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miércoles, 21 de julio de 2021

#hemeroteca #transfobia #deporte | La Alianza contra el Borrado de las Mujeres denuncia la participación de personas de sexo masculino en competiciones deportivas de mujeres

Confilegal / Contra el Borrado de las Mujeres, 8M, Madrid //

La Alianza contra el Borrado de las Mujeres denuncia la participación de personas de sexo masculino en competiciones deportivas de mujeres.

Pone en marcha una campaña "para exigir que en el deporte de competición las categorías se segreguen por sexo y no por el género autodeterminado por cada cual".
Rosalina Moreno | Confilegal, 2021-07-21
https://confilegal.com/20210721-la-alianza-contra-el-borrado-de-las-mujeres-denuncia-la-participacion-de-personas-de-sexo-masculino-en-competiciones-deportivas-de-mujeres/ 

A las puertas de la celebración de los Juegos Olímpicos (JJOO), la Alianza contra el Borrado de las Mujeres, una plataforma feminista que agrupa a cerca de 130 organizaciones de mujeres, ha denunciado «la intención del Gobierno de arrebatar a las deportistas los podios en el deporte femenino al permitir la participación de personas nacidas con sexo masculino en competiciones deportivas de mujeres».

Señala que «así se prevé en el Anteproyecto de la ley mal llamada “trans” y en el de la Ley del Deporte«.

Esta asociación ha puesto en marcha una campaña, llamada ‘Juego limpio para las mujeres’, «para exigir que en el deporte de competición las categorías se segreguen por sexo y no por el género autodeterminado por cada cual», según señala a Confilegal Lola Venegas, portavoz de la asociación.

Explica que lo que denuncia su organización es que estas leyes que ha presentado el Gobierno «ponen en grave riesgo el deporte femenino».

«Si se admite que varones autodeterminados como mujeres por un simple acto de voluntad compitan contra mujeres, se impedirá que las deportistas logren medallas y podios porque siempre estarán en desventaja frente a deportistas (hombres) que se han desarrollado con los niveles de testosterona propios del sexo masculino», argumenta.

«Esto es juego sucio contra las mujeres», sentencia.

Esta asociación se creó en enero de 2020, impulsada por mujeres feministas que quieren «defender los derechos de las mujeres basados en el sexo y denunciar las leyes de libre autodeterminación del sexo legal».

La Alianza contra el Borrado de las Mujeres ha pedido ya al Comité Olímpico Internacional (COI) y al Gobierno de España «que fomenten la participación deportiva mixta en el deporte recreativo y escolar, pero respeten las competiciones deportivas específicas para mujeres, evitando la presencia de personas que son biológicamente varones», según ha informado en un comunicado.

«Por primera vez en la historia de los JJOO, varones autoidentificados como mujeres competirán contra mujeres. Estamos ante un “dopaje de género” que perjudica gravemente a las mujeres deportistas«, denuncia esta asociación.

Manifiesta que «en el Anteproyecto de ley trans, en lugar de respetar el principio de que los deportes han de estar segregados por sexo, se instaura la idea de que será el género sentido subjetivamente por cada cual lo que determine que una persona de sexo masculino pueda competir en el deporte femenino, sin más requisitos que su voluntad».

Informa que las preocupaciones de la asociación han ido en aumento tras la retirada del texto del Anteproyecto de ley del deporte y su sustitución por un nuevo contenido «que abre la puerta a la presencia de varones autoidentificados como mujeres en las categorías deportivas femeninas».

«¿En qué afectan estas leyes a las mujeres deportistas? En todos los países donde se está permitiendo la inclusión de varones autodeterminados como mujeres en las competiciones deportivas femeninas se está arrebatando podios y medallas a las mujeres deportistas, menospreciando así su esfuerzo y su dedicación, que son sacrificados en aras de utilizar el deporte femenino para validar “identidades” y privilegiar competitivamente a cualquiera que se autoidentifique como mujer», critica.

Añade que organizaciones de mujeres ya «han documentado científicamente que las ventajas competitivas de los nacidos varones no desaparecen ni siquiera tras años de hormonación, dada su mayor densidad ósea, mayor capacidad pulmonar, mayor masa muscular, mayor tamaño y altura promedio».

Esta asociación señala que, como se puede comprobar en una tabla sobre las marcas de adolescentes y campeonas, en prácticamente todos los deportes, los adolescentes tienen mejores marcas que las campeonas olímpicas.

«El esfuerzo de las deportistas se verá anulado por deportistas de segunda fila, mediocres cuando competían como hombres, que se están llevando las medallas y galardones tras autoidentificarse como mujeres y entrar ventajosamente a competir en las categorías femeninas», denuncia la Alianza contra el Borrado de las Mujeres.

La campaña de esta asociación ‘Juego limpio para las mujeres’ se realiza «en apoyo a las deportistas profesionales» y exige que «no se admitan en las competiciones femeninas a jugadores desleales que parten con ventaja».

«Los contenidos de la campaña dejan claro que el derecho a participar en competiciones deportivas no puede hacerse a costa del deporte femenino profesional», sentencia ACBM.

Esta asociación recuerda que «hace poco más de un siglo, las mujeres no tenían derecho a competir profesionalmente», porque no se les reconocía ese derecho, y señala que «actualmente la participación de las mujeres es considerablemente inferior a la de los varones».

Afirma que esto no es casual, sino «consecuencia de sueldos más bajos, inversión inferior y un interés mediático ínfimo». Señala que a todo esto se suma ahora «la ventaja física evidente de sus contrincantes, contra la que, por mucho que entrenen y se esfuercen, las mujeres, evidentemente, no pueden competir».

Acciones de la campaña
La Alianza Alianza contra el Borrado de las Mujeres se ha dirigido por carta al ministro de Educación y Deporte, Miquel Iceta; a la ministra Portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez; al presidente del Consejo Superior de Deportes y secretario de Estado de Deporte, Jose Manuel Franco, y a los portavoces de la Comisión de Deporte del Congreso para advertirles «de las consecuencias que para la promoción y el futuro del deporte femenino tiene permitir que varones que conservan toda su mayor densidad ósea, mayor capacidad pulmonar, mayor masa muscular, mayor tamaño o altura promedio compitan contra mujeres».

Además, iniciará una ronda de contactos con todas las Federaciones Deportivas a fin de explicar «las consecuencias de permitir la presencia de personas transgénero en competiciones femeninas».

Asimismo, se reunirá con clubs y deportistas de élite «para prevenirlas sobre las consecuencias que tendrá en sus carreras profesionales competir con esa desventaja» de entrar en vigor estas leyes.

«Con el fin de detallar las consecuencias de eliminar el sexo como criterio objetivo en las competiciones deportivas e ilustrar cómo afecta al deporte femenino», esta asociación ha editado un libro, ‘Juego limpio para las mujeres‘, que está siendo remitido a las autoridades deportivas, las Federaciones y a los medios de comunicación.

A través de sus redes sociales, y con el hashtag #JuegoLimpioParaLasMujeres, la Alianza mantendrá viva la campaña durante los Juegos Olímpicos.

‘La biología importa’, sostiene
Esta asociación hace hincapié en que desde distintos ámbitos se han señalado las diferencias físicas entre hombres y mujeres que justifican la segregación por sexo.

Señala, por ejemplo, que el Ministerio de Defensa, a través de su manual ‘Conceptos y métodos para el entrenamiento físico’ explica que “la menor masa muscular, la relación grasa-músculo, su estructura ósea, y el más bajo grado hormonal específico, hacen que las féminas entrenadas solo puedan alcanzar valores aproximados al 60%-70% del nivel de fuerza del varón entrenado en las mismas condiciones”.

Recuerda que deportistas como Ana Paula Henkel, cuatro veces olímpica de Brasil en voleibol y voleibol playa, ya se pronunció sobre esta situación indicando que “incluir hombres biológicos, nacidos y construidos con testosterona, con su altura, su fuerza y la capacidad aeróbica de los hombres, está más allá de la esfera de tolerancia”.

También la tenista Martina Navratilova, 18 veces campeona en el Gran Sland, se ha pronunciado en reiteradas ocasiones indicando que «es injusto para las mujeres que tienen que competir contra personas que, biológicamente, siguen siendo hombres”, añade.

Además, resalta que la USA Powerlifting (Federación del deporte de levantamiento de peso) ha sido contundente al explicar que «incluso con niveles reducidos de testosterona, los beneficios biológicos que se les dan (a los hombres) al nacer aún se mantienen por encima de los de una mujer».

A ello se suma que en julio de 2020 más de 300 atletas olímpicas firmaron una carta pidiendo a la Junta de Gobernadores de la Asociación Atlética Universitaria Nacional (NCAA) que preserve un “campo de juego justo y nivelado” para los deportes femeninos.

«La mayoría de las firmantes han preferido mantenerse en el anonimato para evitar las acusaciones de transfobia y el linchamiento en redes sociales, cuando no reacciones más violentas», apunta esta asociación.

También destaca que la Federación Internacional de Rugby prohibió en octubre de 2020 que los transfemeninos (nacidos varones) compitan en el rugby femenino de élite para salvaguardar la seguridad de las mujeres y la justicia deportiva.

¿Qué dice el COI?
La Alianza recuerda que en 2016 el COI eliminó la variable sexo e impuso como única condición que los nacidos como hombres que quieran competir con mujeres tengan un nivel de testosterona inferior a 10 nanogramos por mililitro de sangre en los 12 meses previos a la competición. Para ello deben someterse a tratamientos con estrógenos que frenen la producción de testosterona, la hormona masculina.

Esta asociación hace hincapié en que «este criterio ha sido puesto en cuestión incluso por la doctora Joanna Harper (asesora transfemenina del COI)», para quien “el límite de 10 nanomoles es claramente excesivo, ya que el 95% de las mujeres tienen un nivel de menos de 1.7”.

La ACBM explica que hay quienes han llamado a esto “dopaje de género”.

Esta plataforma considera que “siempre habrá ventajas competitivas que un tratamiento con hormonas no corregirá” y se remite, según explica, «a casos reales como el de un pivot transgénero de dos metros de altura jugando en un equipo femenino en el que siempre mantendrá ventaja”.

Señala que los casos citados «ponen de manifiesto que aunque sus niveles de testosterona hayan bajado artificialmente, un jugador de rugby será imparable y un levantador de peso, imbatible».

«La mayor densidad ósea, mayor capacidad pulmonar, mayor masa muscular, mayor tamaño o altura promedio… adquiridas durante el desarrollo como hombres no desaparecen ni se reducen con la sola disminución de los niveles de testosterona. Ignorar esto impide el juego limpio para las mujeres», concluye.

domingo, 20 de mayo de 2018

#hemeroteca #adulterio #memoria | El adulterio fue delito en España hasta 1978, castigado con hasta 6 años de cárcel

Imagen: El País / Manifestación por la supresión del delito de adulterio en 1976
El adulterio fue delito en España hasta 1978, castigado con hasta 6 años de cárcel.
Carlos Berbell y Yolanda Rodriguez | Confilegal, 2016-05-20

https://confilegal.com/20180520-hasta-mayo-de-1978-el-adulterio-fue-delito-en-espana-y-estaba-castigado-con-hasta-6-anos-de-carcel/

El adulterio fue delito hasta el 26 de mayo de 1978. Aquel año, en los albores de nuestra actual democracia, el año en que se aprobó la Constitución, fue suprimido del Código Penal. Es el devenir de la historia. Cosas que antes eran delito, dejan de serlo. Fue bajo el gobierno de Adolfo Suárez, siendo ministro de Justicia Landelino Lavilla.

Se derogaron los artículos 449 y 452 del Código Penal relativos al adulterio y al amancebamiento (lo que hoy conocemos como parejas de hecho). Hasta entonces, se castigaban con penas de seis meses y un día hasta seis años de cárcel.

También se derogó el artículo 84 del Código Civil que decía que no podían contraer matrimonio los adúlteros que hubiesen sido condenados por sentencia firme.

El artículo del Código Penal referido al adulterio decía: “El adulterio será castigado con la pena de prisión menor. Cometen adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido, y el que yace con ella, sabiendo que es casada, aunque después se declare nulo el matrimonio (...) No se impondrá pena por delito de adulterio sino en virtud del marido agraviado”.

Y finalizaba: “El marido podrá en cualquier tiempo remitir la pena impuesta a su consorte”.

Su supresión legislativa, hay que decirlo, vino precedida por los cambios que estaban teniendo lugar en la sociedad española, un pueblo en plena ebullición social tras 40 años de dictadura. El cambio estaba en marcha, en la mente de todos, pero la justicia seguía operando con los mimbres de la ley. 

Dos casos mediáticos influyeron
En 1976 tuvo lugar en Zaragoza un juicio contra una mujer casada. La acusada fue denunciada por su marido a raíz de un viaje que hizo a Canarias en compañía de otro hombre. El caso tuvo una repercusión nacional. Asociaciones de mujeres de todo el país se movilizaron y, al final, la “supuesta adultera” fue absuelta por falta de pruebas.

¡Y estamos hablando de hace tan solo 40 años!

Días más tarde tuvo lugar otro juicio en Madrid contra la madre de dos hijos y un hombre para los que el fiscal solicitó al tribunal seis años de prisión menor y cinco millones de pesetas. En este caso la calle se movilizó. Más de mil mujeres y un importante número de hombres se manifestaron ante el actual Tribunal Supremo, que en aquel entonces también albergaba a la Audiencia Provincial de Madrid, que era donde se iba a celebrar la vista pública.

Todos ellos pidieron la abolición del artículo 449 para que el adulterio dejara de ser delito.

En diciembre de ese año, dos mujeres y dos hombres fueron juzgados en Lugo y Pontevedra, con resultados dispares. La de Lugo fue absuelta y la de Pontevedra condenada a seis meses y un día de prisión y a una indemnización de 100.000 pesetas (600 euros al cambio actual, pero con un valor mucho mayor). 

“Agujeros” de escape 
Durante esos años, el Supremo tuvo ver una gran cantidad de recursos de casación que solicitaban precisamente la anulación de esas condenas.

Un caballero fue condenado el 15 de octubre de 1976. En mayo de 1978 recurrió al alto tribunal y éste sentenció a su favor bajo la argumentación de que “nada se dice en la sentencia recurrida respecto a que el procesado tuviese conocimiento del estado civil de casada de la mujer”. Ese era uno de los “agujeros” de escape. Si el acusado desconocía que la mujer estaba casada se libraba de la pena. La mujer no.

En otro caso se argumentó consentimiento por parte del marido, que también era otra justificación para eximirle de la acusación. Pero tuvo menos suerte. “No hubo consentimiento, pues aunque el marido conocía la conducta de su mujer, no pudo ejercitar la acción en tanto los culpables vivían en el extranjero”.

¿Y si el matrimonio estaba roto y cada uno se había ido por su lado? Como no existía el divorcio, el hombre podía vengarse de la mujer denunciándola. Porque seguía cometiendo adulterio.

Así sucedió en un caso de 1973. El hombre y la mujer fueron “descubiertos” in fraganti. La sentencia consideró probado “que a las 17 horas cohabitaron ambos, con lo que exteriorizan los hechos que el delito llegó a consumarse (...) Los procesados fueron sorprendidos aproximadamente a esa hora, cuando estaban los dos completamente desnudos en la cama”.

Como era lógico, el abogado defensor recurrió ante el Supremo argumentando la diferencia entre “mujer casada y mujer separada”. El tribunal -y estábamos a dos años de que la dictadura llegara a su fin- no admitió la diferencia. “Mientras el matrimonio no se anule o la legalidad actual sea modificada, el vínculo matrimonial subsiste y sus deberes éticos y de fidelidad permanecen”.

La ley utilizada para la venganza personal una vez que la relación había llegado a su fin. El machismo imperante en aquel entonces asumía que la mujer era propiedad del hombre.

Había que probar que se produjo
Para que hubiera adulterio, había que probar que se había producido esa unión sexual.

¿Y si no?.

En 1963 llegó al Tribunal Supremo un recurso de una señora que había sido condenada porque, según el tribunal inferior, se la había visto con un hombre en lugares oscuros dándose el lote correspondiente. 1963 era plena dictadura franquista y la represión sexual era norma.

El Alto Tribunal de entonces revocó la sentencia porque, si bien dichos actos externos revelaban la infidelidad moral de la señora y una peligrosa inclinación hacia el acto carnal, no había sido probado que hubieran mantenido relaciones sexuales plenas.

Sobre esos mismos fundamentos jurídicos, tanto la Audiencia como el Supremo habían absuelto un año antes, en 1962, a un hombre y a una mujer, que habían sido denunciados por el esposo de esta como “reos de adulterio”, y que contó muy bien el abogado Fernando Vizcaíno Casas en su libro “Nuevas historias puñeteras”.

La historia tiene su enjundia. Y fue como sigue: el marido regresa a casa y encuentra a su mujer en compañía de su hija y de una vecina.

La vecina se va y, entonces, el marido observa algo extraño.

Su señora no deja entrar a su hija en una de las habitaciones.

Mosqueado –pero que muy, muy mosqueado- entra él y hace un registro a fondo. Debajo de la cama encuentra a un hombre totalmente vestido.

El marido, como era lógico, agarra al sujeto, le zarandea y le insulta.

– No es lo que usted se cree... Que he venido a cobrar el pan, como todos los fines de mes... –trataba de explicar el hombre.

En un descuido del marido, el tipo escapó a todo correr.

Visto lo visto, el esposo regresó al cuarto con el fin de registrarlo. La cama en cuestión no presentaba huella de haber sido usada, ni tampoco ninguna otra en la casa.

En el armario encontró, eso sí, unos platos de anchoas, salchichón, queso y aceitunas.

Convencido de que su mujer le había sido infiel, presentó una querella por adulterio en grado de tentativa contra su esposa y el hombre, que resultó ser el panadero.

Como habíamos apuntado antes, tanto la Audiencia como el Alto Tribunal fallaron en contra.

No podía existir el “adulterio en grado de tentativa”, ya que se trataba de un delito de resultado, no de tendencia.

Era necesario que se hubieran producido relaciones sexuales plenas.

Ni el panadero debajo de la cama ni las aceitunas y demás aperitivos ocultos en el armario valieron para demostrar no ya la consumación del acto carnal sino ni siquiera una inequívoca actuación encaminada a lograrlo.

viernes, 13 de abril de 2018

#hemeroteca #violenciaintragenero | Colegas: Lanzan una campaña para que se visibilice la violencia doméstica entre parejas homosexuales

Imagen: Confilegal
Lanzan una campaña para que se visibilice la violencia doméstica entre parejas homosexuales.
Carlos Berbell | Confilegal, 2018-04-13
https://confilegal.com/20170413-14-abril-2009-ano-cero-primer-asesinato-violencia-personas-del-sexo/

Colegas-Confederación LGBT (lesbianas, gais, bisexuales y transexuales), el Observatorio Español contra la LGBTfobia y el despacho de abogados Patón & Asociados, han lanzado una campaña para que se visibilice la violencia doméstica en parejas homosexuales, lo que definen violencia intragénero.

“Desgraciadamente, la violencia doméstica o intragénero en parejas homosexuales es una realidad invisible que sufren muchos gais y lesbianas en nuestro país, y que generalmente no se denuncia y no accede a estadísticas de ningún tipo, siendo las tasas de violencia en hogares gay-lésbicos comparables a las de los hogares heterosexuales”, dicen en un comunicado los impulsores de la campaña.

“Según el último estudio publicado en septiembre de 2014 por Richard Carroll, de la Universidad Northwestern de Chicago, entre un 25 por ciento y un 75 por ciento de las parejas homosexuales son víctimas de violencia doméstica, porcentaje superior al de los estudios sobre las estadísticas de mujeres víctimas de violencia de género, que lo sitúan en un 25 por ciento”, añaden.

Una de las medidas para conseguir esa visualización es la propuesta de que se declare el 14 de abril como el Día Nacional contra la Violencia Intragénero.

Ese día, precisamente, de 2009, murió, en la localidad almeriense de Adra, la primera víctima de su pareja en un matrimonio igualitario. Muerte que luego se saldó con el suicidio de su autor.

Fue la primera vez en la historia reciente que se hizo pública la ignorada violencia en el seno de un hogar familiar de parejas del mismo sexo. Desde esa fecha hasta ahora han mediado 8 años y aún hoy sigue siendo un tema tabú, silenciado por el propio colectivo LGBT internacional.

“Han transcurrido más de doce años desde que se aprobara el matrimonio igualitario en nuestro país, y desde entonces han sido muchísimos los casos de violencia en esta nueva organización familiar, siendo muy numerosas las muertes de hombres a manos de sus parejas también hombres, algunos de ellos con gran repercusión mediática mientras otros han quedado en el más absoluto secreto por el escarnio público y la discriminación que lamentablemente sigue sufriendo quien es homosexual o bisexual solo por el hecho de serlo”, agregan en una nota de prensa.

Exigen las mismas ayudas que las mujeres víctimas
Un objetivo fundamental para ellos es conseguir que las víctimas de violencia intragénero tengan las mismas ayudas que las mujeres víctimas de violencia de género

“La violencia doméstica o intragénero entre parejas de gais y lesbianas, no puede seguir considerándose una violencia doméstica de segunda categoría, y exigimos las mismas medidas y recursos que actualmente son ofrecidos a las mujeres víctimas de violencia de género”, afirman en su comunicado.

“Muchas personas están siendo excluidas de determinados servicios y medidas legales y sociales, produciéndose una discriminación de facto entre las víctimas, lo que es inconstitucional. Las administraciones no pueden seguir discriminando por más tiempo a las personas por su orientación sexual o identidad de género, y tan sólo pedimos ecuanimidad y justicia”, señalan.

Ampliar la Ley Integral o hacer una ley “ad hoc”
Para Colegas-Confederación LGBT, el Observatorio y Patón & Asociados, hay que aclarar la disyuntiva: Que las fuerzas políticas decidan si se amplía la a Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, comprendiendo a esta violencia intragénero, o se hace una nueva ley “ad hoc”.

“No hay más que hablar ni discutir”, afirma Paco Ramírez, presidente de Colegas.

“Otra necesidad urgente que llevamos demandando al Ministerio de Interior es la recopilación de estadísticas de todas las intervenciones policiales en violencia entre parejas LGBTI, lo que serviría para tener una visión cuantitativa global del fenómeno, y serviría para visibilizarlo en nuestra sociedad, y poder luchar contra él de forma efectiva A lo largo del mundo muchas policías hacen campañas específicas enfocadas en sensibilizar sobre este tema. Seamos una vez más ejemplo en el mundo de nuestros avances sociales”, indica Ramírez.

Para Víctor Martínez Patón, director del área penal de Patón & Asociados, “la violencia en parejas del mismo sexo también existe y es muy frecuente, por lo que es necesario que nuestro legislador ampare a sus víctimas. Puesto que se han demostrado tan buenos resultados con las herramientas proporcionadas a las mujeres víctimas de violencia machista, y que son imprescindibles para erradicarla, ¿por qué no proveer de las mismas a quienes tengan una pareja del mismo sexo?”.

Para Martínez Patón la protección social debe ir más allá con el fin de acabar con las situaciones de silencio y discriminación. Por ello, propone que se publiquen también las estadísticas de estas víctimas, como ya sucede en Estados Unidos o Canadá.

Por eso es tan necesario un Día Nacional que nos sirva para crear conciencia y dar visibilidad a esta lacra para erradicarla”, concluye el abogado.
 
Y TAMBIÉN…
Piden más recursos para la violencia intragénero.

Colegas estrena campaña por el Día Nacional contra la Violencia Intragénero.
El Telescopio Digital, 2018-04-16