martes, 17 de mayo de 2022

#hemeroteca #lgtbifobia | Dónde acudir si eres víctima de delitos de odio por LGTBIfobia

Público / Concentración contra la LGTBIfobia //

Dónde acudir si eres víctima de delitos de odio por LGTBIfobia.

Las autoridades competentes están obligadas a atender indiscriminadamente a las víctimas de este tipo de delitos inmediatamente después de ser informadas.
Público, 2022-05-17
https://www.publico.es/sociedad/acudir-victima-delitos-odio-lgtbifobia.html 

En el Día Internacional contra la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia trataremos de responder a las preguntas más frecuentes sobre los delitos de odio contra el colectivo LGTBI. En España, la protección legislativa de estas personas corre a cargo del Ministerio de Igualdad, encabezado por Irene Montero. En concreto, se le atribuye a la Delegación por la Diversidad Sexual y Derechos LGTBI.

¿Qué es un delito de odio?
En nuestro país la LGTBIfobia está penada. De esta forma, si lo que motiva a la persona o grupo de personas que atacan a otra es el odio a la condición de lesbiana, gay, trans, bisexual o intersexual, o la apariencia de serlo, la Ley Orgánica 10/1995, del 23 de noviembre, del Código Penal, los ampara.

Los delitos de odio se producen si se agrede, amenaza o causa algún daño a alguien por su orientación sexual o por su identidad o expresión de género. Entre 2013 y 2021, este tipo de delitos aumentaron un 45%, según los datos que recoge el Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio de Interior. En concreto, los hechos relacionados con la discriminación por orientación sexual o identidad de género crecieron casi un 10% en tan sólo un año. Los especialistas aseguran que este crecimiento está directamente relacionado con los discursos legitimadores de estas violencias pronunciados por las formaciones de derecha y extrema derecha.

Según la FELGTB, una asociación que aúna organizaciones sobre diversidad sexual de toda España, la mayoría de las agresiones cometidas en 2021 fueron verbales (31%), seguidas del acoso (27%) y la agresión física (17%). El tramo de edad que más sufre este tipo de violencia es entre los 19 y los 35 años. Mientras que los gays son el colectivo más afectado. El odio a la apariencia femenina, a lo relacionado con el rol de las mujeres, podría explicar este tipo de conductas.

¿Con qué protección legal cuentan las personas LGTBI?
Cuando se ha sufrido cualquier tipo de discriminación o agresión a causa de la condición sexual, las autoridades disponen de un sistema de protección que ofrecer a las víctimas.

Lo ideal es llamar a la Guardia Civil 062, Policía 091 o Emergencias 112 en momento de lo ocurrido. Ellos tienen la obligación de atender este tipo de demandas y amparar a la víctima. Si la persona agredida se encontrara mal emocionalmente o hubiera sufrido agresiones físicas, se la llevaría al centro médico más cercano para proceder a la elaboración de un parte de lesiones. Este documento se tendría en cuenta en caso de interponer una futura denuncia.

Las víctimas de los delitos de LGTBIfobia deben ser atendidas indiscriminadamente por cualquier instancia pública competente de manera inmediata. Sin embargo, para mantener cualquier tipo de protección futura será necesaria una denuncia formal.

¿Cuáles son los derechos de las víctimas de delitos de odio?
Todas las víctimas tienen una serie de derechos y garantías estipuladas a lo largo del proceso:
  • Acompañamiento: Se puede ir a denunciar y comparecer ante las autoridades en compañía de una persona de confianza.
  • Información: Las víctimas tienen derecho a ser informadas sobre las medidas de asistencia y apoyo disponibles; el procedimiento a seguir para solicitarlas; a obtener una copia de la denuncia; a que se respeten sus derechos como víctima y que están recogidos en el Estatuto de la Víctima; a solicitar las ayudas que están previstas en la ley; y a recibir la información que exista sobre la causa penal.
  • Derecho a comprender y a ser entendido/a: Tienen derecho a traducción si no entienden el idioma o a un intérprete de lengua de signos si tienen problemas de audición. Estos servicios son gratuitos.
  • Protección: Pueden solicitar una orden de alejamiento para que la persona que ha cometido la agresión no se acerque y se le prohíba comunicarse con la víctima por cualquier medio.
  • Asistencia y apoyo: Pueden acudir a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas que suelen estar en las sedes de los Juzgados, Tribunales y Fiscalías. Allí atenderán sus primeras necesidades y les proporcionarán la información necesaria.
  • Participación en la ejecución: Tienen derecho a que se les notifiquen resoluciones como el auto de calificación en tercer grado o el auto de libertad condicional de la persona condenada. Además, tienen derecho a recurrir esas resoluciones si lo estiman oportuno.
  • Justicia restaurativa: Tienen derecho a obtener una adecuada reparación material y moral por los daños causados por el delito cometido.
  • Participación activa en el proceso penal: Pueden personarse en el procedimiento con abogado/a y ejercer la acusación particular.
  • Aportar pruebas: Estén o no personado/as en el procedimiento, pueden aportar las pruebas que tengan.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.