp, desde septiembre de 2017 con una menor de edad, de 15 años, a la que conocían con anterioridad y cuya edad sabían, con el fin de convencerla para mantener relaciones sexuales con ellos. Fue el 24 de noviembre de 2017 cuando la menor acudió al domicilio de los tres encausados donde, después de una conversación, fue obligada a mantener relaciones sexuales con todos ellos en el salón de la casa, para seguidamente ser de nuevo obligada por uno de ellos, Raúl Calvo, a sufrir otra relación sexual en un dormitorio de la vivienda, según sostiene la Fiscalía de Burgos.

Las investigaciones del caso se iniciaron a raíz de una llamada de los padres de la menor agredida a la Fundación ANAR, una ONG que atiende a menores y adolescentes en situación de riesgo y desamparo. La joven estaba en tratamiento psicológico, por lo que acudía a Madrid cada semana con sus padres a recibir tratamiento. Fue durante una de estas consultas cuando la joven explicó que tres chicos le propusieron mantener relaciones sexuales y la invitaron a su piso de Aranda de Duero. Según declaró la adolescente, una vez allí, no quiso seguir con la propuesta de los jugadores y ellos la forzaron, indicaron fuentes próximas al caso.

Ella afirmó que se sometió para evitar "males mayores". La Arandina dio de baja a los tres futbolistas de forma inmediata y definitiva y manifestó su "máxima condena y repulsa a cualquier acto de violencia sexual". Los acusados fueron enviados a prisión dos días después de su detención y permanecieron allí durante tres meses hasta que fueron puestos en libertad bajo fianza y con cargos, en marzo de 2018.

Para el ministerio público, los hechos constituyen un delito contra la libertad sexual, un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años y otros dos delitos de agresión sexual. Para Raúl Calvo, al que considera autor de los delitos, pide una pena de 40 años de cárcel y la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros durante 16 años, así como comunicarse con ella por cualquier medio.

Para Cuadrado y Rodríguez, a los que considera "cooperadores necesarios" en el delito cometido en el dormitorio de la vivienda, solicita un total de 39 años de prisión, además de la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante 26 años. Para cada de uno de los encausados, pide 10 años de libertad vigilada y el pago de una indemnización para la joven de 50.000 euros —en el caso de Raúl Calvo, otros 20.000 por el daño moral causado—.

martes, 16 de julio de 2019

#hemeroteca #iglesia #violenciasexual | El arzobispo de Burgos pide a las víctimas de violación que se resistan “hasta la muerte” por la castidad

Imagen: El País / Fidel Harráez (i)
El arzobispo de Burgos pide a las víctimas de violación que se resistan “hasta la muerte” por la castidad.
El mensaje aparece en una carta que se publicó el 22 de enero de 2017 en la web del Opus Dei con motivo de la beatificación de una joven asesinada en la ciudad castellana en 1992.
El País, 2019-07-16
https://elpais.com/sociedad/2019/07/15/actualidad/1563214345_313730.html

El arzobispo de Burgos, Fidel Herráez Vegas, pidió a las víctimas de violación que resistan hasta la muerte para "defender" la castidad. Así lo expresó en una carta que se publicó el 22 de enero de 2017 en la web del Opus Dei, la del Arzobispado, en el ‘Diario de Burgos’ y en una revista eclesiástica, según informa eldiario_es. La misiva forma parte de la causa para beatificar a Marta Obregón, una joven de 22 años asesinada en Burgos en 1992 por el conocido como El Violador del Ascensor —Pedro Luis Gallego—, un antiguo mecánico ascensorista de 35 años.

"Marta también es un estímulo para vivir todas las virtudes cristianas que ella fue descubriendo: la alegría, el servicio, la entrega... Pero, en especial, la grandeza de la castidad, como se hace visible cuando resiste y lucha hasta morir asesinada por defenderla. Una virtud hoy poco valorada, que nos ayuda a orientar el amor y la entrega hacia su plenitud y belleza más singular", dice el arzobispo en su misiva. La joven burgalesa formaba parte del Camino Neocatecumenal —más conocidos como los Kikos por el nombre de su fundador, Kiko Argüello— y será la primera de las fieles a este grupo católico en ser beatificada.

La sentencia condenatoria dio por probado que el 21 de enero de 1992 El Violador del Ascensor raptó a Marta Obregón a punta de navaja cuando iba a coger el ascensor en el portal de su vivienda, en Burgos. La joven fue metida a la fuerza en un vehículo y trasladada a un descampado donde la desnudó y la violó. Ante su resistencia, recibió 14 puñaladas, una de las cuales le alcanzó mortalmente en el corazón. Según la sentencia, hubo coincidencias en aspectos como los asaltos a las víctimas cuando esperaban el ascensor o el empleo de cuchillos desde el primer abuso por el que fue condenado en 1982.

Gallego, que fue condenado por 18 violaciones y dos asesinatos, no solo asesinó a Obregón, también violó y apuñaló a la joven vallisoletana Leticia Lebrato.

sábado, 22 de junio de 2019

#hemeroteca #trans | Una cruda realidad, oculta tras un nombre

Imagen: El Correo / María García
Una cruda realidad, oculta tras un nombre.
La Asociación de Menores Transexuales Chrysallis sigue pidiendo una ley en Castilla y León «ante la discriminación existente».
Silvia de Diego | El Correo, 2019-06-22
https://www.elcorreo.com/miranda/cruda-realidad-oculta-20190623225140-nt.html

El nombre según la Real Academia Española de la Lengua es una palabra que designa o identifica seres animados o inanimados y gramaticalmente es una clase de palabras cuyos elementos poseen género y número, forman sintagmas nominales con diversas funciones sintácticas y designan entidades de diferente naturaleza. Un nombre lo es todo y no es nada y tras un nombre se esconden mil y una historias como la de María García.

Parece que ha subido corriendo las escaleras del sexto piso en dónde hemos quedado. «Uff pensé que no llegaba», dice cogiendo un poco de aire mientras sus ojos claros e intensos se sientan frente a mí y así sin más comienza a relatar su vida. «Desde que nací yo sabía que era mujer lo que pasa que mis padres por sus creencias religiosas eran muy estrictos y no aceptaban la transexualidad ni la homosexualidad ni nada de nada. Mi verdadero yo, siempre estaba oculto», recalca sin querer pasar por alto un episodio especialmente duro. «Me acuerdo que siendo pequeña me estaba bañando mi madre y la dije que cogiera unas tijeras y me cortara mis partes. La reacción fue echarme una bronca y continuar ocultando mi verdadera personalidad tras un cuerpo que no le correspondía».

Recuerda sus años de infancia disfrazándose como una niña jugando siempre con muñecas y, lo que es aterrador, sufriendo bulling en el colegio. «En esa época creo que el bulling era aún más fuerte que ahora. Yo por el miedo al qué dirán o al qué pasará me oculté», reconoce.

Con el paso del tiempo es cuando María decide abandonar las creencias de la religión en la que había sido educada, comienza a salir, a entablar amistades y también a conocer el amor y los desengaños. «Tuve mi primera pareja y con ella precisamente fui sincera al decirle que yo era una persona transexual y si me aceptaría. Hubo una mala racha, lo dejamos y con ello también perdí amistades, me sentía sola. Lo bueno es que algunos amigos los he vuelto a recuperar porque si son verdaderos nunca dejan de existir».

María se armó de valor y decidió hablar con sus padres, les pide que la llamen por su nuevo nombre. «Es curioso porque ellos pensaban que tendrían una niña a la que pondrían este nombre como a mi bisabuela y finalmente ha sido así».

María, que en la actualidad tiene 26 años, se define como una joven sencilla al igual que su nombre y lamenta que «sin querer o queriendo» la sociedad actual frivolice mucho con este tipo de cuestiones sobre todo cuando hay menores de por medio. «Ahora me dicen que disimule mi voz porque es grave y potente, tampoco voy a ir por la vida hablando como un pajarillo», sonríe y me explica que decidió dar a su conocer su caso a través de un grupo abierto en el Facebook precisamente para acallar el murmullo y las habladurías. «A veces voy por la calle y la gente me mira y cuchichea. A veces me digo a mí misma que porqué no me preguntan directamente y se quitan la duda».

Hace ahora dos años María comenzó con la administración de hormonas y en breve se prepara para alguna operación. «También estoy inmersa en el papeleo para el cambio del documento nacional de identidad que es otra batalla» me afirma mientras me aclara que en Miranda hay otra persona en su misma situación y recalca que el apoyo de la familia es algo esencial en todo el proceso. «Mis padres estuvieron un tiempo que no me hablaban pero poco a poco lo han ido aceptando».

Apoyo
Respecto al periodo de información y aperturismo que se está viviendo en la actualidad lo valora de forma muy positiva aunque lamenta que, a pesar de todo lo que existe para vencer el miedo al desconocimiento, los prejuicios sigan existiendo en la sociedad. «Queda mucho camino que recorrer aún. Ahora se lleva lo de etiquetar pero las personas somos personas ante todo con sentimientos y emociones».

Otro de los frentes abiertos para María es la búsqueda de empleo algo que por su condición están siendo aún más difícil. «El otro día en una frutería me dijo el chico que me veía rara que la gente me iba a mirar. En vez de hacerme una prueba y ver si yo valía realmente para el puesto de trabajo», lamenta.

La historia de María es una de tantas que aún permanecen ocultas y que poco a poco salen a la luz, para la visualización y la normalización de estas vidas se encuentra en Burgos una delegación de la Asociación de Menores Transexuales Chrysallis que nació a nivel estatal el 1 de julio de 2013. «Los meses previos algunas familias de todo el estado nos habíamos ido encontrando a través de las redes sociales o de asociaciones de personas transexuales adultas, coincidiendo en varias cuestiones. La fundamental: todas teníamos una hija o hijo transexual (las identidades no binarias tardaron un poco más en aparecer) y necesitábamos respuestas que no encontrábamos. Ni la legislación existente ni las administraciones, contemplaban nuestra realidad, la respuesta que recibíamos por parte de los profesionales no nos satisfacía (en numerosísimas ocasiones, su desconocimiento era la causa del sufrimiento de nuestr@s niñ@s) y no existían colectivos similares que estuvieran trabajando en ello.»..

Ante el hecho de que en todo el territorio nacional las competencias en diferentes áreas como Sanidad y Educación son transferidas por comunidades se crean las delegaciones. «En Castilla y León somos cerca de 40 familias asociadas pero hay muchos casos más. La gente es reacia a visibilizarse. En Burgos prestamos nuestra ayuda a 10 asociados pero acompañamos a otras familias y a otros chavales mayores de edad que no reciben ningún tipo de apoyo».