miércoles, 15 de marzo de 2017

#hemeroteca #igualdad | Donostia prohíbe a Ollagorra usar el salón de plenos para una reunión

Imagen: El Diario Vasco / Tamborrada de Ollagorra el Día de San Sebastián
Donostia prohíbe a Ollagorra usar el salón de plenos para una reunión.
Un particular presentó una denuncia por el incumplimiento de la Ley de Igualdad.
Arantxa Lopetegi | Noticias de Gipuzkoa, 2017-03-15
http://www.noticiasdegipuzkoa.com/2017/03/15/vecinos/donostia/donostia-prohibe-a-ollagorra-usar-el-salon-de-plenos-para-una-reunion

El Ayuntamiento de Donostia ha prohibido a los miembros de la sociedad Ollagorra reunirse hoy en el salón de plenos tal y como habían solicitado por hallarse su sede fuera de servicio a causa del estado ruinoso en el que se encuentra el inmueble que la albergaba en la calle Gaztelubide. De haberse concedido el permiso a una sociedad exclusivamente masculina, la cesión de un local municipal vulneraría la Ley Vasca de Igualdad y así lo ha valorado el Consistorio.

Desde Ollagorra se había pedido al Consistorio donostiarra autorización para celebrar una asamblea en el salón de plenos que, inicialmente, había sido concedida. Pero la denuncia de un particular llamando la atención sobre el hecho de que tal permiso entraría en colisión con La Ley Vasca de Igualdad ha motivado que la autorización se denegara. Así las cosas, finalmente la asamblea de se celebrará en la Sociedad Gastronómica esta misma tarde. Un total de 250 socios podrían acudir a la reunión.

En los últimos tiempos, esta sociedad tradicional de la Parte Vieja analiza la opción de permitir que las mujeres puedan participar también en las cenas, aunque no en calidad de socias, una propuesta que cuenta con defensores y detractores.

Desde que se ordenó el desalojo del local que venía ocupando, Ollagorra no cuenta con un lugar en el que ubicar su sede, tema sobre el que se centrará la asamblea de hoy. Según los informes de los arquitectos, el edificio no podrá volverse a ocupar al menos hasta 2018, pero tampoco es seguro que la sociedad retorne a su anterior ubicación, por ser una lonja en alquiler.

Marco legal
El rechazo del Ayuntamiento a permitir la asamblea se fundamenta en el párrafo 2 del artículo 24 de la Ley 4/2005, Ley Vasca de Igualdad, que “prohíbe la organización y realización de actividades culturales en espacios públicos en las que no se permita o se obstaculice la participación de las mujeres en condiciones de igualdad con los hombres”.

La misma Ley, en sus artículos 24 y 25, también fija posición en materia de subvenciones señalando que “las administraciones públicas vascas no podrán dar ningún tipo de ayuda a las asociaciones y organizaciones que discriminen por razón de sexo en su proceso de admisión o en su funcionamiento”.

En un informe de la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres se subraya que pese a que las sociedades gozan de “libertad de autogobierno y autoorganización, no pueden hacer uso ilimitado de la misma”, dado que existen limitaciones recogidas en las leyes.

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