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martes, 29 de abril de 2025

#hemeroteca #lgtbi #empresas | ¿Has incorporado ya los planes de medidas LGTBI en tu empresa?

Plan LGTBI en las empresas de más de 50 personas trabajadoras //

¿Has incorporado ya los planes de medidas LGTBI en tu empresa?

MuyPymes, 2025-04-29

https://www.muypymes.com/2025/04/29/incorporado-planes-medidas-lgtbi-empresa

El pasado mes de octubre de 2024, el Gobierno aprobó el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.

Según esta normativa, las empresas deben negociar con los representantes de las personas trabajadoras un plan que incluya cláusulas de igualdad, medidas para el acceso al empleo, criterios de promoción, formación, promoción de entornos inclusivos, beneficios sociales y un régimen disciplinario.

En consecuencia, las empresas con más de 50 empleados tenían hasta el 10 de abril para incorporar las medidas del plan de medidas LGTBI en sus normas internas. Si el convenio colectivo no las ha incorporado, deberán aplicar por defecto las medidas recogidas en los Anexos I y II de la normativa. Si bien las compañías con convenio empresarial o colectivo tuvieron que hacerlo antes del 10 de enero de 2025.

Asimismo, aunque el resto de las empresas no estén obligadas a elaborar este protocolo, es recomendable su implementación, ya que contribuye a la creación de entornos laborales más inclusivos, mejora la reputación corporativa y fomenta el bienestar y la productividad de los empleados.

De este modo, Synergie, multinacional de soluciones globales de recursos humanos, se posiciona como un socio estratégico en la implementación de estos planes, ofreciendo un servicio de consultoría especializada abarca desde el diseño y elaboración del plan hasta su aplicación práctica, asegurando un cumplimiento normativo riguroso. Además de evitar posibles sanciones económicas, contar con el respaldo de una consultora experta como Synergie permite a las empresas fomentar una cultura corporativa basada en la diversidad, la igualdad y la inclusión, generando entornos laborales más justos y equitativos.

Contenido y criterios del Plan de medidas LGTBI
El protocolo debe incluir cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, medidas para fomentar la contratación de personas del colectivo y garantías para el desarrollo profesional- Asimismo, será obligatorio ofrecer formación a la plantilla para sensibilizar a los trabajadores en lo relativo al uso de un lenguaje inclusivo y respetuoso. Estas formaciones deberán ser impartidas por profesionales especializados en la materia, ya sean internos o externos a la empresa.

También será imprescindible que el plan reconozca los distintos tipos de estructuras familiares y establezca un régimen de infracciones y sanciones contra cualquier conducta que atente contra la libertad sexual, la identidad o la expresión de género.

Otro punto destacable es que, en vez de incluir medidas específicas para el colectivo LGTBI en el plan de acoso, obligatorio para todas las empresas, el protocolo LGTBI debe ser un documento aparte y tiene que identificar conceptos como delitos de odio y discriminación, así como contener medidas específicas para cuando ocurren. Estos conceptos deben quedar muy claramente definidos para discernir qué plan accionar.

¿Quién debe negociar las medidas?
Las medidas del plan LGTBI deben ser negociadas por el mismo comité de empresa que negoció el plan de igualdad de la empresa, cuya implementación ya era obligatoria para las empresas de más de 50 trabajadores desde el 7 de marzo de 2022. Las empresas que no cuenten con esta comisión que actúe como representante legal de los trabajadores deberán contactar con los sindicatos mayoritarios. En caso de inspección, la falta de acreditación de este paso derivará en sanciones.

Los sindicatos dispondrán de un mes para responder. Si no contestan en este plazo, la compañía podrá seguir con la elaboración del plan de forma unilateral.

Plan de medidas LGTBI vs Plan de igualdad
Es cierto que el plan de medidas LGTBI cuenta con similitudes con el modelo de plan de igualdad habitual en lo que se refiere a estructura, fórmulas y medidas. Sin embargo, se diferencian en varios aspectos clave:
  • El plan de igualdad no podemos contar con una base para el diagnóstico, ya que la legislación impide preguntar sobre orientación sexual o identidad de género y no podemos tampoco presuponerla. En cambio, en el plan de igualdad, sí podemos comprobar qué integrantes de la compañía de cada género tenemos, según los datos de la Seguridad Social. No obstante, en el caso de los protocolos LGTBI, recomendamos realizar encuestas anónimas para detectar si los trabajadores consideran que se podría mejorar en la prevención de la discriminación hacia el colectivo LGTBI en aspectos como la selección, promoción o formación.
  • A diferencia del plan de igualdad, el plan de medidas LGTBI no es obligatorio registrarlo en el Registro y depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, también conocido como REGCON.
  • La normativa obliga a las empresas a formar a toda la plantilla una vez elaborado el plan. La formación debe abordar temas como la diversidad, la discriminación y los delitos de odio. Además, es imprescindible que el protocolo esté previamente elaborado para garantizar que la formación sea efectiva y se mantenga alineada con las medidas establecidas.
  • El Real Decreto no especifica el periodo de validez del protocolo. De todos modos, las empresas están otorgando a este protocolo una vigencia máxima de cuatro años, cogiendo como referencia el plazo de vigencia de los planes de igualdad. Cabe remarcar que estos documentos deben estar sujetos a cambios constante y actualizarse siempre en función de la normativa.

viernes, 21 de marzo de 2025

#hemeroteca #lgtbi #empresas #trabajo | UGT Extremadura asiste a la inauguración de la Coordinadora LGTBI confederal

Inauguración de la Coordinadora LGTBI de UGT //

UGT Extremadura asiste a la inauguración de la Coordinadora LGTBI confederal

El sindicato insta a la apertura de todos los convenios colectivos y llama a las empresas de más de 50 personas trabajadoras a la implantación de los planes LGTBI
UGT Extremadura, 2025-03-21
https://www.ugtextremadura.org/ugt-extremadura-asiste-la-inauguracion-de-la-coordinadora-lgtbi-confederal

La secretaria general de UGT Extremadura, Patro Sánchez, y la vicesecretaria general, Montserrat Marcos, responsable del área de LGTBI del sindicato en la región extremeña, han asistido a la inauguración de la Coordinadora LGTBI junto al Área LGTBI confederal de UGT, sus áreas territoriales y las secretarías con competencias LGTBI en las diferentes comunidades autónomas.

En la reunión, que se ha desarrollado ayer jueves y este viernes, se ha analizado la situación actual de las personas LGTBI en los puestos de trabajo y se han presentado las propuestas de UGT para este mandato. La vicesecretaria general de UGT, Lola Navarro; el responsable confederal del área LGTBI de UGT, Toño Abad; y la secretaria general de UGT Madrid, Susana Huertas, han intervenido en la presentación.

El principal objetivo de este encuentro es instar a la apertura de todos los convenios colectivos y hacer un llamamiento a las empresas de más de 50 personas trabajadoras para que implanten los planes LGTBI recogidos en el artículo 15.1 de la ley 4/2023 y desarrollados en el Real Decreto 1026/2024 de 8 de octubre.

El sindicato considera que, aunque el citado Real Decreto es muy claro con los plazos para iniciar las negociaciones (tres meses, menos en las empresas que carezcan de convenio colectivo y de RLPT, ya que en este caso el plazo se ampliaría a seis meses), la realidad es que muchas de ellas aún no se han iniciado. Esta circunstancia ha demorado la situación de desamparo que, en muchas ocasiones, sufren las personas LGTBI en sus centros de trabajo.

Para UGT es urgente la aplicación de medidas en las empresas para acabar con la LGTBIfobia y garantizar la igualdad de trato y oportunidades para todas las personas trabajadoras. Por ello, el sindicato aboga por comenzar de manera inmediata la negociación de las cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, acceso al empleo, medidas de formación, sensibilización y lenguaje, permisos y beneficios sociales y la modificación del régimen disciplinario, entre otras herramientas.

Del mismo modo, UGT considera que también se debe negociar con carácter urgente la aplicación de un protocolo de actuación para la atención del acoso y la violencia contra las personas LGTBI y un protocolo de acompañamiento a personas trans en el trabajo. Este último protocolo no está recogido en el Real Decreto 1026/2024 como obligatorio, pero UGT apuesta fuertemente por él. El sindicato considera fundamental este plan para facilitar la transición legal y la adecuación del puesto de trabajo, si fuese necesario, de las personas trans.

El colectivo trans es el más golpeado por la discriminación laboral. Por ello, garantizar la protección de sus derechos en el trabajo y el acceso al mismo es fundamental. Cabe destacar que el primer escollo que se encuentran las personas trans es el acceso al mercado laboral, por ese motivo, en esta reunión, también se ha instado al cumplimiento de la ley 3/2024 de empleo.

Por último, esta convocatoria también ha servido para organizar el trabajo territorial a nivel interno de la organización. Así, se ha puesto un especial énfasis en la formación de todas las delegadas y delegados del sindicato, así como de toda la estructura de UGT que va a estar presente en las negociaciones de los Planes LGTBI.

sábado, 8 de febrero de 2025

#hemeroteca #lgtbi #empresas | Las empresas arrastran los pies en las medidas laborales obligatorias para la igualdad LGTBI+

Acuerdo contra la discriminación LGTBI en las empresas, 2014-06-26 //

Las empresas arrastran los pies en las medidas laborales obligatorias para la igualdad LGTBI+

Hace un mes que terminó el plazo marcado para que se abriera la negociación colectiva al respecto, pero muchas no han arrancado. El colectivo teme retrocesos por el empuje de la ultraderecha
Emilio Sánchez Hidalgo, Pablo León | 2025-02-08
https://elpais.com/economia/2025-02-08/las-empresas-arrastran-los-pies-en-las-medidas-laborales-obligatorias-para-la-igualdad-lgtbi.html 

El 8 de enero, hace un mes, terminó un plazo que interpelaba a todas las empresas de 50 trabajadores o más. Para entonces debían haber abierto la negociación con los representantes de los empleados para concretar las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI+, en cumplimiento del acuerdo al respecto del Ministerio de Trabajo, sindicatos y patronales. Según denuncia la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+), las compañías están arrastrando los pies. Aseguran que muchas empresas no han abierto una conversación que ya debería estar en marcha.

Desde el 8 de enero, tres meses después de la aprobación del reglamento, “todos los convenios colectivos deben estar abiertos para la presentación de las propuestas de cada parte negociadora, cuya obligación es conformar un conjunto de medidas definitivo”, indica William Gil D´Avolio, director ejecutivo de FELGTBI+. “Ya se ha cumplido el plazo y desde la Federación advertimos de que, aunque hay conciencia en el sector, aún falta que esos planes terminen de aterrizar”, denuncia. Es una impresión parecida a la de Carolina Vidal, secretaria confederal de Mujeres, Igualdad y Condiciones de Trabajo de CCOO: “Está tardando, está costando en muchos casos”. Además, subraya que hay empresas “con la obligación de abrir el convenio” para abordar estas medidas, “pero que ideológicamente no lo comparten”.

Este conjunto de medidas parte de un desarrollo reglamentario de la conocida como ley trans (que asegura la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI): establece que los convenios colectivos deberán contemplar cláusulas específicas de igualdad de trato y no discriminación para las personas LGTBI+; precisa que las empresas deberán impartir formación para evitar la discriminación del colectivo en entrevistas y ascensos; fija la inclusión de un protocolo frente al acoso y la violencia; que “se promoverá” la “heterogeneidad de las plantillas para lograr entornos laborales diversos”; y contempla medidas específicas para fomentar la integración del colectivo trans, el que más discriminación laboral sufre.

Este conjunto de políticas debe desarrollarse de forma obligatoria en las compañías con más de 50 empleados, pero puede aplicar a muchas otras de menor tamaño, ya que ha de trasladarse a todos los convenios. “Es importante entender que en el cumplimiento de medidas para promover la igualdad y evitar la LGTBIfobia en el trabajo no solo hablamos de obligaciones legales, sino también de compromisos sociales y valores, de dignidad y derechos humanos”, añade el representante de FELGTBI+

Toño Abad, responsable del área LGTBI+ de UGT, cree que aún “es un poco temprano” para valorar cómo está avanzando la negociación e implementación de estas medidas: “Tenemos la confianza de que las empresas lo van a poner en marcha”. Subraya que es “una materia nueva”, pero que ello no impide que su sindicato se mantenga “vigilante”.

Es una posición similar a la de Julio del Valle, director general para la Igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, dependiente del Ministerio de Igualdad: “Lo novedoso lógicamente necesita su tiempo. Al poderse negociar además de por empresa también por convenios de sector confío en que en breves fechas ya muchas trabajadoras y trabajadores puedan disfrutar las medidas que cuidan de sus derechos”. Del Valle cataloga la nueva normativa como “un instrumento pionero a nivel mundial”. “Lo más importante es que existe un amplio acuerdo entre el empresariado y la representación sindical para que nuestras empresas sean cada vez más inclusivas y diversas”, añade.

Si no hay un acuerdo entre los representantes de los sindicatos y de la empresa a 8 de abril (tres meses después del 8 de enero), precisa Gil D´Avolio, las compañías están igualmente obligadas a implementar una serie de medidas mínimas contempladas en el real decreto. “Se continuarán aplicando hasta que entren en vigor las que posteriormente se puedan acordar mediante convenios colectivos o acuerdos”, añade el representante de FELGTBI+. Las empresas que no cumplan se enfrentan a posibles sanciones de Inspección. A la vez, los sindicatos recuerdan que afrontan estas negociaciones con recursos insuficientes. “Hay reticencias en la patronal porque se ve como una cosa menor. Tenemos el convencimiento de que hay que hacerlo”, añade Vidal.

“Para algunas empresas que ya contaban con medidas para la igualdad y no discriminación de personas LGTBI+, este proceso ha sido más sencillo de conducir, lo que da cuenta de la importancia de la anticipación. Animamos a las empresas a dar continuidad a su trabajo más allá de los tiempos de la negociación colectiva”, agrega Gil D´Avolio. Pone su organización a disposición de las empresas “para acompañarlas”, ya que “esto no constituye una lucha entre la empresa y la plantilla o entre la empresa y las personas LGTBI+”. “Si la dirección de una empresa piensa que esto es una mera formalidad, debe saber que el hecho de que la gente no se visibilice en su espacio laboral es la primera señal a tener en cuenta para saber que urge trabajar estas políticas. Porque, estadísticamente, en una empresa de más de 50 personas, hay seguro personas LGTBI+”, añade Gil D´Avolio.

La amenaza ultra
El representante de UGT subraya el efecto del contexto internacional en este tipo de políticas, ante la pujanza de la ultraderecha y el posible retroceso de las empresas en políticas de diversidad. “Lo que estamos viendo no es un riesgo de pérdida de derechos, sino que ya está pasando”, denuncia Abad, que pone especial atención a Estados Unidos y sus compañías tras la toma de posesión de Donald Trump: “Nos preocupa mucho. Se está limitado el derecho de muchas personas a vivir con dignidad. Muchas empresas están siguiendo los pasos de la Administración de Estados Unidos”. Coincide la sindicalista de CCOO: “Muchas empresas, viendo que ahora ganan los que apoyan ideas de ultraderecha, optan por esconderse, por no fomentar políticas de igualdad. No lo podemos permitir”.

Desde FELGTBI+ indican que este escenario político “refuerza la importancia de las leyes y el Estado de derecho frente a la volatilidad de los mercados”. Gil D´Avolio reclama al Ministerio de Trabajo que vigile el cumplimiento de esta nueva normativa y añade un recado: “Recordamos a la ministra su compromiso público de aprobar también un protocolo de acompañamiento para la inserción laboral de personas trans. En la actualidad, cuatro de cada diez personas trans se encuentran en riesgo de pobreza, un 16% más que la población en general”.

jueves, 10 de octubre de 2024

#hemeroteca #lgtbi #trabajo | Cuenta atrás para que las empresas de más de 50 trabajadores elaboren su plan de igualdad LGTBI: estas son las principales claves

Firma del acuerdo contra la discriminación laboral LGTBI, 2024-10-26 //

Cuenta atrás para que las empresas de más de 50 trabajadores elaboren su plan de igualdad LGTBI: estas son las principales claves

Este jueves entra en vigor la norma que regula las medidas a implementar por las compañías para garantizar que no se discrimine al colectivo en el ámbito laboral
Irene Ruiz de Valbuena | El País, 2024-10-10
https://elpais.com/economia/mis-derechos/2024-10-10/cuenta-atras-para-que-las-empresas-de-mas-de-50-trabajadores-elaboren-su-plan-de-igualdad-lgtbi-estas-son-las-principales-claves.html 

Tras meses de negociación con los agentes sociales, ayer 9 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1026/2024, que establece el marco regulador para que las empresas de más de 50 trabajadores elaboren un plan de igualdad LGTBI. La norma exige que estas compañías apliquen un conjunto planificado de medidas destinadas a asegurar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, incluyendo protocolos específicos para la atención de situaciones de acoso y violencia. Las empresas deben comenzar ya a negociar estos planes pues, ya que si no consiguen un acuerdo tendrán que aplicar las medidas incluidas en la norma.

Se trata del desarrollo reglamentario de una obligación recogida en la conocida como ley trans, en vigor desde el pasado 2 de marzo, pero que hasta ahora no contaba con una regulación que definiera su contenido y alcance. “Esta norma aporta seguridad jurídica al desarrollar una obligación prevista en la Ley 4/2023 para las mercantiles con más de 50 personas trabajadoras y supone una oportunidad para las empresas de avanzar en su compromiso con la diversidad, mejorando el clima laboral y la reputación corporativa”, valoran Almudena Batista y Elisabet Calzada, socias de laboral de Cuatrecasas. Asimismo, las abogadas destacan que este reglamento ha sido acordado en el marco del diálogo social, “lo que ha permitido alcanzar un consenso amplio y equilibrado que refuerza su legitimidad y eficacia”.

¿Cuándo entra en vigor?
El Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, hoy, 10 de octubre.

¿A qué empresas se aplica?
La norma se aplica a empresas con una plantilla superior a 50 trabajadores, aunque aquellas con menos empleados también pueden implementar, de manera voluntaria, estas medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI.

¿Se aplica también a los empleados subcontratados?
Sí, el real decreto precisa que las medidas planificadas también se extienden a los trabajadores cedidos por Empresas de Trabajo Temporal (ETTs), asegurando una cobertura integral.

¿Cuándo y cómo se deben elaborar los planes de igualdad LGTBI?
Las medidas deben ser negociadas en el marco de los convenios colectivos, ya sean de ámbito empresarial o superior. Para aquellos convenios firmados antes de la entrada en vigor del decreto, del 10 de octubre de 2024, se establece un plazo de tres meses para que la comisión negociadora se constituya (hasta el 10 de enero de 2025). Si se trata de un convenio colectivo sectorial, se podrá establecer que las medidas se adapten a nivel empresarial.

Por su parte, si no hay convenio aplicable y la empresa no cuenta con representación legal de los trabajadores deberá crearse, en un plazo de seis meses, una comisión negociadora que incluya a los sindicatos más representativos. No obstante, si los sindicatos no responden a la convocatoria de la empresa después de 20 días (10 días iniciales, ampliables por otros 10 más), ésta podrá aprobar unilateralmente las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI.

En este punto, Almudena Batista recomienda a las empresas que encuadren bien su situación en los distintos escenarios previstos por la Ley: con o sin convenio colectivo propio, convenio colectivo sectorial de aplicación, empresa sin convenio colectivo aplicable, etc. Y es que como, apunta la abogada, este es el paso previo para poder determinar los plazos, los interlocutores y el ámbito de negociación y así cumplir de forma efectiva con esta obligación.

Plazos para la negociación
La norma fija un máximo de 3 meses desde la constitución de la comisión negociadora para acordar el conjunto de medidas por la igualdad LGTBI. “Un plazo significativamente inferior al otorgado para los planes de igualdad, que era de 12 meses”, señala Elisabet Calzada, que añade que, aunque en determinadas circunstancias puede ser algo exiguo, por lo general, resulta adecuado para fomentar una negociación ágil y efectiva.

En caso de que no se llegue a un acuerdo en este período, la empresa deberá aplicar las medidas estipuladas en el decreto de forma provisional hasta que entren en vigor las que posteriormente se puedan acordar mediante convenios colectivos o acuerdos de empresa.

Contenido mínimo de las medidas
La nueva normativa impone que las medidas que implanten las empresas obligadas incluyan, en primer lugar, cláusulas de igualdad de trato y no discriminación que fomenten un ambiente laboral inclusivo y diverso. En segundo lugar, medidas de formación específica destinadas a eliminar estereotipos en los procesos de selección.

En tercer lugar, deben regularse los criterios para la clasificación y promoción profesional, que deberán basarse en elementos objetivos como la cualificación y la capacidad, para garantizar el desarrollo de su carrera profesional en igualdad de condiciones. La integración de módulos específicos sobre los derechos de las personas LGTBI en el ámbito laboral dirigidos a toda la plantilla en los planes de formación, es otro de los contenidos mínimos.

Los planes de igualdad LGTBI también deberán contar con medidas que favorezcan la promoción de la heterogeneidad de las plantillas para lograr entornos laborales diversos, inclusivos y seguros. El nuevo real decreto también exige que se garantice el disfrute de los permisos, beneficios sociales y derechos de todas las personas trabajadoras, sin discriminación por razón de orientación e identidad sexual y expresión de género. Asimismo, las empresas obligadas deberán integrar en su régimen disciplinario las infracciones y sus correspondientes sanciones por comportamientos que atenten contra la libertad sexual, la orientación e identidad sexual y la expresión de género de las personas trabajadoras.

Por último, los planes de igualdad LGTBI deben acompañarse con protocolos frente al acoso y la violencia contra las personas del colectivo LGTBI, que contengan mecanismos de prevención, de detección y de actuación frente a estos actos. Para cumplir con esta obligación no es necesario que las empresas elaboren un protocolo específico, basta con que incluyan medidas concretas para las personas LGTBI en su protocolo general frente al acoso y la violencia o que lo amplíen para incluirlas.

En opinión de Almudena Batista, estas medidas son esenciales para establecer unas bases mínimas de actuación frente a situaciones que pueden estar viviendo personas trabajadoras del colectivo LGTBI. No obstante, la abogada matiza que “este contenido puede ser adaptado a la realidad de las concretas empresas y, por supuesto, ampliado con medidas adicionales, en ese compromiso con la diversidad que tenga la empresa”.

Vigencia de las medidas
El periodo de vigencia de las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI se pactará en el convenio colectivo de aplicación, si esta es la vía para negociarlas. Por su parte, cuando las medidas planificadas se negocien mediante acuerdos de empresa, su periodo de vigencia lo determinarán las partes negociadoras.

Obligaciones de evaluación y revisión
El real decreto especifica que las empresas deberán evaluar y revisar periódicamente sus medidas para la igualdad de las personas LGTBI, de forma similar a lo que ocurre con los planes de igualdad. Los convenios colectivos y los acuerdos de empresa podrán establecer los plazos para evaluar el cumplimiento de las medidas planificadas acordadas. Esto no impide que también se revisen cuando se detecte que no se adecúan a los requisitos legales y reglamentarios o resultan insuficientes. De esta forma, se garantiza, según se remarca en la norma, que se mantengan actualizadas y adaptadas a las necesidades cambiantes de la fuerza laboral.

En cualquier caso, si se producen fusiones o cambios en la estructura de la empresa, las medidas por la igualdad LGTBI que hayan sido acordadas previamente deberán ser respetadas.

miércoles, 14 de febrero de 2024

#hemeroteca #lgtbi #empresas | Más de 32.000 empresas tienen que hacer un plan antiacoso LGTBI a ciegas este mes

Yolanda Díaz y Joaquín Pérez Rey //

Más de 32.000 empresas tienen que hacer un plan antiacoso LGTBI a ciegas este mes

Todas las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a implementarlo el 3 de marzo, sin embargo, no tienen indicaciones para desarrollarlo, dado que el Ministerio de Trabajo no ha cerrado el desarrollo reglamentario.
Noelia Casado | La Información, 2024-02-14
https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/32000-empresas-hacer-plan-antiacoso-lgtbi-ciegas/2898883/

La conocida como 'ley trans' entró en vigor hace casi un año, pero las obligaciones que apuntan directamente a las empresas tendrán plenos efectos a partir del 3 de marzo de 2024, cuando llegará a su fin el plazo de 12 meses recogido en la Ley 4/2023. No obstante, las compañías caminan a ciegas, dado que no ha sido hasta este martes que el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha citado a los agentes sociales para negociar el desarrollo normativo del texto. Esta situación genera una situación de incertidumbre en el tejido empresarial, ya que más de 32.000 empresas se ven ante la tesitura de desarrollar un protocolo frente al acoso a personas LGTBI sin tener pautas sobre su contenido a menos de un mes de que concluya el plazo.

"Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI" establece el artículo 15 de la Ley 4/2023, un paquete que debe incluir un protocolo de actuación. Una obligación que se concreta en dos líneas diferenciadas, tal y como explica la laboralista y experta en diversidad en Ceca Magán Abogados, Rocío Guerrero. "La ley habla del desarrollo de medidas para la igualdad efectiva y de la necesidad de desarrollar un protocolo, pero este no está sujeto al desarrollo reglamentario" explica en conversación con La Información.

Esta puntualización se traduce en que el deber que señala a las empresas medianas y grandes tiene plenos efectos con independencia de cuál sea la evolución de la mesa que presidió este martes Yolanda Díaz. Actualmente, según el registro de enero de la Seguridad Social hay 26.478 compañías con entre 50 y 250 trabajadores, otras 2.991 con hasta 499 empleados y 2.540 con más de 500 asalariados. Guerrero reprocha que la norma deja totalmente abierto el contenido y el alcance de estos protocolos, lo que en su opinión genera mucha incertidumbre, ya que las empresas con las que trabajan les trasmiten una gran preocupación por no tener la certeza de si están actuando bien o no. Ante esta ausencia de recomendaciones específicas, desde el despacho han optado por trabajar sobre la base de los planes de igualdad, por ser la experiencia previa.

"Cada vez más empresas nos preguntan por esta cuestión y estamos trabajando en dos partes. Por un lado, a partir de los protocolos de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo y por el otro, sobre los conceptos del colectivo LGTBI" detalla la laboralista. No obstante, matiza que las necesidades de ambos colectivos son diferentes y también deben serlo las cuestiones a tratar dentro de los protocolos, por lo que aventura que partir de conceptos desarrollados a partir de la experiencia de las mujeres llevará a modificar los planes una vez se apruebe el reglamento. Este texto deberá incidir en otras materias como el acompañamiento a los trabajadores durante su transición por parte de las empresas, un aspecto en el que también han puesto el acento los representantes de los trabajadores tras la primera reunión.

Primera toma de contacto sin borrador
Los agentes sociales habían instado al Gobierno a convocar esta mesa por considerar urgente la delimitación de los temas a tratar en el ámbito de la negociación colectiva, así como para disipar la incertidumbre que asola a muchas de estas empresas. La reunión de esta semana se ha limitado a una toma de contacto para conocer las propuestas de CCOO, UGT y CEOE, por lo que las partes han acordado volver a verse en las próximas semanas sin que el Gobierno haya presentado ningún borrador. Esto aleja la posibilidad de que el reglamento se apruebe con un margen suficiente como para que todas las compañías de más de 50 trabajadores implementen el paquete de medidas recogido en la norma. No obstante, por el momento, el Ministerio de Trabajo no valora la posibilidad de retrasar su entrada en vigor. "El Gobierno no ha podido cumplir como hubiese sido su deseo con esa fecha de desarrollo reglamentario por unas elecciones que paralizaron el proceso legislativo. Creo que esa fecha nos sirve de referencia de la premura y la necesidad de avanzar cuanto antes" respondía el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, a la pregunta de este medio sobre esta opción. "Hemos manifestado la necesidad de agilizar el proceso de negociación que en teoría tendríamos que tener más avanzado" reconocía la secretaria confederal de Acción sindical y Empleo de CCOO, Mari Cruz Vicente, quien fijaba como prioridad para esa fecha haber alcanzado un acuerdo de mínimos sobre qué debe ser objeto de la negociación colectiva. 
 

Y TAMBIÉN…

Solo tres de cada diez empresas tienen en sus convenios colectivos medidas contra la LGTBIfobia
Así lo desvela un informe del sindicato UGT hecho público este jueves. El sindicato reclama a Igualdad que obligue a las empresas de más de 250 trabajadores a tener planes específicos para evitar la discriminación de las personas LGTBI.
Marisa Kohan | Público, 2021-10-07
https://www.publico.es/sociedad/derechos-laborales-lgtbi-tres-diez-empresas-convenios-colectivos-medidas-lgtbfobia.html#analytics-noticia:relacionada

Yolanda Díaz convoca a sindicatos y empresarios el próximo martes para construir los planes de igualdad LGTBI en las empresas
El Ministerio de Trabajo busca desarrollar y garantizar los derechos de las personas LGTBI en los entornos laborales.
Público, 2024-02-08
https://www.publico.es/politica/yolanda-diaz-convoca-sindicatos-empresarios-construir-planes-igualdad-lgtbi-empresas.html

Todavía no se ha publicado el reglamento para que las empresas de más de 50 empleados puedan hacer sus planes LGTBI
El 2 de marzo termina el plazo para que las 608 empresas de Castilla-La Mancha con más de cincuenta trabajadores hayan puesto en marcha sus planes LGTBI, pero sin la reglamentación no se pueden hacer
Javier Muñoz Tirado | Cadena SER, 2024-03-01
https://cadenaser.com/castillalamancha/2024/03/01/todavia-no-se-ha-publicado-el-reglamento-para-que-las-empresas-de-mas-de-50-empleados-puedan-hacer-sus-planes-lgtbi-radio-azul/

Trabajo y agentes sociales inician una negociación exprés para tener planes de igualdad LGTBI en las empresas
El Gobierno constata la imposibilidad de aprobarlos antes del 3 de marzo, el plazo dado por la ley 'trans', pero todos los agentes destacan que existen amplias coincidencias. Los sindicatos ya han aportado sus propuestas de reglamento y las siguientes en hacerlo serán las patronales.
Alexis Romero | Público, 2024-03-13
https://www.publico.es/politica/y-agentes-sociales-inician-negociacion-expres-planes-igualdad-lgtbi-empresas.html

Trabajo obligará a las empresas de más de 50 empleados a contar con planes contra la lgtbifobia
La ministra de Trabajo se ha reunido con sindicatos y patronal para abordar el reglamento que obligará a cumplir con los mandatos legales recogidos en la 'ley trans'.
Onda Cero, 2024-03-13
https://www.ondacero.es/noticias/espana/trabajo-obligara-empresas-mas-50-empleados-contar-planes-lgtbifobia_2024021365cb902682085c000167d36b.html

Díaz confirma que las empresas de más de 50 empleados tendrán que contar con planes contra la Lgtibifobia
La vicepresidenta segunda ha asegurado que es una evidencia que las personas Lgtbi "sufren discriminaciones brutales"
Servimedia | Economía Digital, 2024-03-13
https://www.economiadigital.es/empresas/diaz-confirma-que-las-empresas-de-mas-de-50-empleados-tendran-que-contar-con-planes-contra-la-lgtibifobia.html