Se llamaba Daniela y su gente más cercana se dirigía a ella como Kendall, pero no hay ni rastro de esos nombres en la inscripción de su lápida. Tampoco hay rastro de ella en la fotografía que su familia ha elegido para recordarla tras su muerte en abril de 2022.
“El nombre que aparece en su lápida es su ‘deadname’, un nombre con el que hace mucho tiempo que no se identificaba y que había cambiado legalmente”, explica su amiga Alana Pantaleón, que cree que es “un insulto” que ese sea el nombre elegido para recordarla. Sobre la fotografía, dice que es “un escupitajo” a su memoria. “Ella era una persona preciosa por dentro y por fuera, y estaba feliz con el cambio por el que había peleado tantísimo, pero lo que se ve en la fotografía es un chico sombrío, triste, incómodo”, explica a El Salto.
Porque Daniela era una chica trans, algo que su familia nunca había entendido ni mucho menos aceptado. “Su familia conocía y rechazaba la condición de Kendall y esto fue motivo de los múltiples abusos a los que la expuso”, explica Pantaleón, que considera que el nombre y la fotografía que la familia ha elegido para recordarla no solo son un insulto sino también una vulneración del derecho al honor de su amiga.
Por eso decidió buscar respaldo para reparar este derecho, una pelea en la que la acompaña otra amiga de ambas. La búsqueda las llevó hasta la asociación Euforia Familias Trans Aliadas. El camino no es fácil. Alana Pantaleón lo llama “dificultades técnicas”. Se encontró con que, pese a ser la “familia elegida” de la fallecida, pese a haber convivido con su amiga y haberla acompañado en los últimos años, para el ordenamiento jurídico no es nadie. La amiga de Daniela se encontró con que solo los familiares directos de la fallecida estaban en disposición de interponer una denuncia para pedir una reparación de su honor.
El difícil camino de Daniela En la ‘Guía de acompañamiento respetuoso de las identidades trans en el ámbito familiar’ de Euforia Familias Trans Aliadas, este colectivo que asesora y acompaña a personas trans desde 2019 —aunque con un bagaje previo— recomienda escuchar, acompañar y respetar a un niño o niña que muestra señales de que su identidad sexual no es cisnormativa, y hacerlo sin decidir por las criaturas. Lo plantea como una obligación legal y moral de proteger a las personas que están a su cargo, más cuando son pequeñas, y advierte de la relevancia de proporcionar un espacio de seguridad para prevenir trastornos de conducta, depresión, autolesiones e ideas de suicidio.
Pero eso no se parece en nada a lo que Daniela vivió con sus padres. Daniela nació en el año 2000 en Chile y fue adoptada en 2002 por una familia española con residencia en Cantabria. En 2011, con tan solo 11 años, ya se hacía algunas preguntas sobre su orientación y su identidad: entonces, se definió ante su familia como un niño homosexual, y pagó por ello siendo internada en un centro psiquiátrico, según la información que han podido recabar sus amigas.
Unos años después, entre 2013 y 2014, Daniela se identificó como una mujer trans. El rechazo de sus padres, que las amigas definen como conservadores y muy religiosos, se intensificó. En 2016, su familia volvió a internarla en un centro psiquiátrico.
Al año siguiente, en 2017, Daniela tuvo acceso por fin a tratamiento especializado. Un enfrentamiento con su familia a raíz de este proceso acaba con la intervención de los Servicios Sociales, y los padres pierden la tutela en favor de un centro de menores, donde pasa un tiempo hasta la mayoría de edad.
Cuando Daniela cumplió 18 años, empezó su vida fuera del centro de menores, primero en Torrelavega y luego en Madrid, donde vivió en sus últimos años. Allí consiguió un trabajo y comenzó a estudiar. Allí solicitó en 2021 la inscripción del cambio de nombre en el registro y recibió confirmación del cambio en marzo, como indican los documentos recopilados por sus amigas, aunque no llegó a modificar su DNI para trasladar el cambio recogido en el registro. En 2022, Daniela se encontraba en una situación límite de precariedad y desamparo. Se suicidó en abril de ese año y fue enterrada en el nicho familiar del cementerio de Aspe, en Alicante.
Infracción de tres leyes Un escrito dirigido a la Dirección General de Igualdad de la Comunitat Valenciana en junio de 2023 expone la vulneración de derechos que supondría usar su antiguo nombre e imagen en el cementerio de Aspe y pide que se repare el honor de Daniela. El texto responsabiliza a los padres de Daniela, pero también al ayuntamiento. El escrito argumenta que se habrían cometido infracciones recogidas en tres leyes diferentes.
En primer lugar, se infringiría la Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de LGTBI, es decir, la ley LGTBI autonómica, que establece como infracción grave “la realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de identidad o expresión de género” así como “realizar actos que impliquen aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de personas por causa de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar”.
En segundo lugar, sigue el escrito, se infringiría la la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, conocida como Ley Zerolo, que reconoce el derecho de todas las personas a no ser discriminadas por razón de orientación, identidad sexual o expresión de género, entre otras causas. Esta ley entiende como infracción grave los actos u omisiones que constituyan discriminación y, argumenta el escrito, los hechos que presenta sobre Daniela son discriminatorios en el sentido de que se la trata de manera menos favorable a otras en situación análoga. Las infracciones graves se sancionan con multas de entre 6.000 y 10.000 euros en la ley LGTBI autonómica y con entre 10.000 y 40.000 en la Ley Zerolo.
En tercer lugar, el escrito entiende que se infringiría la Ley 49/1978, de 3 de noviembre, de enterramientos en cementerios municipales, que impone una obligación antidiscriminatoria a las corporaciones locales: “Los Ayuntamientos están obligados a que los enterramientos que se efectúen en sus cementerios se realicen sin discriminación alguna por razones de religión ni por cualesquiera otras”.
El escrito hace alusión a la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, la Ley Trans, que remite a las leyes autonómicas cuando se trata de valorar posibles infracciones.
Un absurdo jurídico “Es un caso al que la normativa no da ningún tipo de respuesta”, dice Saúl Castro, abogado experto en derechos de las personas LGTBIQ+, que ha redactado el escrito de denuncia.
Las limitaciones empiezan en la Ley orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, dice el abogado. Porque esta ley es la vía más directa para solicitar por la vía civil la reparación del derecho al honor de Daniela. Pero las personas legitimadas para hacer esa solicitud son “el cónyuge, los descendientes, ascendientes y hermanos de la persona afectada”.
“Nos encontramos con el absurdo jurídico de que las personas que están lesionando la memoria de una mujer trans son las personas a las que nuestro ordenamiento reconoce en la legitimación para interponer una demanda”, lamenta Castro. La lectura que hay detrás, continúa, es que el sistema entiende que las personas que van a velar más por los intereses cuando han fallecido son nuestras familias biológicas, algo que no siempre aplica en el caso de las personas LGTBIQ+, donde “los victimarios pueden ser nuestras propias familia”, dice el abogado.
Ante esa limitación, el escrito de denuncia se sostiene en otras vías: acuden a la normativa antidiscriminación, en concreto la ley LGTBI valenciana y la Ley Zerolo, pese a que en ninguna de ellas hay una referencia específica al caso, y lo hacen mediante la asociación Euforia Familias Trans Aliadas.
Esta vía, además de menos específica, es incierta en los tiempos: el abogado reconoce que no pueden saber en qué plazos va a responder la administración, ya que la única referencia que tienen es la de la prescripción de los hechos que se denuncian. Pero, en ese caso, al producirse la discriminación de manera continuada, no hay prescripción.
“El caso es único y plantea muchas incógnitas sobre cómo se puede garantizar el derecho al honor y a la propia imagen; es la primera vez que se plantea en el ámbito de violencias que nos suceden a la población LGTBI”, valora.
El derecho a la identidad
El derecho al nombre y a la expresión de género es una manifestación del derecho a la propia imagen vinculado a la dignidad de la persona. Así lo entiende el Convenio Europeo de Derechos Humanos y otros textos internacionales. Pero también es un principio constitucional, como recoge por ejemplo una sentencia de este tribunal de 2019, que interpreta que, si bien el derecho a la identidad no está recogido expresamente en la Constitución, “se puede considerar tácitamente incluido en el artículo 10” —sobre el derecho a la dignidad de las personas— ya que “la propia identidad, dentro de la cual se inscriben aspectos como el nombre y el sexo, es una cualidad principal de la persona humana”. Otra sentencia, esta de 2022, reconoce la orientación sexual y la identidad de género como “elementos vinculados con el derecho a desarrollar una determinada vida privada” y en el marco del derecho a “la integridad física y psicológica de una persona”.
Esta idea está en la base de las legislaciones autonómicas que regulan derechos de las personas trans, así como de la Ley Trans. En su preámbulo, esta ley recuerda que el Tribunal Constitucional estableció en una sentencia de 2019 que “la propia identidad, dentro de la cual se inscriben aspectos como el nombre y el sexo, es una cualidad principal de la persona humana; establecer la propia identidad no es un acto más de la persona, sino una decisión vital, en el sentido que coloca al sujeto en posición de poder desenvolver su propia personalidad”.
Un homenaje a Kendall Daniela sí tuvo una despedida más justa que la del cementerio de Aspe: la que organizaron en el centro de menores donde vivió hasta cumplir los 18 años, ese sí con su nombre e imagen real. También algunas amigas se juntaron en el día de su cumpleaños para recordarla.
“Para nosotras es muy importante el que no quede impune y creemos que no hay nada imposible”, dice Natalia Aventín, presidenta de Euforia Familias Trans Aliadas, que subraya la importancia de la iniciativa que han tenido las amigas de Daniela y, en particular, la amiga que ha recabado los datos y ha tomado la iniciativa de promover la denuncia. Porque “sabemos que ocurren estas cosas, pero es difícil encontrar a alguien que te lo transmita o buscar la manera de abordarlo”.
Aventín lamenta que se deje en manos de las familias la legitimación para reparar el derecho al honor cuando muchas personas trans se encuentran con el rechazo frontal a reconocer su identidad. En contraposición, recuerda el papel fundamental de las familias a la hora de leer las señales que lanzan las infancias trans, que no son solo verbales sino que se manifiestan de diferentes formas —en el juego o la expresión de género— y a las que pide prestar atención desde la escucha. “Es importante tener la mente abierta y escuchar, porque muchas veces las personas adultas no escuchamos sino que explicamos cosas todo el rato como si fuéramos las únicas que podemos aportar algo, hay que bajarse de ese adultocentrismo”, añade.
Para Aventín, el caso muestra que queda mucho por hacer en lo que se refiere a derechos de las personas trans. Un cambio urgente, dice, es que la legislación permita que entidades que luchan por el colectivo puedan personarse de manera segura ante cualquier vulneración de derechos.
El Ayuntamiento de Aspe, preguntado por este periódico, asegura no tener constancia de ninguna denuncia, aunque es conocedor de los hechos ya que Euforia Familias Trans Aliadas contactó con el consistorio antes de interponer el escrito de denuncia a la dirección de Igualdad. Euforia Familias Trans Aliadas recibió contestación a través de una Técnico de Igualdad, que les indicó que la corporación había decidido no actuar. Preguntado por este medio, el Ayuntamiento asegura a El Salto que sigue los procedimientos legales para facilitar el enterramiento de personas fallecidas a todas las familias y que no se ha detectado ninguna irregularidad administrativa en el servicio. “De ser así, realizaríamos las diligencias y procedimientos oportunos para subsanar el error”, indican. La Conselleria de Servicios Sociales de la que depende Igualdad, por su parte, no ha respondido a las preguntas de este medio al cierre de este artículo.
Pantaleón visitó el nicho donde se encuentran los restos de su amiga por última vez en agosto de este año. “Me hizo polvo, pero volví a sentir que tenía que hacer algo como fuera, que esto no puede quedar así”, explica. Las amigas de Daniela se mantienen a la espera de la respuesta de las administraciones y esperan poder darle otra despedida: “Sería bonito que se pudiera cambiar y hacerle un homenaje, algo más real”, dice Pantaleón.
- Información útil
- 028 es el número del Teléfono Arcoíris, un teléfono gratuito y confidencial puesto en marcha por el Ministerio de Igualdad donde un equipo de profesionales atiende 24 horas a las víctimas de delitos de odio y discriminación por LGTBIfobia.
- 024 es el número de la Línea de atención a la conducta suicida del Ministerio de Sanidad. Se trata de una línea telefónica de ayuda a las personas con pensamientos, ideaciones o riesgo de conducta suicida, y a sus familiares y allegados.